El Parlamento alemán sufre un ataque de hackers desde hace cuatro semanas, y nadie parece poder detenerlo. La preocupación crece y algunos creen que hay que cambiar toda la red informática del Bundestag.
e trata del mayor ataque de espionaje sufrido por el Parlamento alemán, y todavía no ha terminado. “Sabemos que el Bundestag ha perdido evidentemente el control sobre su propia infraestructura informática”, dijo el periodista y experto en informática Markus Beckedahl, de Netzpolitik.org, consultado por DW. “Eso significa que el Parlamento en realidad no puede seguir trabajando, ya que nadie sabe si las informaciones que se utilizan en las computadoras son seguras”. Ante este panorama, el Parlamento alemán aprobó el 12 de junio una ley para reforzar la seguridad de las empresas, según la cual los grandes grupos energéticos y los bancos deberán reportar de inmediato toda anomalía o sospecha de virus so pena de de sanción al Departamento Federal de Seguridad Informática (BSI), de hasta 100.000 euros en caso de negligencia.
Fuente: DW
Derecho y nuevas tecnologías, seguridad de la información, educación, emprendimiento, innovación. Law and new technologies, information security, education, entrepreneurship, innovation.
jueves, 18 de junio de 2015
miércoles, 17 de junio de 2015
Aspectos claves para el comercio electrónico
Internet ofrece a las personas y a quienes quieren emprender interesantes oportunidades, sin embargo, quien quiera emprender debe tomar los resguardos necesarios para evitar problemas. Si usted tiene una empresa, pequeña o mediana, desea hacer crecer su negocio, darlo a conocer al mundo, estar en Internet es una necesidad. Pero cómo se llega Internet. En primer lugar debe verificar si el nombre de su empresa está registrada en NIC Chile, www.nic.cl, es decir, su nombre de dominio, los nombres de dominio permiten designar e identificar a las computadoras en la Internet, en reemplazo de un número IP, y se han convertido en un elemento de imagen de la empresa. Si no es así tiene la posibilidad de recuperar su dominio a través del procedimiento reglado que tiene NIC. En nuestro país, el registro de nombres del dominio .CL, lo tiene NIC CHILE (Network Information Center Chile), administrado por el DCC (Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile), que entrega nombres de dominio de acuerdo a un Reglamento. Sin embargo, no existe una consagración legal que regule los conflictos entre los nombres de dominio, sólo un sistema arbitral diseñado en el reglamento señalado.
Este es publicado en su sitio web www.nic.cl, desde ese momento, quienes tengan alguna objeción pueden remitirla a esta institución. Si el conflicto persiste se llega a una mediación, gran parte de los casos termina con el avenimiento. Si no se logra acuerdo, se recurre a un arbitraje donde los involucrados deben demostrar su derecho a utilizar ese nombre. Aquí la propiedad intelectual y las marcas registradas, así como otros medios probatorios, son puntos que se consideran a la hora de fallar por un juez árbitro. El tener inscrito su nombre de dominio en nic.cl le permitirá evitarse dificultades, asegurar y proteger la marca de su empresa en el ciberespacio y evitar que terceros abusen de ella. Este es uno de los primeros pasos para estar en Internet, pero también para poder comenzar a ofrecer sus productos en el ciberespacio. Cada vez es más difícil competir con éxito en una economía globalizada. La innovación es un factor clave para esa diferenciación, Internet puede ser una herramienta más para el posicionamiento de su empresa, siempre que sepe cómo utilizarla correctamente. La primera fase para montar un proyecto de comercio electrónico es tener un nombre de dominio y una página web desde donde se informa el servicio o se venden los productos. Los siguientes pasos a considerar dicen relación con los resguardos de las ofertas que las empresas realizan a través de este medio para dar cumplimiento a las normas de la ley del consumidor.
El desarrollo del comercio electrónico es una realidad imparable para empresas y consumidores. El comercio electrónico se ha convertido en un auténtico fenómeno social, adquiriendo un gran interés e importancia dentro del desarrollo de la sociedad de la información y dando paso a un nuevo escenario comercial en el que se diluyen las fronteras de tiempo y espacio, de manera que el consumidor o usuario puede acceder a los bienes y servicios de un empresario o profesional, prestador de servicios de la sociedad de la información, en cualquier momento y desde cualquier lugar. Sin perjuicio de lo anterior, surgen una serie de temas a tomar en consideración respecto del desarrollo del comercio electrónico, de carácter técnico, lógico o jurídico, al tratarse de una actividad que se desarrolla a través de redes electrónicas de comunicación, y en especial de Internet, por lo que será necesario atender, entre otras, al uso de la firma electrónica, al tratamiento de datos de carácter personal o a la adecuación de las cláusulas y a las disposiciones vigentes en la materia.
En materia de comercio electrónico podemos distinguir: el comercio electrónico directo que se refiere a los servicios prestados por medios electrónicos. En ellos se incluyen consultoría, traducciones, audio, vídeo o acceso a informaciones, entre otros. Por otra parte, encontramos el comercio electrónico indirecto que consiste en la contratación realizada por vía electrónica, que implica la entrega de bienes materiales o la prestación de servicios no realizadas por medios electrónicos. Es decir, se utiliza Internet para realizar el contrato -por ejemplo, hacer un pedido-, pero no para recibir el producto o el servicio, que se obtiene físicamente. Sin embargo, estudios indican que los temores que presentan los consumidores para estimular la utilización del comercio electrónico descansan principalmente en algunos de los siguientes factores; falta de seguridad en la transacción electrónica, inseguridad al dar los datos personales a través de Internet, desconocimiento ante quien reclamar, dificultades para el acceso a Internet, poca confianza en la calidad del producto, desconfianza a que llegue el producto comprado.
Al navegar por Internet la mayoría de las paginas web que se visiten tienen ciertas cláusulas contractuales, cláusulas de confidencialidad, de responsabilidad, condiciones de la información, etc.; que en algunas están visibles y en otros no. En la gran mayoría de las páginas web existen contratos. En las plataformas electrónicas podemos distinguir dos tipos de contratos, que tienen las características de ser contratos por adhesión que son aquellos contratos que sus cláusulas son redactadas por una sola de las partes, es decir son impuesta, por lo que a la otra sólo le queda aceptarlas en bloque, adhiriendo a ellas. En Internet podemos distinguir dos tipos de contratos de adhesión los contratos “click” y los contratos “browse”, ambos pueden dar problemas en el mundo de Internet y por ende puede llevarnos a conflictos jurídicos. Los contratos “clik” son una categoría de contratos de adhesión, en que se presentan al consumidor las cláusulas detalladas del contrato, la descripción es dada en forma digital, en línea, y a la persona se le presenta la oportunidad para aceptar o rechazar, y seguir avanzado en la página web en que navega, por tanto es necesario aceptar para avanzar, y por ello hacer “click” en el icono respectivo. Este tipo de cláusulas se presenta con frecuencia cuando usted está tratando de bajar algún software free (libre) y para poder obtenerlo usted debe dar el “click” y aceptar las condiciones establecidas para que dicho programa se instale en su computador.
Este es publicado en su sitio web www.nic.cl, desde ese momento, quienes tengan alguna objeción pueden remitirla a esta institución. Si el conflicto persiste se llega a una mediación, gran parte de los casos termina con el avenimiento. Si no se logra acuerdo, se recurre a un arbitraje donde los involucrados deben demostrar su derecho a utilizar ese nombre. Aquí la propiedad intelectual y las marcas registradas, así como otros medios probatorios, son puntos que se consideran a la hora de fallar por un juez árbitro. El tener inscrito su nombre de dominio en nic.cl le permitirá evitarse dificultades, asegurar y proteger la marca de su empresa en el ciberespacio y evitar que terceros abusen de ella. Este es uno de los primeros pasos para estar en Internet, pero también para poder comenzar a ofrecer sus productos en el ciberespacio. Cada vez es más difícil competir con éxito en una economía globalizada. La innovación es un factor clave para esa diferenciación, Internet puede ser una herramienta más para el posicionamiento de su empresa, siempre que sepe cómo utilizarla correctamente. La primera fase para montar un proyecto de comercio electrónico es tener un nombre de dominio y una página web desde donde se informa el servicio o se venden los productos. Los siguientes pasos a considerar dicen relación con los resguardos de las ofertas que las empresas realizan a través de este medio para dar cumplimiento a las normas de la ley del consumidor.
El desarrollo del comercio electrónico es una realidad imparable para empresas y consumidores. El comercio electrónico se ha convertido en un auténtico fenómeno social, adquiriendo un gran interés e importancia dentro del desarrollo de la sociedad de la información y dando paso a un nuevo escenario comercial en el que se diluyen las fronteras de tiempo y espacio, de manera que el consumidor o usuario puede acceder a los bienes y servicios de un empresario o profesional, prestador de servicios de la sociedad de la información, en cualquier momento y desde cualquier lugar. Sin perjuicio de lo anterior, surgen una serie de temas a tomar en consideración respecto del desarrollo del comercio electrónico, de carácter técnico, lógico o jurídico, al tratarse de una actividad que se desarrolla a través de redes electrónicas de comunicación, y en especial de Internet, por lo que será necesario atender, entre otras, al uso de la firma electrónica, al tratamiento de datos de carácter personal o a la adecuación de las cláusulas y a las disposiciones vigentes en la materia.
En materia de comercio electrónico podemos distinguir: el comercio electrónico directo que se refiere a los servicios prestados por medios electrónicos. En ellos se incluyen consultoría, traducciones, audio, vídeo o acceso a informaciones, entre otros. Por otra parte, encontramos el comercio electrónico indirecto que consiste en la contratación realizada por vía electrónica, que implica la entrega de bienes materiales o la prestación de servicios no realizadas por medios electrónicos. Es decir, se utiliza Internet para realizar el contrato -por ejemplo, hacer un pedido-, pero no para recibir el producto o el servicio, que se obtiene físicamente. Sin embargo, estudios indican que los temores que presentan los consumidores para estimular la utilización del comercio electrónico descansan principalmente en algunos de los siguientes factores; falta de seguridad en la transacción electrónica, inseguridad al dar los datos personales a través de Internet, desconocimiento ante quien reclamar, dificultades para el acceso a Internet, poca confianza en la calidad del producto, desconfianza a que llegue el producto comprado.
Al navegar por Internet la mayoría de las paginas web que se visiten tienen ciertas cláusulas contractuales, cláusulas de confidencialidad, de responsabilidad, condiciones de la información, etc.; que en algunas están visibles y en otros no. En la gran mayoría de las páginas web existen contratos. En las plataformas electrónicas podemos distinguir dos tipos de contratos, que tienen las características de ser contratos por adhesión que son aquellos contratos que sus cláusulas son redactadas por una sola de las partes, es decir son impuesta, por lo que a la otra sólo le queda aceptarlas en bloque, adhiriendo a ellas. En Internet podemos distinguir dos tipos de contratos de adhesión los contratos “click” y los contratos “browse”, ambos pueden dar problemas en el mundo de Internet y por ende puede llevarnos a conflictos jurídicos. Los contratos “clik” son una categoría de contratos de adhesión, en que se presentan al consumidor las cláusulas detalladas del contrato, la descripción es dada en forma digital, en línea, y a la persona se le presenta la oportunidad para aceptar o rechazar, y seguir avanzado en la página web en que navega, por tanto es necesario aceptar para avanzar, y por ello hacer “click” en el icono respectivo. Este tipo de cláusulas se presenta con frecuencia cuando usted está tratando de bajar algún software free (libre) y para poder obtenerlo usted debe dar el “click” y aceptar las condiciones establecidas para que dicho programa se instale en su computador.
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comercio electrónico
Entrevista en innovaRock
El sábado 13 de junio asistí a una conferencia en Radio Futuro junto a Leo Meyer a su programa InnovaRock donde conversamos sobre los aspectos legales para emprender. Les invito a escuchar la conferencia.
Quiero agradecer también a Josefa Villarroel y Uri Martinich, quiero agradecerles la invitación y las interesantes preguntas.
El emprendiniento no sólo consiste en tener una gran idea y hay que saber gestionarla, es allí donde los aspectos legales juegan un rol relevante.
Quiero agradecer también a Josefa Villarroel y Uri Martinich, quiero agradecerles la invitación y las interesantes preguntas.
El emprendiniento no sólo consiste en tener una gran idea y hay que saber gestionarla, es allí donde los aspectos legales juegan un rol relevante.
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cultura emprendedora,
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