miércoles, 18 de mayo de 2011

Aspectos al negociar con un gran cliente

Hoy muchos de los emprendimiento que son desarrollados por emprendedores que tienen conocimiento de técnicos están muy bien elaborados, pero al momento de negociar con grandes empresas, se requiere de otro tipo de competencias, estas van desde áreas de especialidad, en cómo negociar o temas relativos a aspectos jurídicos que es necesario considerar. Algunos de los aspectos jurídicos que es importante tener en cuenta, si es la primera vez que te sientas a la mesa a negociar son los que brevemente expondremos. Al iniciar las negociaciones es importante tener presente ciertos aspectos:

1. Temas como el rompimiento injustificado de las tratativas o negociaciones, qué ocurre si hay una violación de deberes de confidencialidad. Es importante que si llegas a esta fase debes estar preparado y asesorado debidamente. Las empresas tratan de definir un tiempo para la negociación, también será relevante saber dónde se realizarán esas negociaciones y sobre todo quienes serán los actores relevantes (quiénes tomarán decisiones), y el flujo a través del cual se llegará a ellos.

2. Analizar las cláusulas particulares y los tiempos del contrato: Los contratos suelen tener un plazo para ejecutarse. Hay que negociar la confirmación del contrato lo antes posible, podría ocurrir que el cliente no acepte negociar y se vaya. También se puede pedir el “derecho de negociación” o el “derecho de preferencia”, que permite al emprendedor ofertar primero si el cliente quiere irse con la competencia. Si la empresa está interesada podría firmarse un contrato de promesa con la finalidad de asegurad que firmarán el contrato definitivo en un tiempo determinado y por una cantidad acordada que se explicita en la promesa.

3. Rechazar el acuerdo de no divulgación: Para un emprendedor, el tener como cliente a una marca importante, no es tan valioso si no le puedes decir nada a nadie. Se debe pedir autorización expresa a cada cliente si está dispuesto a ser usado como un caso de estudio en la página de la empresa y por tanto poder utilizar el logro de la empresa o algún material con fines de marketing

4. Acuerdo de confidencialidad: Generalmente las empresas grandes solicitan al emprendedor o empresa más pequeña que guarden información de los aspectos de la negociación, esto involucra temas relativos al objeto del contrato, montos involucrados, aspectos especiales o particulares que tenga el acuerdo. Estos acuerdos se incorporan al momento de iniciar las negociaciones o se plasman a través de una clausula en el contrato definitivo. Entrega de información clasificada. Algunos contratos tienen incorporado en estas cláusulas la definición del procedimiento de entrega, el levantamiento de actas de recepción del desarrollo de las aplicaciones o del producto, la devolución de modelos operacionales e incluso incorporan clausulas ante efectos por término intempestivo de las negociaciones allí incluso se incorpora una cláusulas penal. La cláusula penal es de antiguo origen, ya que se remonta a la “stipulatio penae” del Derecho Romano, es aquella cláusula contractual, por medio de la cual en forma anticipada, las partes convienen en que se abonará una indemnización por los perjuicios que estiman traerán aparejados, en caso de que una de las partes no cumpla con sus obligaciones que emanan del contrato. Es una pena generalmente avaluada en dinero (aunque puede consistir en cualquier prestación de dar o de hacer) establecida en el campo civil, que es casi siempre más gravosa que la que traería aparejada la reparación de daños y perjuicios, teniendo como fin persuadir al deudor a que cumpla. Esta evaluación anticipada del daño, permite que quien se vea afectado por la inejecución de la obligación contractual pueda demandar el pago convenido sin necesitar probar el real perjuicio sufrido

5. Cuida tu propiedad intelectual o industrial: Si la compañía va a crear algo – como por ejemplo, una nueva tecnología—para un cliente, es importante considerar que se puedan compartir los derechos de propiedad intelectual, si es una aplicación informática sería interesante considerar tener el reconocimiento el código fuente. Para ello se debe consignar expresamente en el mismo contrato esta solicitud.


Fuente: INC.Latinamerica

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