En el envase deberá colocarse una advertencia sobre el nivel de violencia del videojuego que ocupe el 25% de la superficie. Además, se establecen categorías de acuerdo al nivel de violencia, contenidos sexuales y tipo de lenguaje empleado.
Por 85 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, la Cámara aprobó el proyecto que regula la venta de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control parental a consolas, iniciativa que contiene disposiciones de Ley Orgánica Constitucional. La propuesta debe ser aprobada ahora por el Senado, para su despacho del Congreso. La iniciativa incorpora un artículo 49 bis a la Ley del Consumidor, disponiendo que los fabricantes e importadores de videojuegos deberán colocar en los envases en que comercialicen dichos productos leyendas que señalen claramente el nivel de violencia contenida en el videojuego respectivo. Tal advertencia deberá ocupar, a lo menos, el 25% del espacio de ambas caras de su envase o envoltorio. Asimismo, se dispone que los fabricantes, importadores, proveedores y comerciantes sólo podrán vender y arrendar videojuegos que fueren calificados como no recomendados para menores de una determinada edad, a quienes acrediten cumplir la edad requerida, debiendo exigir en cada venta o arriendo la cédula de identidad respectiva. La infracción a ambas disposiciones será sancionada por el juez de policía local competente, con una multa de 1 a 50 unidades tributarias mensuales y comiso de las especies materia de la infracción. En caso de reincidencia, el juez podrá aplicar el doble de la multa establecida para la infracción respectiva. Se entenderá que existe reincidencia cuando el infractor incurra en una misma contravención, en dos oportunidades dentro del mismo año calendario. Calificación de contenidos El proyecto también establece una calificación de los videojuegos – que deberá fijar el Consejo de Calificación Cinematográfica- conforme a las siguientes categorías y criterios: 1.- Videojuego especialmente recomendado para niños y adolescentes: por contener material educativo y ningún elemento inapropiado para su edad. 2.- Videojuego sin contenido objetable: que puede ser visto por personas de cualquier edad. 3.- Videojuego no recomendado para menores de 8 años: por contener un porcentaje menor de lenguaje inapropiado, insinuaciones sexuales o violencia. 4.- Videojuego no recomendado para menores de 14 años: por contener un porcentaje moderado de lenguaje inapropiado, insinuaciones sexuales o violencia. 5.- Videojuego no recomendado para menores de 18 años: por contener un porcentaje importante de lenguaje vulgar, material sexual explícito, desnudez frecuente o importantes niveles de violencia.
Fuente: Microjuris
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