miércoles, 15 de julio de 2009

Sentencia P2P


El siglo XXI se ha caracterizado por el avance de las tecnología y tambien por el enfrentamiento entre aquellos que buscan proteger al máximo los derechos de propiedad intelectual y aquellos que desean que se apliquen nuevas categorías a la propiedad intelectual permitiendo nuevos espacios.




Recientemente en Barcelona, un Tribunal ha fallado en un el auto nº 138/2009, JUZGADO MERCANTIL, N° 7, BARCELONA, Procedimiento N° 401, con fecha 2 de julio de 2009 El Tribunal desestima la medida cautelar respecto de www.elrincondejesus.com demandado por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) al considerar que las redes de intercambio P2P no vulneran por sé la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

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