Revisando El Francotirador me encuentro con la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que condenó a la empresa de telefonía móvil por deficiente calidad de servicio.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A a pagar una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $ 1.467.280, y una indemnización de $1.000.000 (un millón de pesos) por daño moral al no respetar los derechos de un consumidor.
En fallo unánime (en causa rol 4780-2009), los ministros de la Sexta Sala del tribunal de alzada Alfredo Pfeiffer, Mario Rojas y el abogado integrante Rodrigo Asenjo, determinaron que la empresa debe pagar la multa e indemnizaciones por no respetar los derechos de Rodrigo Torres Neira.
El consumidor arrendó, con compromiso de compra, un teléfono celular modelo Sony Ericsson T250 en la mencionada compañía en mayo de 2008; sin embargo, el aparato y el servicio nunca fueron prestados adecuadamente .
El fallo determinó que la empresa infringió la Ley del Consumidor al otorgar una deficiente calidad de servicio por las constantes interrupciones del mismo.
“Que, como ya se dijo, analizados los antecedentes allegados al proceso conforme a las reglas de la sana crítica, permiten a esta Corte arribar a la conclusión que la denunciada Telefónica Móviles Chile S.A., ha cometido infracción a la ley de protección a los derechos de los consumidores, por cuanto se produjeron suspensiones del servicio telefónico y reiteradas inhabilidades del aparato telefónico en sí o en su tarjeta SIM, causándole un evidente menoscabo a su cliente”, dice el fallo.
Fuente: Poder Judicial
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