La Corte Suprema acoge recurso de protección y ordena eliminar de los motores de búsqueda de versión digital de medio de comunicación, noticia sobre un hecho delictivo publicado hace más de una década.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Patricio Valdés, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama– aplicó el "derecho al olvido" y ordenó la eliminación de dicha información de los soportes digitales dem medio, por considerar que "la mantención de la noticia por más de 10 años en los registros de búsqueda de internet del recurrente, afecta su derecho a la honra y una adecuada reinserción social después de cumplida la pena del delito".
"Que en nuestro ordenamiento jurídico nacional no existe, por ahora, una solución legislativa expresa sobre este tema, aunque no resulta difícil advertir en él su compromiso con la protección del honor, la dignidad y vida privada de las personas. Desde luego el artículo 19 N°4 de la Constitución Política garantiza "El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia". Esos derechos no se suspenden ni siquiera en sede penal, como lo atestiguan los artículos 4, 7 inciso 1°, 9, 10 y 289 del Código Procesal Penal, que cautelan su prevalencia; misma posición en la que se encaminan el Decreto Supremo N° 64, de 27 de enero de 1960, que permite la eliminación de las anotaciones penales después de un breve tiempo, las leyes N° 19. 812 y 20.575, sobre vencimiento de registros informáticos bancarios, y la Ley N°19.628, sobre protección de datos, que contempla, entre otras cosas, la caducidad del almacenamiento de datos bancarios por expiración del plazo para su vigencia. En suma, no cabe duda que nuestro ordenamiento jurídico protege el honor y vida privada de las personas en cuanto tales, incluso antes y después de su constitución jurídica; y que sistemáticamente ha venido recogiendo la tendencia mundial de reconocer el derecho al olvido respecto de conductas reprochables de las personas –sean éstas penales, civiles o comerciales– después de un lapso de un tiempo, como una forma de reintegrarlas al quehacer social", sostiene el fallo.
Resolución que agrega: "Tal es, también y por lo demás, la tendencia mundial. Desde luego, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, cuyo texto aprobado en la resolución N°217 de 3 de marzo de 2009 prescribe en su artículo 12: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques". La Convención Americana (Pacto de San José, ratificada por Chile y publicada el 5 de enero de 1991, en su artículo 5 señala: "N°1 Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral" y en su artículo 11: n°1, "Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad"; N°2, "Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación"; 3° "Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques". En la Propuesta de Reglamento General de Protección de Datos Personales (2012) de la Comisión Europea, se indica que el "derecho al olvido" –en verdad derecho a la cancelación, rectificación u oposición respecto de la utilización informática de un dato personal– está intrínsecamente vinculado a su utilización, en términos que si en un momento fue legítima, luego del transcurso de un tiempo determinado ha dejado de serlo; y cuyo efecto ineludible a su expiración es que debe ser borrado. El contenido esencial de ese derecho, como se desprende de la lectura de la antedicha Propuesta, no es otro que evitar la diseminación de información personal pasada que, habiendo dejado de cumplir su finalidad, es capaz de producir un daño en la persona".
Fuente : Poder Judicial
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martes, 26 de enero de 2016
miércoles, 3 de septiembre de 2014
Reputación en internet
Un tema que cada vez toma relevancia es la discusión y la aplicación del fallo del Tribunal Europeo sobre el derecho al olvido y que empresas como Google han comenzado a implementar formularios para darse de baja de esto buscadores. Sin embargo, esta protección sería aplicable a personas naturales, pero qué ocurre con las personas jurídicas que se vean afectadas.
Los temas relativos a la reputación de las personas jurídicas en internet son algo muy nuevo y complejo a nivel internacional y pueden ser abordados desde varios frentes. En mi experiencia suelen dar buenos resultados los acuerdos, pero son escasos, así como, tratar este problema desde el punto de vista tecnológico, en el caso que sea imposible resolverlo jurídicamente, para ello se requiere un equipos multidisciplinario. Incluso hay empresas que se dedican a través de sistemas de publicaciones positivas a ocultar aquellas noticias, reclamos o malos comentarios que impactan en la empresa. Internet va dejando registros todas esas expresiones y se producen situaciones complejas para poder eliminarlas lo cual es muy difícil.
Los temas relativos a la reputación de las personas jurídicas en internet son algo muy nuevo y complejo a nivel internacional y pueden ser abordados desde varios frentes. En mi experiencia suelen dar buenos resultados los acuerdos, pero son escasos, así como, tratar este problema desde el punto de vista tecnológico, en el caso que sea imposible resolverlo jurídicamente, para ello se requiere un equipos multidisciplinario. Incluso hay empresas que se dedican a través de sistemas de publicaciones positivas a ocultar aquellas noticias, reclamos o malos comentarios que impactan en la empresa. Internet va dejando registros todas esas expresiones y se producen situaciones complejas para poder eliminarlas lo cual es muy difícil.
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jueves, 19 de junio de 2014
Controversia por el derecho al olvido
La sentencia sobre Google, que ampara el derecho de los internautas a solicitar la no indexación de contenidos, suscita opiniones divergentes entre los expertos del sector, que se debaten entre el respeto a la privacidad y la libertad de publicación
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que ampara el ‘derecho al olvido’ frente a Google, ha despertado opiniones divergentes sobre sus efectos entre profesionales del sector. Mientras unos la ven como un avance en la defensa de la privacidad de los ciudadanos, otros la consideran un retroceso en cuanto a la generación de una sociedad más transparente.
Fuente: La Vanguardia
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jueves, 22 de mayo de 2014
Google podría tener en dos semanas una herramienta para que los usuarios pidan el borrado de datos
La Agencia de Protección de Datos de Hamburgo afirma que Google "ha prometido" lanzar "en las próximas dos semanas" una heramienta para que los ciudadanos puedan solicitar la eliminación de su índice de enlaces a información sensible sobre ellos en Internet.
Según publica el diario The Wall Street Journal, que adelantó ayer esta información, parece que la compañía se está moviendo rápidamente para adaptarse al nuevo escenario de protección de datos fruto de la sentencia de esta semana del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que considera que el buscador también tiene responsabilidad por indexar y facilitar el acceso a sitios web que contienen datos personales.
"Se han comprometido a presentar un proceso dentro de dos semanas para que los usuarios registren sus quejas", dijo Ulrich Kühn, comisionado adjunto de la autoridad de protección de datos de Hamburgo, en un correo electrónico después de unas conversaciones con los representantes locales de Google.
Fuente: El Mundo
Según publica el diario The Wall Street Journal, que adelantó ayer esta información, parece que la compañía se está moviendo rápidamente para adaptarse al nuevo escenario de protección de datos fruto de la sentencia de esta semana del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que considera que el buscador también tiene responsabilidad por indexar y facilitar el acceso a sitios web que contienen datos personales.
"Se han comprometido a presentar un proceso dentro de dos semanas para que los usuarios registren sus quejas", dijo Ulrich Kühn, comisionado adjunto de la autoridad de protección de datos de Hamburgo, en un correo electrónico después de unas conversaciones con los representantes locales de Google.
Fuente: El Mundo
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viernes, 8 de marzo de 2013
Límite de derecho al olvido y libertad de expresión
Por primera vez, el Tribunal de Justicia de la UE deberá entrar a analizar, a petición de la Audiencia Nacional, una de las cuestiones más espinosas de la era de Internet: ¿Cuándo la información es realmente privada? Es decir, ¿Hasta dónde llega el 'derecho al olvido' frente a la libertad de expresión?
La decisión será crucial porque podrá ser aplicada para casos similares, que sólo en España han provocado casi 250 peticiones de amparo de particulares frente a Google
Hace uno días se celebró una importante audiencia pública para conocer las posturas de Google, la parte que inicialmente demandó -representada por el bufete AbanLex Abogados-, la Comisón Europea, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las opiniones de otros países comunitarios, concretamente Italia, Polonia, Grecia y Austria, aunque sólo este último país envió delegación.
Dicha audiencia ha recabado las diferentes opiniones sobre el llamado 'derecho al olvido', en un proceso que podría aclarar cómo aplicar la normativa de protección de datos a buscadores de Internet y qué camino tomará la futura normativa.
Este caso en concreto -uno de los 180 que estudia la Audiencia Nacional sobre la protección de datos de un particular, después de otras tantas demandas de Google contra sanciones de la AEPD- versa sobre un particular que, al teclear su nombre en el citado buscador, se encontraba con un enlace a un anuncio en el diario 'La Vanguardia' en el que aparecía la subasta de un inmueble suyo por impago a la Seguridad Social. Pese a que el asunto ya se había resuelto, el anuncio aun era fácilmente accesible.
Fuente: El Mundo
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martes, 4 de septiembre de 2012
Derecho al olvido en internet
Producto de un interesante artículo publicado en el medio argentino El Día sobre el Reclamo del derecho al Olvido, que plantea que nternet tiene mucha mejor memoria que la mayoría de los humanos y se empeña en recordarnos aquel video que quisiéramos olvidar y se resiste a desaparecer por mucho que cliqueemos en “ya no me gusta”. Una red que muchas veces también peca de memoria selectiva y se empeña en recordar una información errada o que ya no tiene vigencia pero que sigue apareciendo una y otra vez cada vez que, por ejemplo, un posible nuevo jefe realiza una simple búsqueda de tu nombre en internet.
La cantidad de información se dispone en internet y el uso de las redes sociales, así como la digitalización ponen a disposición de las personas la capacidad de difundir y de replicar un volumen de información muy alto como también la gran capacidad de viralización que generan las redes sociales.
Es así, que dado los niveles comunicación y penetración de internet, la rapidez con que opera internet, permite que opiniones, fotos, comentarios, videos circulen masivamente por la red sin que podamos contener técnicamente esos datos que hemos puesto en circulación por la red. Como personas responsables tenemos la libertad de tomar la decisión qué dato ponemos a disposición en la red, pero no tenemos la capacidad para limitar el tiempo que esos datos estarán en internet ni su cuánto ser expandirá por la red. En este contexto nos surge la pregunta: ¿se puede jurídicamente disponer de contenidos que se han subido a la web y que se consideran que atentan a la honra o son incluso vergonzosos y por lo tanto atentan contra la personalidad generando conflictos sociales o laborales?
Este es un tema que dará discusión en el futuro dado los niveles de información que circulan hoy por internet, incluso muchos jóvenes hoy difunden por la red situaciones comprometedoras que podrían afectarles años después. Algunos ya están hablando de la necesidad de generar un derecho subjetivo de la disposición de contenido o material digital en la red, que permita la creación de un derecho subjetivo que busque exigir la prohibición, supresión y/o remoción de los contenidos almacenados en los sitios de la red.
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viernes, 2 de marzo de 2012
Los límites del 'derecho al olvido'
Un interesante artículo sobre los límites del derecho al olvido, a través de la opinión de diversos actores legales en España y representantes de empresas tecnológicas.
"Olvidar el pasado puede ser necesario para el desarrollo personal, pero cuidado: no debe servir para reescribir la Historia. ¿Dónde están los límites?
Fuente: El Mundo
"Olvidar el pasado puede ser necesario para el desarrollo personal, pero cuidado: no debe servir para reescribir la Historia. ¿Dónde están los límites?
El abogado experto en nuevas tecnologías Jorge Campanillas no cree que debiera existir como tal un 'derecho al olvido', sino que deberían ponerse en práctica herramientas que ya existen como la cancelación de los datos (siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la normativa), como el derecho a oponerse a un tratamiento concreto de los mismos.
Rafael Gimeno-Bayon del Molino, jurista experto en reputación 'online', sostiene que "sí debería existir el derecho al olvido como equivalente al derecho de desindexación". "En Internet es más importante que te 'desindexen' que 'borren' tu información", asegura, y afirma que "si en los buscadores no apareces, no existes, por lo que la información almacenada de tu persona deja de tener un valor especial".
Fuente: El Mundo
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lunes, 13 de junio de 2011
¿Me puedo borrar de internet?

Uno de los temas que ha dado para análisis es si me puedo borrar de internet. No es un tema menor, dado la diversidad de fuentes que encontramos en la red. Hoy comienzan a aparecer empresas que tienen la capacidad de "borrarte" de internet. En realidad, no es que borren a la persona de internet, sino que buscan mejorar la reputación. El trabajo se basa en una simple teoría: la mayor parte de los usuarios sólo mira la primera página de resultados del buscador. Por eso evitar "publicidad negativa" en ese espacio es fundamental. La meta es lograr que las primeras páginas de búsquedas que aparecen en Google no hablen de ese incómodo affaire extramarital o de la vez que manejó borracho y causó un accidente
Existen algunas empresas en Estados Unidos como Reputationdefender
lo que hace es mejorar y proteger la reputación de las personas en internet. A través de acciones para monitorear, eliminar en la medida de lo posible información de la red o definir una estrategia de posicionamiento en la web. Otra empresa es la española Identidad Legítima .
Es una empresa dedicada a la web 2.0, las relaciones públicas en Internet y la gestión de la reputación online, sustenta su know-how y servicio en dos de los grandes pilares que condicionan la creación del yo digital en Internet, la reputación digital por un lado, y la creación y gestión de la visibilidad, por otro.
Fuente: El Mercurio
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miércoles, 23 de marzo de 2011
¿Qué es el derecho al olvido en internet?
La cantidad de información se dispone en internet y el uso de las redes sociales, así como la digitalización ponen a disposición de las personas la capacidad de difundir y de replicar un volumen de información muy alto como también la gran capacidad de viralización que generan las redes sociales.
Es así, que dado los niveles comunicación y penetración de internet, la rapidez con que opera internet, permite que opiniones, fotos, comentarios, videos circulen masivamente por la red sin que podamos contener técnicamente esos datos que hemos puesto en circulación por la red. Como personas responsables tenemos la libertad de tomar la decisión qué dato ponemos a disposición en la red, pero no tenemos la capacidad para limitar el tiempo que esos datos estarán en internet ni su cuánto ser expandirá por la red. En este contexto nos surge la pregunta: ¿se puede jurídicamente disponer de contenidos que se han subido a la web y que se consideran que atentan a la honra o son incluso vergonzodos y por lo tanto atentan contra la personalidad generando conflictos sociales o laborales?
Este es un tema que dará discusión en el futuro dado los niveles de información que circulan hoy por internet, incluso muchos jóvenes hoy difunden por la red situaciones comprometedoras que podrían afectarles años después. Algunos ya están hablando de la necesidad de generar un derecho subjetivo de la disposición de contenido o material digital en la red, que permita la creación de un derecho subjetivo que busque exigir la prohibición, supresión y/o remoción de los contenidos almacenados en los sitios de la red.
El abogado Guillermo Borda señala que el "derecho al olvido" debe comprender “aquellos actos que, originariamente inocuos, resulten más tarde molestos o mortificantes para los usuarios, y que valla más allá la posibilidad inaugurada por nuestra ley de protección de datos personales, que autoriza la remoción de los datos antiguos o caducos, pues la nota aquí no es la antigüedad del contenido sino el legítimo derecho que tiene cada ser humano de construir su propia biografía libre de injerencias que puedan dañarlo."
Recomiendo leer el interesante trabajo del profesor Horacio Fernández Delpech, ver aquí
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jueves, 27 de enero de 2011
El derecho al olvido en internet

El tema está pegando fuerte en España. recientemente he regresado de Europa y me he encontrado que la discusión sobre la privacidad en interent es algo que está en la discusión permanente, diversos son los casos que se han presentado contra Google, tal como lo menos mencionado hace unos días. Este es el llamado derecho al Olvido que permite a varias empresas buscadoras de internet puedan ser muy agresivas en la información personal que contengan generando una difusión de diversos datos. Es más, con la llegada de la Administración Electrónica cada vez es más fácil encontrar sentencias, resoluciones y diversas actuaciones que tienen indexada información y en particular individualización de personas que son difundidas por internet a través de los buscadores. Veo como en España este tema molesta a las personas y buscan que sus datos o cualquier antecedentes que puedan vincularlas sean eliminadas de los sistemas de información.
Tal como lo dice el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra Marc Carrillo "en la sociedad de la información no es fácil escapar al pasado aunque sea perfectamente legítimo pretenderlo. Por otra parte, la cultura de preservar lo pretérito es diversa, según las diferentes tradiciones culturales. La red es un campo abierto que no conoce fronteras estatales pero que está sometida a límites. Obviamente, Internet no puede quedar al margen de una cierta regulación"
Tal como lo dice el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra Marc Carrillo "en la sociedad de la información no es fácil escapar al pasado aunque sea perfectamente legítimo pretenderlo. Por otra parte, la cultura de preservar lo pretérito es diversa, según las diferentes tradiciones culturales. La red es un campo abierto que no conoce fronteras estatales pero que está sometida a límites. Obviamente, Internet no puede quedar al margen de una cierta regulación"
Es dificil que el derecho pueda avanzar tan rápido como lo hace la tecnología, pero se hace necesario que se plantee estas problemáticas, más aún en países en desarrollo donde estos temas aún no son frecuentes dado los bajos niveles de penetración de internet, pero en países como Chile se hace necesario discutirlos y darlos a conocer.
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