Un tribunal de EEUU ha dado la razón a Lexmark en un litigio contra una compañía especializada en reutilizar cartuchos de tinta. La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito ha concedido validez al licenciamiento de patentes de las envolturas de cartuchos de Lexmark, que demandó a Arizona Cartridge Remanufacturers, una empresa especializada en rellenar los cartuchos.
Según la resolución del tribunal, cuando en un cartucho aparece la etiqueta Single use only -Para un solo uso-, la persona que lo compra está consintiendo tácitamente ciertas condiciones. Por tanto, dice el tribunal, si un usuario rellena el cartucho está obviando los deseos de Lexmark, rompiendo un acuerdo y esquivando una patente.
Indudablemente, hay que tener cuidado con lo que se firma. Las cláusulas abusivas están ahí, en todos los contratos, en letra pequeña siempre, pero eso no es obstáculo para que, si rubricas un acuerdo, te veas obligado a someterte a condiciones draconianas. Es legal. El problema, realmente, es la proliferación de patentes, que de seguir a este ritmo amenaza con impedirnos incluso canturrear nuestras canciones favoritas en la ducha.
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