Nuestro país ha basado su crecimiento en los últimos años en el desarrollo y explotación de los recursos naturales, tales como el cobre, salmón, vino, frutas, entre otros. Sin embargo, el siglo XXI nos impone nuevas exigencias que nos desafían a prepararnos para avanzar en nuestro desarrollo. Debemos dar pasos para que nuestra economía comience a sustentarse en la era del conocimiento. El desarrollo de los próximos años estará en el uso de la información y los datos toman relevancia. El big data comienza a tomar cada vez más un importante rol que se basa en el análisis y desarrollo de esa información.
Nuestra economía en la sociedad de la información se debe sustentar también en el conocimiento y debemos generar los espacios para que este tipo de negocios también se expanda generando oportunidades de desarrollo para las empresas. El procesamiento de información, así como la industria del cloud computing generan miles de millones de dolares a nivel mundial y que dado el nivel de desarrollo de nuestra fuerza de trabajo, los altos niveles de estudios que poseen pueden transformarse en una importante fuente generadora de oportunidades de negocios.
Chile debe avanzar modernizando su regulación en temas de protección de datos, en particular ante la transferencia internacional de datos, debe crear mecanismos de protección no excesivo en protección de datos, crear una autoridad de control con autonomía y capacidad de fiscalización, avanzar en el proyecto de ley de firma electrónica, creación de autoridad de sellado en el tiempo, en fin, mejorar nuestro marco normativo para generar seguridad jurídica a las empresas dispuestas a invertir y desarrollar el negocio de la información.
Fuente: IBM
Derecho y nuevas tecnologías, seguridad de la información, educación, emprendimiento, innovación. Law and new technologies, information security, education, entrepreneurship, innovation.
miércoles, 30 de abril de 2014
martes, 29 de abril de 2014
Propuesta de regulación en patentes esenciales
Naciones Unidas, a través del organismo Unión Internacional de Telecomunicaciones, ha decidido convocar un encuentro en el que se debatirá el uso y condiciones de patentes esenciales para la innovación tecnológica. El objetivo es conseguir un nuevo acuerdo general que permita que las demandas no frenen la innovación.
Las demandas entre compañías del sector tecnológico por temas relacionados con patentes se han convertido en una constante en los últimos meses. Tras la popularización de los dispositivos móviles se ha iniciado una lucha entre las empresas por ganar cuota de mercado. Las compañías no han dudado en usar todas sus armas legales para frenar los esfuerzos de sus rivales, lo que supone un perjuicio para el sector y para la innovación.
En medio de esa batalla por conseguir una posición preferente en el mercado, algunas compañías podrían haber hecho un uso excesivamente estricto de las consideradas patentes esenciales para la industria. Se trata de títulos de propiedad sobre determinadas tecnologías, que por su trascendencia se consideran como esenciales para la innovación. Las empresas que ostentan estas patentes, imprescindibles para el resto de compañías, tienen la obligación de permitir su uso en condiciones asequibles.
Una de las causas de estas batallas de patentes entre compañías es que la definición de lo que son patentes esenciales parece haberse difuminado, así como las condiciones que se pueden exigir. De esta forma, algunas empresas han solicitado condiciones excesivamente elevadas para el uso de una patente y otras directamente han acudido a la justicia para denunciar a una rival por su utilización.
Visto que parte del problema se deriva del uso y explotación de las patentes esenciales, y que dicho problema está frenando la innovación, la ONU ha decidido crear un encuentro en el que se debatirá sobre la cuestión. En concreto, el organismo Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), dependiente de la ONU, se ha encargado de anunciar dicho encuentro. UIT se encarga de las cuestiones sobre tecnologías de la información y la comunicación en los que la ONU pretende mediar.
El encuentro se producirá en octubre y pretende ser un marco de entendimiento en el que los principales agentes del sector, empresas, legisladores y países, participarán para buscar soluciones a los conflictos. En el encuentro se debatirá sobre la necesidad de establecer una definición más clara sobre las patentes consideradas esenciales, así como condiciones más justas para su explotación.
Desde UIT tienen esperanza en que la reunión ayude a mejorar y solucionar algunas de las causas abiertas hasta el momento, que están frenando la evolución del sector.
Fuente: Nuevas Tecnologías
Las demandas entre compañías del sector tecnológico por temas relacionados con patentes se han convertido en una constante en los últimos meses. Tras la popularización de los dispositivos móviles se ha iniciado una lucha entre las empresas por ganar cuota de mercado. Las compañías no han dudado en usar todas sus armas legales para frenar los esfuerzos de sus rivales, lo que supone un perjuicio para el sector y para la innovación.
En medio de esa batalla por conseguir una posición preferente en el mercado, algunas compañías podrían haber hecho un uso excesivamente estricto de las consideradas patentes esenciales para la industria. Se trata de títulos de propiedad sobre determinadas tecnologías, que por su trascendencia se consideran como esenciales para la innovación. Las empresas que ostentan estas patentes, imprescindibles para el resto de compañías, tienen la obligación de permitir su uso en condiciones asequibles.
Una de las causas de estas batallas de patentes entre compañías es que la definición de lo que son patentes esenciales parece haberse difuminado, así como las condiciones que se pueden exigir. De esta forma, algunas empresas han solicitado condiciones excesivamente elevadas para el uso de una patente y otras directamente han acudido a la justicia para denunciar a una rival por su utilización.
Visto que parte del problema se deriva del uso y explotación de las patentes esenciales, y que dicho problema está frenando la innovación, la ONU ha decidido crear un encuentro en el que se debatirá sobre la cuestión. En concreto, el organismo Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), dependiente de la ONU, se ha encargado de anunciar dicho encuentro. UIT se encarga de las cuestiones sobre tecnologías de la información y la comunicación en los que la ONU pretende mediar.
El encuentro se producirá en octubre y pretende ser un marco de entendimiento en el que los principales agentes del sector, empresas, legisladores y países, participarán para buscar soluciones a los conflictos. En el encuentro se debatirá sobre la necesidad de establecer una definición más clara sobre las patentes consideradas esenciales, así como condiciones más justas para su explotación.
Desde UIT tienen esperanza en que la reunión ayude a mejorar y solucionar algunas de las causas abiertas hasta el momento, que están frenando la evolución del sector.
Fuente: Nuevas Tecnologías
lunes, 28 de abril de 2014
Brasil legisla sobre internet
La presidenta brasileña, Dilma Rousseff, sancionó hoy en Sao Paulo, durante la apertura de la Conferencia Internacional sobre Gobernanza en Internet, la ley que consagra en Brasil el principio de la neutralidad de la red y establece reglas para preservar la privacidad de los usuarios.
La mandataria suscribió el respectivo decreto presidencial que sanciona la ley poco antes de pronunciar el discurso de apertura de la llamada "NETMundial", cita de dos días en que representantes de gobiernos, empresas, universidades y sociedad civil de unos 85 países abordarán cuestiones como la privacidad y el derecho a la libertad de expresión en la red.
"Los derechos que las personas tienen 'offline' también deben ser protegidos 'online'", señaló Rousseff en su pronunciamiento al referirse al llamado Marco Civil de Internet, la legislación aprobada anoche por el Senado y que señala que las compañías no podrán limitar el acceso de los usuarios a determinados contenidos.
Fuente: El País
La mandataria suscribió el respectivo decreto presidencial que sanciona la ley poco antes de pronunciar el discurso de apertura de la llamada "NETMundial", cita de dos días en que representantes de gobiernos, empresas, universidades y sociedad civil de unos 85 países abordarán cuestiones como la privacidad y el derecho a la libertad de expresión en la red.
"Los derechos que las personas tienen 'offline' también deben ser protegidos 'online'", señaló Rousseff en su pronunciamiento al referirse al llamado Marco Civil de Internet, la legislación aprobada anoche por el Senado y que señala que las compañías no podrán limitar el acceso de los usuarios a determinados contenidos.
Fuente: El País
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gobierno internet
viernes, 18 de abril de 2014
Riesgos en la banca, los datos 2013
Las estafas de 'phishing' que utilizan la imagen de entidades financieras se han disparado y ya suponen un 31,45 por ciento del total de amenazas por este delito informático de suplantación de identidad. Los ciberdelincuentes tratan de engañar a los usuarios para robar sus datos y poder sustraer dinero de sus cuentas. PayPal, American Express y Amazon son los ganchos preferidos para este tipo de estafas.
La compañía de seguridad Kaspersky ha hecho púbico un informe centrado en las ciberamenazas de 2013 relacionadas con el entorno financiero y los datos son preocupantes. La compañía de seguridad ha asegurado que el año pasado 39,6 millones de usuarios se vieron afectados por estafas online de este tipo.
Kaspersky ha destacado que el 'phishing' bancario es la técnica favorita de los cibercriminales. Este tipo de 'phishing' ya supone el 31,45 por ciento del total de amenazas de 'phishing', lo que supone un incremento de 8,5 puntos respecto al año anterior. En este tipo de amenazas, los ciberdelincuentes intentan conseguir datos bancarios y financieros de sus víctimas para su posterior uso, con el consecuente perjuicio para el bolsillo de las víctimas. Marcas como PayPal, American Express, Master Card, Visa o Amazon son las compañías cuya imagen es más utilizada por parte de los cibercriminales.
Fuente: La Vanguardia
La compañía de seguridad Kaspersky ha hecho púbico un informe centrado en las ciberamenazas de 2013 relacionadas con el entorno financiero y los datos son preocupantes. La compañía de seguridad ha asegurado que el año pasado 39,6 millones de usuarios se vieron afectados por estafas online de este tipo.
Kaspersky ha destacado que el 'phishing' bancario es la técnica favorita de los cibercriminales. Este tipo de 'phishing' ya supone el 31,45 por ciento del total de amenazas de 'phishing', lo que supone un incremento de 8,5 puntos respecto al año anterior. En este tipo de amenazas, los ciberdelincuentes intentan conseguir datos bancarios y financieros de sus víctimas para su posterior uso, con el consecuente perjuicio para el bolsillo de las víctimas. Marcas como PayPal, American Express, Master Card, Visa o Amazon son las compañías cuya imagen es más utilizada por parte de los cibercriminales.
Fuente: La Vanguardia
jueves, 17 de abril de 2014
¿Están seguros nuestros datos con la brecha de seguridad Heartbleed?
El mayor agujero de seguridad en Internet conocido hasta la fecha ha afectado a una larga lista de páginas web y ha despertado muchos temores. Contraseñas, datos de tarjetas de crédito y otra información confidencial introducida en portales que parecían de total confianza no estaban tan seguros como se pensaba y podía ser accesibles para atacantes malintencionados. No obstante, aunque que toda esa información fuese vulnerable no quiere decir que haya sido atacada.
En medio del caos, la mayoría de portales afectados, en especial los más grandes, ya se han puesto manos a la obra y han solucionado el problema. Ahora, para ganar tranquilidad los expertos coinciden al recomendar tomar básicamente una única precaución: cambiar las contraseñas.
Especialmente aquellas "más importantes". "Los páginas web más grandes a nivel de usuarios han parcheado ya el error y son seguras", explica David Blanco de Trend Micro. Portales líderes como Facebook, Google o Yahoo han podido verse afectados pero habrían tomado ya medidas. En el caso de bancos y cajas, el riesgo de que información sensible haya sido vulnerable es menor, opina Blanco, porque generalmente no suelen utilizar sistemas de cifrado de código abierto como el que se ha visto.
Fuente: La Vanguardia
En medio del caos, la mayoría de portales afectados, en especial los más grandes, ya se han puesto manos a la obra y han solucionado el problema. Ahora, para ganar tranquilidad los expertos coinciden al recomendar tomar básicamente una única precaución: cambiar las contraseñas.
Especialmente aquellas "más importantes". "Los páginas web más grandes a nivel de usuarios han parcheado ya el error y son seguras", explica David Blanco de Trend Micro. Portales líderes como Facebook, Google o Yahoo han podido verse afectados pero habrían tomado ya medidas. En el caso de bancos y cajas, el riesgo de que información sensible haya sido vulnerable es menor, opina Blanco, porque generalmente no suelen utilizar sistemas de cifrado de código abierto como el que se ha visto.
Fuente: La Vanguardia
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protección de datos
martes, 15 de abril de 2014
Un promedio de 900 recursos en línea están activos en TOR diariamente
En los últimos meses los expertos de Kaspersky Lab han estado vigilando de cerca los llamados recursos Darknet, en su mayoría a la red TOR. Y una cosa que es inmediatamente obvia es que el elemento criminal cibernético está creciendo. Aunque la infraestructura de TOR y los recursos de los cibercriminales no están a la misma escala que el Internet convencional, los expertos lograron encontrar unos 900 servicios ocultos en línea actualmente.
TOR es un software gratis, principalmente sin restricciones, que funciona a través del Internet. Cuenta con usuarios que entran a sitios, intercambian mensajes en foros, se comunican en IMS, etc. - al igual que en la Internet "común". Pero hay una diferencia crucial. TOR es única, ya que permite a sus usuarios permanecer en el anonimato durante su actividad en la red. El tráfico de red es totalmente anónimo: es imposible identificar el IP del usuario, por lo que es imposible determinar quién es el usuario en la vida real. Por otra parte, este recurso Darknet utiliza los llamados pseudo- dominios que frustran cualquier intento de recopilar información personal del propietario del recurso.
Fuente: America Economía
TOR es un software gratis, principalmente sin restricciones, que funciona a través del Internet. Cuenta con usuarios que entran a sitios, intercambian mensajes en foros, se comunican en IMS, etc. - al igual que en la Internet "común". Pero hay una diferencia crucial. TOR es única, ya que permite a sus usuarios permanecer en el anonimato durante su actividad en la red. El tráfico de red es totalmente anónimo: es imposible identificar el IP del usuario, por lo que es imposible determinar quién es el usuario en la vida real. Por otra parte, este recurso Darknet utiliza los llamados pseudo- dominios que frustran cualquier intento de recopilar información personal del propietario del recurso.
Fuente: America Economía
lunes, 14 de abril de 2014
Pablo Soto vuelve a ganar a las discográficas: crear tecnología P2P es legal
Nueva victoria de Pablo Soto en los tribunales, tres años después de ganar su primer juicio", y nuevo mazazo para la industria musical en España. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de Promusicae contra el informático, creador de los programas Blubster, Piolet y ManolitoP2P, al que demandaban más de 13 millones de euros por infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal.
La sentencia es muy clara: "Ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno [...] ni entrevemos que responda a un plan preconcebido para hundir o desequilibrar a las productoras discográficas".
Los magistrados desgranan en su sentencia, de fecha 31 de marzo y hecha publica este 11 de abril, los argumentos que les llevan a desestimar las pretensiones de las demandantes -Warner, Universal, EMI y Sony, representadas por Promusicae-, quienes sostienen que los programas anteriores y el protocolo MP2P eran "para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida".
La sentencia entra a analizar si la obra de Pablo Soto, varios programas de 'software' para gestionar redes P2P, incurren en infracción indirecta de los derechos de propiedad intelectual, así como en competencia desleal.
Fuente: El Mundo
La sentencia es muy clara: "Ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno [...] ni entrevemos que responda a un plan preconcebido para hundir o desequilibrar a las productoras discográficas".
Los magistrados desgranan en su sentencia, de fecha 31 de marzo y hecha publica este 11 de abril, los argumentos que les llevan a desestimar las pretensiones de las demandantes -Warner, Universal, EMI y Sony, representadas por Promusicae-, quienes sostienen que los programas anteriores y el protocolo MP2P eran "para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida".
La sentencia entra a analizar si la obra de Pablo Soto, varios programas de 'software' para gestionar redes P2P, incurren en infracción indirecta de los derechos de propiedad intelectual, así como en competencia desleal.
Fuente: El Mundo
martes, 8 de abril de 2014
Big Data; almacenando datos y + datos
Interesante es la columna publicada en La Vanguardia sobre los datos masivos que manejan empresas como Google, Facebook, Youtube, entre otras. El aspectos relevante es qué ocurre con toda esa información que recopilan estas empresas, en qué se usan y cómo se utilizan.
"la eficacia de los análisis basados en 'big data' son innumerables. Muchos de ellos están presentes en nuestras actividades cotidianas, aunque no lo apreciemos. Cuando nos comunicamos a través de un servicio de mensajería instantánea como WhatsApp, a menudo cometemos errores al teclear. Aun así, la propia aplicación es capaz de interpretar qué queríamos escribir y sugerirnos el modo correcto de expresarlo. Esta característica es una variante de la función 'autocompletar' de Google. El motor de búsqueda basa sus predicciones en los datos obtenidos a través de las tres mil millones de consultas que gestiona a diario. El resultado es el corrector ortográfico más útil del mundo, en todos los idiomas: al introducir un criterio de búsqueda escrito de manera incorrecta, el algoritmo de Google detecta el error y muestra los resultados de la consulta que interpreta que pretendíamos realizar. Casi siempre acierta."
Tanta información que circula por las redes, nos hace pensar cuál es el limite de la información que queremos disponer para que otras personas o empresas puedan acceder a ella. Los términos y condiciones de estos sitios toman cada vez mayor relevancia, y la ausencia de conocimiento de las personas, hace que muchas veces nos equivoquemos al entregarles información que no queremos disponer para terceros.
Fuente: La Vanguardia
"la eficacia de los análisis basados en 'big data' son innumerables. Muchos de ellos están presentes en nuestras actividades cotidianas, aunque no lo apreciemos. Cuando nos comunicamos a través de un servicio de mensajería instantánea como WhatsApp, a menudo cometemos errores al teclear. Aun así, la propia aplicación es capaz de interpretar qué queríamos escribir y sugerirnos el modo correcto de expresarlo. Esta característica es una variante de la función 'autocompletar' de Google. El motor de búsqueda basa sus predicciones en los datos obtenidos a través de las tres mil millones de consultas que gestiona a diario. El resultado es el corrector ortográfico más útil del mundo, en todos los idiomas: al introducir un criterio de búsqueda escrito de manera incorrecta, el algoritmo de Google detecta el error y muestra los resultados de la consulta que interpreta que pretendíamos realizar. Casi siempre acierta."
Tanta información que circula por las redes, nos hace pensar cuál es el limite de la información que queremos disponer para que otras personas o empresas puedan acceder a ella. Los términos y condiciones de estos sitios toman cada vez mayor relevancia, y la ausencia de conocimiento de las personas, hace que muchas veces nos equivoquemos al entregarles información que no queremos disponer para terceros.
Fuente: La Vanguardia
lunes, 7 de abril de 2014
Neutralidad de internet en Europa
El Parlamento Europeo ha votado a favor de la no discriminación de datos en Internet, es decir, a favor de la 'neutralidad de la Red', además del fin del recargo para móviles en la Unión Europea -el 'roaming'- para el 15 de diciembre de 2015,
Ambos textos aún deben ser aprobados por el Consejo Europeo (que representa a los 28 Estados miembros de la UE). Si los estados lo aprueban, volverán a ser votados por el próximo Parlamento Europeo, cuyos representantes serán elegidos en mayo.
El final de "roaming" planea eliminar las tarifas de itinerancia (para llamadas, mensajes y usar Internet móvil en otro país europeo ) desde el 15 de diciembre de 2015.
En cuanto a la 'neutralidad de la red', los diputados votaron por una gran mayoría que los proveedores de servicios de Internet (ISPs) no puedan bloquear o ralentizar servicios de Internet de sus competidores.
Los proveedores de Internet todavía podrán ofrecer servicios especializados a los usuarios finales, como el vídeo bajo demanda o de almacenamiento de datos en la nube, pero sólo si no afectan a la disponibilidad o calidad del acceso a los servicios Internet ofrecido por otras empresas o servicios.
Los eurodiputados han reducido de forma notable la lista de "casos excepcionales" que propone la Comisión Europea para permitir a los ISP bloquear o ralentizar servicios.
Es decir, siguen siendo posibles tales medidas pero sólo para poner en práctica una orden judicial, para preservar la integridad y seguridad de la Red, y prevenir los efectos de una congestión de red temporal.
Fuente: El Mundo
Ambos textos aún deben ser aprobados por el Consejo Europeo (que representa a los 28 Estados miembros de la UE). Si los estados lo aprueban, volverán a ser votados por el próximo Parlamento Europeo, cuyos representantes serán elegidos en mayo.
El final de "roaming" planea eliminar las tarifas de itinerancia (para llamadas, mensajes y usar Internet móvil en otro país europeo ) desde el 15 de diciembre de 2015.
En cuanto a la 'neutralidad de la red', los diputados votaron por una gran mayoría que los proveedores de servicios de Internet (ISPs) no puedan bloquear o ralentizar servicios de Internet de sus competidores.
Los proveedores de Internet todavía podrán ofrecer servicios especializados a los usuarios finales, como el vídeo bajo demanda o de almacenamiento de datos en la nube, pero sólo si no afectan a la disponibilidad o calidad del acceso a los servicios Internet ofrecido por otras empresas o servicios.
Los eurodiputados han reducido de forma notable la lista de "casos excepcionales" que propone la Comisión Europea para permitir a los ISP bloquear o ralentizar servicios.
Es decir, siguen siendo posibles tales medidas pero sólo para poner en práctica una orden judicial, para preservar la integridad y seguridad de la Red, y prevenir los efectos de una congestión de red temporal.
Fuente: El Mundo
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neutralidad internet
viernes, 4 de abril de 2014
Querella en Francia contra Facebook, Twitter y Google por la privacidad
Una asociación de consumidores francesa anunció hoy una querella judicial contra las tres principales redes sociales -Facebook, Twitter y Google- con las que llevaba meses discutiendo para que retiraran una serie de cláusulas que considera abusivas, en particular sobre la gestión de datos personales.
UFC Que Choisir justificó esta denuncia ante el Tribunal de Gran Instancia de París contra las tres empresas porque "se obstinan en mantener cláusulas que la asociación considera abusivas o ilícitas", y que ha cifrado en "no menos de 180 para una de ellas". Paralelamente, UFC Que Choisir lanzó en un comunicado un mensaje en dirección de los consumidores para que estén movilizados y mantengan el control de sus datos.
La organización recriminó a las redes sociales su "opacidad", la "exoneración de responsabilidad" y la "difusión" que hace de los datos personales. UFC Que Choisir recordó que les había instado en junio del pasado año a que modificaran sus condiciones generales de uso y retiraran una serie de "cláusulas problemáticas", algo a lo que se han negado.
Fuente: La Vanguardia
UFC Que Choisir justificó esta denuncia ante el Tribunal de Gran Instancia de París contra las tres empresas porque "se obstinan en mantener cláusulas que la asociación considera abusivas o ilícitas", y que ha cifrado en "no menos de 180 para una de ellas". Paralelamente, UFC Que Choisir lanzó en un comunicado un mensaje en dirección de los consumidores para que estén movilizados y mantengan el control de sus datos.
La organización recriminó a las redes sociales su "opacidad", la "exoneración de responsabilidad" y la "difusión" que hace de los datos personales. UFC Que Choisir recordó que les había instado en junio del pasado año a que modificaran sus condiciones generales de uso y retiraran una serie de "cláusulas problemáticas", algo a lo que se han negado.
Fuente: La Vanguardia
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jueves, 3 de abril de 2014
CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE QUEJA Y NIEGA INFORMACIÓN DE CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
La Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de resolución de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó entregar información de una causa, solicitada mediante Ley de Transparencia.
En fallo dividido (causa rol 6059-2013), la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Juan Escobar (suplente); además del abogado integrante Raúl Lecaros- determinó la reserva de la información solicitada por el ciudadano Guillermo Donoso Harris.
El fallo de la Corte Suprema, reiterando el criterio de sentencias anteriores, determina que la relación entre el CDE y el Estado es del tipo abogado-cliente, por lo que está sujeta reserva o secreto profesional.
“Es posible concluir que la relación que entabla el Consejo de Defensa del Estado con el Fisco de Chile es una relación cliente-abogado y en esta virtud los antecedentes que recaba quedan sujetos a secreto profesional, secreto que, como ya fuera establecido, forma parte del derecho a defensa garantizado en la Constitución Política de la República”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “La situación referida en el fundamento precedente, que corresponde a la descrita en la letra a) del N° 1 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, es justamente la que acontece en el caso de autos, toda vez que teniendo el Consejo de Defensa del Estado por objeto, principalmente, la defensa judicial de los intereses del Estado, la publicidad de los antecedentes que obren en su poder y que él mismo genere en el marco de la decisión de defensa importa, entonces, una violación al secreto profesional y con ello al derecho a defensa, cuestión que se traduce en una afección directa a la función del órgano, generándose a su respecto la causal de secreto o reserva contemplada en la ley”.
“De la debida inteligencia de las citadas normas es posible colegir que la información de cuyo acceso se trata ha sido declarada reservada por una ley de quórum calificado, de acuerdo a las causales previstas al efecto en el artículo 8 de la Constitución Política de la República, de manera que el Consejo de Defensa del Estado ha podido, legítimamente, negarse a entregarla al peticionario”, concluye.
La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Pierry y Escobar.
Fuente: Poder Judicial
En fallo dividido (causa rol 6059-2013), la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Juan Escobar (suplente); además del abogado integrante Raúl Lecaros- determinó la reserva de la información solicitada por el ciudadano Guillermo Donoso Harris.
El fallo de la Corte Suprema, reiterando el criterio de sentencias anteriores, determina que la relación entre el CDE y el Estado es del tipo abogado-cliente, por lo que está sujeta reserva o secreto profesional.
“Es posible concluir que la relación que entabla el Consejo de Defensa del Estado con el Fisco de Chile es una relación cliente-abogado y en esta virtud los antecedentes que recaba quedan sujetos a secreto profesional, secreto que, como ya fuera establecido, forma parte del derecho a defensa garantizado en la Constitución Política de la República”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “La situación referida en el fundamento precedente, que corresponde a la descrita en la letra a) del N° 1 del artículo 21 de la Ley de Transparencia, es justamente la que acontece en el caso de autos, toda vez que teniendo el Consejo de Defensa del Estado por objeto, principalmente, la defensa judicial de los intereses del Estado, la publicidad de los antecedentes que obren en su poder y que él mismo genere en el marco de la decisión de defensa importa, entonces, una violación al secreto profesional y con ello al derecho a defensa, cuestión que se traduce en una afección directa a la función del órgano, generándose a su respecto la causal de secreto o reserva contemplada en la ley”.
“De la debida inteligencia de las citadas normas es posible colegir que la información de cuyo acceso se trata ha sido declarada reservada por una ley de quórum calificado, de acuerdo a las causales previstas al efecto en el artículo 8 de la Constitución Política de la República, de manera que el Consejo de Defensa del Estado ha podido, legítimamente, negarse a entregarla al peticionario”, concluye.
La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Pierry y Escobar.
Fuente: Poder Judicial
martes, 1 de abril de 2014
El TJUE dice que un juez puede pedir a un proveedor de red el bloqueo de un sitio de descargas
Un juez de la UE puede pedir a los proveedores de Internet -como intermediarios- que bloqueen un sitio web infractor de derechos de autor siempre que "no priven inútilmente a los usuarios de Internet de la posibilidad de acceder de forma lícita a la información" y que "dichas medidas tengan como efecto impedir o, al menos, hacer difícilmente realizable el acceso no autorizado a las prestaciones protegidas y disuadir seriamente a los usuarios de Internet que recurran a los servicios del destinatario de dicho requerimiento de consultar esas prestaciones puestas a su disposición en violación del derecho de propiedad intelectual".
En una respuesta a una serie de cuestiones prejudiciales procedentes de un tribunal austriaco, el TJUE apunta que se puede ordenar judicialmente dicho bloqueo "cuando dicho requerimiento no especifica qué medidas debe adoptar ese proveedor de acceso y éste puede eludir las sanciones derivadas del incumplimiento de dicho requerimiento demostrando que adoptó todas las medidas razonables".
La Justicia europea no ve necesario que exista una relación comercial entre el sitio web contra el que se ordena el bloqueo y el proveedor de Internet que tiene que ejecutar dicho bloqueo, tal y como alegaba UPC Telekabel, que además afirmaba que "las distintas medidas de bloqueo aplicables pueden todas eludirse técnicamente y que algunas de ellas son excesivamente onerosas".
La primera cuestión que planteaba el tribunal austriaco, en donde se enfrentaban el proveedor de Internet UPC Telekabel por un lado y por otro las distribuidoras 'Constantin Film' y 'Wega', trata sobre si se puede considerar intermediario el proveedor de Internet.
Fuente: El Mundo
En una respuesta a una serie de cuestiones prejudiciales procedentes de un tribunal austriaco, el TJUE apunta que se puede ordenar judicialmente dicho bloqueo "cuando dicho requerimiento no especifica qué medidas debe adoptar ese proveedor de acceso y éste puede eludir las sanciones derivadas del incumplimiento de dicho requerimiento demostrando que adoptó todas las medidas razonables".
La Justicia europea no ve necesario que exista una relación comercial entre el sitio web contra el que se ordena el bloqueo y el proveedor de Internet que tiene que ejecutar dicho bloqueo, tal y como alegaba UPC Telekabel, que además afirmaba que "las distintas medidas de bloqueo aplicables pueden todas eludirse técnicamente y que algunas de ellas son excesivamente onerosas".
La primera cuestión que planteaba el tribunal austriaco, en donde se enfrentaban el proveedor de Internet UPC Telekabel por un lado y por otro las distribuidoras 'Constantin Film' y 'Wega', trata sobre si se puede considerar intermediario el proveedor de Internet.
Fuente: El Mundo
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