El lunes 16 de octubre se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.123 que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios.
Con esta nueva ley, se introducen importantes modificaciones a la legislación laboral, plasmándose expresamente el concepto de subcontratación y acentuándose las medidas de protección de la vida y salud de los trabajadores, no sólo propios, sino también la de aquellos que son dependientes de la empresa contratista y/o subcontratista y que prestan servicios o ejecutan obras para la empresa principal.
La nueva normativa eleva el grado de responsabilidad de la empresa principal frente a incumplimientos laborales de los trabajadores de la empresa contratista y/o subcontratista. La responsabilidad de base será la solidaridad y no la subsidiaridad que regía con la anterior regulación, aún cuando existen posibilidades de atenuarla.
Asimismo, en materia de seguridad del trabajo se elevan las exigencias de control y de acciones concretas para proteger la vida y seguridad de los trabajadores subcontratados, siendo la empresa principal la responsable directa frente a los mismos en caso de no disponer de todas las medidas necesarias para protegerlos. Lo anterior, sin perjuicio de las multas que podrían llegar hasta 150 UTM.
Si su empresa se nutre de empresas en materia de tecnología, que proveen diversos servicios, como personal de apoyo, servicios de soporte tecnológico y respaldo, se imagina qué irá a pasar con esas empresas con la nueva ley de subcontratación laboral, qué medidas está usted tomando para evitar problemas en las fiscalizaciones que comenzarán el 2007, le recuerdo que la ley debiera entrar en vigencia a partid de la 2ª semana de enero como lo que muchas empresas deben tomar los resguardos necesarios.
La ley de subcontración impone fuerte obligaciones a las empresas que se nutren de persona y les exige cierto nivel de cumplimiento de normas en materia de seguridad social y laboral, allí las medidas de resguardo son esenciales para evitar mayores problemas.
Por otra parte, la ley regula las Empresas de Servicios Transitorios (EST), otorgando un marco jurídico a esta actividad, que a la fecha no existía. La normativa impone exigencias de constitución para las empresas que presten estos servicios, así como también regula los alcances de la vinculación contractual que existe entre las EST y las empresas usuarias. La temporalidad de los servicios que prestan los trabajadores de las empresas transitorias, es sin duda el foco de la nueva legislación.
Debido a la complejidad e importancia de las nuevas responsabilidades y sanciones que establece la ley, ésta entrará en vigencia 90 días después de la fecha de su publicación, por lo que las empresas contarán con tiempo para adaptarse a la normativa y sus nuevas exigencias.
Descargar la Ley 20123, del 16 de octubre de 2006.
2 comentarios:
Hola, tengo una pregunta, estoy realizando una investigación sobre este tema, y la verdad es que me queda la duda de si hay algún impacto específico en materia informática generado por la Ley de Subcontratación.
Gracias
Atte.
M Fca Aravena R
Gracias por esta importante información.
un saludo
Emilio
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