Un tema que ha sido publicado recientemente en la prensa es el relativo a qué ocurre con el tratamiento de los datos personales en materia de salud, que nuestra ley 19.628 lo considera con un dato sensible, quién puede disponer de ellos y cómo puede hacerlo. El problema se origina cuando tenermos una contraposición de normas, tal como ocurre en nuestro ordenamiento jurídico.
En el Mercurio de ayer domingo se ha publicado un artículo sobre esta materia.
Se puede renunciar al secreto de la información de salud por el solo hecho de firmar un plan de isapre y por tanto que esta tenga acceso a mi historial médico y a ser incorporado a bases de datos. Qué ocurre con los hospitales que son dueños de las fichas físicas, quien responde por su cuidado y protección.
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