viernes, 27 de abril de 2012

Proteger y comercializar sus innovaciones

Hoy muchas empresas están generando nuevas mejoras en sus procesos o servicios. Permanentemente están innovando, pero también no se dan cuenta que en algún momento pueden protegerlas y con ello generar nueva riqueza para sí. El tema relevante es que las empresas en Chile aún no están preparadas para hacer frente a identificar los procesos innovadores para generar productos o mejorar sus servicios.


Las empresas innovadoras deben ocuparse de proteger sus invenciones de la competencia porque si no lo hacen incurren en los costos de generarlas pero no capturan sus beneficios y por tanto finalmente quiebran.  A diferencia de los productos y servicios, el conocimiento tecnológico es un bien "no rival" y tiende a ser "no excluible", es decir, puede ser utilizado por diferentes personas simultáneamente y no se reduce con su uso. Esto obliga a que las empresas requieran tener estrategias explícitas de valorización y protección de sus activos intangibles. Hay al menos tres mecanismos de protección: i) la patente, ii) el secreto industrial y, iii) una estrategia de rápido lanzamiento y posicionamiento en el mercado.

La patente: es un derecho de exclusividad que concede el Estado por un período de 20 años para la protección de una invención. Este derecho permite al inventor explotar su invención, venderla o ceder los derechos a un tercero para que la comercialice bajo licencia. El otorgamiento de una patente requiere que la invención cumpla tres requisitos: i) ser novedosa, es decir no existir a nivel mundial (o no haber sido hecha pública con anterioridad), ii) tener nivel inventivo, es decir que no sea obvia para una persona normalmente versada en la materia, iii) ser susceptible de aplicación industrial, es decir que pueda ser producida o utilizada en la industria (los teoremas, conceptos o ideas no son patentables).

Las invenciones se pueden patentar en Chile, a través del Instituto de Propiedad Intelectual, Inapi, en cuyo sitio web (www.inapi.cl/) se explica claramente el proceso de tramitación. También se puede proteger a través del Patent Cooperation Treaty (PCT), un tratado internacional a cargo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI y suscrito por más de 140 países.

El PCT establece un procedimiento único de "solicitud" de patentes ante sólo una Oficina Receptora (de cualquiera de los 140 países) para proteger las invenciones en todos los países miembros. El PCT no es un procedimiento de "concesión" de patentes, ni sustituye las concesiones de cada país, sino que es un sistema de unificación de la tramitación previo a la concesión.

El secreto industrial: Es un conocimiento tecnológico no revelado por su titular el cual se protege a través de convenios de confidencialidad y tiene duración indefinida. Ejemplo clásico es la fórmula de la Coca Cola.

Estrategia de rápido posicionamiento: Es la posible ventaja (aunque también tiene riesgos) que obtiene la empresa que primero ingresa en un determinado mercado y logra posicionar sus productos o servicios innovadores. Hay varias razones que explican la existencia de esta ventaja: la posibilidad de construir una marca que actúa como barrera de entrada para los nuevos competidores y la posibilidad de incrementar rápidamente las ventas por el hecho de no tener competencia, lo cual le permite reducir el costo medio de sus productos, el que actúa como barrera de entrada.

Comercializar

El marco jurídico de los derechos de propiedad intelectual transforma las innovaciones tecnológicas en valiosos activos comercializables.

Distinguimos al menos tres canales para este propósito:

1. Contrato de "licencia": Es la autorización que el titular del derecho de propiedad intelectual otorga a un tercero para utilizarla en los términos y condiciones acordados, con una finalidad determinada, en un territorio y período definidos.

2. Venta o "cesión" de los derechos de propiedad intelectual: La hace el titular a un tercero interesado en adquirirla.

3. Explotación comercial: Por parte del titular en una empresa existente de su propiedad, o a través de la creación de una nueva compañía cuya competitividad se basará con seguridad en el nuevo conocimiento debidamente protegido

Fuente: El Mercurio

1 comentario:

Amanda dijo...

En Lufai buscamos asesorar a todos nuestros clientes para que registren sus marcas o patentes legalmente para evitar complicaciones posteriores.