La necesidad de generar mayor competencia en materia de telefonía celular ha llevado a generar consultas por parte de la Subtel a la Fiscalía Nacional Económica para que se pronuncie formalmente sobre el tema. Esta discusión se centra en la licitación de los 45 MHZ de espectro de telefonía móvil de tercera generación 3G , tema que generará la discusión ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Todo se inició como una consulta para ver si podían operar los actuales operadores de telefonía móvil - Movistar, Claro, Entel PCS - y poder participar en el concurso por el espectro que permite desarrollar banda ancha móvil. La situación se ha complejizado debido al informe de la Fiscalía Nacional Económica, el mencionado documento señala: "concluye la necesidad de establecer un límite de 60 MHz como máximo para cada operador de telefonía móvil, debido a que el espectro radioeléctrico se trata de un insumo esencial escaso en un mercado que está altamente concentrado, presenta significativas barreras de entrada y, por sobre todo, el riesgo de que los operadores establecidos bloqueen o dificulten el ingreso de competidores mediante el acaparamiento del mismo, o bien obtengan ventajas derivadas de las diferencias de costos asociadas a la heterogeneidad en la distribución de este insumo. De este modo, al limitarse la cantidad de insumo que cada actor puede obtener mediante la asignación homogénea del espectro, se promoverá la competencia y el uso eficiente de este. Además de lo anterior, la Fiscalía solicitó una serie de prevenciones, como medidas efectivas para que se materialice la portabilidad numérica y oferta de facilidades para los operadores móviles virtuales, entre otras, con el objeto de posibilitar el ingreso oportuno y suficiente al mercado de nuevos operadores, así como condiciones equitativas de competencia." Descargar informe FNE desde AQUI
Esto dejaría fuera del concurso a Entel PCS que cuenta con esa cantidad y con posibilidad de postular sólo a 5 MHZ a Movistar y a Claro. Me gustaría conocer cuál será la opinión de la Subtel en esta materia. Uno de los temas que puede ocasionar problemas es el de los llamados Operadores Móviles Virtuales, ya que el informe hace mención a la reventa de minutos y lo recomienda incluir en el proceso, se recomienda que se proceda a la reventa de minutos a terceros interesados en desarrollar el negocio de los OMV (Tema al cual nos hemos referido hace un tiempo atrás en este mismo blog VER AQUI). La opinión del regulador, SUBTEL, es que se está agregando un obstáculo para que ingreso al mercado de la telefonía móvil un nuevo actor, la existencia de la reventa de servicios originará problemas de entrada y no permitirá aumentar la competencia, ya que el Subsecretario sostiene que esto elevará los costos debido a la necesidad que los participantes hagan inversiones no sólo en el desarrollo de la red para dar el servicio móvil sino que también generar todo lo necesario para poner el servicio al alcance del usuario.
Me parece que la recomendación de la FNE limita a los usuarios, sin perjuicio que las actuales empresa podrían migrar sus servicios desde las redes 2G o 2.5 G sin problema, el problema es que el uso de datos y la transferencia de ellos a través de los celulares es una realidad cada vez más frecuente y por tanto se hace necesario adecuarnos al nuevo contexto tecnológico y de demanda de usuarios cada vez más sofisticados y que requieren de servicios más avanzados.
La situación de los operadores móviles virtuales, me parece que es muy reciente para comenzar a implementarlos tomando en cuenta que según estudios internacionales y nacionales, los OMV operan sobre la bases de redes ya desarrolladas y que tienen espacios para operar, en el caso de la telefonía móvil 3G aun no están listas las redes y la inversión ni siquiera está realizada, por lo que es muy riesgos para se invierta sobre una red no desarrollada.
1 comentario:
Andrés... muy interesante tu análisis. Aún cuando es del año 2007, me va a servir mucho en mi investigación. Es interesante ver los conflictos que se pueden entre el regulador (subtel) y la autoridad encargada de velar por el cumplimiento de las normas de competencias (FNE). Este conflicto se genera por las diversas visiones y objetivos que tienen ambos organismos.
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