Conocida como ‘Ley Facebook’ -proyecto de ley alemán que comienza su trámite parlamentario- está destinada a regular el uso de información en las redes sociales y su principal objetivo es marcar un límite a las empresas que hagan uso de ella con la finalidad de establecer perfiles de sus empleados o candidatos. Aunque otras redes sociales sí podrán consultarse.
Mucho se ha escrito estos días sobre la “ley Facebook” alemana, proyecto de ley del gobierno germano que empieza ahora su trámite parlamentario y del que destaca especialmente la regulación relativa al uso de la información en las redes sociales, poniendo coto, por primera vez, a las empresas que la utilizan para establecer perfiles de empleados y/o candidatos.
Este es un proyecto de ley que impediría que los empresarios consultaran la información existente en redes como Facebook, Twitter o MySpace, ha recibido ya las críticas del presidente de la patronal alemana, por un lado, que ha pedido que se reformule la ley, y de destacados expertos, por otro, que han expresado serias dudas sobre la aplicabilidad de la norma. Por el contrario, organizaciones sindicales, autoridades de protección de datos y otras, la han celebrado. El proyecto también prevé regular otros ámbitos de la privacidad de los empleados, como la prohibición de utilizar videocámaras sin conocimiento de los mismos en el lugar de trabajo. En cambio, al parecer permitiría que las llamadas telefónicas fuesen controladas.Lo que regularía este proyecto es la consulta de la información en sí no estaría prohibida: lo que no se permitiría sería tener en cuenta la información privada que se encuentra disponible en estas plataformas. Se entiende bien que la protección del derecho a la intimidad y a la vida privada opere en estos supuestos de manera que, según establece el proyecto de ley, en los datos guardados en las redes sociales prevalezca el interés del usuario, digno de ser protegido. También es claro que el texto legal ha previsto multas de hasta 300.000 euros para las empresas que infrinjan la norma.
Fuente: Informática Legal
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