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lunes, 27 de octubre de 2014

Avanza proyecto de ley que protege libre elección de servicios de cable, internet o telefonía

Protege la libre elección en los servicios de cable, internet o telefonía: Se aprobó en particular el proyecto de ley iniciado en moción en julio del 2013, segundo trámite constitucional, segundo informe, con urgencia calificada de  simple. Boletín N° 9007-03. Proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados para su tercer trámite  constitucional.

jueves, 7 de abril de 2011

La transición de la TV análoga a la digital.

La discusión legislativa del proyecto de ley de televisión digital terrestre está dejando varios frentes abiertos y generando que los diversos actores se preparen para realizar el mejor lobby pertinente. Dos son los temas que más atención generan. Por una parte la autorización para que los concesionarios de la nueva televisión digital, que no significa pago al Estado, quien es dueño del espectro (como ya lo hemos dicho en otras ocasiones) puedan cobrar por las señales que se emiten.

Otro tema relevante es que se dispone que las empresas de televisión de pago (operadores por cable y satélite) tienen que retribuir a los canales locales abiertos para que incorporar en su programación.

El Proyecto de ley Permite la introducción de la TV digital terrestre 6190-19 fija dos plazos para pasar de la TV analógica a digital. Cuando la ley entre en vigencia, los canales tendrán tres años para lograr una cobertura digital del 85% de la población de su zona de servicio y cinco años para llegar al 100%. Sin embargo, los operadores con una o más concesiones digitales, en casos justificados, podrán pedir ampliar el plazo de cinco años en una o más regiones.

La transición de la TV análoga a la digital requiere de la participación administrativa de la Subtel que debe generar y emitir el nuevo plan de radiofusión televisiva que ya se anunció el 2010 pero que aun no se concreta. A través de este plan permitirá conocer a los canales la frecuencia que se les asignará en cada zona y las descripciones técnicas correspondientes. Con la ley y el plan de radiodifusión la industria televisiva puede alcanzar a cubrir territorialmente el 90% del país en 3 años y que se requieren 250 estaciones. Las primera 50 para el 90% y otras 200 para las más complejas para llegar al 10% restante, esta inversión podría ser entre los 50 MMU$ y los 60MMU$, que será asumido por los propios canales, así lo ha señalado ANATEL

Actualmente, las concesiones de radiodifusión televisiva las entrega el Consejo Nacional de Televisión (CNTV). Existen concesiones indefinidas (previas a 1989) dadas al Estado y universidades, pero Megavisión también posee una. Las otras son definidas y duran 25 años. El proyecto de ley modifica el régimen de concesiones y establece que todas (indefinidas o no) duranrán 20 años cuando la operación se realice con medios propios y 5 años si es a través de medios de terceros. PAra poder acceder se deberá pedir al Consejo Nacional de Televisión que llame a concurso público para una determinada localidad y para asignar frecuencias específicas previamente las bases deben ser publicadas en el diario oficia.

La discusión del proyecto de ley está demostrando la necesidad de actualizar nuestra norma de televisión y también adecuar el correcto uso del espectro dada las ventajas que posee el desarrollo tecnológico y en particular en la televisión digital que permite obtener mejor provecho del espectro.

miércoles, 10 de febrero de 2010

Nueva ley de turismo en Chile


Un tema en el que me toca interactuar constantemente con personas del mundo del turismo, debe señalar que el Congreso Nacional ha aprobado la primera ley de Turismo. Varios son los tópicos que trata, fundamentalmente en el ámbito de las responsabilidades.

Existe un tema que si se vincula con las tecnologías toma relevancia y dice relación con el uso y promoción de las TI en el campo del turismo, para un extranjero que viene a Chile es imperioso contar con información fiable y certera, además de buenos tiempos de respuestas, el sector turismo en Chile aun no ve la relevancia que tiene internet para hacer negocios desde el extranjero, esto es un tema que las nuevas autoridades deberán abordar.

La Ley 20.423 cambia el nombre del Ministerio de Economía a Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, crea la Subsecretaría de Turismo, podemos señalar que establece que el turismo constituye una actividad estratégica para el desarrollo del país, siendo prioritaria dentro de las políticas de Estado, cuyo objetivo es mejorar la organización del Ejecutivo en materia de turismo, con el fin de que éste pueda perfeccionar su intervención en áreas estratégicas para el desarrollo del sector.

Las implicancias directas de la ley radican en un desarrollo económico en regiones, encadenamientos productivos que benefician a las empresas de menor tamaño, empleos de calidad, en un sector que a nivel mundial está creciendo sostenidamente y donde Chile tiene ventajas comparativas.

La iniciativa legal tiene los siguientes contenidos esenciales:
Establece que la Institucionalidad Nacional de Turismo tendrá por propósito determinar los objetivos, acciones y prioridades que regirán al sector; y deberá considerar, para el desarrollo y promoción de la actividad, el rol de las regiones en el cumplimiento de los objetivos, acciones y prioridades fijados.

También se crea el Comité de Ministros del Turismo, el que estará integrado por el ministro de Economía, quien lo presidirá y será para todos los efectos, ministro de Turismo; y los ministros de Obras Públicas, Vivienda, Agricultura, Bienes Nacionales, el ministro Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y el ministro Presidente del Consejo de Cultura y las Artes.El ministro de Economía, entre otras funciones, deberá velar por la coordinación en materia turística entre los ministerios, organismos y servicios públicos.

Se crea una subsecretaría de Turismo en el ministerio de Economía, que entre otras materias deberá elaborar y proponer al Comité los planes, programas y proyectos para el fomento, promoción y desarrollo del turismo, y vigilar la elaboración y cumplimiento del Plan Anual de Acción del Servicio Nacional de Turismo.

La normativa regula además las zonas de interés turístico que se incluirán en los instrumentos de planificación, pues requerirán medidas de conservación y una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado.
Se establece que en el caso de la elaboración o modificación de Planes Reguladores Comunales y Límites Urbanos en zonas declaradas de Interés Turístico, se requerirá, previo a su discusión por el Concejo Comunal, de un informe del Servicio Nacional de Turismo.
En tanto, la modificación de los Planes Reguladores Intercomunales o Metropolitanos que involucre zonas declaradas de Interés Turístico, requerirá consulta al Servicio Nacional de Turismo por parte de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo.
Asimismo, las Zonas de Interés Turístico tendrán carácter prioritario para la ejecución de programas y proyectos públicos de fomento al desarrollo de esta actividad, como asimismo para la asignación de recursos destinados a obras de infraestructura y equipamiento necesarios.
Adicionalmente, el proyecto establece que sólo se podrán desarrollar actividades turísticas en Áreas Silvestres Protegidas de propiedad del Estado cuando sean compatibles con su objeto de protección, debiendo asegurarse la diversidad biológica, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.
Por otra parte, se crea un Consejo Consultivo de Promoción Turística, encargado de asesorar y colaborar en la formulación de la Política Nacional de Promoción del Turismo.
En este organismo participarán, además del subsecretario de Turismo, que lo presidirá, el Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo y de los directivos superiores de los organismos y servicios públicos relacionados con la materia, representantes de las asociaciones gremiales que representen los intereses de las empresas que desarrollan sus actividades en el sector.

martes, 22 de diciembre de 2009

Ley de propiedad intelecual, aún respira


Ayer lunes se realizó la votación del veto presentado por el Ejecutivo al Congreso en relación a la ley de propiedad intelectual. El veto aditivo repuso materias relativas a la regulación de los contenidos de Internet que no fueron aprobados por el Congreso, para adecuarlos a las obligaciones asumidas por Chile en el TLC con Estados Unidos.

El texto debe ser ratificado por el Senado.

Las observaciones de la Presidenta al proyecto que perfecciona la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual (boletín 5012), fueron aprobadas en la Sala por 83 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones. Sin embargo, dos de las materias incorporadas en el veto fueron rechazadas. La primera de ellas, rechazada por 67 votos en contra, 8 a favor y 7 abstenciones, disponía que el prestador de servicios que de buena fe constatara presuntas infracciones a los derechos de propiedad intelectual, estaría exento de responsabilidad civil, si las notificara por carta certificada al presunto infractor. Si éste manifestaba que se avenía al criterio del prestador de servicios o guardaba silencio por más de diez días desde la fecha de envío de la comunicación, el prestador de servicios podría bloquear el material alojado en sus sistemas sin que pudiera ser objeto de reproche. Si dentro de dicho plazo, el presunto infractor insistía por escrito en su voluntad de que tales contenidos siguieran siendo transmitidos, éstos no podrían ser bloqueados por el prestador de servicios y el prestador de servicios estaría exento de todo tipo de responsabilidad.La segunda observación, que recibió 75 votos en contra, 3 a favor y 5 abstenciones, indicaba que los prestadores de servicios de Internet deberían conservar la información relativa a la identidad del supuesto infractor por un plazo de seis meses.En otras materias aprobadas, el veto establece que será una agravante en los delitos de piratería cuando el responsable forme parte de una agrupación o reunión de personas concertadas para realizar ese tipo de acciones, sin incurrir en delitos de asociación ilícita.


sábado, 26 de septiembre de 2009

Texto Completo Proyecto de derecho de autor (A la fecha)

Les presento el texto completo del proyecto de derecho de autor, aprobado por el Senado (Boletín Nº 5.012-03).



informe_comision_completo

martes, 15 de septiembre de 2009

La discusión del proyecto de Ley de Propiedad Intelectual

Después de tanto tiempo esperando, el entusiasmos nos jugó una mala pasada, mis disculpas, pero aun no tenemos una nueva nueva ley en propiedad intelectual. Revisando el sistema de tramitación de proyectos de ley del Congreso, efectivamente se votó por unanimidad sólo una parte del proyecto, pero quedaron pendiente varios temas más y que se pueden ver desde AQUI

Dado lo anterior tendremos que seguir esperando.

sábado, 2 de mayo de 2009

Proyecto de Ley contra el P2P vuelve al Parlamento Francés


Hace un tiempo atrás escribimos sobre el modelo Francés y un proyecto de Ley que pretendía imponerse en Francia. El proyecto de ley, que prevé la suspensión del abono a internet después de dos advertencias por haber descargado ficheros sin pagar derechos de autor, será debatido otra vez por el Parlamento, después de que el presidente francés, Nicolas Sarkozy, se haya implicado personalmente. La norma establece que el internauta que descargue ilegalmente un fichero sujeto a derechos de autor (música o películas principalmente) será advertido dos veces, la primera por internet y la segunda por correo postal, y en caso de persistir en su actitud se le cortará el abono a la web durante un periodo de entre dos y doce meses, aunque tendrá que pagarlo.


Fuente: EMOL

jueves, 8 de enero de 2009

Consolidación de información financiera, fase 1


Vamos de nuevo, pero ahora es la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras quien pretende impulsar un cambio legislativo para que los emisores de tarjetas de crédito no bancarias, como las casas comerciales y supermercados, entreguen mayor información al regulador acerca del riesgo de sus carteras de crédito.


El Superintendente ha Gustavo Arriagada, señaló la necesidad de contar con una mayor información de parte de todas las entidades que prestan dinero. "Siempre hemos dicho que más información es mejor que menos información para la evaluar los riesgos, que es el negocios de todos aquellos que entregan financiamiento. A cualquier nivel, evaluar riesgo. Y por lo tanto, esta información es muy importante para los bancos, para los mismos emisores no bancarios y para todo el conjunto de las instituciones realizan operaciones de crédito de dinero en este país. Nuestra labor tiene que ver con una norma del Banco Central respecto a la estabilidad del medio de pago".

Estes un tema que ha sido tratado a parte de la modificación a la ley 19.628, de hecho quedó expresa constancia en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados en relación a que el tema relativo a las deudas del sistema financiero serían tratados a parte y para tales efectos en la sesión del 15 de diciembre de 2008 de la Comisión de Economía se iba solicitar al Ejecutivo acelerar la presentación del respectivo proyecto.


lunes, 5 de enero de 2009

Regulación en Chile de los Videojuegos, proyecto de Ley (II)

Continuando en relación al proyecto de Ley sobre Regulación en Chile de los Videojuegos, la ONG Derechos Digitales a través de nuestro amigo Francisco Vera nos ha hecho llegar un informe preparado para la Comisión de la Cámara de Diputados que está viendo el proyecto y en el que se realizan varios alcances al proyecto original Ley que regula los videojuegos, la minuta está disponible desde aquí.

Dentro de las propuestas que realiza Derecho Digitales señala que una disposición de esta clase debería incluirse en la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, como una obligación de información al consumidor final, y de abstenerse de facilitar o publicitar indebidamente estos productos a menores de edad, logrando así una acertada sistematización y evitando la creación de una nueva ley, junto con una obligación como la que se establece en los artículos 2º y 3º de la Ley 19.419 del Tabaco, artículos 29º y 42º de la Ley 19.925 de Alcoholes, y en especial el artículo 22 de la Ley 19.846 de Calificación Cinematográfica. En este aspecto, se propone incorporar las obligaciones que impone este proyecto dentro de la Ley del Consumidor, en particular dentro del Título III Párrafo 4º de la señalada Ley, referente a la seguridad de productos y servicios, bajo la redacción que sugeriremos en el último apartado de esta sección.

Por otra parte, también proponen un sistema de homologación a los sistemas de EE.UU y al Modelo Europeo. dado que dichos sistemas han funcionado razonablemente bien para la función que les fue asignada, se implemente en nuestro país un sistema que homologue cualquiera de estas categorías de edad o madurez, y se obligue a los distribuidores del juego en Chile a estandarizar la forma en que se entrega esta información.

Estos son algunos de los alcances que se hacen al proyecto, el informe contempla varias observaciones más.

sábado, 3 de enero de 2009

Primó la cordura. Disparate de proyecto de Ley (II)


Varios son los que de una y otra manera hemos insistido en dejar sin efecto el proyecto de ley que proponía sancionar las descargas de internet y que propusieron varios diputados PPD, como lo dice nuestro amigo de Caféliterario "Se dijo allá, allá, más allá, por este otro lado, por aquél tambien, a diestra y siniestra. El proyecto de ley que buscaba sancionar infracciones a la ley de propiedad intelectual con la desconexión a internet, fuera de ser anacrónico".

Asimismo, en el mismo blog Caféliterario se hace referencia a la carta presentada al Presidente de la Cámara de Diputados que señala lo siguiente:

"Por medio de la presente, los diputados patrocinantes del proyecto de ley sobre Protección de la creación en Internet, Boletin 6280-19, ingresado a tramitación el día 17 de diciembre del 2008, venimos en retirar dicha moción, con la finalidad de revisar la iniciativa, en consideración a las observaciones que nos han hecho llegar distintos interesados en el proyecto.
Sin más, le saludan muy atentamente,
Guillermo Ceroni, Marco Antonio Nuñez, Rodrigo Gonzalez, Jaime Quintana Jorge Insunza, Tucapel Jimenez, Ximena Vidal"

Esperemos que los señores Diputados aprendan a ser realista y también que se informen para qué tipo de proyectos de ley prestan la firma, en mis años de trabajo en el Congreso, fue frecuente ver como los Honorables firman los patrocinios de proyecto de ley que le pide un colega sin mayor información y a veces en pleno pasillo. Claro que hay excepciones, sin embargo esperamos que la lección quede aprendida.

La reacción a la comunidad de blogger ha sido impresionante varias personas se han opuesto a esta iniciativa que llevó a que en unos días se retirara el proyecto de ley de la Cámara, la presión que se puede ejercer es potente y tenemos que tener la capacidad suficiente para saber canalizarla de forma eficiente y eficaz.




lunes, 29 de diciembre de 2008

Regulación en Chile de los Videojuegos, proyecto de Ley



Desde los Atari, Spectrum, Commodore, por nombrar algunos, hasta las consolas de juegos de hoy en día la industria de los juegos ha avanzado mucho. No se puede desconocer que una de las industrias que mejor desarrollo ha tenido durante el 2008 ha sido la de los videojuegos, la venta de juegos y de consolas es una clara señal de lo bien que le va a esta industria que cada año nos sorprende con nuevos temas y también con nuevos desarrollos en consolas
En el Congreso, la Cámara de Diputados, en el boletín 5579-03 se encuentra una moción parlamentaria para Regula la venta de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control parental a consolas. De hecho varias organizaciones internacionales han ratificado la necesidad de regular estas materias, hoy a nivel internacional las empresas desarrolladoras de videojuegos han tomado la iniciativa de autoregulación categorizando cada unos de los video juegos.



De este proyecto de ley podemos mencionar que si bien los juegos llegan a Chile con indicaciones, estas vienen en inglés, sin que exista en nuestro país una homologación de los tipos de juegos ni los grados de violencia que tienen. Tampoco se menciona o se explicita de forma sencilla cómo se activa el control parental, si bien lo tienen incorporado en algunas consolas no es fácil su habilitación.

En Europa funciona un sistema de clasificación creado por la Pan European Game Information PEGI (Pan European Game Information), que no pone letras sino edades en las carátulas: 3+, 7+, 12+, 16+, 18+, como la ilustración de este post. El problema, es que muchos padres creen que esas calificaciones se refieren a las dificultades que tendría el juego y no a sus contenidos. El sistema PEGI establece también iconos que dan cuenta de contenidos como drogadicción, sexo, violencia, etcétera. De hecho el organismo PEGI (Información Paneuropea sobre Juegos), encargado de establecer una clasificación por edades para videojuegos y juegos de ordenador en toda Europa, ha criticado la intención de las autoridades británicas de ofrecer un nuevo sistema de clasificación independiente del organismo paneuropeo. El gobierno británico, a través de la British Board of Film Classification, anunció que está considerando clasificar los juegos con un nuevo sistema similar al de las películas. Un portavoz de la BBFC afirmó que este sistema es conocido de las películas y DVD, por lo que puede dar a los padres más confianza.

La responsabilidad es de todos, los padres tenemos que saber qué juegan nuestros hijos, la época del Pac Man o Space Invader ha quedado atrás, el nivel de violencia que tienen algunos juegos es alto y es necesario conocerlo.
Veremos como avanza el proyecto de Ley porque en Chile la industria de los video juegos no reacciona.

jueves, 25 de diciembre de 2008

Descargas en internet, modelo Frances


Continuando con la discusión del proyecto de ley que sanciona las descargas de P2P de Internet, nos encontramos que en Europa y en España se propone volver a avanzar en un nuevo proyecto, situación que en Francia entra en vigencia este 1 de enero del 2009.

De hecho, France Télécom, que opera en España bajo la marca Orange, está dispuesto a aplicar en España el llamado Modelo Sarkozy de restricción de las descargas por Internet para aquellos que se bajan música y películas protegidas por derechos de autor. Así lo señala el presidente mundial de France Télecom, Didier Lombard, en una entrevista que publica NEGOCIOS, el suplemento financiero del diario EL PAÍS.

Lombard considera que el sistema francés, aprobado por el Parlamento galo en otoño pasado y que entrará en vigor el 1 de enero, es un sistema equilibrado, porque deja en manos de una autoridad independiente (Alta Autoridad para la difusión de las obras y la protección de los derechos en Internet), integrada por magistrados, las medidas a adoptar contra los internautas que realicen descargas ilegales a través de programas de intercambio de archivos P2P (De usuario a usuario o Peer to Oeer, por sus siglas en inglés) como eMule, BiTorrent o Ares.

El modelo que se está implementando en Francia consta de 2 etapas:
1.-En la primera, la Alta Autoridad envía a los piratas mensajes de advertencia por correo electrónico y, después, si hay reincidencia, una carta certificada, con el fin de garantizar que el interesado tiene constancia del comportamiento que se le reprocha. A continuación, la Alta Autoridad puede decidir, bajo control judicial, una sanción adaptada a las características del comportamiento con el que se desea acabar: la interrupción temporal del abono a Internet, acompañada de la prohibición de volver a abonarse durante el mismo periodo. Con el fin de garantizar que se respetan las medidas de suspensión establecidas, los proveedores de acceso a Internet (ISP) deberán comprobar, en el momento de firmar cualquier nuevo contrato, que el contratante no figura en un repertorio de personas cuyo abono ha sido suspendido, gestionado por la Alta Autoridad. Ésta podrá imponer sanciones pecuniarias a los proveedores de acceso a Internet que no realicen dicha comprobación o que no apliquen las medidas de suspensión.

2. La segunda etapa es que es necesario que existan contenidos legales disponibles con tarifas bajas, para que exista una alternativa a la descarga de contenidos ilegales.

El modelo que comienza a implementarse en Francia impone fuertes costos a las empresas de ISP, que lo pagan los clientes, si en Chile estamos avanzando en la penetración de internet como lo hemos visto en otros post, hoy no podemos comenzar a imponer cargos mayores a los ISP para traspasarlos a los clientes porque nos llevará a no incentivar la masificación de internet. Espero que esto se tome en consideración y que no se le impongan mayores cargas a los ISP porque al final lo terminamos pagando todos los usuarios.


miércoles, 24 de diciembre de 2008

Disparate de proyecto de Ley

Revisando el sitio FayerWayer me encuentro con una noticia que creia ver sólo en Europa, pero no, también ha llegado a Chile la idea de legislar y sancionar a los usuarios de internet por descargar contenidos. Mientras en Europa y EE.UU algunos se han dado cuenta que esta es una medida impopular y sobre todo una acción del siglo XX parece que nuestros Honorables Diputados, debo decir que gran parte de ellos son analfabetos Digitales, creen que con una medida de esta naturaleza se termina el "pirateo en internet", realmente no es posible aplicar categorías legales del siglo XX a internet, es la industria de la música, video y la entretención la que debe adecuarse al nuevo escenario que nos ofrecen las tecnologías. La norma sería la siguiente:

Artículo único: Incorpórese un nuevo inciso final al artículo 81 bis de la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual, del siguiente tenor:
“Las personas o abonados que descarguen de Internet archivos que infrinjan las disposiciones de la presente ley, sin perjuicio de las demás penas señaladas, estarán sujetos a la suspensión de su conexión a la red, de entre tres meses y un año.”

Pueden descargar el proyecto desde el sitio web del senado:


Pero lamentablemente si vemos la edad de los siguientes honorables entenderemos el porque de esta "brillante iniciativa"

Los brillantes creadores de esta aberración legal son:

Guillermo Ceroni, nació en 1946.
Rodrigo González, nació en 1941
Jorge Insunza, nació en 1967
Tucapel Jiménez, nació en 1962
Marco Antonio Núñez, nació en 1966
Jaime Quintana, nació en 1967
doña Ximena Vidal nació en 1955


Estos Diputados quieren sancionar a los usuarios de internet aplicando disposiciones que no corresponde al siglo XXI, internet ha originado una nueva forma de ver y hacer las cosas, pero vemos que estos Diputados sólo quieren replicar modelos fallidos y que no han tenido impacto en otros continentes.

Tal como lo hemos dicho en otros post ha llegado la hora de renovar a nuestra clases política para que hagan planteamientos de futuro y que sean de relevancia y no que anden persiguiendo a sus ciudadanos para cortarles el acceso a internet, es una verdadera lástima lo que estamos viendo.

No será acaso necesario que a sus asesores se les de una clase de derecho y tecnología para que vean cuál ha sido el efecto de este tipo de iniciativas en Europa y EE.UU, para que se den cuenta de que tal tipo de ideas se encuentran en total retirada. Hay que abrir la mente.

Sres. Diputados
Por favor les solicito que destinen el tiempo en proyectos de real relevancia tecnológica, pago puntualmente mis impuestos para que ustedes presenten este tipo de aberraciones legales. Gracias por su regalo de navidad.

lunes, 24 de noviembre de 2008

La discusión de la TV Digital Terrestre


El miercoles 17 de noviembre pasado el Ministro de Transporte y Telecomunicaciones hizo su presentación a la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara De Diputados donde expuso el mensaje Presidencial del proyecto de Ley de Televisión Digital Terrestre. Este proyecto de ley contempla la transmisión digital permitirá superar las más importantes restricciones tecnológicas que hoy obstaculizan el desarrollo de la actividad televisiva.

En primer lugar, la mayor eficiencia y capacidad espectral de la señal digital permite realizar transmisiones en un contexto de mucha mayor flexibilidad que la actual, pudiendo tanto
emitirse en alta definición o resolución, como emitirse múltiples programas con calidad estándar; calidad que en cualquier caso, ya representa una gran mejora respecto de la actual
señal analógica, asemejándose a la que hoy es posible obtener gracias a un video en formato DVD. Asimismo, la tecnología digital permite recibir la señal en movimiento o en terminales
portátiles y también la prestación de servicios adicionales de información. La televisión digital se implementará entre los canales 21 y 51 en la banda UHF, lo que permitirá disponer de una mayor cantidad de frecuencias para la prestación de este servicio.
Cabe mencionar que el proyecto de ley también contempla un fuerte impulso a los canales nacionales, regionales, locales y comunitarias donde se abrirán nuevas oportunidades para exponer y desarrollar contenido, esto permitirá un nuevo mundo para la industria del entretenimiento local asi como para los nuevos desarrolladores.
Tendremos que ver cómo avanza este proyecto de ley y esperar la definición de la norma que adoptará nuestro país.

domingo, 17 de agosto de 2008

Excepciones al derecho de autor


Actualmente está en discusión en el Congreso (en segundo trámite constitucional) el proyecto de ley que modifica y actualiza la Ley de Propiedad Intelectual 17.336. Dentro de esta discusión varios abogados especialistas han realizado interesantes comentarios como la del abogado y profesor de la U. de los Andes Santiago Ortuzar quien sostiene y propone que en vez de ampliar las excepciones se debe proceder a disminuir el tiempo de protección después del fallecimiento del autor, al sostener que la regla actual, de 70 años después del fallecimiento, le parece exagerada.

Por otra parte el abogado Rodrigo León profesor de la U. Adolfo Ibañez sostiene que en su gran mayoría, el proyecto de ley y las excepciones que contempla vienen a ordenar y regular ciertos casos razonables y que, de facto, se admiten como situaciones en que no es preciso autorización o pago de derechos, como ciertos usos en bibliotecas y en caso del uso de obras por discapacitados.
Concuerdo en que hay que modificar el proyecto, pero en el sentido de actualizar la ley en general, como sucedió en Uruguay o Francia. Por otra parte, en relación a baja el período de 70 años sostiene que ello no es posible, pues en virtud del tratado de libre comercio con EE.UU. el plazo de protección por derecho de autor se acordó en la vida del autor más 70 años (Art. 17.5, 4 a.) y, por aplicación del Adpic (principios de la nación más favorecida y del trato nacional), el plazo es aplicable a todos, incluidos los chilenos.

No se puede discutir que la necesidad de adecuar nuestro ordenamiento jurídico a la sociedad de la información y en particular la adecuación de la Ley de Propiedad Intelectual, es un imperativo para nuestro país ya que nuestra Ley 17.336 ha sufrido diversas modificaciones menores, pero este proyecto de ley presenta nuevas adecuaciones y contextualizar la norma a diversas situaciones de de hecho se presentan y que están fuera de las excepciones que contempla la ley vigente. Esperamos el proyecto continúe su avance y que podamos ampliar las excepciones que hoy existen en materia de propiedad intelectual.

viernes, 4 de abril de 2008

Boletín Comercial, ¿hacia una licitación? ¿Cómo cuidarán mis datos?


Vaya hoy viernes he leido en el Mercurio que tras un informe solicitado por el Ministerio de Hacienda a CL Group y al Banco Mundial respecto del sistema de información financiera chilena este Ministerio está preparando un proyecto de ley para transparentar la información financiera. ¿El Ministerio transparentará sólo la información negativa? El origen del proyecto es terminar con el Monopolio que tiene en virtud del DS. 950 la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) respecto de la elaboración del Boletín Com ercial.


La idea es estandarizar la información del crédito, facilitar a las personas el monitoreo de su propia información, rebajar los costos de transacción y permitir la entrada de nuevos competidores al mercado de la información, entre otros. Sin embargo, el informe considera que se debe mantener un esquema de información centralizada, porque está arraigado en Chile, es aceptado y funciona.


Lo que más preocupación me da es que el estudio cree necesario que todas las entidades que otorgan créditos entreguen información positiva de sus deudores: no sólo que reporten cuando las personas caen en mora, sino también que transparenten el nivel de endeudamiento de los consumidores. ¿Pero que pasa con las personas? Acaso creen que serán capaces de hacer frente al nivel de ofertas que recibirán, ¿regulamos en Chile la protección de nuestros datos? La respuesta es NO y en nuestro país no existe una institucionalidad en materia de protección de datos y el no considerar nuestra AUTODETERMINACION INFORMATIVA es un riesgo para las personas pero un beneficio para el sistema.

miércoles, 6 de febrero de 2008

Neutralidad en la Red


El proyecto de Ley del Diputado Gonzalo Arenas sobre Neutralidad en la red sigue su avance exitoso. Hoy se señala en El Mercurio que el subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, mostró su apoyo al proyecto de ley propuesto por el diputado de la UDI. La iniciativa -que el parlamentario espera sea ley durante el primer semestre de este año- vela por la neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet. O sea, porque las propagandas de velocidad que hacen los proveedores sean respetadas y que no se den prácticas como el pago por rapidez de carga en un sitio o que un controlador evite el uso de servicios como la telefonía IP."Lo que establece es el derecho de los usuarios a tener igual acceso sin discriminación".
La moción fue aprobada en la Cámara Cámara de Diputados que votó en pleno la aprobación del Proyecto de Neutralidad en La Red, con una votación de 66 votos a favor y 2 abstenciones, es decir, totalmente unánime y está lista para votarse en la Comisión de Transporte y Telecomunicaciones del Senado en marzo. A través del sitio web Neutralidad SI, se busca enviar email a los Senadores para que apoyen el proyecto de ley.

Pueden revisar más información en el sitio web Neutralidad SI

martes, 13 de noviembre de 2007

Comentarios al proyecto de Ley de Propiedad Intelectual


Recientemente la Asociación Chilena de Empresa de Tecnología ACTI ha realizado una serie de comentarios al proyecto de Ley de propiedad intelectual que se tramita en el Congreso Nacional. La principal preocupación de ACTI está relacionada con la posibilidad de utilizar la ingeniería inversa -procedimiento técnico que busca reversar la forma en que fue creado un software para descubrir su código fuente–, señalando que debe aprobarse sólo para fines de lograr la compatibilidad operativa entre programas independientes y no con otros fines, tal como lo indica el Tratado de Libre Comercio firmado con EE.UU. En la sesión de la Cámara el Abogado de la ACTI sostuvo que especificar el uso de la ingeniería inversa es sumamente importante, puesto que ésta es la principal forma en la que se puede copiar ilícitamente un software, con la consecuente posibilidad de convertir a Chile en un “paraíso de la piratería”. Asimismo, planteó otros dos puntos que según ACTI es necesario especificar: la definición de la responsabilidad de los ISP por la información que publican o mantienen almacenada en sus servidores y las penalidades asociadas a la infracción de la Ley de Propiedad Intelectual.


Pueden Acceder a los comentarios de la ACTI desde aquí