viernes, 20 de julio de 2012

Sentencias en España no se indexerán en España


Una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reconocido que es su obligación solicitar a Google que no indexe las sentencias del Tribunal Constitucional publicadas en el Boletín Oficial del estado (BOE), si recibiese petición de retirada de personas que consideren que han violado su derecho a la privacidad.

Y es que uno de los aspectos más conflictivos de los motores de búsqueda, especialmente del más popular, Google, es la aparición de datos personales en sus resultados ligados a sentencias judiciales, como las del Tribunal Constitucional, que incluyen datos de personas que aparecen en el BOE.

El Tribunal Constitucional tiene potestad para publicar las sentencias en sus páginas oficiales, pero quedaba en duda si estas informaciones también podrían aparecer en otros sitios como el mencionado buscador.

La duda ha quedado resuelta tras una reclamación del despacho de abogados salirdeinternet.com que, tras solicitar inicialmente a la AEPD que obligase al buscador Google que dejara de indexar enlaces del BOE y otras direcciones que afectaban a uno de sus clientes, les remitieron al máximo órgano del Tribunal Constitucional alegando que era el responsable de la difusión de la sentencia.

Resolución de la AEPD

En un primer momento la AEPD se opuso a la petición del ciudadano, afirmando -por primera vez en España-, que la publicación de la Sentencia era obligatoria en el BOE y que la AEPD no tenía competencias para decidir sobre su difusión en Google al ser una materia reservada al propio Tribunal Constitucional.

Fuente: El Mundo

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