jueves, 29 de septiembre de 2011

Cambios en el paradigma en educación

Un interesante video sobre el cambio del paradigma en educación, este video fue trabajado sobre la base de Sir Ken Robinson de quien ya hemos escrito y visto algunos de sus videos en este blog, en particular su conferencia en TED


martes, 27 de septiembre de 2011

Samsung la empresa que avanza en tecnología

Visitando una tienda electrónica en EE.UU conocí la nueva Tablet de Samsung, liviana, con sistema operativo Android, algo similar en precio a la Ipad, pero más pequeña.

Esta empresa ha pasado de hacer Televisores, teléfonos, computadores, semiconductores, autos, electrodomésticos, hoy Samsung, es la mayor empresa de tecnología del mundo.

La compañía, fundada hace 73 años en Corea del Sur por Lee Byung-chul como una exportadora de productos, hoy es una de las empresas más diversificadas del mundo, con ventas que superan los US$ 110 mil millones y que representan el 20% de todos los envíos de ese país al mundo. Pasó de ser una manufacturera con un fuerte acento en la cantidad a una empresa en que la calidad de cada producto era lo más importante. De la mano de su filial principal, Samsung Electronics, la compañía fabrica la mayor parte de las pantallas planas y de los chips de los computadores en el mundo (entre ellos los de su rival más enconado, Apple), y sus productos están en los hogares, bolsillos u oficinas de la mayor parte de la población mundial.
Pero, y a pesar de vender lo mismo que Apple, la capitalización de la estadounidense triplica los US$ 106.264 millones que pesa Samsung en la bolsa.

Hoy la compañía con sede en Suwon produce cuatro de cada 10 teléfonos que se venden en el mundo, pero no ha logrado superar a Apple en el primer lugar de las ventas de smartphones , ni de tablets , dos de las áreas más rentables del sector.

Desde que Steve Jobs se retiró, Samsung ha subido 10% en bolsa. No sólo por el empuje que podría tener la mayor competidora de una empresa que pierde a su principal figura, sino que además por la batería de lanzamientos que según medios internacionales, Samsung se apresta a lanzar de aquí en adelante, buscando tomar la delantera en la vanguardia tecnológica.

Pero si la mayor competencia está en el mercado, la más mediática está en las cortes. Apple demandó hace unos meses a Samsung por hacer "una copia descarada" de los productos estrella de Apple en su línea Galaxy. Según Apple, Samsung copió sus diseños luego de tener un acceso privilegiado a ellos como productor del chip principal del iPad, el que sigue construyendo. Y ya logró que una corte alemana prohibiera la venta de Galaxy en su país.
 

Samsung ha negado la acusación, y ha demandado a Apple en Estados Unidos y Europa, incluyendo incluso una querella ante la Comisión Internacional de Comercio (ITC, por sus siglas en inglés) para tratar de impedir la venta de estos productos de Apple en Estados Unidos, hasta ahora sin éxito.
El gran problema de la disputa es que si bien Samsung y Apple son competidores, también son grandes socios: Apple no puede cambiar abruptamente de proveedor, ya que nadie es tan grande como Samsung para vender productos de buena calidad a la empresa, y Samsung no puede darse el lujo de dejar de proveer al primer actor en smartphones y tablets procesadores.
Sería un mal negocio.
Apple demandó a Samsung por hacer "una copia descarada" de los productos estrella de Apple en su línea Galaxy.


Fuente: El Mercurio



lunes, 26 de septiembre de 2011

Bandas sofisticadas para sustracción de claves de cajeros automáticos

A través del uso de scanner las bandas comienzan a monitoreas cajeros automáticos. Esta forma de delinquir fue introducida en el país hace unos cinco años por bandas de Colombia y Brasil. En el último caso se realizaron giros desde Canadá.De esta forma obtienen información personal y las claves de acceso a los cajeros, con ello sacarán dinero y las usaran para retirar dinero desde cuentas corrientas o tarjetas de crédito, le ha ocurrido a personas que en Santiago le sustraen sus datos a través de los escaner y se retira dinero desde cajeros automáticos en Canará..

Es una modalidad ya instaurada en el país, y que consiste en la colocación de un escáner, adosado al expendedor del cajero automático y cubierto por una moldura plástica que parece una parte más del panel.
El escáner sustrae los datos registrados en la banda magnética de las tarjetas de débito y de crédito. En simultáneo, gracias a una microcámara, los delincuentes obtienen los números secretos de los usuarios.
Este modus operandi fue introducido al país hace unos cinco años por bandas de Colombia y Brasil.
 La PDI incautó tres artefactos de este tipo, y mediante peritajes se determinó su funcionamiento. El escáner y la microcámara van unidos a una batería cuya carga dura unas 12 horas. Los aparatos son instalados y retirados por dos estafadores. Uno entra a la caseta, se sitúa junto al dispensador de dinero, e intenta obstruir la visión de las cámaras de seguridad. El otro finge que hace una transacción, e interviene la máquina.

Delito internacional
Para los policías no es extraño que el dinero de chilenos fuera robado desde el extranjero. Esto ocurre porque los delincuentes intentan evitar la acción de la justicia. Los estafadores les envían por correo electrónico la información a sus cómplices en otros países, para dificultar su identificación. Antes efectuaban los giros de dinero en Chile, y era posible rastrearlos.
Para evitar ser víctima de este tipo de fraude  hay que evitar la presencia de terceros en la caseta del cajero. Inmediatamente, revisar la máquina y estar pendiente de posibles alteraciones. Luego, cuando se efectúa la transacción, cubrir el tablero en que se digita la clave. Y jamás pedir ayuda a un extraño. Tener especial atención los fines de semana y festivos, cuando este tipo de hechos son más comunes.

Fuente: El Mercurio

viernes, 23 de septiembre de 2011

Gobierno de Chile estrena portal que centraliza información pública

El Gobierno puso en marcha el portal www.datos.gob.cl, un sitio que busca centralizar la información pública del Estado en un solo lugar con el fin de fomentar su transparencia y modernización. 
La iniciativa, que se encuentra en su primera fase de implementación, está siendo desarrollada por la Segpres a través de la Unidad de Modernización y Gobierno Electrónico.

La finalidad del proyecto es permitir a los ciudadanos un acceso expedito y sin restricciones a información pública para que puedan reutilizarla, según sus necesidades.

Hoy, la plataforma tiene un buscador y un catálogo con documentos, información georreferenciada y archivos de imágenes. Además, incluye una cuenta Twitter y una encuesta en línea, donde los usuarios pueden responder qué tipo de datos desearían encontrar. La idea es usar esa retroalimentación para actualizar y aumentar los volúmenes de datos del sitio en los próximos meses.

jueves, 22 de septiembre de 2011

Siguen los consorcios tecnológicos en el Ministerio de Economía

Lanzados en 2005 para reunir los esfuerzos del sector productivo, académico y de instituciones de I+D para impulsar la competitividad en áreas clave del país, hoy existen en Chile 30 consorcios tecnológicos. La iniciativa, que en total ha requerido US$ 184 millones (US$ 96 millones provenientes del Fondo de Innovación para la Competitividad y US$ 88 millones de la contraparte privada), contemplaba inicialmente cinco años de labor, plazo que se está cumpliendo para varios de los consorcios, para los que estos fondos ya se acabaron o están por terminarse, sin que las líneas de investigación hayan concluido, especialmente donde el mejoramiento genético o las pruebas científicas son parte integral de las mejoras competitivas.

Esto llevó al Ministerio de Economía a revisar la iniciativa, con el fin de evaluar su continuidad, decisión que se acaba de aprobar. “Descubrimos que hay dos grandes categorías de consorcios”, cuenta Conrad Von Igel, jefe de la División de Innovación del Minecon. La primera se ajusta al espíritu inicial del instrumento, con una fuerte componente de I+D detrás, mientras el segundo grupo está potenciando a sus sectores a través de transferencia tecnológica, capital humano o la incorporación de buenas prácticas.

Estas dos áreas serán reflejadas durante el segundo semestre de 2012, cuando se lance una nueva convocatoria para consorcios tecnológicos de I+D, al que podrán postular los ya existentes y otros nuevos, y se cree un instrumento especial para asociaciones para la competitividad (el segundo grupo). Según Von Igel, este llamado considerará la posibilidad de renovación en un concurso que los mida con proyectos nuevos y un mayor control de su gestión.

Fuente: Diario Financiero

miércoles, 21 de septiembre de 2011

¿Qué se protege en los datos personales?

A nivel internacional se puede encontrar 2 niveles de protección. En primer lugar consiste en una serie de reglas de carácter técnico – sustantivo. El segundo nivel es dado por los principios que fundamentan la garantía de juridicidad en materia constitucional del tratamiento de datos. Esto varía según la legislación existente en cada país y del grado de compromiso que exista en ese país en relación al respeto de los derechos fundamentales de las personas.

A nivel Europeo se puede señalar que la legislación existente tanto las Directiva Europeas como las legislaciones nacionales consagran un modelo de alta protección y garantista, por lo que al momento de establecer límites se pueden utilizar los datos en la medida que no dañen la personalidad misma del titular, a través del reconocimiento legal de su derecho a la intimidad, autodeterminación informativa, privacidad o cualquier otra delimitación jurídica , como al momento de garantizar los derechos así entendidos a través de la creación de las distintas etapas o niveles para el procesamiento de los mismos datos. El problema es que nuestra legislación, ley 19.628 no logró concretar esta manifestación de protección transformándose en una mera declaración de principios.

Actualmente la Ley 19.628 no considera a las personas jurídicas dentro de la protección de datos. Sin embargo, las personas jurídicas poseen manifestaciones de privacidad que emanan de los atributos de ser entes morales, pero que la garantía constitucional Nº4 del art.19 no abarca. La tutela del dato personal de las personas jurídicas está en los principios generales del derecho, tales como: violación de domicilio, violación de correspondencia, secreto y reserva bancaria, secreto y reserva tributaria, ley de sociedades anónimas, propiedad intelectual e industrial, secreto estadístico, comunicaciones privadas, etc.

Son las empresas de retail quienes se han preocupado de sus bases de datos, pero no hay luces de que alguien se preocupe del ciudadano común. Aun no conocemos el proyecto definitivo que para unos es una simple consolidación de bases de datos o si será en realidad un sistema de protección de datos para las personas como opera en el modelo Europeo y simplemente seguiremos teniendo un modelo donde los más fuertes a través de contratos de adhesión exigen renunciar a los datos personales La protección de datos es un tema que en nuestro país padece de serias dificultades y errores, de hecho se ha establecido en la Estrategia Digital una necesidad de abordar nuevamente la ley vigente y adecuarla al contexto internacional.

martes, 20 de septiembre de 2011

Las empresas líderes en EE.UU: Las de Tecnología

Hace 40 años las empresas que lideraban en Estados Unidos eras las automotices, hoy en el siglo XXI, esto ha cambiando llevando a  las empresas tecnológicas a liderar ese ranking.
 Hoy son las tecnológicas las que dominan el top ten estadounidense. Es más, de los 2,2 billones de dólares que suman en capital en bolsa las diez más grandes de ese país, el 42% corresponde a las firmas de tecnología. Apple es hoy por hoy la punta de lanza. En medio de las caídas de las bolsas logró superar a Exxon como la firma más valiosa del mundo. Las empresas top ten se han convertido en íconos de Estados Unidos, dado los niveles de gestión y estrategica.

IBM fue la pionera en el mundo de la tecnología y la computación. Muy al amparo de los computadores desarrollados por ella surgió la idea de un brillante Bill Gates, en la ya famosa historia del garage familiar. Gates, hoy uno de los hombres más ricos del globo, desarrolló el sistema DOS, que se convirtió en la plataforma operativa para las computadoras personales y que más tarde evolucionaría hacia Windows.
Con el florecimiento de Microsoft, Apple comenzó a tener problemas. Sin embargo, desde 1997, Apple bajo la mano de Steve Jobs comenzó a reinventarse, fue capaz de desarrollar nuevos productos, primero el Ipod, el Iphone, el Ipad, Itunes, en fin una gama de productos asociados a servicios que complementan el mundo de productos Apple y que agregan valor, haciendo que esta compañia se transforme en la número 2 de Estados Unidos.
Lo que si queda claro es que la innovación es un factor relevamente de desarrollo permanente para las empresas y no estar en permanente cambio e innovación puede llevar a la empresa a perder competitividad.

Fuente: El Mercurio

lunes, 19 de septiembre de 2011

Protección de datos, tendencias

Uno de los temas que está hoy en discusión es el relativo a la consolidación de la información financiera tanto de las instituciones financieras como de las empresas del retail

En relación a la protección de datos personales podemos señalar que el bien jurídico protegido a nivel internacional en relación a la protección de datos es la llamada libertad informática o la autodeterminación informativa que tiene el nombre de intimidad informática. Esto significa que abarca la reserva y el control de la información de carácter personal con la finalidad de mantener la preservación de la identidad, divinidad y libertad, a estos derechos se les denomina “Derechos de la Tercera Generación.

Se ha definido a la protección de datos como “el Amparo debido a los ciudadanos contra la posible utilización por terceros, en forma no autorizada, de sus datos personales susceptibles de tratamiento automatizado o no, para, de esta forma, confeccionar una información que, identificable con él, afecte a su entorno personal, social o profesional, en los límites de su intimidad.”

A nivel internacional lo que nos encontramos es una protección sobre el dato para que éste no pueda ser tratado o elaborado, y convertido en información, y por lo tanto que exista el principio de finalidad, es decir que sea destinado para aquellos fines y por aquellas personas autorizadas para ello. El derecho comparado le reconoce un gran valor que incluso lo consagra constitucionalmente señalando que “La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”. •
Debemos recordar que nuestra constitución señala en el artículo 19 que la “La Constitución asegura a todas las personas:” N° 4 El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y la familia.”

jueves, 15 de septiembre de 2011

El comercio electrónico y el boca a boca

Antes de internet, cuando uno quería comprar algo, trataba de averiguar con sus conocidos sobre el producto,calidad, cómo era, cualidades, precio, etc. Pero hoy gracias a internet se hace más sencillo encontrar comentarios sobre las características del producto. Según una encuesta de los hábitos de compra del consumidor de la consultora internacional Channel Advisor, 92% de los consumidores a nivel mundial leen los comentarios online y de ellos, 83% son influenciados por los mismos. Chile no es la excepción.

Lo complejo para las empresas es que los consumidores tienden a ponerles más atención a los comentarios negativos que a los positivos. Hay empresas que se dedica a levantar información como Trip Advisor
quienes sostienen ser el sitio más grande de viajes a nivel mundial. Cuenta con más de 35 millones de comentarios, todos escritos por consumidores. Pero hoy, la firma enfrenta posibles acciones legales de quienes dicen que sus comentarios son difamatorios.

Su contraparte es KwikChex.com, un servicio que ayuda a las compañías a manejar su reputación online . La empresa explica que ha recibido más de tres mil solicitudes de hoteles y restaurantes (de EE.UU. y Reino Unido, principalmente) que están interesados en revisar sus casos contra TripAdvisor por comentarios falsos, difamatorios y hasta racistas.

Fuente: El Mercurio

miércoles, 14 de septiembre de 2011

Impulsando la innovación en Chile


El desarrollo de la empresa Chile no descansa únicamente en la explotación de los commodities, el actual crecimiento económico que experimenta nuestro país responde a baja tasa de comparación durante del año 2010, Chile debiera tender hacia una baja debido a la disminución de la capacidad ociosa, cierre de brechas de capacidad, menor dinamismo de la demanda interna y según dependa un entorno externo más adverso. Ante este escenario Chile debe plantearse en una mirada que no esté sujeto a Gobiernos de turno una perspectiva de crecimiento  y desarrollo que ponga el foco en la innovación y desarrollo  fortaleciendo su capital humano y mejorando los procesos internos en las empresas. Chile no puede basar su crecimiento en copia  las mejoras a sus procesos productivos sino que debe moverse hacia modelos que les permita mejorar sus procesos. 

Mientras los países desarrollados destinas entre el 2% y el 3% en investigación y desarrollo en Chile el sector privado no llega al 0,2% y el país en su conjunto al 0,5%.
Chile ha tenido la capacidad de generar importantes implementaciones para de innovación, pero hoy se requiere ser agresivo para avanzar.  Una vía para avanzar más rápido  y aumentar la productividad en las empresas a nivel nacional  es el lograr identificar las mejores prácticas y el uso eficiente de la tecnología que hoy está disponible en el mundo pero adaptándola a nuestra realidad. Pero ello debe ir acompañado de otro ingrediente, sin las personas no se puede generar innovación, el desarrollar un clima propicio para ello en el lugar de trabajo, asociado a una cultura inteligencia de innovación en las empresas permitirán explotar las ideas al máximo, ello lleva asociado a focalizar y dirigir las ideas de la organización. Muchos procesos se pueden mejorar si somos capaces de ver  y oir qué es lo que se requiere para avanzar hacia el desarrollo de la organización.

La empresa debe mirarse hacia adentro, identificando sus mejores prácticas, escuchando a sus equipos humanos,  identificando mejoras, discutiendo con otros y no sólo dentro de su organización, permitiendo que fluya el conocimiento, generando innovación abierta a través de procesos que conduzcan la innovación de los trabajadores, permitir explotar el liderazgos de los gerentes de áreas, generando espacios para compartir las ideas. Pero también, es necesario que los empresarios pequeños y medianos tengan la oportunidad de salir al mundo, ver cómo lo hacen entre empresas y visitar cada año un número de empresas y si los recursos no lo permiten invitar a empresarios a conocer sus empresas y compartir valiosos minutos de reunión que agregarán valor a sus procesos y claro, generará la curiosidad de cómo lo hacen otros en el resto del mundo. Hoy nuestro país es una de las economías más abierta del mundo con decena de Tratados de Libre Comercio, pero qué tan insertos en la economía mundial están nuestras empresas, tienen que competir en un mundo hipercompetitivo, la innovación es una herramienta de desarrollo pero se debe encauzar hacia un objetivo y alguien debe liderarla.

martes, 13 de septiembre de 2011

Chile: Informe de Competitividad Global WEF 2010/2011

En el reciente informe de Competitividad Global del World Economic Forum, se señala que las debilidades que presenta nuestro país están concentradas en :
Salud y Educación Primaria N° 71 (caímos desde el lugar 69 al 71)
   Calidad de la educación primaria (121)
   Educación Superior y Capacitación (nos mantenemos en el lugar 45)
   Matemáticas y Ciencia (123)
   Calidad del Sistema educacional (100)

Tecnología N° 45 (caímos del lugar 42 al 45)
   Eficiencia Mercado laboral N° 44 (caímos del lugar 41 al 44),
   Contratación y despido (111)
   Costo despido (85)
   Participación Femenina (110)

Innovación N° 43 (aunque subimos desde el lugar 49 al 43)
   Capacidad de Innovación (59)
Sofisticación en los Negocios N° 43 (caímos desde el lugar 39 al 43)
   Naturaleza de la ventaja competitiva (92)

Aunque mantenemos como país un alto nivel en América Latina, seguimos estancados en competitividad. Se destaca la solidez macroeconómica e institucional. El cuello de botella es el capital humano básico y avanzado. Ello es explicado por la mala calidad de la educación

Los próximos desafíos son mejorar  para aumentar nuestra  nuestra competitividad. Además de lo tradicional empleo y educación, nuestro país debe poner el foco en innovación. No podemos desconocer el impacto que tienen la educación y el empleo en mejorar las condiciones de competitivia, ello nos debe a llevar  replantearnos nuevas condiciones para hacer frente a los cambios que nuestro país requiere para el siglo XXI y poder avanzar en la calidad de vida que  nuestro país merece.

lunes, 12 de septiembre de 2011

Prohiben venta de la Tablet de Samsung

En el marco de la guerra de las patentes la Justicia alemana ha dado la razón a Apple y ha prohibido a la coreana Samsung Electronics vender su última tableta electrónica, cuyo diseño es muy parecido al del iPad, fabricado por la compañía estadounidense.

La Audiencia Provincial de Düsseldorf consideró hoy que el diseño de la tableta Galaxy Tab 10.1 de Samsung es como el del iPad de Apple. En el proceso judicial en Düsseldorf sólo se han tenido en cuenta cuestiones relacionadas con el diseño y no patentes de software o tecnología.  Apple estableció en 2004 elementos del diseño del iPad en un llamado modelo artístico de aplicación industrial.

La Justicia alemana tenía que ponderar si la tableta Galaxy de Samsung se parecía demasiado al modelo artístico de aplicación industrial. El tribunal ha considerado que Samsung no ha mantenido la distancia necesaria al modelo de Apple, dijo la juez presidenta, Johanna Brückner-Hofmann al anunciar la sentencia.
Con esta determinación, la filial alemana de Samsung no puede vender tabletas con determinadas características muy parecidas al iPad como la forma rectangular, una superficie plana clara, ángulos redondeados y una parte trasera arqueada.
La prohibición se extiende también al modelo anterior de la tableta de Samsung, el Galaxy Tab 7.7.
Samsung Electronics tuvo que retirar su tableta Galaxy Tab 7.7 de la feria IFA de Berlín la semana pasada después de que el tribunal alemán prohibiera su venta y comercialización en Alemania.


Fuente: La Tercera

viernes, 9 de septiembre de 2011

Artículo la Guerra de las Patentes

Muy bueno el artículo publicado en la Revista Capital sobre la guerra de las patentes. Allí se nos exponen los casos  generados con la compra de Motorola por US$ 12.500 millones por parte de Google, los gigantes tecnológicos han desatado una batalla por adquirir una serie de patentes, especialmente del mundo móvil. ¿Cambiará el panorama para compañías como Alcatel_Lucent, Nokia o RIM? En este artículo se pueden conocer  las claves de estos movimientos, y cómo afectarán al mercado de la tecnología.

Fuente: Revista Capital 

jueves, 8 de septiembre de 2011

Internet versus la TV

Cada vez más vemos como la Televisión cede terreno ante internet. Comienza a desarrollarse programas creador para internet o incluso en paralelo a la televisión. En este último caso es el sitio Vivi que contiene entrevistas vinculadas al uso de las redes sociales, Facebook y Twitter se transforman en la herramienta de vinculación entre los conductores y la gente.  Esta realidad nos debe hacer pensar cómo avanzar, en particular debemos tener presente la necesidad de vincular la TV con internet. Es en esta última donde varios emprendedores encontrarán la oportunidad para dar a conocer sus proyectos y llegar a la comunidad. Lo audiovisual marca a esta generación y es una de sus herramientas características para la comunicación. Basta solo tener un computador, con una buena cámara y micrófono para comenzar a tener por la red tu propio programa de televisión. Además, estos programas se segmentan por nichos y con capacidad de transmitir desde un bar o un café. Esto genera una sensación de cercanía si además se vincula con las redes sociales donde las personas están conectadas on line. Esta es una gran oportunidad de desarrollo para una industria audiovisual que tiene que asumir el desafío de enfrentar la llegada de la televisión digital terrestre con las amplias oportunidades que ella generará.

Ver reportaje en el Mercurio

miércoles, 7 de septiembre de 2011

Redes sociales y regulación


Las redes sociales on line se pueden definir como aquellos servicios de la sociedad de información que ofrecen a los usuarios una plataforma de comunicación a través de internet para que estos generen un perfil con sus datos personales facilitando la creación de redes en base a criterios comunes y permitiendo la conexión con otros usuarios y su interacción. Es así como se crea el fenómeno de la viralidad cuyo clave es la vinculación entre usuarios, aquí podemos encontrar clasificaciones de grados: el primer grado son contactos directos, el segundo grado los contactos de los contactos y así sucesivamente de forma que, a mayor número de usuarios, mayor es el número de vinculaciones que se poseen en la red.[1]

Las redes sociales no son más que una respuesta de la web 2.0 que opera colaborativamente y que se convierte en un espacio virtual que los usuarios consumen pero en que también proporcionan información y complementan datos. Aquí el usuario cumple un doble rol, consumidor de información pero también creador.

En esta sociedad red, existe servicios de redes sociales de todos los tipos y que según la generación que los utiliza puede ser empleada para diversas finalidades. Estas redes es un forma de comunicación o expresión, branding personal entre los usuarios y también como herramienta de marketing por parte de las empresas que cada vez más busca las alternativas para acercarse a sus clientes.

Para los especialistas existen dos grandes grupos de clasificación de las redes sociales:
Las de Comunicación, por ejemplo Facebook, Tuenti, las redes especializadas con temáticas de unir a colectivos de mismos intereses por ejemplo Flickr, Twiiter, blogs, etc.

Redes profesionales como Linkedin, Xing que permiten a las personas hacer nuevas oportunidades de empleo y generar networking.
Muchos son los aspectos legales que se hace necesario revisar, entre ellos la legislación aplicable, responsabilidad de los actores implicados en las redes sociales, tratamiento de datos y los derechos de los usuarios y un tema que va toman relevancia en particular es el tratamiento a los menores y a los efectos a que están expuestos en estas redes.

Las redes nos presentan nuevas dificultades, en particular en la aparición de nuevos derechos que no están expresamente consagrados en nuestras constituciones. El regular las redes sociales nos entrega el desafío de saber si podemos resguardar, el gran desafío que nos presenta internet es la discusión sobre la privacidad de las personas pero tomando en consideración si la información es irrelevante para la persona pero que tenga la posibilidad de preservar su privacidad. La Comisión Europea ha puesto en marcha un proceso legislativo para reforzar la protección de datos de los ciudadanos y adaptar las viejas normas al entorno virtual, donde los documentos no solo son de alcance global sino también eternos. Empresas como Google, Facebook, Twitter, nos dirán que es difícil modificar los contenidos de la web y si los hechos son de interés públicos no serán eliminados.

No será extraño que en los próximamente  veamos la discusión de una reforma que se focalice en  regular el almacenamiento en Internet de datos personales que no son de interés público. Y también que se pueda hacerlos  desaparecer de Google , Yahoo! , YouTube o de las redes sociales si el interesado lo solicita. Usuarios de Facebook o Twitter  podrán así tener el control de sus datos y exigir el completo borrado, incluidas fotografías, cuando se den de baja.  


[1] Derecho y Redes Sociales, Artemi Rallo y Ricardo Martínez, Coordinadores, Editorial Thomson Reuters, 2010, España.

martes, 6 de septiembre de 2011

¿Qué pasa si te suplantan en twitter?

Lo recomendable en estos casos es denunciar la cuenta falsa al administrador de la red social, consignando lo acontecido a través de un formulario especial disponible en la página web de Twitter. A través del documento se puede solicitar la eliminación de la cuenta o en ciertos casos -como el hackeo o robo de claves, la devolución del control de perfil.


Para detectar una cuenta falsa, hay varios indicadores que ofrecen pistas para saber si se está frente a una suplantación de identidad: el uso del lenguaje o la ortografía; la fecha de creación del perfil; el número de seguidores (si tiene pocos puede reflejar el engaño) o enlaces desde páginas oficiales.

Sin embargo, el método más conocido hasta hace poco era el de la "cuenta verificada", lo que implica el reconocimiento de Twitter por ser un personaje popular y masivo. Este procedimiento, aunque actualmente se encuentra disponible sólo para socios o anunciantes de la red social, aún mantiene a personalidades mundiales con un símbolo característico, representado por una insignia de color celeste. Claro que este sistema no garantiza que sea la misma persona quien administra el perfil, pero sí se asegura que sea su cuenta oficial.
Si bien Twitter considera la suplantación de identidad una violación a los términos de privacidad y condiciones de uso, sí permite las imitaciones o parodias, siempre que dejen en claro su naturaleza y no incurran en declaraciones o posteos perjudiciales para el usuario real o confunda al resto de sus seguidores.

Fuente: La Tercera 

lunes, 5 de septiembre de 2011

Senado aprueba proyecto de Ley de antenas celulares


El proyecto introduce, por primera vez, el principio precautorio en materia de salud pública y radiación electromagnética, de tal forma que Chile siempre esté entre los cinco países más estrictos de la OCDE, siguiendo las recomendaciones de la OMS. Además, se terminarán los vacíos legales que existen hoy, entregando nuevas facultades a los Municipios y a la propia comunidad, para regular la instalación de antenas celulares.

Tras la aprobación en el Senado del Proyecto de Ley que regula la instalación de antenas celulares en el país, el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones explicó que, hasta ahora, la falta de una regulación adecuada ha dejado indefensa a la ciudadanía y sin facultades a los municipios. Incluso nosotros, como SUBTEL y el ministerio de Vivienda, no podemos evitar la instalación indiscriminada de antenas y es urgente un cambio legal que ordene su desarrollo.

Fuente: Subtel

viernes, 2 de septiembre de 2011

Sentencia de la ex. Corte Suprema por uso de imagen sin autorización


La Corte Suprema ordenó a fotógrafo publicitario y a su empresa cancelar una indemnización por utilizar sin autorización la imagen de una mujer en una campaña de promoción turística de la Isla de Pascua, la que fue difundida a través de distintos medios de comunicación nacional.

En fallo unánime (causa rol 760-2009), los ministros de la Cuarta Sala del máximo tribunal Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa María Maggi, Rosa Egnem y el abogado integrante Patricio Figueroa, determinaron que el profesional Alexander Hüber y su empresa Hüber & Hüber Editorial Fotográfica, deben indemnizar por los perjuicios provocados a Camila Pakomio Higgs.

El fotógrafo tomó imágenes de la demandante en 1988 y 1989, mientras trabajaba en el hotel Hanga Roa. Las fotografías fueron publicadas en una agenda en 1994 y, posteriormente, utilizadas en campañas publicitarias del hotel y la línea aérea Lan-Chile.

El fallo determina la responsabilidad del profesional en el uso de la imagen sin autorización.  “Que, como reiteradamente se ha señalado al respecto, los requisitos, en general, de la responsabilidad extracontractual están constituidos por la existencia de un hecho ilícito –doloso o culposo- el resultado dañoso y la relación de causalidad entre uno y otros (…) En tal sentido debe considerarse que, en materia de responsabilidad civil, no todos los actos posibles generadores de daños dan pábulo al resarcimiento pertinente, desde que ellos, sin duda, en el tráfico cotidiano constituyen un cúmulo incontable”, dice el fallo.

Y agrega: “La ilicitud de la actuación de los demandados se genera en la medida en que ella no sólo haya causado perjuicio y tenga una relación directa con ese resultado, sino que además haya sido realizada con culpa intencional o no intencional, es decir, con dolo o con infracción al deber de cuidado estándar exigido en el común desarrollo del acervo de relaciones que se producen en la vida en sociedad. Esta es la perspectiva que conduce a solucionar la presente litis, para lo cual ha de considerarse también la representación del resultado dañoso en el agente y esta previsión, sin duda, confluye con el actuar de uno de los demandados, quien, en su calidad de fotógrafo profesional, representante de una editora de esa naturaleza, no pudo sino prever las consecuencias del uso comercial de una fotografía que si bien fue captada con el consentimiento de la modelo, no contaba con la anuencia de esta última para ser editada y circular en diversos medios”.

Asimismo, se determina que: “Corresponde considerar si se presenta en el ilícito ya examinado, el daño o resultado dañoso, entendido aquél por la doctrina en general como la lesión, detrimento o menoscabo en la persona o bienes o en los beneficios patrimoniales o extrapatrimoniales de que goza una persona. Para ello, se hace necesario establecer si el uso comercial de la fotografía de la actora sin su consentimiento le ha causado perjuicio y, si se considera que cada individuo es dueño de su imagen, de su voz y hasta de la historia de su propia vida, de modo que cualquier acto que pueda hacerlas públicas, requiere necesariamente de su anuencia, sin duda ha de concluirse que el perjuicio se ha producido. Siguiendo a un autor ‘Una imagen captada lícitamente y que no violenta la privacidad como secreto si es publicada en un reportaje o en una crónica, puede ser utilizada ilegítimamente con fines comerciales. Las publicaciones no autorizadas de imágenes en un calendario o en un afiche de publicidad constituyen apropiaciones indebidas del aspecto comercial del derecho de la personalidad’ (Tratado de Responsabilidad Extracontractual. Enrique Barros Bourie. Editorial Jurídica de Chile. Año 2006)”.

Por lo que se concluye que “La conducta del demandado Hüber y de la sociedad a que representa, que ha quedado asentada como hecho en la sentencia impugnada constituye un hecho ilícito generador de un daño con relación directa con este último, que habilita a la demandante para accionar como lo hizo en su contra”.

El monto de la indemnización debe determinarse en el tribunal de primera instancia, el Primer Juzgado Civil de Santiago, una vez que se dicte el cúmplase de la sentencia.

La demandante presentó acciones judiciales en contra de otras entidades que utilizaron la mencionada imagen (la cadena hotelera, la línea áerea Lan, una agencia de publicidad y dos consorcios periodísticos), sin embargo, se desestimó que estos hayan cometido infracción.

“Respecto de estos últimos demandados, el recurrente acusa vulneración del inciso segundo del artículo 2316 del Código Civil, por haberse descartado su responsabilidad derivada del aprovechamiento de un delito, sin advertir que dicha norma no excluye, sino sólo limita la responsabilidad hasta la concurrencia de ese provecho. Sin embargo, lo cierto es que no se ejercitó en la demanda la acción restitutoria prevista en el artículo recién citado, sino la acción indemnizatoria proveniente de la perpetración de los cuasidelitos en que reiterada y colectivamente habrían participado estas personas y que los hacía responsables de la totalidad del daño causado. La acción restitutoria prevista en el artículo 2316 no proviene de la comisión de un hecho ilícito -como los que se atribuyen a los demandados- sino parte de un supuesto distinto como es el enriquecimiento injusto que haya obtenido un tercero que no intervino en su perpetración. Según precisa el autor don Arturo Alessandri Rodríguez, ‘la responsabilidad de quién obtuvo provecho del dolo ajeno no deriva del delito mismo, de que no ha sido autor, ni de haber habido dolo en el acto de que reportó el provecho, sino única y exclusivamente del beneficio que, a costa del patrimonio de la víctima, obtuvo del dolo ajeno’. (De la responsabilidad extracontractual, Imprenta Universitaria, ed.1943 jaj 482).
Es precisamente atendiendo a la causa de pedir de las acciones indemnizatorias intentadas que los jueces del grado centraron su análisis en los requisitos de existencia del cuasidelito civil y, en particular, en la conducta culposa que se atribuye a los demandados, de modo que no han incurrido en la infracción legal que se denuncia”, sostiene la sentencia.

jueves, 1 de septiembre de 2011

Sitios webs para los Geek

Nuevamente visitando el sitio de NickdutNik un divertido video nos muestra y recomienda algunos sitios web para los Geeks.