miércoles, 29 de noviembre de 2017

SBIF publica normas sobre la emisión y operación de tarjetas de pago

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) ha dispuesto la publicación de tres Circulares dirigidas a entidades no bancarias y un nuevo Capítulo de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) para bancos, mediante las cuales imparte las instrucciones a las que deberán dar cumplimiento las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de pago, en concordancia con las disposiciones que introdujo la Ley N° 20.950 (en adelante “Ley de Medios de Pago”) publicada en el Diario Oficial del 29 de octubre de 2016, y la normativa del Banco Central de Chile que regula la emisión y operación de dichas tarjetas, contenida en su Compendio de Normas Financieras.

Cabe recordar que la Ley de Medios de Pago, además de establecer el marco legal para la emisión y operación de tarjetas de pago con provisión de fondos (comúnmente conocidas como tarjetas de prepago) por parte de empresas no bancarias, vino a precisar e introducir nuevas disposiciones a la Ley General de Bancos, con el objeto de especificar las facultades de fiscalización de esta Superintendencia respecto de todos los emisores y operadores de medios de pago no bancarios, además de permitir a las Sociedades de Apoyo Giro bancario que realicen actividades relacionadas con los medios de pago, prestar servicios a todos los emisores y operadores fiscalizados por la SBIF.

En dicho contexto, el Banco Central de Chile, en su calidad de regulador de los medios de pago, modificó las disposiciones relativas a la emisión y operación de tarjetas de pago en general mediante el Acuerdo N° 2074-02-170629, de fecha 29 de junio de 2017, posteriormente complementado por el Acuerdo N° 2104-05-171102, de fecha 2 de noviembre de 2017, con el objeto de integrar las normas que son comunes a todos los emisores de tarjetas de pago (bancarios y no bancarios), en un nuevo Capítulo III.J.1 de su Compendio de Normas Financieras, impartiendo además instrucciones particulares a los emisores de tarjetas de crédito, débito y pago con provisión de fondos en los nuevos Capítulos III.J.1.1, III.J.1.2 y III.J.1.3, respectivamente. Asimismo, introdujo modificaciones a las normas sobre operación de tarjetas de pago, las que ahora están contenidas en un nuevo Capítulo III.J.2 del mencionado compendio.

Fuente: SBIF

martes, 14 de noviembre de 2017

Qué es el legaltech

El concepto de Legaltech ha sido utilizado con frecuencia en los últimos años para hacer referencia a la unión del sector legal y las tecnologías, este concepto involucra, primero  la optimización de procesos y su consecuente repercusión en los precios, para abordar definitivamente la creación de nuevos servicios legales,  apoyándose en la ciencia aplicada, se mejorará con ideas y modelos inspirados, con casi toda seguridad, en otras industrias cercanas y siempre pensando en el beneficio del cliente.

Las oficinas de abogados y también las gerencias legales deberán adaptarse al entorno tecnológico que estamos viviendo, ello porque estarán obligados  a mejorar en la prestación del servicio para adaptarla a las necesidades de los clientes. Y hacerlo sin olvidarse de optimizar la manera de gestionar la oficina o gerencia legal y mejorar la forma de hacer marketing, algo, esto último, que hasta ahora se ha demostrado, que no se hace de la manera tan eficaz como en otros sectores.

Este tendencia llegó al primer mundo y muchas oficinas lo están implementando, pronto comenzaremos a ver en Chile esta tendencia en que pequeñas oficinas competirán con los grandes ofreciendo un servicio que habitualmente no era parte de las prestaciones que entregaban las oficinas de abogados. Pero también, debemos ser claros, los abogados deben adecuar sus competencias digitales para enfrentar este entorno en que las tecnología empiezan a ser parte del quehacer profesional.

Para completar lo anterior le invito a leer el articulo "Las máquinas ganan su primer pulso a los abogados" de el País

martes, 31 de octubre de 2017

Juzgado Civil de Santiago acoge demanda por uso sin autorización de contenidos de página web argentina en portal chileno.


El Segundo Juzgado Civil de Santiago acogió demanda por infracción a la ley de propiedad intelectual presentada por la dueña de sitio web trasandino en contra de empresa chilena que utilizó imágenes y contenidos del portal Little-princess para promocionar servicio similar en Chile.
La sentencia establece que lo concluido en los numerales 1.- y 2.- del considerando anterior constituyen el hecho basal o fundante de la presunción legal establecida en el artículo 8° de la Ley 17.336, pudiendo de esta forma presumirse que la demandante es la autora de las obras (en el caso de marras, el diseño, fotografías y texto de la página web www.little-princess.com.ar), ya que a ella, según la respectiva inscripción ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de Argentina, cuyo certificado debidamente legalizado obra a fojas 212, pertenece la mencionada página web. Así, no obrando en autos prueba en contrario, de conformidad a la norma citada y al artículo 47 del Código Civil, resulta plenamente aplicable la presunción enunciada, pudiendo concluirse que las obras objeto de la presente acción son de autoría exclusiva de la actora.


Fuente: Diario Constitucional

lunes, 30 de octubre de 2017

Ataque phishing Banco Estado

Hoy he recibido un mail falso de Banco Estado que corresponde a un ataque de phishing que anda circulando.

Deben tomar los resguardos y no entregar información a través del link indicado.



Proyecto de Ley sobre cohecho entre particulares

Actualmente se encuentra en Segundo Trámite Constitucional del Senado (Boletín 10.155-07 y 9.956-07-1) , un proyecto de ley que contempla dos artículos: primero, se modifica el Código Penal, elevando penas, incluyendo agravantes, unificando conceptos con la Ley de Mercado de Valores, y agregando tres nuevos delitos: "COHECHO ENTRE PARTICULARES", "CORRUPCION ENTRE PRIVADOS" y la "ADMINISTRACION DESLEAL", y segundo, es la modificación de la Ley 20.393 para agregar estos nuevos delitos para darle armonía con el Código Penal.

En efecto, los delitos que se discuten por agregar quedarían tipificados de la siguiente manera:

Art. 251 bis. El que, con el propósito de obtener o mantener para sí o para un tercero cualquier negocio o ventaja en el ámbito de cualesquiera transacciones internacionales o de una actividad económica desempeñada en el extranjero, ofreciere, prometiere, diere o consintiere en dar a un funcionario público extranjero un beneficio económico o de otra naturaleza en provecho de éste o de un tercero, para que omita o ejecute, o por haber omitido o ejecutado, una acción en el ejercicio de sus funciones, será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de cien a mil unidades tributarias mensuales.

“§ 7 bis. De la Corrupción entre particulares.

Art. 287 bis. El director, gerente, administrador o ejecutivo principal de una empresa o entidad que, por sí o a través de otra persona, solicitare o aceptare recibir un beneficio económico en interés o provecho propio o de un tercero, para favorecer, o por haber favorecido, con infracción de sus deberes u obligaciones, a otro en la contratación de bienes o servicios o en las relaciones comerciales, será sancionado con la pena de reclusión menor en su grado medio a máximo y multa del tanto al cuádruple del beneficio solicitado o aceptado.

Art. 287 ter. Con las mismas penas señaladas en el artículo anterior será sancionado el que, por sí o a través de otra persona, ofreciere o consintiere en dar o entregar a un director, gerente, administrador o ejecutivo principal de una empresa o entidad, o a quien estos señalen, un beneficio económico en interés o provecho propio o de un tercero, para que le favorezca, o por haber favorecido, a él o a un tercero frente a otros en la contratación de bienes o servicios o en las relaciones comerciales"

Este proyecto de ley de encuentra en tramitación con carácter de urgente, por lo que en los próximos meses veremos nacer a la vida del derecho, tres nuevos delitos, cuyos principales y únicos Sujetos Pasivos, serán "los particulares" o "privados".

Con estas modificaciones se pretende elevar los estándares normativos, para perseguir los delitos de corrupción, según el propio Informe Engel sobre la persecución y sanción penal de la corrupción y estar al nivel de los parámetros recomendados por la OCDE.

Si bien es cierto, tener un Modelo de Prevención de Delitos (cuya certificación es facultativa y no obligatoria), no extingue la responsabilidad penal de la empresa, sino que la mitiga o atenúa, personalmente sugiero que todas las empresas, indistintamente del tamaño, tengan este modelo, para evitar así sanciones muy gravosas para la compañía y especialmente para eliminar y/o reducir la probabilidad de la ejecución de estos nuevos ilícitos, los que pronto comenzarán a regir en nuestro país.

jueves, 26 de octubre de 2017

El desafío de las competencias informacionales (II)

Ayer empezamos a escribir sobre las competencias informacionales o competencias digitales, podemos decir brevemente que entre las competencias identificadas están las habilidades en el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación. Entre estas nuevas competencias podemos mencionar algunas de las siguientes;  el acceso a la  Información esto significa el poder Identificar, obtener, almacenar y analizar información digital. También encontramos la comunicación, ello significa el tener las destrezas para poder comunicarse en entornos digitales, compartir recursos, conectar y colaborar, interactuar y participar en redes.

Por otra parte, también encontramos el crear contenidos: textos, imágenes, respeto del derecho de autor tema relevante cuando vemos que cada vez más existen softwares preparados para buscar e identificar la fuente de los contenidos en la red.

En el contexto anterior son las bibliotecas las que deberán adaptarse a este nuevo entorno y tienen el desafío de asumir el rol de ser nuevos espacios de aprendizaje o “learning center” donde el alumno puede encontrar espacios de conexión a la red pero también la orientación para encontrar la información que requiera para su aprendizaje.

A lo anterior tenemos que hacer referencia a la Seguridad y aquí encontramos aspectos relativos a la Protección de datos personales que se ven amenazados en los entornos tecnológicos y debemos ser capaces de poder enfrentar los riesgos a que se ven expuestas las personas, todo ello nos lleva a la necesidad de estar presentes en un entorno de ciberseguridad, incluso nuestro país desde marzo del 2017 ha publicado una Política Nacional de Ciberseguridad destinada a generar conciencia y a elaborar las acciones para hacer frente a los cambios tecnológicos que estamos enfrentando.

Por último, otra competencia en este contexto dice relación con la capacidad para resolver problemas tecnológicos esto involucra el identificar necesidades de recursos digitales, resolver aspectos técnicos que se presenten debido a que permanentemente se requiere hacer actualizaciones de contenido.
Es en este entorno además, en que nos encontramos con la llamada transformación digital que muchas empresas están implementando donde pasan de modificar sus procesos que se hacían en papel para ser desarrollados en formato digital, los cambios que están experimentando las empresas hace necesario que los técnicos y profesionales estén preparados para la inserción laboral pero también para aquellos que ya están en el mercado laboral tengan la oportunidad de actualizarse y no quedar fuera de él.



miércoles, 25 de octubre de 2017

El desafío de las competencias informacionales

El siglo XXI nos presenta grandes desafíos una de ellos es la llegada de la llamada cuarta revolución industrial cuando nos referimos a ella hacemos alusión a los nuevos cambios que las tecnologías están introduciendo en nuestra sociedad, hablar de internet de las cosas, big data, análisis de datos, máquinas inteligentes que procesan gran volumen de información y realizan operaciones sin necesidad de que existe control humano, entre otros. Estos cambios ya llegaron para instalarse en nuestra sociedad, hemos visto como medios de prensa comienzan a reemplazar periodistas por robot que buscan información o países desarrollados como Alemana y Reino Unido autorizan la circulación por sus calles de vehículos autónomos. En los próximos años veremos una transformación de cómo se hacen los negocios y cómo las empresas se adaptarán a este entorno tecnológico, por ello se requiere de técnicos y profesionales preparados para enfrentarse a este nuevo mundo.

Las personas deberán aprender a desaprender sus conocimientos y adquirir nuevas competencias para adaptarse a un entorno complejo y exigente como el que mencionamos brevemente en el párrafo anterior, no hay forma de retroceder ante estos avances, pero ello desafía también a las instituciones de educación superior para preparar a los técnicos y profesionales para adaptarse a este nuevo entorno. Surgen allí el concepto de las competencias informacionales, en Europa llamadas competencias digitales, estas competencias son reconocidas en el marco del proyecto Alfa Tuning América Latina: Innovación Educativa y Social (2011-2013) se busca continuar con el debate ya iniciado con la primera parte de este proyecto llevada a cabo de 2004-2007. El eje de la discusión parte de los logros alcanzados en las distintas áreas temáticas en la 1ra etapa, para seguir "afinando" las estructuras educativas de América Latina a través de consensos,  cuya meta es identificar e intercambiar información y mejorar la colaboración entre las instituciones de educación superior para el desarrollo de la calidad, efectividad y transparencia.

jueves, 27 de julio de 2017

Corte de Apelaciones confirma decisión del Consejo para la Transparencia que negó acceso a información tributaria

 Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión del Consejo Para la Transparencia (CPLT) que negó acceso a información tributaria por vulnerarse las normas de la privacidad de las personas.

En fallo unánime (rol 789-2017) la Octava Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Javier Moya, Juan Cristóbal Mera y el abogado (i) Jaime Guerrero- ratificaron la decisión que negó la información solicita por Alex Díaz Loayza referida a declaraciones de formularios 22, 19 y 50 de personas naturales.

" (…) correctamente ha obrado el CPLT al decidir la cuestión puesta en su conocimiento haciendo una correcta, sistemática y prudente interpretación de las normas jurídicas que se han indicado, esto es, de las que se contienen en la ley 19.826 y en la ley 20.285 (LT) y haber concluido lo que por lo demás parece obvio: aquellos datos de personas naturales relativos al nombre, apellido, RUT, dirección, teléfono o correo electrónico, entre otros, son personales desde que constituyen información "concerniente a personas naturales, identificadas o identificables" de acuerdo a lo señalado en la letra f) del artículo 2° de la ley 19.628, de suerte que su divulgación a terceros una transgresión a la propia ley 19.628 -artículo 2° letra i)- y una vulneración a la causal de reserva del N° 2 del artículo 21 de la LT.
En efecto, si bien de acuerdo al artículo 5° de esta última legislación toda información elaborada con presupuesto público o que obre en poder de la Administración es pública, la misma norma se encarga de señalar "salvo las excepciones que establece esta ley y las previstas en otras leyes de quórum calificado", de modo que, como se dijo, interpretando sistemáticamente el artículo 21 N° 2 de la LT y las citadas disposiciones de la ley 19.628, se está, en el caso sub judice, precisamente en un caso de excepción, lo que debe relacionarse, ciertamente con lo que dispone el artículo 7° de la ley 19.628: "Las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales, tanto en organismos públicos como privados, están obligadas a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo".

Fuente. Poder Judicial

miércoles, 26 de julio de 2017

Qué es el Fintech

En los últimos años un nuevo concepto se apodera del mundo de las startup tecnológicas y también del sector financiero.
El Fintech  "(contracción de las palabras inglesas finance y technology) es un dominio de actividad en el cual las empresas utilizan las tecnologías de la información y la comunicación para crear y/u ofrecer servicios financieros de forma más eficaz y menos costosa. Por extensión, el término Fintech se utiliza también para designar las empresas que ofrecen productos y servicios englobados en este dominio. Las Fintech son generalmente startups expertas en nuevas tecnologías que quieren captar parte del mercado dominado por grandes empresas, que a menudo son poco innovadoras o lentas en la adopción de nuevas tecnologías." Fuente Wikipedia

Esta nueva tendencia ha llegado para quedarse, la banca se encuentra en un proceso de transformación digital y debe adecuarse a las nuevas exigencias que imponente los usuarios de la banca. Es así como las tecnologías se ponen al servicios de la banca pero también modifican los modelos de negocios ello hace necesario que la banca desarrolle nuevas alternativas de servicios, revise sus procesos y deben tener presente que el perfil de sus clientes hoy busca respuestas rápidas y nuevos servicios, esa evolución puede que no esté presente dentro de los mismos bancos, que dada su estructura rígida, el ser empresas regulados les cueste innovar, es por ello que a veces son emprendimientos nuevos los que lideran iniciativas en materia de fintech, por ejemplo en Chile el desarrollo del fintech se encuentra en evolución.

Hay varias startups que están innovando y liderando el sector Fintech en Chile, se ha logrado identificar y monitorizar a 56 startups Fintech que con soluciones digitales innovadoras están influyendo de forma positiva en el desarrollo de nuevos y mejores servicio financieros. En este sentido, Chile muestra un ecosistema activo que constituye hoy una oportunidad única y creciente para que las entidades financieras tradicionales y más startups formen parte de esta tendencia que está cambiando al mercado.  Fuente: Fintech Radar Chile
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martes, 25 de julio de 2017

Francia invita a emprendedores e investigadores


El año 2017, al parecer, ha sido el año para los emprendedores extranjeros que quieren escalar sus negocios fuera de sus lugares de residencia. Esto porque Francia acaba de lanzar "French Tech Visa", una iniciativa parte del "Passeport Talent", un programa que busca atraer talento tecnológico al país de la mano de la French Tech Ticket, aceleradora diseñada para ayudar a emprendedores extranjeros a lanzar sus ideas o hacer crecer sus startups en Francia. "French Tech Visa" estará dirigido a fundadores, emprendedores o inversores y les permitirá, entre otras cosas, acceder a una visa de cuatro años con la posibilidad de renovación, sin la necesidad de tener un permiso de trabajo y de una manera más rápida.

Además, les invito a ver la interesante invitación que hace el Presidente de Francia para que los investigadores y emprendedores vayan a su país.

lunes, 24 de julio de 2017

Qué es la residencia digital

Un grave problema que tenemos en Chile es la generación de talentos tecnológicos, para ello desde hace algunos años se ha desarrollado por Corfo el proyecto Startup.org , proyecto que ha sido imitado en países tales como EE.UU, Francia, Perú, Colombia, Israel, Brasil, Finlandia, entre otros.
Un concepto nuevo comienza a circular en ámbito de las tecnologías, un país de Europa Oriental Estonia, que comienza a difundir un nuevo término que viene a generar  un cambio en la forma de implementar los proyectos de startup tecnológicos.

Este nuevo concepto es la residencia digital, si bien no aporta la ciudadanía ni exime de la necesidad de la visa su objetivo es que los nuevos residentes contribuyan a la economía del país utilizando sus bancos y abriendo empresas, todo ello a través de un sistema de servicios electrónicos que se basa 100% libre de papel, por lo tanto cualquier emprendedor desde cualquier parte del mundo puede acceder a los beneficios que se proporcionan constituirse legalmente como empresa. La residencia digital permite a los emprendedores abrir su negocio sin necesidad de contar con un director local en el país, así como acceder a los servicios bancarios y de pagos online, declarar los impuestos a través de internet o firmar documentos sin poner pie en Estonia.

Entre los beneficios propone que todo empresario o trabajador independiente que tenga un negocio internacional que no dependa de su ubicación  pueda acceder a los  beneficios de bajos costos de inicio y mantenimiento de la empresa; 0% de impuesto a las ganancias hasta que se realicen las distribuciones; una burocracia mínima; y la inclusión en el marco jurídico de la Unión Europea; todo esto mientras administra sus empresas a distancia desde cualquier parte del mundo. La residencia electrónica les da a sus ciudadanos la oportunidad de acceder a cuentas bancarias y operar sus negocios en línea. El proyecto digital se lanzó hace 15 años en el país con el propósito de ahorrar dinero a los trabajadores de oficinas gubernamentales.


Las oportunidades que tiene hoy Chile es que dado el nivel de las conexiones de internet que tiene el país nos permite acceder a ello y estar conectados con estos negocios globales, el país tiene varias posibilidades de ser un centro de atracción de emprendedores virtuales quienes pueden acceder a un conjunto de servicios con la finalidad de poder dar un domicilio nacional a sus emprendimientos que están en otras partes del mundo, pero lo anterior requiere además la construcción de un sistema tributario adhoc a los tiempos de los negocios globales y de las redes de internet. 

lunes, 3 de julio de 2017

Banco Central de Chile publica su nueva normativa sobre emisión y operación de Tarjetas de Pago

El viernes 30 de junio de 2017 y con ocasión de la promulgación de la Ley N°20.950, que autoriza la emisión de tarjetas de pago con provisión de fondos (prepago) por entidades no bancarias y que encomienda al Banco Central de Chile dictar las normas aplicables a las empresas que las emitan y operen, esta Institución decidió realizar una revisión integral de su regulación sobre medios de pago minoristas. Ello, para actualizar y sistematizar la normativa vigente, procurando que ésta resulte acorde con el desarrollo de mercado y permita velar por la seguridad y eficiencia de estos sistemas de pago. En marzo de este año, el BCCh publicó para consulta nuevas normas sobre emisión y operación de tarjetas de pago.

En este proceso se recibieron numerosos comentarios, más de 220, los que contribuyeron a perfeccionar la propuesta normativa. Asimismo, una proporción importante de esos comentarios fue incorporada en la versión definitiva. Además del establecimiento de un marco regulatorio para las empresas no bancarias que emitan medios de prepago, se incorporan un conjunto de modificaciones que buscan aumentar la oferta de servicios a los comercios adheridos a las redes de pago, entre las cuales destaca permitir de manera explícita el desarrollo de un “modelo de 4 partes”, en el que la emisión y la adquirencia no necesariamente se vinculan de manera directa, lo que facilitaría la oferta de servicios de operación a los comercios y demás entidades adheridos a redes de pago.

Fuente: Banco Central

viernes, 2 de junio de 2017

Moción parlamentaria para el delito la usurpación de identidad por medios informáticos

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento será la encargada de analizar el proyecto de ley que modifica el artículo 214 del Código Penal para sancionar la usurpación de identidad por medios informáticos, el que fue presentado por los senadores Patricio Walker y Francisco Chahuán. El proyecto de ley presentado por la moción indicada plantea penas de hasta 540 días de presidio que podrían enfrentar quienes usurpen identidad por medios informáticos

La propuesta incorpora un artículo único que iguala la pena que "el que usurpare el nombre de otro será castigado con presidio menor en su grado mínimo, sin perjuicio de la pena que pudiere corresponderle a consecuencia del daño que en su fama o intereses ocasionare a la persona cuyo nombre ha usurpado".

De acuerdo a datos entregados por la Policía de Investigaciones de Chile, las denuncias por Suplantación de identidad ejecutadas en Internet y las redes sociales entre los años 2012 y 2013, aumentaron de un 14% a un 49,4%. De igual manera en el año 2014 se recabaron 177 denuncias por el ilícito de usurpación de nombre realizadas en Internet y en redes sociales.

Fuente: Senado

jueves, 1 de junio de 2017

Avance del proyecto de ley de protección de datos

Tal como comentamos en su oportunidad se ha ingresado al Congreso el Proyecto de ley sobre protección de datos, el lunes 29 de mayo recién pasado  la Comisión de Constitución del Senado  (Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, continúa con el estudio del proyecto de ley, que se encuentra en primer trámite constitucional, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletines Nos. 11.144-07 y 11.092-97, refundidos).

Si bien cada uno de los asistentes entregó sus opiniones respecto de los principios consagrados en la iniciativa, la creación de una agencia protectora, las superposiciones con otros servicios, hubo nuevas interrogantes que surgieron tras las exposiciones, como qué se hace con los datos que los usuarios quieren entregar a plataformas digitales o cuando esos datos son recopilados por compañías extranjeras. Fuente: Pulso

Entre las opiniones que se expusieron podemos destacar, la del director legal de Equifax, Ignacio Bunster, quien solicitó a los senadores no castigar la automatización de datos porque hoy casi todos los sistemas lo incorporan. “Nos parece que la automatización es tratada con una aproximación negativa, ya que no todo tratamiento automatizado redunda en la configuración de perfiles, en tiempos de big data pensar en tratamientos no automatizados de los datos nos pone en una situación muy limitada.

Por otra parte, cabe destacar también la opinión de Roberto Camhi, director ejecutivo de Mapcity, hizo hincapié en revisar cómo se aplicaría la normativa a herramientas colaborativas como Waze donde los propios usuarios colocan su localización para recibir información del estado del tránsito. “Esperamos que esta legislación no inhiba el buen uso que se puede dar a los usuarios por la geolocalización porque no hay que olvidar que muchas de estas aplicaciones están en el extranjero, entonces no se puede dejar en desventaja competitiva a las empresas nacionales que al generar el dato deberán cumplir la ley local”,

Hoy los datos son el petróleo del siglo XXI, ellos generan fuente de información valiosa para las organizaciones, pero también revelan información que afecta a la privacidad de las personas, el reconocimiento de los derechos de las personas es básico para el entorno en que estamos viviendo y la consagración legal de los derechos ARCO (Acceso, rectificación, cancelación y oposición) deben ser reconocidos y respetados por empresas y el Estado, pero también es necesario rescatar la necesidad de contar con una agencia de protección de datos independiente y especializada.

miércoles, 31 de mayo de 2017

Comercio electrónico tendencia al alza

Otro año hemos sido testigos de la tendencia al alza del comercio electrónico, nuevos actores del retail han entendido la importancia de este segmento y aumentan su participación. Nuestro país posee altas tasas de penetración de internet, pero aún no la hacemos realmente productiva, es decir no generamos mayor valor a través de la red, pero hay indicios que nos muestran que vamos por buen camino como país.

La integración de plataformas de e-commerce es otra área que está en alza en las pymes. Mientras en 2012 representaba compras por US$1.275 millones, se proyecta que 2017 cerrará en US$3.384 millones de compras B2C (business to consumer), según datos de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS).

Por otro lado, la incorporación obligatoria de la Factura Electrónica (FE) en Chile, está comenzando a generar una segunda oleada de digitalización en la pyme, luego de la primera, resultado de la Operación Renta en línea. Fuente Pulso

Las empresas, en especial la Pyme creen que es caro implementar proyectos de comercio electrónico, un problema de información, pero no es tan así, lo que se requiere es generar mecanismos de acceso a estas empresas en materia de  herramientas de pago electrónico y tener buenos servicios de logística para el envío de productos. Por otra parte, es importante resguardar los derechos de los consumidores  y las normas de la ley del consumidor también son aplicables a este contexto. Muchas veces los emprendedores pymes olvidan esta variable y es así que nos encontramos con sitios web que no cumplen las condiciones del derecho de información que deben tener los consumidores o la aplicación de las correspondientes garantías, éstas deben estar explícitas en los sitios web a través de los términos y condiciones, pero estos deben ser visibles y que destaquen en el sitio web  de manera que no queden ocultos para los usuarios. Otro aspecto a considerar dice relación con los contratos click, cuándo deben operar para que exista una manifestación del consentimiento y se explicite a través de ellos quedando registro  en los logs correspondientes de las operaciones que se realizan.

La mirada de un proyecto de comercio electrónico, no solo es tecnológico, requiere tener una perspectiva integral que abarque el diseño, la informática y también los aspectos legales para evitar futuros riesgos a los emprendedores.


martes, 30 de mayo de 2017

Regulación de contenidos en internet

El crecimiento de empresas que ofrecen contenido por internet ha sido muy interesante, cada vez más empresas ya consolidadas están generando su propio contenido, pero también es posible encontrar material que puede afectar ciertos derechos, pero por otra parte, también se puede limitar la libertad de expresión.

En Chile el organismo llamado a definir pautas audiovisuales es el CNTV Consejo Nacional de Televisión, recientemente su máximo directivo ha señalado que se debe  “instaurar mecanismos de denuncia y de autorregulación en contra de la pornografía infantil; promoción de racismo, xenofobia o cualquier forma de discriminación; promoción de agresión y violencia física, sexual y emocional; promoción de terrorismo y cualquier vulneración de la dignidad humana”. La Tercera.

Algunos de los ejemplos que expone el CNTV  son  la Ballena azul en la web, el representante del CNTV agregó que es necesario, como reguladores, “actuar en la convergencia tecnológica definiendo las fronteras que se han desdibujado y acotar ámbitos de acción”. No obstante, reconoció que existen algunas limitantes. “Si bien muchos de los países que integramos la PRAI aún no contamos con políticas de regulación convergente, debemos establecer alianzas estratégicas entre los actores públicos y privados de cada uno de los países de Iberoamérica y del mundo”, declaró. A modo de ejemplo puso al organismo regulador de Cataluña, España, que, al firmar un acuerdo con el Departamento de Salud de la ciudad, monitorea las páginas web que fomentan conductas alimentarias nocivas para las menores de edad como: bulimia y anorexia para denunciar cuando haya casos extremos.

Fuente: La Tercera

jueves, 18 de mayo de 2017

El crecimiento de las granjas de clicks

Una tendencia en desarrollo en algunos paises es el uso de granjas de clicks para aumentar el nivel de interacciones de juegos y otras aplicaciones. De esta manera se logra aumentar artificialmente a los sitios web y generar también un venta de clicks. El video que se muestra a continuación nos muestra cómo se puede llegar a generar estas "granjas" que pueden llegar a tener casi 10.000 smartphones.
Ver aquí.

miércoles, 17 de mayo de 2017

Los efectos de un ataque de ciberseguridad a nivel global

Un interesante video sobre los efectos del reciente ataque de ciberseguridad que impactó a nivel global.


martes, 16 de mayo de 2017

Conferencia en Labocar

La semana pasada impartí una conferencia sobre seguridad y delitos informáticos, pareciera ser que fue el preludio de lo que iba a ocurrir el viernes 12 de mayo. Participar junto al equipo de LABOCAR a nivel nacional fue una gran experiencia.

Agradezco la invitación y poder participar entregando y compartiendo experiencias en materias de seguridad que dado el entorno global que vivimos hoy requiere que nuestras policías estén preparadas para hacer frente a los nuevos desafíos que las tecnologías nos imponen.

lunes, 15 de mayo de 2017

Ciberataque y ciberseguridad

El 12 de mayo pasado será una fecha para recordar, dado el nivel de impacto del ataque del Ransomware WannaCrypt 2.0, que se propagó como un gusano aprovechando las vulnerabilidades que corrigen el boletín MS17-010 (Para las versiones fuera de soporte , Microsoft ha creado un parche personalizado con fecha 12/05/2017). Aunque las actualizaciones de seguridad se aplican automáticamente en la mayoría de los equipos, algunos usuarios y empresas pueden retrasar la implementación de parches. Desafortunadamente el ransomware, conocido como WannaCrypt, parece haber afectado a los equipos que no han aplicado el parche para estas vulnerabilidades. (Fuente: Ihackslabs)

Es en este contexto que el deber de las organizaciones es estar al día en materia de actualización de parches de seguridad, este ataque afectó a 99 países quienes se vieron afectados en virtud de una actualización que se informó en marzo  pero que no todas las empresas o instituciones fueron capaces de actualizar. Además, otra lección que nos dejará será la coordinación entre Estados y también entre empresas, esto nos demuestra la necesidad de contar con ka implementación de una política de ciberseguridad que entre los lineamientos ante un caso de un nuevo ataque, para el caso de Chile el Comité Interministerial sobre Ciberseguridad debe avanzar en la instalación de la política coordinando a cada uno de los organismos llamados a asumir roles de actualización.

En la hoja de ruta de la Política Nacional de Ciberseguridad se han fijado los pasos a seguir, Chile debe ponerse al día en materia de seguridad, porque cualquier error o ataque exitoso puede vulnerar el bienestar y los derechos de chilenas y chilenos, afectar intereses particulares y comunes, afectar servicios críticos para el funcionamiento del país. Tal como lo plantea el mensaje del documento de la "Política Nacional de Ciberseguridad Chile debe plantearse metas concretas con el objetivo de promover un ciberespacio libre, abierto, seguro y resiliente. Un espacio de seguridades que permita a las chilenas y chilenos alcanzar el mayor desarrollo posible. En línea con la Agenda Digital y la Agenda de Productividad, Innovación y Crecimiento, permitirá reducir las brechas de acceso y la conciencia sobre el uso seguro de las TIC y aprovechar las enormes ventajas que tiene nuestro país debido a su posición de liderazgo en el ámbito tecnológico en la región."

 

martes, 25 de abril de 2017

Chile deposita el instrumento de adhesión al Convenio de Budapest sobre la Ciberdelincuencia

El Gobierno de Chile depositó el viernes 21 de abril en Estrasburgo, Francia, el instrumento de adhesión al Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, conocido también como el Convenio de Budapest.

Este Convenio constituye el primer tratado internacional sobre delitos cometidos a través de Internet y otras redes informáticas, que trata en particular de fraude informático, pornografía infantil, delitos de odio y violaciones de seguridad de red. También contiene una serie de competencias y procedimientos, tales como la búsqueda de las redes informáticas y la interceptación legal, todo ello con el fin de mejorar la investigación en este tipo de delitos.

El Convenio fue abierto para su suscripción en Budapest el año 2001 y entró en vigor el año 2004. En sesión del 16 de noviembre de 2016 el Senado aprobó la entrada de Chile al Convenio de Budapest por 22 votos a favor. A la fecha ha sido ratificado por 53 Estados.

La adhesión a este instrumento internacional constituye uno de los compromisos del Gobierno de Chile y es una de las medidas comprometidas en la Política Nacional de Ciberseguridad. Permitirá al país ser parte de un sistema rápido y eficaz de cooperación internacional, además de recibir asistencia para el desarrollo de capacidades nacionales para enfrentar de mejor manera las amenazas en el ciberespacio.

A partir del 1° de agosto de este año, tres meses después del depósito, Chile será el miembro número 54 del Tratado y el primero en Sudamérica.



Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores

lunes, 24 de abril de 2017

Las maquinas dejan a personas sin trabajo y Chile aún no se da cuenta

Un estudio de la Consultora McKinsey indica que en Chile 3,2 millones de empleos podrían ser reemplazados por sistemas automatizados en los próximos 20-40 años. Ello le permitirá a las empresas grandes ahorros: US$9 mil millones en el retail, US$6 mil millones en la industria. (Fuente: Ciper)
Por otra parte, un artículo publicado en Revista El Sábado de El Mercurio queda claro que el mercado laboral comienza a sufrir ciertas contracciones, cajeros que empiezan a perder puestos en el sector Retail, lo mismo con los carniceros, puestos de vendedores se reducen y pronto empezaremos a ver como también en determinadas profesiones comenzará a ocurrir lo mismo. Este cambio no es propio de nuestro país, vemos como Europa y en EE.UU se han encontrado frente a este cambio laboral que se enfrenta bajo diversos mecanismos, la adecuación laboral, la educación y la entrega de nuevas competencias laborales.

Cuando nuestra legislación laboral está pensada en un modelo del siglo XX, donde los colegisladores velan por la protección del empleo sin darse cuenta de los grandes cambios que se nos vienen, estamos en un problema. Chile requiere una legislación laboral de vanguardia que se preocupe hacer frente al equilibrio entre protección de empleo pero también la creación de empleo. Además, es imperioso orientar la modificación del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo - SENCE-  para comprender la importancia de entregar nuevas competencias a los trabajadores para que puedan adecuarse a los cambios que ya están llegando a nuestras empresas. Además, la necesidad de adecuar el uso de la franquicia tributaria a la identificación de nuevos empleos u oficios que nuestro país requiere.

Todos estos cambios que se están viviendo a nivel de las empresas y que son el producto del desarrollo de la tecnología generará una disminución del empleo menos calificado y debemos estar preparados para que la masa de trabajadores que no se ha preparado pueda hacer frente a todos estos cambios que se nos vienen. Las reformas laborales no serán suficientes para frenar la revolución digital que es propia de la nueva revolución industrial que está llegando a nuestras costas.

El escenario en nuestro país no es optimista, son demasiados los cambios que debemos enfrentar, la discusión de la gratuidad en educación superior, las reformas laborales y la reforma tributaria impacta en nuestra economía, si no somos capaces de ver que también requerimos entregar nuevas competencias a miles de trabajadores tendremos un problema social de magnitud. Otro de las olas que está llegando a nuestro país  lentamente es el desempleo ilustrado, es decir los profesionales que tienen estudios superiores, pero que deben reinventarse para encontrar trabajo y hacer frente al desempleo en una economía que toma una buena cantidad de meses en volver a insertarse y con una disminución en los niveles de renta.

Muchos son los desafíos que nos impone la revolución digital, pero también existen mecanismos para hacer frente a la crisis pero requiere creatividad, liderazgo y también innovación al momento de poner en prácticas las soluciones.

miércoles, 12 de abril de 2017

Sentencia por cliente de Banco suplantada

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que condenó al Banco Ripley a pagar una indemnización de $15.000.000 (quince millones de pesos) a clienta que fue suplantada por una prima que solicitó un crédito.
En fallo unánime (causa rol 38.283-2016), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Héctor Carreño, Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich y el abogado (i) Jorge Lagos– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que condenó a la entidad bancaria a indemnizar a Magda Franulic de la Puente, quien fue suplantada en 2011, por Mourina de la Puente Vera en una sucursal ubicada en la capital de la Cuarta Región.
El fallo del máximo tribunal confirma la responsabilidad del banco por la falta de diligencia en el otorgamiento del empréstito, que le generó a la demandante una deuda y su ingreso a Dicom.
"La pretensión anulatoria del banco recurrente se afinca en que la demandante no advirtió oportunamente que había extraviado o que no mantenía consigo su cédula de identidad, postulando que esta conducta omisiva influyó causalmente en la contratación del crédito y en el daño cuya indemnización persigue, puesto que, de no haber incurrido en ella [esto es, de haberse dado cuenta de la pérdida del citado documento], la habría bloqueado y, consecuencialmente, su prima no habría podido obtener el empréstito al constatarse que dicho documento no estaba vigente", sostiene el fallo del máximo tribunal.

La resolución agrega que: "sin embargo, el silogismo propuesto por el recurrente se estrella contra los hechos establecidos por los jueces del fondo desde que, como quedó dicho en el basamento cuarto, la demandante advirtió que no traía consigo su cédula de identidad el día 12 de julio de 2011, a raíz de una llamada telefónica por medio de la cual se le informaba acerca de una mujer que, portando su documento de identidad, se había acercado a una institución financiera requiriendo un crédito de consumo. Es decir, el día 6 de julio del mismo año, fecha en que doña Mourina de la Puente se presentó en la sucursal La Serena del Banco Ripley y exhibió la documentación que se le requirió para solicitar y obtener la aprobación de un empréstito, la demandante, doña Magda Franulic, no tenía conocimiento de que su documento de identificación le había sido sustraído desde la cartera que mantenía en su domicilio".

"Que la única omisión –continúa– que podría reputarse causalmente concurrente con la falta de diligencia del banco demandado y que impondría a los jueces del fondo la aplicación de la regla de atenuación de responsabilidad que consagra el artículo 2.330 del Código Civil sería aquella consistente en que, enterada la demandante del hecho que su prima le sustrajo su documento de identidad desde su billetera, no hubiere realizado ninguna acción en orden a bloquear tal instrumento e impedir su uso malicioso, cuestión que no fue demostrada en el proceso y, por el contrario, se acreditó que tan pronto tuvo conocimiento del extravío efectuó las gestiones necesarias ante la autoridad para precaver el uso indebido de su cédula de identidad".

Fuente para descargar fallos en Poder Judicial

martes, 11 de abril de 2017

Internet del valor

Los últimos 20 años hemos estamos conectados con internet desde la perspectiva de la información, asi es porque en internet encontrábamos los datos o material que requeríamos o se publican contenidos que son de nuestro interés, desde la web 1.0 hasta la web semántica.

Hoy nos encontramos ingresando a pasos gigantes a lo que los especialistas llaman la internet del valor. Tal como hemos escrito sobre la tecnología del Blockchain en un post pasado  allí hicimos referencia a la importancia de la tecnología Blockchain y explicamos brevemente sobre los alcances de la internet del valor. La manera de funcionar es a través de lo que los especialistas llaman la economía descentralizada. 

Para que la economía descentralizada del Internet del Valor sea posible han tenido que pasar dos cosas. Por una parte la creación de la tecnología Blockchain, que es una base de datos descentralizada que no necesita de un administrador central, como son Bitcoin o Ethereum, y el segundo elemento es la criptomoneda o token criptográfico que hace falta para poder utilizar la Blockchain.

La ventaja de una base de datos abierta al público, descentralizada y pública -accesible a todo el mundo-, es que replica y almacena información de usuarios en una red abierta y descentralizada en vez de hacerlo de forma centralizada, tal como sucede hoy en día en la mayoría de las aplicaciones del Internet de la Información.


lunes, 10 de abril de 2017

Sentencia y reserva de información sobre deudas en Tesorería General de la República

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de reclamación y confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia que mantuvo bajo reserva la información sobre deudas en poder de la Tesorería General de la República.

En fallo unánime (causa rol 12.513-2016), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alejandro Madrid, Romy Rutherford y el abogado (i) Jorge Norambuena– descartó infracción en la resolución que mantuvo bajo reserva la información solicitada por Álex Díaz Loayza, tras establecer que dichos datos se encuentran cubiertos por la reserva especial de la ley de transparencia, que impide su divulgación pública.

"El Servicio de Tesorerías únicamente puede informar datos de carácter personal en la medida que éstos se refieran a algunas de las obligaciones a que se refiere el artículo 17 ya referido, por cuanto así se lo ordena en forma imperativa el articulo 20 ya citado, careciendo de facultades legales para entregar información proveniente de impuestos como es la solicitada por el reclamante. Luego si la Tesorería General de la República, no tiene dentro de sus funciones legales, entregar la información sobre las deudas de impuestos de los contribuyentes, corresponde analizar si puede ser obligada a ello a través del requerimiento que se haga en virtud de la Ley de Transparencia", sostiene el fallo.

Fuente: Poder Judicial

sábado, 8 de abril de 2017

Comentarios sobre el blockchain

En el origen, el Blockchain  estaba pensado como una alternativa al dinero. No en vano, es la plataforma sobre la que funciona la famosa criptomoneda bitcoin, fundada en 2009 por el desconocido ente Satoshi Nakamoto.

La tecnología Blockchain se basa en la descentralización "está basada en la llamada prueba de esfuerzo (proof of work).Entramos en terrenos algo técnicos: Para que exista una tecnología como blockchain, hacen falta mineros, que son los que calculan bloques, es decir, intentan encontrar un hash (un algoritmo matemático), marcan el bloque y lo añaden a la blockchain. Estos cálculos requieren mucha energía. Aquí entra, además, la teoría de juegos: cuantos más mineros haya calculando, más complicado es que estos caza-tesoros acuerden hacer trampas. De hecho, ninguno ha hecho trampas hasta ahora." Fuente El País.

La tecnología del Blockchain ya está penetrando con fuerza en la Banca en Europa, pero también tiene opciones de uso en telecomunicaciones, energía, retail, entre otros.

La tecnología blockchain nos está haciendo mover desde el internet de la información hacia el internet del valor, no solo permitirá operaciones de dinero sino que también documentos que tengan valor, títulos de acciones, de propiedades, documentos legales, a eso se le empieza a llamar internet de valor.

Desde un punto de vista de la técnica tiene interesantes uso, las dudas comienza a surgir desde la perspectiva de la regulación, esa sin duda es un desafío para los abogados más aun en un país como el nuestro donde estas materias aun no son estudiadas en profundidad, pero se debe hacer el esfuerzo para generar información y discusión sobre el uso y alcance de esta tecnología.

Les invito a leer este interesante articulo  publicado en el periódico El País.

Fuente: El País

miércoles, 1 de marzo de 2017

El futuro del cobre y la llegada de la Cuarta Revolución Industrial

Frente a la huelga que vive la más grande mina de cobre de Chile y ante la subida de precios del minera y sus interesantes proyecciones para el año 2020 me surgen varias dudas sobre su futura. Mucho se habla del reemplazante del cobre, el famoso Grafeno. Leyendo el libro "La Cuarta Revolución Industrial" de Klaus Schwab (Fundador del World Economic Forum) me encuentro con un comentario sobre la aparición de este nuevo material, el grafeno 200 veces más fuerte que el acero y 1.000.000 de veces más delgado que un cabello humano y un excelente conductor del calor y la electricidad, su investigación avanza a pasos increíbles que puede impactar de manera bruta en la construcción de infraestructura.

El autor reconoce sin lugar a dudas que va a impactar en los países productores de materias primas donde está Chile, nuestro país obtiene gran cantidad de recursos de la venta de cobre y la llegada de este nuevo material nos  colocará en una situación similar a la que vivimos a inicios del siglo XX cuando el salitre fue reemplazado por el  sintético, dejando a nuestra industria de extracción en un mal pie.

Hoy tenemos un desafío de prepararnos para esta nueva revolución que se nos viene y sin no somos capaces de reaccionar la siguiente generación nos pasará la cuenta por no haber sido capaces de prever el impacto que tendría un nuevo material como el grafeno en nuestra economía.

domingo, 26 de febrero de 2017

Definiendo el Blockchain

Hace unos días conversaba con un abogado sobre el alcance que puede llegar a tener el blockchain, el problema de nuestra conversación es que lograra entender en qué consistía esta tecnología.

Leyendo el libro "La Cuarta Revolución Industrial" de Klaus Schwab (Fundador del World Economic Forum)  me encuentro con una definición de blockchain que parece ser simple, se le entiende como un protocolo seguro por la que un red de computadores verifica colectivamente una operación antes que pueda ser aprobada y registrada. Este tecnología permite que personas que no tienen ninguna relación de confianza puedan interactuar entre si y sin que exista la necesidad de una autoridad centralizada, por ejemplo un sistema central o una contabilidad centralizada.

El autor define a la tecnología blockchain como un libro de contabilidad compartido, programable criptográficamente seguro y confiable pero que ningún usuario controla pero que puede ser inspeccionado por cualquiera.

Esta tecnología es utilizada hoy en la "moneda" bitcoin que se utiliza en transacciones de operaciones monetarias, pero también se ha pensado utilizar en la emisión de certificados de defunción, títulos de propiedad, procedimientos médicos e incluso para un sistema de votación electrónica.

Las tecnologías están reduciendo fuertemente los costos en inversiones permitiendo que terceros puedan operarla en su beneficio de acuerdo a sus proyectos e iniciativas. Estamos viendo como la tecnología Blockchain cambiará la forma de hacer negocio y la manera en que los usuarios se adaptan a ella, el sistema financiero no está ajeno a estos cambios que estamos viviendo.

A continuación les presento una imagen de cómo opera el Blockchain en los sistemas financieros:



Fuente: Excelia.com

jueves, 23 de febrero de 2017

Recurso de Protección contra Google, Reclamos.cl y Youtube

En el diario el Pulso de ayer 22 de febrero del 2017 se publica la noticia de que la empresa Capitaria (Forex Chile S.A) inició una acción judicial contra Google, Youtube y Reclamos.cl, la acción se basa en la vulneración de derechos constitucionales de la empresa originada por las injurias y calumnias a través de la redes sociales.




miércoles, 22 de febrero de 2017

Ataque Phishing Apple

Desde la Oficina de Seguridad del Internauta  de España informan que anda circulando un phishing de Apple, hay que tener cuidado con abrirlo. A continuación el mensaje que se envía.



viernes, 10 de febrero de 2017

Internet y documental Lo And Behold: Reveries of the Connected World - Official Trailer

Es el documental más reciente de esta lista, de 2016; fue dirigido y producido por Werner Herzog y trata sobre el impacto de Internet, la robótica, la inteligencia artificial y otras tecnologías modernas, en la vida humana. De paso, narra la historia de Internet: el primer ordenador, el primer mensaje, la primera “guía telefónica de Internet”… avanza hacia las tecnologías que usamos hoy y nuestra dependencia de ellas

lunes, 6 de febrero de 2017

La transformación digital en las empresas

Un concepto que cada vez más es utilizado en las organizaciones es el de transformación digital. En pleno siglo XXI nos encontramos ante un avance impresionante de las tecnologías en muchos aspectos y desde hace algunos años ha entrado también en las empresas. El año 2016 marcó respecto a la cantidad de compañías que empezaron a trazar un camino para potenciar su propuesta en el mundo digital. Al 2020 se espera que éste genere un impacto que podría traducirse en millones de dólares en beneficio en organizaciones.(Fuente: Pulso)

Las empresas deben adaptarse rápidamente, pues de lo contrario perderán competitividad en este frenesí tecnológico que estamos viviendo, pues los que recién empiezan tienen la ventaja de tenerlo asumido, reduciendo costos y avanzando livianos y sin mochilas.

De acuerdo a estudios de IDC, el 26% de los CIOs en compañías grandes en la región inició su ‘camino digital’ en 2016, pasando de experiencias y productos digitales inconsistentes a la creación de manera gerenciada y disruptiva, usando tecnología digital de tercera plataforma en su modelo de negocio. De acuerdo a datos de la consultora, al cierre de 2016, unos US$4.500 millones de gasto en TI, habrían sido motivados por iniciativas de transformación digital en la región.

En Chile la consultora Accenture elaboró una radiografía de la situación actual de las empresas locales. Los resultados indican que ninguna afirma estar en un estado avanzado de transformación digital y 61% dice no sentirse amenazada por compañías disruptoras, es decir de origen digital. Esto, a pesar de que las empresas disruptoras esperan crecer tres veces más que las compañías “tradicionales” (34% versus 10%), lo que da cuenta de cómo una visión holística vinculada a la presencia digital puede guiar a los negocios.

Los cambios ya llegaron, esto requiere que los diversos cargos de una organización entiendan la relevancia de esta transformación ante este mundo que tan rápido avanza, más aún en los negocios en que cada minuto tiene un mayor valor para no perder competitividad.


Fuente: Pulso




martes, 17 de enero de 2017

Qué es Fintech

El Fintech ha llegado para transformar el negocio de la banca, donde la tecnología juega un rol importante y cambia la estructura del negocio financiero, facilitando el contacto entre clientes y empresas.

A continuación veremos un vídeo en que nos entrega más detalles de qué es el Fintech.

Ver Video sobre Fintech.


lunes, 16 de enero de 2017

Ataque phishing 2017

En pleno mes de enero del año 2017, aun somos objeto de ataques de phishing. Anda circulando un mensaje del Banco Estado con exigencias de actualización de datos.