miércoles, 7 de septiembre de 2011

Redes sociales y regulación


Las redes sociales on line se pueden definir como aquellos servicios de la sociedad de información que ofrecen a los usuarios una plataforma de comunicación a través de internet para que estos generen un perfil con sus datos personales facilitando la creación de redes en base a criterios comunes y permitiendo la conexión con otros usuarios y su interacción. Es así como se crea el fenómeno de la viralidad cuyo clave es la vinculación entre usuarios, aquí podemos encontrar clasificaciones de grados: el primer grado son contactos directos, el segundo grado los contactos de los contactos y así sucesivamente de forma que, a mayor número de usuarios, mayor es el número de vinculaciones que se poseen en la red.[1]

Las redes sociales no son más que una respuesta de la web 2.0 que opera colaborativamente y que se convierte en un espacio virtual que los usuarios consumen pero en que también proporcionan información y complementan datos. Aquí el usuario cumple un doble rol, consumidor de información pero también creador.

En esta sociedad red, existe servicios de redes sociales de todos los tipos y que según la generación que los utiliza puede ser empleada para diversas finalidades. Estas redes es un forma de comunicación o expresión, branding personal entre los usuarios y también como herramienta de marketing por parte de las empresas que cada vez más busca las alternativas para acercarse a sus clientes.

Para los especialistas existen dos grandes grupos de clasificación de las redes sociales:
Las de Comunicación, por ejemplo Facebook, Tuenti, las redes especializadas con temáticas de unir a colectivos de mismos intereses por ejemplo Flickr, Twiiter, blogs, etc.

Redes profesionales como Linkedin, Xing que permiten a las personas hacer nuevas oportunidades de empleo y generar networking.
Muchos son los aspectos legales que se hace necesario revisar, entre ellos la legislación aplicable, responsabilidad de los actores implicados en las redes sociales, tratamiento de datos y los derechos de los usuarios y un tema que va toman relevancia en particular es el tratamiento a los menores y a los efectos a que están expuestos en estas redes.

Las redes nos presentan nuevas dificultades, en particular en la aparición de nuevos derechos que no están expresamente consagrados en nuestras constituciones. El regular las redes sociales nos entrega el desafío de saber si podemos resguardar, el gran desafío que nos presenta internet es la discusión sobre la privacidad de las personas pero tomando en consideración si la información es irrelevante para la persona pero que tenga la posibilidad de preservar su privacidad. La Comisión Europea ha puesto en marcha un proceso legislativo para reforzar la protección de datos de los ciudadanos y adaptar las viejas normas al entorno virtual, donde los documentos no solo son de alcance global sino también eternos. Empresas como Google, Facebook, Twitter, nos dirán que es difícil modificar los contenidos de la web y si los hechos son de interés públicos no serán eliminados.

No será extraño que en los próximamente  veamos la discusión de una reforma que se focalice en  regular el almacenamiento en Internet de datos personales que no son de interés público. Y también que se pueda hacerlos  desaparecer de Google , Yahoo! , YouTube o de las redes sociales si el interesado lo solicita. Usuarios de Facebook o Twitter  podrán así tener el control de sus datos y exigir el completo borrado, incluidas fotografías, cuando se den de baja.  


[1] Derecho y Redes Sociales, Artemi Rallo y Ricardo Martínez, Coordinadores, Editorial Thomson Reuters, 2010, España.

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