lunes, 1 de octubre de 2012

Protección de datos en la nube

Es increíble ver cómo el desarrollo de la industria de las tecnologías de la información está llevando cada vez más a que la nube se masifique. Pero las personas no toman conciencia sobre ¿dónde están los datos? podría ser un data center de Asia o tal vez en Centro América. Aquí toma relevancia el saber qué legislación le será aplicable.

Recientemente en el Mundo.es se ha señalado que en Europa para que los derechos de los usuarios estén claramente establecidos y para velar por que nadie se quede atrás. De esta manera, todos podrán beneficiarse de una mejora del entorno jurídico que podría representar unos beneficios estimados en 160000 millones de euros anuales.

¿Cuál puede ser la aportación de la Unión Europea en el contexto de un mercado en constante y rápida evolución? La respuesta no es que los gobiernos o Bruselas deban controlar la nube. Pero cuando se trata de un recurso sin fronteras como este, es necesario disponer de una reglamentación igualmente sin fronteras y tan actualizada y tan estable como sea posible.

La falta de confianza es una barrera que debemos superar para el desarrollo de los servicios en la nube. Ya hemos comenzado a hacerlo con la presentación de una propuesta para dotar a los europeos de un conjunto único de normas de protección de datos adaptado a la era digital.

La importancia crucial de los datos para nuestra economía digital, incluidos los datos personales. Estos datos son como una moneda y deberían ser fiables y poder circular libremente.

Sin embargo, hoy por hoy, es prácticamente imposible transportar sus datos en la nube de un proveedor a otro. Los problemas más comunes son la falta de normas técnicas y la existencia de contratos incomprensibles y que nadie lee. Muchas personas y pequeñas organizaciones no son conscientes de los límites de los servicios que suscriben y se dan cuenta posteriormente de que no pueden cambiar de proveedor para su música o sus datos.

La portabilidad de los datos, la existencia de contratos con cláusulas sencillas y justas y la certificación de proveedores fiables pueden reforzar la confianza de los usuarios de la nube en los servicios que están comprando. También cometeríamos un error si subestimáramos el poder del sector público.


Fuente: El Mundo.es

martes, 25 de septiembre de 2012

Tendencias del eBook y control de precios en Europa

En un viaje que hice el año pasado a New York y al entrar a  varias librerías, la tendencia eran los e-books ellos estan en los principales penales de venta y en la mejor posición de la tienda. Al viajar en avión o en las universidades tiendo a ver a muchas personas con sus ebook, bien sea una tablet o los kindle claro la comodidad de estos equipos, livianos, con conexión a internet y una gran variedad de títulos los hace atractivo a los usuarios. Pero en Europa y tras un reciente estudio se ha descubierto cuál es el motivo de que los ebooks no despegan en las ventas, increible para un mercado que tiene altas tasas de alfabetismo y de capacidad de poder adquisitivo. El estudio realizado indica que el elevado precio de la versión digital a pesar de que sus costos de distribución resultan ínfimos comparado con la edición de papel.

Tras año y medio de investigación, la Dirección General de Competencia de la CE, dirigida por el comisario Joaquín Almunia, ha concluido que el precio actual del ebook de las principales editoriales del continente está amañado, al menos, cuando lo distribuyen a través de Apple.
Nada menos que el grupo francés Hachette; los británicos Pearson (propietaria de Penguin) y Simon & Schuster; el estadounidense Harper Collins, y el alemán Holtzbrinck/McMilan habían suscrito un acuerdo de distribución con la multinacional informática estadounidense que, según la CE, incluía cláusulas que "podían aspirar a elevar los precios de los libros electrónicos en el mercado europeo o impedir la aparición de precios más bajos".

Los acuerdos anulados sustituían el modelo de distribución mayorista por el de agencia, que permite al editor ejercer un mayor control sobre el precio final de venta. E incluían una cláusula que garantizaba a Apple la mejora de las condiciones (de precio y comisión) que disfrutaran otros distribuidores. Bruselas considera que esa cláusula (conocida como nación más favorecida) incendiaba a los editores a presionar a otros distribuidores para que también aceptasen el modelo de agencia y así no ver reducidos sus márgenes.

Fuente: Cinco días

lunes, 24 de septiembre de 2012

Diseño y protección legal

Uno de mis recientes gustos son los relojes, el diseño, la técnica, la historia que hay detrás de ellos genera un interesante atracción. Sin lugar a dudas que frente a la gran cantidad de marcas que  hay en el mercado y la diversas de precios y calidades, hay un factor que se destaca, el diseño, es este tema el que debe ser considerado como un factor relevante de distinción y también de protección. Pero cuando una empresa desea proteger un diseño debe tomar resguardo para amparar esas creaciones. El reciente caso de Apple que fue acusada por  utilizar un diseño de reloj que utiliza su nuevo sistema operativo móvil iOS6 generó más de alguna polémica en Suiza. Dado que la aplicación Clcok es muy similar a la utilizada por el servicio de trenes de Suiza, el diseño utilizado es muy similar al que se utiliza en sus estaciones de trenes han acusado a la empresa de utilizar el diseño de sus relojes sin permiso previo.

El reloj en cuestión corresponde a un modelo típico que se utiliza en las estaciones de trenes y que fue diseñado por Hans Hilfikeren en 1944. En ese mismo año se patentó su diseño con lo que, al ser marca registrada, Apple debería haber pedido autorización antes de introducirlo en el Clock de iOS 6 para iPad.


El Grupo Mondaine tiene la licencia para vender réplicas del famoso reloj por todo el mundo desde hace tiempo. Por ello, el jefe de la compañía,  tiene en mente emprender acciones legales contra Apple si no se llega a un acuerdo entre ambas compañías.

Fuente: El Mundo

jueves, 20 de septiembre de 2012

IFRS y riesgos legales cambios que se vienen

Uno de los temas que me dan vuelta últimamente dice relación con las normas internacionales de información financiera, las llamadas IFRS, entre los diversos criterios que contienen se encuentran los diversos riesgos, tales como financieros, de mercado y también legales. La llegada de las IFRS para las empresas que cotizan en bolsa reguladas por la Superintendencia de Valores (SVS) fue un cambio no menor, tenemos que imaginar cómo será la transición para que el resto de las empresas que no cotizan en bolsa y que llevan su contabilidad con el boletín técnico número 1 del Colegio de Contadores y que  deberán adecuar a su contexto contable tributario. El tema de la instalación de las IFRS en las empresas avanza e implicará la obligatoriedad en la adopción de las Normas Internacionales de  Información Financiera (IFRS)  para los estados financieros a partir de 2013 de acuerdo al Boletín n°81. Junto con ello, el Boletín n°82 emite formalmente la norma de información financiera para PYMES en Chile, quienes deberán aplicarlas a partir de la misma fecha, y que además, definió qué se entenderá por Entidades Pequeñas y Medianas: “son aquellas que no tienen obligación pública de rendir cuentas y que a su vez publican estados financieros para propósitos de información general a usuarios externos”.

Este no será un desafío fácil para nuestra Pyme dada su precariedad en la gestión y obligará a que los contadores y empresas de asesoría que trabajan con ella tengan la capacidad de asumir el desafío de avanzar consistentemente en el cambio necesario que se debe producir en nuestro país.


lunes, 17 de septiembre de 2012

El valor de los ciberataques

La últimas semanas he estado revisando temas de seguridad de información y cumplimiento, he visto la necesidad que existe en las empresas de resguardar su información y el impacto que genera el no tomar las acciones de mitigación necesaria para hacer frente a esas debilidades. Es impresionante ver que las organizaciones principalmente nacionales - dejando a un lado a los bancos - no toman acciones correctivas destinadas a evitar la fuga de información o a prevenir el control de sus datos. Con ello exponen a toda la organización a potenciales riesgos dejando abierta la opción para que personas internas sustraigan información de la organización. Este no es un tema menor.

Según se publicaba ayer en La Tercera  el cibercrimen es un negocio y sus actores se mueven por el lucro económico. Los altos precios pagados en el mercado negro online han puesto en el blanco del crimen virtual tanto a los smartphones como a los Mac. Estos delincuentes informáticos ganan entre 21 y 700 dólares por robar los datos de una tarjeta de crédito. Las botnets infectadas se venden por millares y su precio oscila entre los 30 y los 140 dólares . Los kits de 'malware' son los más lucrativos y pueden llegar a ganar hasta 1.500 dólares por su venta.

Si los datos de los clientes de las empresas no están resguardado ellos van a terminar siendo vendidos y traficados en el mercado negro de bases de datos, ello obliga a las empresas tomar las medidas de resguardo para evitar que ello ocurra y que genere un impacto en la reputación de la marca de las empresas.


miércoles, 12 de septiembre de 2012

Emprendimiento y juventud

Estos días me ha tocado reunirme con varios jóvenes que tienen ideas de proyectos de emprendimiento. Estoy convencido que esto no es una moda, es una realidad que llegó para quedarse en nuestro país. El querer emprender desde la universidad una vez recién egresado de ella es una tendencia cada vez mayor. Es realmente una gran oportunidad y también un motivo de interés para las autoridades debido a que muchos de esos proyectos se constituirán en proyectos reales y en empresas que serán reconocidas en el mercado con opciones de crecimiento y de generación de empleo para muchas personas más. Lo importante de esta explosión de generar emprendedores es poder entregar las oportunidades y generar el acceso para que puedan ir en búsqueda de financiamiento como también con oportunidades para generar un crecimiento de estos proyectos.  No es fácil avanzar en este sentido y generar una cultura que cambie de un día para otro, esto será algo paulatino que requiere de acciones concretas.

El hambre por el emprendimiento llegó para quedarse en nuestro país y no sólo será tarea de los jóvenes el generar estas oportunidades sino que también lo será de las instituciones de educación superior. El crear planes académicos con talleres y cursos de emprendimiento que orienten en el conocimiento y en el desarrollo de las habilidades y destrezas que se requieren para emprender es un importante requerimiento porque se constituye en una competencia de empleabilidad necesaria en el siglo XXI. Frente a los cambios que están experimentando la empresas en la reducción de personal y en la externalización de servicios es hoy una tendencia cada vez mayor que todos puedan tener desarrollada la destreza para emprender, bien sea de manera independiente o que generen competencias de intraemprendimiento para ejecutar estas habilidades al interior de las organizaciones.

martes, 11 de septiembre de 2012

Bibliotecas on line penetración en Chile

Hace unos años atras me imaginaba que las biblioteca prestarían no solo libros en papel a los usuarios, entonces en el DuocUC ideamos un modelo en que utilizaríamos un kindle y se lo prestaríamos a los alumnos. Previamente diseñamos un sistema de biblioteca on line que ha llegado a tener más de 50.000 libros y revistas electrónicas, también se han desarrollado sistemas de soporte y servicios para tener la biblioteca móvil con servicios de descargas de libros y audiolibros. Esta año esa idea se ha concretado masivamente, ya tenemos un plan de uso de tablet para los alumnos que han generado más de 2 millones de descargas de libros electrónicos.


"Desde hace un tiempo, en Chile ya es posible pedir prestado libros en formato digital, como antaño se hacía en el sistema bibliotecario tradicional, con períodos de uso que van desde tres días hasta dos semanas. La práctica se popularizó en Estados Unidos, donde las bibliotecas públicas comenzaron a experimentar con el acceso a libros en formato electrónico en 1998, cuando aún ni se asomaban inventos como el Kindle, que ha democratizado el uso del formato alrededor del mundo.

Usando archivos de texto simple o HTML (que permite incluir imágenes), pronto se fue expandiendo hasta llegar al 66% del total del país, según indicó un estudio de 2010 realizado por la Asociación Americana de Bibliotecas. Aun con ese nivel de penetración, solo algunos de los lectores más ávidos utilizan el sistema en el país norteamericano: según reveló una investigación del Pew Research Center, el 12% de los usuarios de libros electrónicos había accedido a esta opción.

¿La razón? Un gran porcentaje de ellos ni siquiera sabía que existía esa alternativa. Servicios como iBooks de Apple y la tienda de Kindle de Amazon incentivan más la compra que el préstamo, aunque esta última plataforma también debutó con la función recientemente de manera exclusiva para sus usuarios en Estados Unidos. A nivel nacional, el servicio apareció de forma pionera en instituciones académicas como universidades e institutos, entre los que se cuentan las universidades Adolfo Ibáñez, Bernardo O’Higgins y Duoc, además de la U. de Talca, la primera de regiones en implementar el sistema entre su alumnado."



Fuente: La Tercera

lunes, 10 de septiembre de 2012

Chilenos agresivos en internet

"La empresa Marca Social Inc (www.marcasocial.net), experta en monitoreo de la red, analizó durante una semana los comentarios de las principales redes sociales y posteos en medios de prensa nacionales. Y, según la investigación, no son solo los trolles (personas que mandan mensajes provocativos) los que muestran su agresividad en internet. Alguna vez, o quizás más de una, usted, yo o la vecina de enfrente hemos caído en este tipo de comentarios. 

La agresividad online no es un tema exclusivamente nacional ni tampoco nació con las redes sociales. Según dicen los expertos, se detectó antes, con la llegada de internet, cuando convertimos la escritura en nuestra manera principal de comunicarnos, cuando descubrimos que podíamos decir todo eso que queríamos sin pensarlo dos veces y cuando intentamos equipararla con la conversación cara a cara. Eso sí, pareciera que entre los chilenos es especialmente prolífera, porque no solo somos uno de los países con mayor participación en redes sociales en el mundo, también tenemos otra condición muy particular: nos cuesta mucho decir lo que pensamos de frente, porque evitamos el conflicto."

Fuente: La Tercera

jueves, 6 de septiembre de 2012

El caso Roja Directa

En Febrero del 2011 se ordenó el cierre del sitio Roja Directa, tal como lo publicamos en este blog. En ese momento, rojadirecto.com fue cerrado  debido a que la fiscalía federal de Manhattan  había confiscado 10 dominios de internet por retransmitir sin permiso encuentros deportivos y espectáculos de lucha libre, en violación de las leyes que prohíben la distribución de materiales con derechos de propiedad intelectual. El fiscal federal Preet Bharara indicó  en un comunicado de prensa que las páginas clausuradas por orden judicial son las más populares en la red para acceder a retransmisiones pirateadas de espectáculos deportivos, tanto en Estados Unidos como en otros países.

Sin embargo, el Gobierno de Estados Unidos ha retirado su demanda contra los dominios rojadirecta.com y rojadirecta.org, que estaban bloqueados desde hace 19 meses por supuesta violación de copyright. En consecuencia, la Corte ha ordenado la devolución de los mismos, según informa Rojadirecta a través de su blog oficial.

La página web que ofrece enlaces para ver en streaming a través de internet partidos de fútbol y otras emisiones deportivas, una de las más usadas en todo el mundo, volverá a ser accesible desde los dominios bloquedos en las próximas horas. Desde febrero de 2011, Rojadirecta ha seguido funcionando con servidores situados en otros países a través de los dominios rojadirecta.me, y rojadirecta.es.

El portal ya había sido llevado a juicio anteriormente en España por denuncias de empresas de gestión de derechos sobre eventos deportivos. Pero las autoridades judiciales españolas acabaron dictaminando que las actividades del portal eran legales y no vulneraban los derechos de propiedad.




Fuente: La Vanguardia

miércoles, 5 de septiembre de 2012

Gobierno - Riesgo - Cumplimiento


El actual contexto de las empresas hace necesario hacer frente a los nuevos desafíos que se impone a los Gobiernos Corporativos, donde el uso de las tecnologías se transforma en un importante aliado para las organizaciones y también es una herramienta que permite aumentar la productividad de las empresas. Sin embargo, así como el uso de las Tecnologías de la Información es una gran herramienta también se transforma en un factor de riesgos que en la actualidad sólo algunos departamentos de las empresas asumen la tarea de  control y protección. Una tendencia que se repite es la ausencia de marcos regulatorios internos que impiden identificar de forma clara cuáles son las tareas, obligaciones, objetivos que tienen que desarrollar dentro de las organizaciones.
El uso de la tecnología en ambientes laborales ha generado diversos beneficios tanto a empleadores como a trabajadores. Ha permitido ahorrar tiempo en la elaboración de informes, bases de datos, etc. Sin embargo, también ha generado conflictos por el correcto uso que se le debe dar.
Frente a esta realidad recientes estudios dan una muestra de cómo algunos trabajadores abusan de estas herramientas, específicamente sistemas informáticos e Internet. Dentro de  estos actos se destacan los siguientes; los daños informáticos que se generan frente a conflictos laborales o ante el despido de algún trabajador que se considera es injusto. Ello involucra la destrucción, alteración o inutilización de datos, programas, o cualquier otro elemento inmaterial que se encuentre en las redes de la empresa. Lo más habitual es la infección de virus informáticos, sabotajes y bombas lógicas que están programadas para que produzcan sus efectos meses después del retiro del trabajador. También se considera el uso abusivo de Internet por parte de los trabajadores (lectura de prensa, pornografía, música, etc.).

Otros actos son el acceso no autorizado y posterior revelación a terceros de información relevante de la empresa, generalmente a competidores o clientes. En algunos casos son trabajadores que tienen acceso a la información, pero que tienen obligación de reserva según se estipula en sus contratos de trabajos. Aquí se incluye la cesión no autorizada de bases de datos de clientes y de trabajadores de la empresa.

Frente a este tipo de actos las empresas deben  precaver su ocurrencia. Ello se puede hacer a través de una definición de políticas informáticas, generar obligaciones específicas en los contratos de trabajo, definir claramente mecanismos de control en los reglamentos internos de la empresa, sistemas de auditorías informáticas tanto por unidades internas como por auditorías externas. A través de la redacción de normas internas que regulen el uso de Internet, bases de datos, del e-mail, etc. Son las empresas las llamadas a asegurarse de que estas normas sean respetadas, difundidas  y conocidas por sus trabajadores.

Las empresas deben asegurarse de sus políticas informáticas se cumplan, sea respetada y conocida por su personal. El compromiso de la seguridad informática y de la información corporativa es tarea de todos los usuarios, por tanto, de toda la compañía. Un descuido en estas materias puede hacer que una importante base de datos termine en manos de la competencia o simplemente destruida por un virus.

martes, 4 de septiembre de 2012

Derecho al olvido en internet


Producto de un interesante artículo publicado en el medio argentino El Día  sobre el Reclamo del derecho al Olvido,  que plantea que nternet tiene mucha mejor memoria que la mayoría de los humanos y se empeña en recordarnos aquel video que quisiéramos olvidar y se resiste a desaparecer por mucho que cliqueemos en “ya no me gusta”. Una red que muchas veces también peca de memoria selectiva y se empeña en recordar una información errada o que ya no tiene vigencia pero que sigue apareciendo una y otra vez cada vez que, por ejemplo, un posible nuevo jefe realiza una simple búsqueda de tu nombre en internet.

La cantidad de información se dispone en internet y el uso de las redes sociales, así como la digitalización ponen a disposición de las personas la capacidad de difundir y de replicar un volumen de información muy alto como también la gran capacidad de viralización que generan las redes sociales.

Es así, que dado los niveles comunicación y penetración de internet, la rapidez con que opera internet, permite que opiniones, fotos, comentarios, videos circulen masivamente por la red sin que podamos contener técnicamente esos datos que hemos puesto en circulación por la red. Como personas responsables tenemos la libertad de tomar la decisión qué dato ponemos a disposición en la red, pero no tenemos la capacidad para limitar el tiempo que esos datos estarán en internet ni su cuánto ser expandirá por la red. En este contexto nos surge la pregunta: ¿se puede jurídicamente disponer de contenidos que se han subido a la web y que se consideran que atentan a la honra o son incluso vergonzosos y por lo tanto atentan contra la personalidad generando conflictos sociales o laborales?

Este es un tema que dará discusión en el futuro dado los niveles de información que circulan hoy por internet, incluso muchos jóvenes hoy difunden por la red situaciones comprometedoras que podrían afectarles años después. Algunos ya están hablando de la necesidad de generar un derecho subjetivo de la disposición de contenido o material digital en la red, que permita la creación de un derecho subjetivo que busque exigir la prohibición, supresión y/o remoción de los contenidos almacenados en los sitios de la red.

lunes, 3 de septiembre de 2012

Apple y Google negocian patentes



Los presidentes ejecutivos de Google, Larry Page, y Appley, Tim Cook, han mantenido negociaciones entre bastidores sobre una serie de asuntos relacionados con la propiedad intelectual. Entre ellas, algunas disputas por las patentes de móviles, según afirman fuentes cercanas al asunto.

Los dos presidentes conversaron vía telefónica la semana pasada, dijeron las fuentes. Ejecutivos de cargos más bajos de las empresas también están manteniendo discusiones.

Se espera que Page y Cook conversen nuevamente en las próximas semanas, aunque no se ha definido una fecha, según explicaron las fuentes. Una de ellas dijo a Reuters que la reunión estaba prevista para este viernes, pero fue retrasada por motivos que no quedaron claros.

Ambas compañías mantienen abiertas las líneas de comunicación de alto nivel en el marco de una decisiva victoria legal de Apple en el caso de violación de patentes contra Samsung, que utiliza el 'software' Android de Google.

El jurado otorgó a Apple una compensación de 1.050 millones de dólares (837 millones de euros) el viernes pasado y sentó las bases para una posible prohibición de ventas de algunos productos de Samsung. Es un caso que se considera una consecuencia de la rivalidad entre Apple y Google.


Fuente: El Mundo

jueves, 30 de agosto de 2012

¿Quién audita a los colegios?

El Mineduc sancionó la semana pasada a tres colegios del sector oriente de Santiago por carecer de representante legal o sostenedor. Los establecimientos son el Colegio Apoquindo, Cumbres e Internacional Sek y las multas que recibirán suman más de $56 millones. Los tres establecimientos, sumados al Latinoamericano de Integración, fueron sancionados por irregularidades en el reglamento. (Fuente: La Tercera)

Impresionante que Colegios que dicen tener altos estándares y cobran altos niveles de mensualidad no son capaces de generar sistemas internos de aseguramiento de la calidad y en particular cumplir con lo mínimo, es decir con lo que define la ley así como disposiciones de orden administrativo. Si bien las multas pueden ser apeladas, no es menos cierto que también le corresponde cumplir con las exigencias y evitarse situaciones incómodas frente a fiscalizaciones. Lo que sí está claro es que es tipo de instituciones no está preparada para entender la lógica de lo que está ocurriendo hoy en nuestro sistema educacional el cumplimiento de las exigencias así como la debida preparación de sus directivos es la respuesta a un sistema que adolece de faltas y perfeccionamiento constante. lo que no genera una mejora continua en sus procesos, porque tal vez ni siquiera tengan identificados esos procesos. La mejora continua es una clara obligación para toda organización, del giro que sean, ello debe obligar a sus autoridades a ser parte de un proceso de revisión que les permita generar cambios en la cultura organizacional para evitar problemas como los vividos la semana pasada.

martes, 28 de agosto de 2012

Apple versus Samsung - Sentencia en Propiedad intelectual

Llegó la sentencia contra Samsung y es así como un jurado californiano sentenció el viernes 24 de agosto, señaló que Samsung había vulnerado seis patentes de los productos de Apple y condenó a la firma surcoreana a abonar a su rival 1.050 millones de dólares: unos 840 millones de euros al cambio actual.

El veredicto se anunció en un juzgado de San José y llegó después de una deliberación de apenas 22 horas. Menos de las que muchos observadores auguraban en un caso de una gran complejidad. Al jurado se le había pedido que rellenara un cuestionario de 20 páginas con respuestas a más de 700 preguntas con el objetivo de dirimir los detalles del pleito.

Los nueve miembros del jurado determinan en su veredicto que Samsung vulneró en 28 de sus dispositivos móviles seis de las siete patentes por las que la había llevado a juicio su rival californiana. Entre ellas el pellizco de la pantalla táctil para agrandar una imagen, el diseño de los iconos en pantalla o la forma en la que el dispositivo detecta de los gestos de los dedos en la pantalla táctil. Samsung había acusado a Apple de vulnerar cinco de sus patentes, dos de ellas relacionadas con el envío de datos. Pero el jurado ha considerado que la empresa estadounidense no había vulnerado la legislación.

Apple había presentado su denuncia en abril de 2011 y al hacerlo había solicitado una compensación en torno a los 2.500 millones de dólares en concepto de daños por la violación de su propiedad intelectual. La cifra final se antoja pequeña si la comparamos con la demanda de la firma californiana.

Fuente: El Mundo

lunes, 27 de agosto de 2012

Clonación de tarjetas - tasas de delitos en Chile

En el 2009 hubo 2.204 denuncias por clonación, uso fraudulento, falsificación, uso malicioso de tarjetas, así como venta y comercialización de antecedentes. En 2010, la cifra aumentó a 3.464 casos y en 2011 estas denuncias llegaron a 5.093 casos; es decir, un aumento de 47%. Entre 2009 y 2011 se detectaron 10.761 casos.


Algunas de las medidas que se han incorporado por los bancos se  trata de la denominada “localización positiva” del uso de la tarjeta, que permite al cliente decidir en qué lugar, zona o región se puede utilizar o bloquear el plástico. También se anunció la implementación del sistema de chip en las tarjetas bancarias, que estaría vigente a final de año. La masiva estafa que afectó a 2.453 clientes bancarios de La Araucanía encendió las alarmas en las autoridades y los bancos. Y es que, según un informe de Carabineros, hasta agosto de 2012 ya suman 5.016 las denuncias por este tipo de hechos.

Hay que considerar que la existencia de seguros que cubre a los cuenta correntistas genera una menor tasa de denuncia por parte de los afectados. Este tema debiera ser analizado por la Asociación de Bancos porque podría indicar que las tasas de delitos de esta naturaleza podrían ser mayores.

Fuente: La Tercera 

viernes, 24 de agosto de 2012

Facebook se compromete ante la Comisión de Comercio de EEUU a respetar la privacidad de sus usuarios


La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC por sus siglas en inglés) ha llegado a un acuerdo con la red social Facebook sobre su política de privacidad, mediante el cual la empresa se compromete a obtener el consentimiento de sus usuarios antes de compartir su información más allá de lo que recoge la configuración de privacidad establecida.

Después de un periodo de consultas, la FTC ha llegado a un acuerdo final con Facebook para resolver las acusaciones en las que se afirmaba que la red social había engañado a sus clientes diciéndoles que podían mantener su información en privado y luego, en repetidas ocasiones, permitir que fueran compartidas y hechas públicas.

El acuerdo exige a Facebook que dé "varios pasos" para asegurarse de que cumple con sus promesas en el futuro, lo que incluye dar a los consumidores información "clara e importante" y obtener su consentimiento expreso antes de que compartir su información más allá de lo que recoge su configuración de privacidad. Con este objetivo, señala que la compañía debe mantener un "amplio programa de privacidad" para proteger la información de los usuarios y llevar a cabo auditorías de privacidad bienales por parte de una tercera parte independiente.

La Comisión, que dio su visto bueno al acuerdo con tres votos a favor y uno en contra, afirma que, tras la extensa investigación llevada a cabo, existe "una razón de peso" para creer que esta decisión va en el interés público y deja claro que Facebook será el responsable de cualquier conducta engañosa.


Fuente: La Vanguardia

jueves, 23 de agosto de 2012

Admiten la apelación de Google contra la demanda por su biblioteca virtual


Google obtuvo el derecho de apelar la concesión de categoría de demanda colectiva a la que se enfrenta por crear la biblioteca de libros digitales más grande del mundo.

En una orden breve, el Segundo Circuito de Tribunales de Apelaciones en Nueva York otorgó a Google el permiso de cuestionar un fallo con fecha del 31 de mayo del juez del circuito estadounidense Denny Chin. Esto permitía que los autores presentasen una demanda como grupo en lugar de individualmente.

Miles de millones de dólares están en juego en un juicio que tiene siete años. Google ya tiene escaneados más de 20 millones de libros. La Asociación de Autores estadounidense ha dicho que la empresa de Internet debería pagar 750 dólares (609 euros) por cada libro copiado sin derechos de autor.

De lograr Google frenar la posibilidad de una demanda colectiva, haría más difícil para los autores obtener más recompensas contra Google, tanto en un juicio como en un acuerdo.

Chin había dicho que sería injusto obligar a miembros de la Asociación de Autores a presentar demandas individuales, ya que habría resultados diversos y costos legales mucho más altos, "dada la naturaleza amplia e indiscriminada del copiado no autorizado de Google".

Pero Google contraatacó en un tribunal alegando que muchos miembros, quizás la mayoría, se beneficiaban económicamente. Además añadió que eran necesarias decisiones caso por caso para demostrar si se estaba haciendo un "uso justo" de los trabajos de los demandantes.

Google acordó en 2004 con varias importantes bibliotecas digitalizar trabajos actuales y ya fuera de impresión, y en 2008 cerró un acuerdo con los editores, cuestionado años más tarde.

Fuente: El Mundo

miércoles, 22 de agosto de 2012

Conceptos de delitos informáticos

Hace un tiempo atrás escribimos sobre delitos informáticos. Aquí van algunos conceptos.


Fraudes informáticos, se utiliza para aludir a todas las posibles alteraciones o manipulaciones tanto de los datos (al recopilarlos, procesarlos, estando almacenados o al transmitirlos telemáticamente)
No sólo se restringe a los delitos con ánimo de lucro, con una connotación económica o contra el patrimonio.

Lo que se ha llamado “espionaje informático” se refiere a la obtención ilícita, dolosa y sin autorización de datos o información relevante y de programas computacionales. Ej: la conducta de hackers, la copia ilegal de programas sin fines de venta.

Sabotaje informático, se refiere a los atentados que causan daños, destruyen o inutilizan un sistema computacional. Se debe reservar esta expresión para los atentados ilícitos que se comentan contra el software o soporte lógico datos y programas- de un sistema informático, ya que el daño o la destrucción del hardware es una conducta de poca ocurrencia y comprendida en delitos tradicionales. Ejemplos bombas lógicas, conducta de crackers y los virus computacionales.
La ley establece penas que van desde los 61 días hasta los 10 años.
No es una ley en materia informática, sino en materia de cualquier sistema de tratamiento de información sea manual o mecánico.

Considera como delito el daño de los soportes físicos, fierros o hardware, de las partes o componentes del sistema.
Excluye del ámbito de aplicación los delitos contra los datos personales o nominativos – la intimidad de las personas no es un bien protegido en Chile- Caso CMR.
Se tipifica como delito el acto contra cualquier sistema de tratamiento de información, pero en abstracto, amplio y ambiguamente, sin considerar la naturaleza de los datos copiados, modificados, alterados, dañados o destruidos.
La ley en el art. 1º sanciona a quien maliciosamente destruya o inutilice un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes, o impida , obstaculice o modifique su funcionamiento y a quien a consecuencia de estas conductas afectare los datos contenidos en el sistema.
En el 2º, a quien con el ánimo de apoderarse, usar o conocer indebidamente la información intercepte, interfiera o acceda a un sistema de tratamiento de información.
El 3º castiga a quien maliciosamente altere, dañe o destruya los datos contenidos en un sistema de tratamiento de información.
En el 4º, a quien maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información y si quien incurre en estas conductas es el responsable del sistema de información la pena se aumenta en un grado.

Se crítica la ley N° 19.223 por dejar fuera de regulación ciertos delitos informáticos. Al respecto, existe consenso en la doctrina en cuanto a que nuestra normativa, contempla sólo dos modalidades delictivas: el sabotaje informático (artículos 1° y 3°) y el espionaje informático ( artículos 2° y 4°) dejando de lado las figuras del fraude informático, la del acceso no autorizado o hacking directo y la piratería de programas.
Insiders, manipulación de los datos dde entrada, es un fraude informático, conocido como sustración de datos. Puede ser cometido por cualquiera que tenga acceso a la información.
Manipulación de programas, consiste en la modificación de un programa existente o en la inserción de nuevos programas o rutinas.
Outsiders, es la manipulación mediante la falsificación de instrucciones en la fase de adquisición de datos en los cajeros automáticos. Se utilizan programas y equipos especializado que codifican información en banda magnética de las tarjetas.

La técnica del salami, fraude que aprovecha las repeticiones automáticas, transfiriendo repetidamente cantidades menores o inapreciables de dinero de una cuenta a otra.
Sabotaje informático, consiste en borrar, suprimir o modificar , sin autorización de su titular, funciones o datos, con la intención de obstaculizar el normal funcionamiento del sistema.

martes, 21 de agosto de 2012

Chile: Acciones de la banca contra clonación de tarjetas


El sistema financiero ha preparado un nuevo plan para reducir la clonación. Clientes de bancos podrán limitar el horario, el monto y los lugares donde usar sus tarjetas de débito

Sistema se implementará durante este semestre. Restricción para giros y compras podrá regir en Chile y en el extranjero. Bloqueos podrán hacerse con un ejecutivo de cuentas o vía internet. Bancos evalúan también extender la medida a las tarjetas de crédito.

El tema no es menor si consideramos que son más de 13 millones el total de tarjetas de débito que registra el sistema bancario local y con cifras cernas a los US$ 9.133 millones, ese es el monto que se transó a través de estos plásticos el año pasado, según cifras de la Superintendencia de Bancos.


La implementación por parte de todas las entidades de un protocolo de uso personalizado de este tipo de plásticos, una medida más contra los fraudes por clonación y similares de los que han sido víctima clientes bancarios este año, especialmente tras el robo a más de dos mil usuarios en la Región de La Araucanía.
La medida permitirá a las personas definir voluntariamente el área geográfica -nacional o internacional- en que se podrá utilizar sus tarjetas de débito, a través de los "servicios de validación geográfica positiva".
Asimismo, mediante los "servicios de parametrización de consumo", los usuarios podrán determinar los horarios para la realización de giros en cajeros automáticos y el monto máximo de éstos por día. Lo anterior, facilitará a la industria detectar transacciones fuera de los parámetros fijados por el cliente y, posiblemente, fraudulentas. Estos parámetros podrán desactivarse en forma inmediata.

Fuente: El Mercurio


lunes, 20 de agosto de 2012

Clonación de tarjetas

Desde los hechos ocurridos hace algunas semanas en que una banda clonó varios miles de tarjetas en la zona de Temuco (Chile) hemos visto en los medios un conjunto de publicaciones destinadas a explicarnos cómo operan estas bandas delictivas. Las técnicas utilizadas son diversas y también muy sofisticadas. Nos encontramos con un conjunto de acciones que apuntan a obtener información de los usuarios, bien sea a través de microcámaras o trucos como cintas que bloquean el retiro de dinero desde los cajeros.

¿Está el sistema financiero y bancario tomando las acciones adecuadas? No podemos desconocer que los montos involucrados no son menores, se requieren nuevas medidas de seguridad, más sistemas de resguardo a los cajeros pero también se requiere formar y educar a los usuarios.

La comisión de delitos de esta naturaleza hoy en día es de fácil comisión, existe la tecnología a de disposición de las personas como también la información que está en internet con los tips y recomendaciones para realizar acciones de este tipo. No podemos desconocer también, que nuestra legislación en materia de delitos informáticos y fraudes informáticos requiere una nueva mirada hoy tenemos una ley de delitos informáticos de sólo 4 artículos y fuera del Código Penal. La gran duda es si nuestros legisladores entenderán la urgencia de perfeccionar esta materia que la ley 19.223 del año 1993 regula, pero con escasas posibilidades de ampliarse a otras figuras que no están considera.