La conexión de objetos de uso cotidiano a Internet, idea denominada internet de las cosas, representaría un negocio mundial de 10.900 billones de euros en cinco años por la mayor productividad, ahorro de costes, nuevos mercados para las empresas.
Según un estudio de la multinacional Cisco, solo este año el volumen de negocio de las cosas conectadas a internet ascenderá a 475.000 millones de euros.
La expresión internet de las cosas hace referencia a un mundo en el que objetos de consumo cotidianos (productos alimenticios, libros, ropa) tienen dispositivos que los conecta con la red, una posibilidad que implicaría cambios esenciales en nuestra forma de vivir y en la economía (facilitaría su seguimiento de lo consumido, reduciría almacenamientos y su coste, etc).
En la actualidad hay ya más cosas conectadas que personas en la tierra, pero sólo representan el uno por ciento del total. Sólo la actividad de las smart TV, o televisiones con conexión a internet que llevan un par de años en el mercado van a representar en 2016 el 15 % del tráfico total de internet, explica el director general para España de Cisco, José Manuel Petisco.
Para conseguir este mundo interconectado es necesario que todos los dispositivos se comuniquen realmente mediante una dirección IP por lo que requiere finalizar el despliegue del nuevo protocolo iPV6, que proporcionará direcciones de internet ilimitadas.
Fuente: La Vanguardia
Derecho y nuevas tecnologías, seguridad de la información, educación, emprendimiento, innovación. Law and new technologies, information security, education, entrepreneurship, innovation.
viernes, 23 de agosto de 2013
jueves, 22 de agosto de 2013
Google admite que no se puede esperar total privacidad al usar Gmail
A continuación transcribo una noticia que me llamó la atención:
"Google reconoce en una documentación judicial que los usuarios de Gmail no deberían tener "expectativas razonables" de que sus comunicaciones sean confidenciales, una falta de privacidad que está en la raíz del funcionamiento de su servicio de correos electrónicos.
El texto de 30 páginas fue presentado el martes por los abogados de la empresa en los tribunales de San José, en el norte de California, y se hizo eco de él la prensa en EEUU, país en el que Google se enfrenta a una demanda colectiva acusado de espiar a los internautas.
"Google abre, lee y adquiere ilegalmente contenido privado de los correos electrónicos de la gente", dice la denuncia fechada en mayo. Google considera que esta batalla legal no tiene fundamento y defiende que sus prácticas se ajustan a la legalidad vigente, al tiempo que cree los demandantes se esforzaron para arrojar una "luz siniestra" sobre la compañía.
La empresa de Internet, por su parte, manifiesta que el escaneado automático (no humano) de "emails" es el procedimiento ordinario en el intercambio de mensajes a través de Gmail, una información que sirve para optimizar la publicidad que recibe el usuario, y que así figura en los términos y condiciones de su servicio de correos.
Asimismo, Google insistió en que las leyes federales sobre escuchas eximen de responsabilidad a las empresas dedicadas a las comunicaciones electrónicas si los usuarios aceptan que se "intercepten" los mensajes, algo que quien emplea Gmail acepta al abrirse una cuenta de correo.
La compañía argumentó igualmente que los demandantes no ofrecieron pruebas de que sus correos fueran "comunicaciones confidenciales", según se describe en el código penal de EEUU que exige evidencias que confirmen el "deseo" de privacidad de las partes."
Fuente: El Mundo
"Google reconoce en una documentación judicial que los usuarios de Gmail no deberían tener "expectativas razonables" de que sus comunicaciones sean confidenciales, una falta de privacidad que está en la raíz del funcionamiento de su servicio de correos electrónicos.
El texto de 30 páginas fue presentado el martes por los abogados de la empresa en los tribunales de San José, en el norte de California, y se hizo eco de él la prensa en EEUU, país en el que Google se enfrenta a una demanda colectiva acusado de espiar a los internautas.
"Google abre, lee y adquiere ilegalmente contenido privado de los correos electrónicos de la gente", dice la denuncia fechada en mayo. Google considera que esta batalla legal no tiene fundamento y defiende que sus prácticas se ajustan a la legalidad vigente, al tiempo que cree los demandantes se esforzaron para arrojar una "luz siniestra" sobre la compañía.
La empresa de Internet, por su parte, manifiesta que el escaneado automático (no humano) de "emails" es el procedimiento ordinario en el intercambio de mensajes a través de Gmail, una información que sirve para optimizar la publicidad que recibe el usuario, y que así figura en los términos y condiciones de su servicio de correos.
Asimismo, Google insistió en que las leyes federales sobre escuchas eximen de responsabilidad a las empresas dedicadas a las comunicaciones electrónicas si los usuarios aceptan que se "intercepten" los mensajes, algo que quien emplea Gmail acepta al abrirse una cuenta de correo.
La compañía argumentó igualmente que los demandantes no ofrecieron pruebas de que sus correos fueran "comunicaciones confidenciales", según se describe en el código penal de EEUU que exige evidencias que confirmen el "deseo" de privacidad de las partes."
Fuente: El Mundo
miércoles, 21 de agosto de 2013
La protección de contenidos en la TV pagada
La televisión pagada es un servicio de telecomunicaciones que consiste en la distribución y entrega de contenidos audiovisulaes, por cable, por medio de satélite u otra tecnología. Los operadores de televisión de pago son titulares de un permiso otorgado por el regulador, generalmente de duración indefinida y por tanto no se encuentra a la regulación de contenidos en relación al régimen de distribución de contenidos. Esta televisión de pago se financia de los ingresos que genera de los pagos de sus abonados como de los conceptos de publicidad, ello depende de las señales y contenidos ofrecidos por el operador los que son adquiridos por éste a terceros.
Desde hace algunos meses, la industria de la TV de pago se ha visto amenazada en la región por el crecimiento de los llamados decodificadores FTA (Free-to-Air) modificados para interceptar de manera ilegal las señales de servicios satelitales y vendidos en forma engañosa a muchos usuarios como servicios legítimos.
Diversas empresas están uniendo fuerzas para responder a la amenaza que significa el mercado negro que ha generado la masificación de estos sistemas. Bajo esta premisa se creó la Alianza contra la Piratería de TV Paga, una unión latinoamericana de operadores, distribuidoras de contenido y proveedores de tecnología, que busca tomar acciones decisivas frente a estos delitos. La idea es reforzar la fiscalización y también educar a los consumidores, las organizaciones gubernamentales, privadas y a la policía local sobre los riesgos de esta actividad en el país y cómo fiscalizarla.
En Chile en Octubre pasado se tomaron medidas como el “apagón de decodificadores pirata” de TV satelital en octubre pasado, que desactivó la tecnología necesaria para la intercepción ilegal de la señal de los operadores de TV pagada, las compañías nacionales en Chile lograron alcanzar un repunte de más de 86 mil usuarios nuevos durante el período de octubre a diciembre 2012.
Diversos países de la región están obligados a cumplir en sus Tratados de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos que categoriza de ilegal la comercialización de estos decodificadores, para poder contar con el marco correspondiente a la hora de luchar en contra de la piratería. Y es que la sustracción de señales también representa un problema para los usuarios que son engañados al gastar en un sistema sin garantías sobre su funcionamiento o calidad, que además representa a un comercio que evade impuestos. Con estas ofertas piratas, los usuarios se arriesgan a perder por completo su inversión, situación que como actores de la industria queremos evitar. En Latinoamérica dado los Tratados de Libre Comercio firmados con Estados Unidos, el tema de la propiedad intelectual está presente permanentemente y es un tema central de las negociaciones. Un caso interesante por los años que lleva vigente es el Tratados de Libre Comercio de Chile con Estados Unidos, que está operando desde su implementación desde el 1 de enero de 2004. Este acuerdo contemplaba diversas exigencias en materia de propiedad intelectual, uno de los aspectos que se consideraban era precisamente esta materia.
Con esto en cuenta, está claro que hay mucho por hacer en cuanto a la educación de las organizaciones y usuarios involucrados bajo la amenaza de estas actividades pirata. Una misión en la que se esperan logros importantes para este 2013, y que ahora, por primera vez, pueden ser reforzadas con el apoyo de la primera organización formal de la industria local y regional.
Lo anterior se debe traducir en que el espíritu de las normas que regulan la televisión pagada así como las de protección a la propiedad intelectual, apunten a generar los espacios para la creación de nuevos contenidos, estos deben enmarcarse en el contexto de una política pública que permita a los usuarios el ser partes de la creación de estos nuevos contenidos que convergerán con las nuevas tecnologías que se impondrán en los próximos años. Sin lugar a duda, este será el gran desafío para las autoridades regulatorias como también la los actores relevantes en la penetración y masificación de la televisión digital.
Desde hace algunos meses, la industria de la TV de pago se ha visto amenazada en la región por el crecimiento de los llamados decodificadores FTA (Free-to-Air) modificados para interceptar de manera ilegal las señales de servicios satelitales y vendidos en forma engañosa a muchos usuarios como servicios legítimos.
Diversas empresas están uniendo fuerzas para responder a la amenaza que significa el mercado negro que ha generado la masificación de estos sistemas. Bajo esta premisa se creó la Alianza contra la Piratería de TV Paga, una unión latinoamericana de operadores, distribuidoras de contenido y proveedores de tecnología, que busca tomar acciones decisivas frente a estos delitos. La idea es reforzar la fiscalización y también educar a los consumidores, las organizaciones gubernamentales, privadas y a la policía local sobre los riesgos de esta actividad en el país y cómo fiscalizarla.
En Chile en Octubre pasado se tomaron medidas como el “apagón de decodificadores pirata” de TV satelital en octubre pasado, que desactivó la tecnología necesaria para la intercepción ilegal de la señal de los operadores de TV pagada, las compañías nacionales en Chile lograron alcanzar un repunte de más de 86 mil usuarios nuevos durante el período de octubre a diciembre 2012.
Diversos países de la región están obligados a cumplir en sus Tratados de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos que categoriza de ilegal la comercialización de estos decodificadores, para poder contar con el marco correspondiente a la hora de luchar en contra de la piratería. Y es que la sustracción de señales también representa un problema para los usuarios que son engañados al gastar en un sistema sin garantías sobre su funcionamiento o calidad, que además representa a un comercio que evade impuestos. Con estas ofertas piratas, los usuarios se arriesgan a perder por completo su inversión, situación que como actores de la industria queremos evitar. En Latinoamérica dado los Tratados de Libre Comercio firmados con Estados Unidos, el tema de la propiedad intelectual está presente permanentemente y es un tema central de las negociaciones. Un caso interesante por los años que lleva vigente es el Tratados de Libre Comercio de Chile con Estados Unidos, que está operando desde su implementación desde el 1 de enero de 2004. Este acuerdo contemplaba diversas exigencias en materia de propiedad intelectual, uno de los aspectos que se consideraban era precisamente esta materia.
Con esto en cuenta, está claro que hay mucho por hacer en cuanto a la educación de las organizaciones y usuarios involucrados bajo la amenaza de estas actividades pirata. Una misión en la que se esperan logros importantes para este 2013, y que ahora, por primera vez, pueden ser reforzadas con el apoyo de la primera organización formal de la industria local y regional.
Lo anterior se debe traducir en que el espíritu de las normas que regulan la televisión pagada así como las de protección a la propiedad intelectual, apunten a generar los espacios para la creación de nuevos contenidos, estos deben enmarcarse en el contexto de una política pública que permita a los usuarios el ser partes de la creación de estos nuevos contenidos que convergerán con las nuevas tecnologías que se impondrán en los próximos años. Sin lugar a duda, este será el gran desafío para las autoridades regulatorias como también la los actores relevantes en la penetración y masificación de la televisión digital.
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propiedad intelectual
martes, 20 de agosto de 2013
Sentencia por responsabilidad Penal como persona jurídica
El Juzgado de Garantía de Talca dictó condena en contra de dos empresas por su responsabilidad penal como personas jurídicas, en el marco de la Ley 20.393, en la primera sentencia de este tipo dictada en la región.
En la resolución -adoptada por el juez de Garantía de Talca Humberto Paiva-, se condenó a las empresas: Salmones Colbún LTDA y Sociedad Agrícolas Mecanizado LTDA. a las penas de multa de 500 UTM (unidades tributarias mensuales) y a la pérdida del 40% (cuarenta por ciento) de los beneficios que actualmente tienen y, si no los tuvieran, a la prohibición absoluta de tenerlos por un plazo de tres años.
En el mismo caso, se condenó a José Arturo Iracheta Cartes y Miguel Ángel Iracheta Cartes a la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho y usurpación de aguas; y al pago de dos multas por 20 UTM y $ 3.000.000 (tres millones de pesos), respectivamente.
Asimismo, se aplicaron a Pablo Horacio Iracheta Parot la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho, usurpación de aguas y obstrucción a la justicia; y dos multas por 21 UTM y $3.000.000 (tres millones de pesos), respectivamente.
En tanto, a Jaime Luis Rojas San Martín se le condenó a la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho y hurto de expediente; y al pago de una multa de $3.000.000 (tres millones de pesos).
En el caso de Rodolfo Osvaldo Sarría Tejada, el tribunal lo condenó a la pena de 5 años por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público y cohecho; y al pago de una multa de $3.000.000 (tres millones de pesos).
A todos los condenados se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Fuente: Poder Judicial
En la resolución -adoptada por el juez de Garantía de Talca Humberto Paiva-, se condenó a las empresas: Salmones Colbún LTDA y Sociedad Agrícolas Mecanizado LTDA. a las penas de multa de 500 UTM (unidades tributarias mensuales) y a la pérdida del 40% (cuarenta por ciento) de los beneficios que actualmente tienen y, si no los tuvieran, a la prohibición absoluta de tenerlos por un plazo de tres años.
En el mismo caso, se condenó a José Arturo Iracheta Cartes y Miguel Ángel Iracheta Cartes a la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho y usurpación de aguas; y al pago de dos multas por 20 UTM y $ 3.000.000 (tres millones de pesos), respectivamente.
Asimismo, se aplicaron a Pablo Horacio Iracheta Parot la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho, usurpación de aguas y obstrucción a la justicia; y dos multas por 21 UTM y $3.000.000 (tres millones de pesos), respectivamente.
En tanto, a Jaime Luis Rojas San Martín se le condenó a la pena de 5 años de presidio por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, cohecho y hurto de expediente; y al pago de una multa de $3.000.000 (tres millones de pesos).
En el caso de Rodolfo Osvaldo Sarría Tejada, el tribunal lo condenó a la pena de 5 años por los delitos de falsificación y uso malicioso de instrumento público y cohecho; y al pago de una multa de $3.000.000 (tres millones de pesos).
A todos los condenados se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Fuente: Poder Judicial
lunes, 19 de agosto de 2013
Compensan a clientes de Claro por filtración de datos personales desde sitio web.
La empresa Claro compensará con $30 mil a cerca de cuatro mil doscientos consumidores que se vieron afectados por una filtración de sus datos personales desde su sitio web, hecho ocurrido a principios de julio.
El compromiso se enmarca en una mediación colectiva, iniciada por el SERNAC, tras recibir reclamos de consumidores que señalaban haber sido víctimas de una filtración de sus datos personales desde la página web de Claro.
Ante las denuncias, el SERNAC le remitió un oficio a la empresa para que le informara sobre lo ocurrido; el número de consumidores que se vieron afectados; y las medidas que adoptarían para resarcir a los clientes; entre otros aspectos.
En su respuesta, la empresa Claro reconoció que el pasado 8 de julio quedó al descubierto una base de datos con aproximadamente 4.264 registros personales con información sensible, de los cuales 3.607 serían clientes activos de la empresa.
Tras este hecho y luego de analizar los antecedentes del caso, el SERNAC inició una mediación colectiva con Claro, cuyo propósito fue obtener una compensación para los consumidores afectados.
Finalmente, la empresa se comprometió a indemnizar con $30 mil a cada uno de los 4.264 clientes afectados, teniendo que desembolsar por ello un monto total de $127.920.000 aproximadamente.
La devolución de dinero será entregado de la siguiente manera:
Clientes actuales Claro: descuento en próximas facturaciones. Podrá hacerse en más de una facturación, en la medida que el precio del plan sea inferior a $30.000.
Clientes no actuales: entrega personal mediante vale vista para ser retirado en cualquier sucursal de un banco a definir, con presencia nacional.
En caso que algún consumidor fuera víctima de algún fraude derivado de la utilización de la información filtrada, durante los próximos 12 meses podrá recurrir a la figura de mediadores y/o árbitros de consumo, los cuales son imparciales y gratuitos para los consumidores. Estos deberán determinar la responsabilidad del hecho y las indemnizaciones y reparaciones que correspondan a dicha situación.
En caso que la defraudación fuera producto de la filtración de los datos personales, Claro deberá asumir el costo económico, sin tope en el monto a compensar.
Asimismo, Claro se comprometió a monitorear las redes sociales e internet, con el objetivo de detectar tempranamente eventuales reclamos de usuarios relacionados con esta situación y tomar las medidas que correspondan.
Fuente: Sernac
El compromiso se enmarca en una mediación colectiva, iniciada por el SERNAC, tras recibir reclamos de consumidores que señalaban haber sido víctimas de una filtración de sus datos personales desde la página web de Claro.
Ante las denuncias, el SERNAC le remitió un oficio a la empresa para que le informara sobre lo ocurrido; el número de consumidores que se vieron afectados; y las medidas que adoptarían para resarcir a los clientes; entre otros aspectos.
En su respuesta, la empresa Claro reconoció que el pasado 8 de julio quedó al descubierto una base de datos con aproximadamente 4.264 registros personales con información sensible, de los cuales 3.607 serían clientes activos de la empresa.
Tras este hecho y luego de analizar los antecedentes del caso, el SERNAC inició una mediación colectiva con Claro, cuyo propósito fue obtener una compensación para los consumidores afectados.
Finalmente, la empresa se comprometió a indemnizar con $30 mil a cada uno de los 4.264 clientes afectados, teniendo que desembolsar por ello un monto total de $127.920.000 aproximadamente.
La devolución de dinero será entregado de la siguiente manera:
Clientes actuales Claro: descuento en próximas facturaciones. Podrá hacerse en más de una facturación, en la medida que el precio del plan sea inferior a $30.000.
Clientes no actuales: entrega personal mediante vale vista para ser retirado en cualquier sucursal de un banco a definir, con presencia nacional.
En caso que algún consumidor fuera víctima de algún fraude derivado de la utilización de la información filtrada, durante los próximos 12 meses podrá recurrir a la figura de mediadores y/o árbitros de consumo, los cuales son imparciales y gratuitos para los consumidores. Estos deberán determinar la responsabilidad del hecho y las indemnizaciones y reparaciones que correspondan a dicha situación.
En caso que la defraudación fuera producto de la filtración de los datos personales, Claro deberá asumir el costo económico, sin tope en el monto a compensar.
Asimismo, Claro se comprometió a monitorear las redes sociales e internet, con el objetivo de detectar tempranamente eventuales reclamos de usuarios relacionados con esta situación y tomar las medidas que correspondan.
Fuente: Sernac
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protección de datos
jueves, 15 de agosto de 2013
El objetivo de los hackers
Centrales eléctricas, hidráulicas, oleoductos, gasoductos y todo tipo de infraestructuras energéticas están en el punto de mira de los hackers. Así ha quedado expuesto en las últimas ediciones de BlackHat y Def Con, las dos conferencias de ciberseguridad que han tenido lugar esta semana pasada en Las Vegas (EEUU).
En estas conferencias, las empresas -e incluso gobiernos- se ponen al día de novedades en ciberseguridad y actualizan sus sistemas de defensa gracias a la colaboración de investigadores informáticos -o 'white hackers'- que dan a conocer los últimos errores y vulnerabilidades en el sector.
Hasta ahora los objetivos más conocidos de los piratas de la Red eran teléfonos móviles y ordenadores pero, según se extrae de las dos conferencias, los hackers han ampliado su punto de mira y ya apuntan a nuevos blancos como coches controlados por control remoto, hogares inteligentes o, lo más preocupante, centrales energéticas.
Fuente: El Mundo
En estas conferencias, las empresas -e incluso gobiernos- se ponen al día de novedades en ciberseguridad y actualizan sus sistemas de defensa gracias a la colaboración de investigadores informáticos -o 'white hackers'- que dan a conocer los últimos errores y vulnerabilidades en el sector.
Hasta ahora los objetivos más conocidos de los piratas de la Red eran teléfonos móviles y ordenadores pero, según se extrae de las dos conferencias, los hackers han ampliado su punto de mira y ya apuntan a nuevos blancos como coches controlados por control remoto, hogares inteligentes o, lo más preocupante, centrales energéticas.
Fuente: El Mundo
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ciberseguridad
miércoles, 14 de agosto de 2013
Aspectos laborales y derechos impacto en la tecnología
Las normas del derecho del trabajo, el uso y el abuso de la tecnología en ambientes laborales, las condiciones necesarias en la empresa para el correcto uso de Internet, e-mail, intranet, la privacidad laboral y el uso de los sistemas de televigilancia en el trabajo, son realidades que están en la empresa de hoy.
La introducción de la informática en los centros de trabajo ha supuesto un enorme impacto sobre las relaciones laborales, sometiendo a los trabajadores a una vigilancia y a un control que a veces va más allá de los límites previamente establecidos.
Pese a las posibles consecuencias de ello para los trabajadores individuales, el derecho tiende a centrar el foco de atención en el impacto de las nuevas tecnologías de la información, pero como es característico en el derecho, el avance de la tecnología va más adelante. Por esta razón el ordenamiento jurídico no ofrece claras respuestas para las cuestiones que se han puesto sobre la mesa como consecuencia del incesante aumento del uso del correo electrónico y de Internet, principalmente en la empresa. Estas cuestiones, nos lleva a plantearnos a situaciones actuales con principios clásico. ¿Cuál es la contraprestación a que están facultados a esperar los empresarios que contratan los servicios de un trabajador? y ¿Qué grado de control y de vigilancia puede resultar legítimo llevar a cabo sobre el trabajador en orden a garantizar esta contraprestación?
Teniendo en cuenta en la práctica la inexistencia de previsiones relativas al uso de la informática en el ámbito laboral, la valoración sobre la razonabilidad de la vigilancia se debe realizar habitualmente sobre la base del caso concreto, caso a caso.
Como no existe un real conocimiento de la legislación específica relativa a la protección de los datos personales de los trabajadores, los tribunales suelen hacer frente a estas cuestiones haciendo referencia a los principios generales, previstos constitucionalmente, de inviolabilidad de los derechos a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la seguridad, a la propiedad y a la privacidad
El impacto de las nuevas tecnologías de la información sobre las relaciones laborales sugiere que puede resultar necesario analizar las estructuras normativas imperantes o incorporar los problemas que se presentan ante el uso de las tecnologías en ambientes laborales. Ello nos lleva hasta una cuestión conceptual de enorme importancia: ¿estamos frente al surgimiento de un nuevo paradigma en lo relativo a la vigilancia y al tratamiento de datos personales en el seno de la relación laboral o ante una mera reformulación de cuestiones ya existentes, que hacen referencia a los límites del poder de dirección empresarial, especialmente, en relación con la privacidad del trabajador?
Los estudios nacionales constatan una cierta ausencia de respuestas (en términos de decisiones judiciales) y una cierta dificultad a la hora de formular una adecuada solución judicial (en términos de aplicación de las normas vigentes a los casos particulares).
A diferencia de las herramientas tradicionales, las TIC poseen la capacidad de conservar todas y cada una de los rastros dejados por el trabajador durante su utilización, de allí que los empleadores no tarden en ejercer el control denominado como cibervigilancia a fin de evitar que se utilicen en forma abusiva o inapropiada las tecnologías en ambientes laborales. Además, las personas que trabajan vinculadas a las tecnologías saben que en informática pueden realizar acciones más allá de lo que permite la legislación vigente.
En la empresa de hoy nos encontramos con diversas herramientas que los trabajadores tienen a su disposición partiendo por el computador, la conexión de Internet, correo electrónico, además, al tener acceso ilimitado a Internet nos encontramos con diversos problemas, desde si es procedente o no el uso de mensajería instantánea, los daños informáticos que se generan frente a conflictos laborales o ante el despido de algún trabajador que se considera injusto. El acceso no autorizado y posterior revelación a terceros de información relevante de la empresa, generalmente a competidores o clientes. Las amenazas, injurias y calumnias, allí el medio empleado es el correo electrónico, habitualmente el corporativo, aunque en algunos casos se utilizan correos de cuentas anónimas, incluso se ha suplantado la identidad de algún trabajador de la misma empresa. Infracción de la propiedad intelectual o trabajadores que ingresan a la empresa en redes P2P (Peer to Peer) para descargar software, películas y música.
La empresa requiere de un plan de acción que enfrente los hechos descritos y que incorpore el uso de la tecnología, para ello dispone de algunas herramientas como los son las políticas informáticas, ojala redactada en forma conjunto por equipos multidisciplinarios, abogados e informáticos, la incorporación en el Reglamento de Higiene y Seguridad de las condiciones de uso de las tecnologías que la empresa pone a disposición del trabajador junto a las formas de uso y a las sanciones por su infracción, este Reglamento se debe difundir entre los trabajadores de la empresa, así lo ha expresado la Dirección del Trabajo quien ha reconocido que este es el principalmente mecanismo para regular el uso del correo electrónico en la empresa, así lo ha señalado en el Dictámen 260/19 del 21 de febrero del 2002, “Conforme a estas disposiciones legales, será entonces el empleador quién podrá tomar la iniciativa para formalizar esta normativa interna de la empresa y, en el ámbito de sus facultades de administración, podrá también incorporar preceptos a este reglamento con el fin específico de regular, limitar o restringir el empleo de los correos electrónicos por los dependientes, todo lo cual no obsta - como se ha dicho - que "El delegado del personal, cualquier trabajador, o las organizaciones sindicales de la empresa respectiva" (artículo 153 inciso 3º del Código del Trabajo), pueda impugnar de ilegalidad estas normas ante este Servicio. Se reitera, esta regulación podrá recaer en el uso del correo electrónico, no en la garantía constitucional de inviolabilidad de la comunicación privada.”
En atención a lo anterior, es importante para la empresa establecer condiciones de uso de las herramientas tecnológicas que la empresa pone a disposición de los trabajadores. Son diversos y variados los problemas que tiene la empresa de hoy con el uso de las tecnologías en el ámbito laboral, para ello debe tomar las acciones necesarias para evitar problemas como los descritos, más aún cuando estudios señalan que más del 60% de los ataques o vulneraciones en las empresas se originan a nivel interno.
La introducción de la informática en los centros de trabajo ha supuesto un enorme impacto sobre las relaciones laborales, sometiendo a los trabajadores a una vigilancia y a un control que a veces va más allá de los límites previamente establecidos.
Pese a las posibles consecuencias de ello para los trabajadores individuales, el derecho tiende a centrar el foco de atención en el impacto de las nuevas tecnologías de la información, pero como es característico en el derecho, el avance de la tecnología va más adelante. Por esta razón el ordenamiento jurídico no ofrece claras respuestas para las cuestiones que se han puesto sobre la mesa como consecuencia del incesante aumento del uso del correo electrónico y de Internet, principalmente en la empresa. Estas cuestiones, nos lleva a plantearnos a situaciones actuales con principios clásico. ¿Cuál es la contraprestación a que están facultados a esperar los empresarios que contratan los servicios de un trabajador? y ¿Qué grado de control y de vigilancia puede resultar legítimo llevar a cabo sobre el trabajador en orden a garantizar esta contraprestación?
Teniendo en cuenta en la práctica la inexistencia de previsiones relativas al uso de la informática en el ámbito laboral, la valoración sobre la razonabilidad de la vigilancia se debe realizar habitualmente sobre la base del caso concreto, caso a caso.
Como no existe un real conocimiento de la legislación específica relativa a la protección de los datos personales de los trabajadores, los tribunales suelen hacer frente a estas cuestiones haciendo referencia a los principios generales, previstos constitucionalmente, de inviolabilidad de los derechos a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la seguridad, a la propiedad y a la privacidad
El impacto de las nuevas tecnologías de la información sobre las relaciones laborales sugiere que puede resultar necesario analizar las estructuras normativas imperantes o incorporar los problemas que se presentan ante el uso de las tecnologías en ambientes laborales. Ello nos lleva hasta una cuestión conceptual de enorme importancia: ¿estamos frente al surgimiento de un nuevo paradigma en lo relativo a la vigilancia y al tratamiento de datos personales en el seno de la relación laboral o ante una mera reformulación de cuestiones ya existentes, que hacen referencia a los límites del poder de dirección empresarial, especialmente, en relación con la privacidad del trabajador?
Los estudios nacionales constatan una cierta ausencia de respuestas (en términos de decisiones judiciales) y una cierta dificultad a la hora de formular una adecuada solución judicial (en términos de aplicación de las normas vigentes a los casos particulares).
A diferencia de las herramientas tradicionales, las TIC poseen la capacidad de conservar todas y cada una de los rastros dejados por el trabajador durante su utilización, de allí que los empleadores no tarden en ejercer el control denominado como cibervigilancia a fin de evitar que se utilicen en forma abusiva o inapropiada las tecnologías en ambientes laborales. Además, las personas que trabajan vinculadas a las tecnologías saben que en informática pueden realizar acciones más allá de lo que permite la legislación vigente.
En la empresa de hoy nos encontramos con diversas herramientas que los trabajadores tienen a su disposición partiendo por el computador, la conexión de Internet, correo electrónico, además, al tener acceso ilimitado a Internet nos encontramos con diversos problemas, desde si es procedente o no el uso de mensajería instantánea, los daños informáticos que se generan frente a conflictos laborales o ante el despido de algún trabajador que se considera injusto. El acceso no autorizado y posterior revelación a terceros de información relevante de la empresa, generalmente a competidores o clientes. Las amenazas, injurias y calumnias, allí el medio empleado es el correo electrónico, habitualmente el corporativo, aunque en algunos casos se utilizan correos de cuentas anónimas, incluso se ha suplantado la identidad de algún trabajador de la misma empresa. Infracción de la propiedad intelectual o trabajadores que ingresan a la empresa en redes P2P (Peer to Peer) para descargar software, películas y música.
La empresa requiere de un plan de acción que enfrente los hechos descritos y que incorpore el uso de la tecnología, para ello dispone de algunas herramientas como los son las políticas informáticas, ojala redactada en forma conjunto por equipos multidisciplinarios, abogados e informáticos, la incorporación en el Reglamento de Higiene y Seguridad de las condiciones de uso de las tecnologías que la empresa pone a disposición del trabajador junto a las formas de uso y a las sanciones por su infracción, este Reglamento se debe difundir entre los trabajadores de la empresa, así lo ha expresado la Dirección del Trabajo quien ha reconocido que este es el principalmente mecanismo para regular el uso del correo electrónico en la empresa, así lo ha señalado en el Dictámen 260/19 del 21 de febrero del 2002, “Conforme a estas disposiciones legales, será entonces el empleador quién podrá tomar la iniciativa para formalizar esta normativa interna de la empresa y, en el ámbito de sus facultades de administración, podrá también incorporar preceptos a este reglamento con el fin específico de regular, limitar o restringir el empleo de los correos electrónicos por los dependientes, todo lo cual no obsta - como se ha dicho - que "El delegado del personal, cualquier trabajador, o las organizaciones sindicales de la empresa respectiva" (artículo 153 inciso 3º del Código del Trabajo), pueda impugnar de ilegalidad estas normas ante este Servicio. Se reitera, esta regulación podrá recaer en el uso del correo electrónico, no en la garantía constitucional de inviolabilidad de la comunicación privada.”
En atención a lo anterior, es importante para la empresa establecer condiciones de uso de las herramientas tecnológicas que la empresa pone a disposición de los trabajadores. Son diversos y variados los problemas que tiene la empresa de hoy con el uso de las tecnologías en el ámbito laboral, para ello debe tomar las acciones necesarias para evitar problemas como los descritos, más aún cuando estudios señalan que más del 60% de los ataques o vulneraciones en las empresas se originan a nivel interno.
martes, 13 de agosto de 2013
6 pasos para negociar un contrato
Hoy, muchos de los emprendimientos son generados por emprendedores que tienen conocimientos técnicos, pero al momento de negociar con grandes empresas, se requiere otro tipo de competencias, que van desde sus áreas de especialidad, cómo negociar o aspectos jurídicos que es necesario considerar en el negocio. Algunas de los aspectos jurídicos que es importante tener en cuenta, si es la primera vez que te sientas a la mesa a negociar son:
1. Al iniciar las conversaciones es importante tener presente temas como el rompimiento injustificado de las tratativas o negociaciones, qué ocurre si hay una violación de deberes de confidencialidad. Si se llega a esta fase se debe estar asesorado debidamente. Las empresas tratan de definir un tiempo para la negociación, también será relevante saber dónde realizarán y sobre todo, quiénes serán los actores relevantes (quiénes tomarán decisiones), y el flujo a través del cual se llegará a ellos.
2. Analizar las cláusulas particulares y los tiempos del contrato.
Los contratos suelen tener un plazo para ejecutarse. Hay que negociar la confirmación del contrato lo antes posible, podría ocurrir que el cliente no acepte negociar y se vaya. También se puede pedir el “derecho de negociación” o el “derecho de preferencia”, que permite al emprendedor ofertar primero si el cliente quiere irse con la competencia. Si la empresa está interesada podría firmarse un contrato de promesa con la finalidad de asegurar que firmarán el contrato definitivo en un tiempo determinado y por una cantidad acordada que se explicita en la promesa.
3. Rechazar el acuerdo de no divulgación
Para un emprendedor, el tener como cliente a una marca importante, no es tan valioso si no le puedes decir nada a nadie. Se debe pedir autorización expresa a cada cliente si está dispuesto a ser usado como un caso de estudio en la página web de la empresa y por tanto poder utilizar el logo de la empresa o algún material con fines de marketing
4. Acuerdo de confidencialidad
Generalmente las empresas grandes solicitan al emprendedor o empresa más pequeña que guarden información de los aspectos de la negociación, esto involucra temas relativos al objeto del contrato, montos involucrados, aspectos especiales o particulares que tenga el acuerdo. Estos acuerdos se incorporan al momento de iniciar las negociaciones o se plasman a través de una cláusula en el contrato definitivo, la entrega de información clasificada, entre otras. Algunos contratos tienen incorporado en estas cláusulas la definición del procedimiento de entrega, el levantamiento de actas de recepción del desarrollo de las aplicaciones o del producto, la devolución de modelos operacionales e incluso incorporan cláusulas ante efectos por término intempestivo de las negociaciones, allí incluso se incorpora una cláusulas penal. La cláusula penal es de antiguo origen, ya que se remonta a la “stipulatio penae” del Derecho Romano, es aquella cláusula contractual, por medio de la cual en forma anticipada, las partes convienen en que se abonará una indemnización por los perjuicios que estiman traerán aparejados, en caso de que una de las partes no cumpla con sus obligaciones que emanan del contrato. Es una pena generalmente avaluada en dinero (aunque puede consistir en cualquier prestación de dar o de hacer) establecida en el campo civil, que es casi siempre más gravosa que la que traería aparejada la reparación de daños y perjuicios, teniendo como fin persuadir al deudor a que cumpla. Esta evaluación anticipada del daño, permite que quien se vea afectado por la inejecución de la obligación contractual pueda demandar el pago convenido sin necesitar probar el real perjuicio sufrido
5. Cuida tu propiedad intelectual o industrial
Si la compañía va a crear algo – como por ejemplo, una nueva tecnología—para un cliente, es importante considerar que se puedan compartir los derechos de propiedad intelectual, si es una aplicación informática sería interesante considerar tener el reconocimiento el código fuente. Para ello se de consignar expresamente en el mismo contrato esta solicitud.
6. El pago
Un tema que no puede ser dejado de lado dice relación con la manera en que se paga al emprendedor. Generalmente estos carecen de capital para seguir funcionando con su empresa, es importante ver cuál es el tiempo de pago del contrato, mencionar expresamente cuál será la fecha para que las partes tomen conocimiento con anticipación si es que van a ser 60,90 ó 180 días.
1. Al iniciar las conversaciones es importante tener presente temas como el rompimiento injustificado de las tratativas o negociaciones, qué ocurre si hay una violación de deberes de confidencialidad. Si se llega a esta fase se debe estar asesorado debidamente. Las empresas tratan de definir un tiempo para la negociación, también será relevante saber dónde realizarán y sobre todo, quiénes serán los actores relevantes (quiénes tomarán decisiones), y el flujo a través del cual se llegará a ellos.
2. Analizar las cláusulas particulares y los tiempos del contrato.
Los contratos suelen tener un plazo para ejecutarse. Hay que negociar la confirmación del contrato lo antes posible, podría ocurrir que el cliente no acepte negociar y se vaya. También se puede pedir el “derecho de negociación” o el “derecho de preferencia”, que permite al emprendedor ofertar primero si el cliente quiere irse con la competencia. Si la empresa está interesada podría firmarse un contrato de promesa con la finalidad de asegurar que firmarán el contrato definitivo en un tiempo determinado y por una cantidad acordada que se explicita en la promesa.
3. Rechazar el acuerdo de no divulgación
Para un emprendedor, el tener como cliente a una marca importante, no es tan valioso si no le puedes decir nada a nadie. Se debe pedir autorización expresa a cada cliente si está dispuesto a ser usado como un caso de estudio en la página web de la empresa y por tanto poder utilizar el logo de la empresa o algún material con fines de marketing
4. Acuerdo de confidencialidad
Generalmente las empresas grandes solicitan al emprendedor o empresa más pequeña que guarden información de los aspectos de la negociación, esto involucra temas relativos al objeto del contrato, montos involucrados, aspectos especiales o particulares que tenga el acuerdo. Estos acuerdos se incorporan al momento de iniciar las negociaciones o se plasman a través de una cláusula en el contrato definitivo, la entrega de información clasificada, entre otras. Algunos contratos tienen incorporado en estas cláusulas la definición del procedimiento de entrega, el levantamiento de actas de recepción del desarrollo de las aplicaciones o del producto, la devolución de modelos operacionales e incluso incorporan cláusulas ante efectos por término intempestivo de las negociaciones, allí incluso se incorpora una cláusulas penal. La cláusula penal es de antiguo origen, ya que se remonta a la “stipulatio penae” del Derecho Romano, es aquella cláusula contractual, por medio de la cual en forma anticipada, las partes convienen en que se abonará una indemnización por los perjuicios que estiman traerán aparejados, en caso de que una de las partes no cumpla con sus obligaciones que emanan del contrato. Es una pena generalmente avaluada en dinero (aunque puede consistir en cualquier prestación de dar o de hacer) establecida en el campo civil, que es casi siempre más gravosa que la que traería aparejada la reparación de daños y perjuicios, teniendo como fin persuadir al deudor a que cumpla. Esta evaluación anticipada del daño, permite que quien se vea afectado por la inejecución de la obligación contractual pueda demandar el pago convenido sin necesitar probar el real perjuicio sufrido
5. Cuida tu propiedad intelectual o industrial
Si la compañía va a crear algo – como por ejemplo, una nueva tecnología—para un cliente, es importante considerar que se puedan compartir los derechos de propiedad intelectual, si es una aplicación informática sería interesante considerar tener el reconocimiento el código fuente. Para ello se de consignar expresamente en el mismo contrato esta solicitud.
6. El pago
Un tema que no puede ser dejado de lado dice relación con la manera en que se paga al emprendedor. Generalmente estos carecen de capital para seguir funcionando con su empresa, es importante ver cuál es el tiempo de pago del contrato, mencionar expresamente cuál será la fecha para que las partes tomen conocimiento con anticipación si es que van a ser 60,90 ó 180 días.
lunes, 12 de agosto de 2013
5 Características del emprendedor
El desafío de emprender requiere tener como emprendedor varias características en particular me llama la atención el poseer la pasión necesaria hacer frente a los momentos más complejos para salir adelante.
Les invito a ver este video del Ex-CEO de Hublot Genève, una de las más exclusivas firmas suizas de relojería, es una de las voces más destacadas en materia de innovación. Su impronta renovadora y su enfoque en las propuestas de valor, lograron que la facturación de Hublot Genève pasara de 24 millones de dólares a 100 millones en sólo dos años. En 2007 fue reconocido como “el mejor manager de la industria” y se ubicó entre los diez entrepreneurs más destacados de Suiza
martes, 6 de agosto de 2013
Twitter anuncia nuevas normas para evitar las amenazas
Tony Wang, máximo responsable de Twitter en el Reino Unido, ha pedido públicamente perdón por los recientes "abusos" en su red social contra la diputada Stella Creasy y la feminista Caroline Criado-Pérez, como represalia por su campaña a favor del billete de 10 libras de la escritora Jane Austen.
"Los hechos ocurridos son simplemente inaceptables", admitió Wang, en el momento de anunciar que la compañía introducirá la opción 'report abuse' (reportar abuso) en su plataforma, tras la petición 'on line' suscrita hasta hoy por 124.000 usuarios.
A las amenazas de violación y agresiones físicas recibidas por Creasy y Criado-Pérez, se han unido sin embargo en las últimas horas amenazas de bomba contra tres periodistas: Hadley Freeman de 'The Guardian', Grace Dent de 'The Independent's' y Catherine Mayer de la revista 'Time'.
Fuente: El Mundo
"Los hechos ocurridos son simplemente inaceptables", admitió Wang, en el momento de anunciar que la compañía introducirá la opción 'report abuse' (reportar abuso) en su plataforma, tras la petición 'on line' suscrita hasta hoy por 124.000 usuarios.
A las amenazas de violación y agresiones físicas recibidas por Creasy y Criado-Pérez, se han unido sin embargo en las últimas horas amenazas de bomba contra tres periodistas: Hadley Freeman de 'The Guardian', Grace Dent de 'The Independent's' y Catherine Mayer de la revista 'Time'.
Fuente: El Mundo
lunes, 5 de agosto de 2013
La UE refuerza investigación sobre búsqueda de Google
Los reguladores antimonopolio de la UE reforzaron su escrutinio sobre cómo clasifica Google sus resultados de búsqueda, al preguntar a empresas rivales si aparecer más abajo en la lista afectaba al número de visitas a sus páginas, según un cuestionario de la Comisión Europea.
El documento de dos páginas llega después que la autoridad de competencia de la UE exigiera más concesiones del motor de búsquedas más popular del mundo para calmar los temores de que bloquea los resultados de otros motores de búsqueda.
El comisario europeo de la Competencia, Joaquín Almunia, dijo que la oferta hecha por Google a principios de este año de etiquetar sus propios productos en los resultados de búsqueda, proporcionar enlaces a al menos tres sitios rivales y facilitar a los anunciantes irse a plataformas rivales no bastaba.
Sus comentarios están en línea con la opinión de los rivales como el sitio británico de comparación de precios Foundem, de un grupo editorial alemán y del sitio de viajes Expedia, que dijeron que las concesiones podrían reforzar el dominio de Google.
Fuente: El Mundo
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antimonopolios
lunes, 29 de julio de 2013
Modernización del Estado en Chile
Desde hace algunos años, en particular desde la administración Lagos, se habla de la modernización del Estado, para ello se han implementado diversas tecnologías destinadas a facilitar el acceso de los servicios a los ciudadanos, estos servicios on line superan los 400 y además han logrado ahorrar tiempo como también tener tiempos de respuestas importantes, así como un alto estándar de digitilización y servicio. Sin embargo, esto no basta, debemos avanzar hacia una nueva forma de ver al Estado, en su organización, tanto en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El modelo del Estado Chileno descansa en una estructura decimonónica y se requiere avanzar hacia un modelo más flexible y con mejor estructura para operar ante los desafíos de un país que no está en el siglo XIX sino que avanza en el siglo XXI.
Sin embargo, vemos que en los candidatos presidenciales, una propuesta de modernización del Estado no pareciera estar en la agenda de los candidatos y los temas están en otra perspectiva, más en la coyuntura política que en la mirada de Chile hacia el futuro.
Temas de las estructuras de la administración del Estado, modelos de contratación, calificación y evaluación de los funcionarios de la administración, inamovilidad de los cargos y las dificultades para desvincular del Estado a un funcionario que no cumple estándares, ausencia de mecanismos de control y fiscalización.
Chile tiene más una estructura rígida en su organización estatal y debe avanzar hacia modelos más flexibles, acordes a los sistemas de administración moderna.
Sin embargo, vemos que en los candidatos presidenciales, una propuesta de modernización del Estado no pareciera estar en la agenda de los candidatos y los temas están en otra perspectiva, más en la coyuntura política que en la mirada de Chile hacia el futuro.
Temas de las estructuras de la administración del Estado, modelos de contratación, calificación y evaluación de los funcionarios de la administración, inamovilidad de los cargos y las dificultades para desvincular del Estado a un funcionario que no cumple estándares, ausencia de mecanismos de control y fiscalización.
Chile tiene más una estructura rígida en su organización estatal y debe avanzar hacia modelos más flexibles, acordes a los sistemas de administración moderna.
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modernización
viernes, 26 de julio de 2013
Qué saben los gobiernos sobre nosotros y el rol de los meta datos
Metadatos, ese concepto. Hasta hace nada era apenas un término casi exclusivamente empleado por programadores informáticos. Sin embargo, con la filtración de las labores de espionaje llevadas a cabo por distintos gobiernos (EEUU, Francia, Alemania o Reino Unido -que se sepa, de momento-) se ha ganado un lugar en los titulares y se ha trasformado en sinónimo de invasión a nuestra privacidad sea bajo llamadas telefónicas o correos electrónicos.
En los pasillos del MIT (Instituto de Tecnología de Massachusetts) hace años que investigan el potencial de los metadatos. Recientemente, un proyecto del Media Lab permite elaborar un infográfico dinámico de nuestro perfil a partir del rastreo de los metadatos de nuestra cuenta de correo electrónico. Sin más, un proceso muy parecido al que estuvo empleando la NSA (Agencia de Seguridad Nacional) americana en sus labores de espionaje y rastreo de metadatos, según denunció el exempleado y miembro de la CIA (Centro de Inteligencia Americano) Edward Snowden.
La aplicación, de nombre Immersion y que por ahora sólo es operativa con una cuenta de Gmail, rastrea exclusivamente los metadatos del remitente, destinatarios y tiempo para elaborar un mapa interactivo de nuestro perfil y nuestros contactos. Cada uno de ellos se representa con un círculo que poseerá menor o mayor tamaño en función de nuestras interacciones con el mismo.
Fuente: El Mundo
En los pasillos del MIT (Instituto de Tecnología de Massachusetts) hace años que investigan el potencial de los metadatos. Recientemente, un proyecto del Media Lab permite elaborar un infográfico dinámico de nuestro perfil a partir del rastreo de los metadatos de nuestra cuenta de correo electrónico. Sin más, un proceso muy parecido al que estuvo empleando la NSA (Agencia de Seguridad Nacional) americana en sus labores de espionaje y rastreo de metadatos, según denunció el exempleado y miembro de la CIA (Centro de Inteligencia Americano) Edward Snowden.
La aplicación, de nombre Immersion y que por ahora sólo es operativa con una cuenta de Gmail, rastrea exclusivamente los metadatos del remitente, destinatarios y tiempo para elaborar un mapa interactivo de nuestro perfil y nuestros contactos. Cada uno de ellos se representa con un círculo que poseerá menor o mayor tamaño en función de nuestras interacciones con el mismo.
Fuente: El Mundo
jueves, 25 de julio de 2013
Seguridad en la red
En un artículo publicado en El Mundo de España, se analizan los riesgos a que estamos expuestos en internet. Un tema sobre el que hemos estado escribiendo durante esta semana.
De hecho esta semana se han reunido lo expertos de seguridad informática en Moscú para analizar cuáles son las principales tendencias en este tipo de acciones. De acuerdo a los datos de recientes, el "malware" o código malicioso detectado en dispositivos móviles crece como la espuma; así sólo en el primer trimestre del presente año ha superado ya el 50% del total del ejercicio anterior.
Además, según las cifras, el 99 % de estos ataques a dispositivos móviles "inteligentes" tiene como blanco aparatos con sistema operativo Android (Google), aunque eso no quita que se estén disparando también las amenazas a aparatos de Apple, que ganan cada vez más usuarios.
Chile, necesita adecuarse a este contexto de exigencia y de riesgos informáticos, generando espacios de discusión y de generación de información sobre los principales tipo de virus que circulan y en qué empresas impactan mayoritariamente, esa información generará espacios de respuesta para hacer frente a los cambios necesarios por parte de los especialistas como también evaluar la eficacia de nuestro ordenamiento jurídico para ello.
De hecho esta semana se han reunido lo expertos de seguridad informática en Moscú para analizar cuáles son las principales tendencias en este tipo de acciones. De acuerdo a los datos de recientes, el "malware" o código malicioso detectado en dispositivos móviles crece como la espuma; así sólo en el primer trimestre del presente año ha superado ya el 50% del total del ejercicio anterior.
Además, según las cifras, el 99 % de estos ataques a dispositivos móviles "inteligentes" tiene como blanco aparatos con sistema operativo Android (Google), aunque eso no quita que se estén disparando también las amenazas a aparatos de Apple, que ganan cada vez más usuarios.
Chile, necesita adecuarse a este contexto de exigencia y de riesgos informáticos, generando espacios de discusión y de generación de información sobre los principales tipo de virus que circulan y en qué empresas impactan mayoritariamente, esa información generará espacios de respuesta para hacer frente a los cambios necesarios por parte de los especialistas como también evaluar la eficacia de nuestro ordenamiento jurídico para ello.
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seguridad de la información
miércoles, 24 de julio de 2013
El crecimiento de riesgos informáticos para la empresa a nivel global
Las empresas no están exentas de riesgos informáticos, en los últimos 18 meses se han identificado diversos casos de ataques informáticos más que en años anteriores. No solo aumentan en número las amenazas a las empresas sino que también la manera con que operan los grupos especializados en cometer este tipo de acciones, uno de los principales objetivos comienzan a ser los celulares o ataques botnets donde varios computadores son "secuestrados" a través de un virus informáticos y son utilizados para la comisión de delitos informáticos. El motivo de estas acciones son económicas, la búsqueda de datos, secretos industriales o propiedad intelectual, que generan suculentos ingresos es el principal objetivos de las bandas especializadas. Empresas como Verizon ,en un informe sobre violación de datos ha señalado que violación de datos y ataques en la red han sido mayores que años anteriores. Este se estudio se basa en la revisión de más de 47.000 incidentes de seguridad que han sido reportados y confirmados, donde se han identificados más de 621 brechas de datos en el último año. El 37% de los incidentes ocurridos en EE.UU. corresponden a instituciones financieras y también empresas del retail.Ver otros comentarios en El Mundo
En Chile no tenemos datos precisos sobre estas acciones, siendo un desafío el tener que generar espacios para analizar cuáles son las implicancias técnicas como también jurídicas necesarias para hacer frente a este tipo de acciones. Sin datos, no podemos gestionar estrategias orientadas para hacer frente a este desafío de mejorar los sistemas de seguridad de las empresas.
Fuente: El Pulso
En Chile no tenemos datos precisos sobre estas acciones, siendo un desafío el tener que generar espacios para analizar cuáles son las implicancias técnicas como también jurídicas necesarias para hacer frente a este tipo de acciones. Sin datos, no podemos gestionar estrategias orientadas para hacer frente a este desafío de mejorar los sistemas de seguridad de las empresas.
Fuente: El Pulso
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riesgos informáticos
martes, 23 de julio de 2013
Control de datos y rol de las empresas
Cada vez más nos encontramos con que las tecnologías se transforman en una herramienta de apoyo para nuestro díario vivir. Si, porque nos encontramos con que nuestra información puede estar almacenada en un refrigerador que envía información de lo qué hay disponibles, en los acceso de los videojuegos, en fin, una gran cantidad de aparatos recopilan nuestra información y que es almacenada por empresas a través de sus sistemas de recopilación de datos. El tema aquí es qué hacen las empresas con toda esa información, cómo capturan esos datos, cuán vulnerables es ese software que recibe información o que la envía.
Permanentemente estamos diciendo el valor que tienen los datos en la empresa de hoy, es ese un objetivo incluso de muchos expertos que buscan levantar esos datos y realizar transacciones para hacerlos circular en el mundo de internet, la información hoy vale y se vende por volumen. Las empresas recopilan esos datos sobre los usuarios, los Estados buscan mecanismos de protección a los ciudadanos pero con tiempos de respuestas que no responden a las necesidades del siglo XXI. Muchos de estos equipos tienen información almacenada qué ocurre cuando se dan de baja, quién responde por la información que tienen guardad incluso con la información que remiten a las empresas. El desafío de avanzar hacia mecanismos de regulación del uso de esos datos, que son incorporados en procesos de minería de datos, es un tema que debe estar en toda agenda digital y en la protección de las garantías constitucionales.
Permanentemente estamos diciendo el valor que tienen los datos en la empresa de hoy, es ese un objetivo incluso de muchos expertos que buscan levantar esos datos y realizar transacciones para hacerlos circular en el mundo de internet, la información hoy vale y se vende por volumen. Las empresas recopilan esos datos sobre los usuarios, los Estados buscan mecanismos de protección a los ciudadanos pero con tiempos de respuestas que no responden a las necesidades del siglo XXI. Muchos de estos equipos tienen información almacenada qué ocurre cuando se dan de baja, quién responde por la información que tienen guardad incluso con la información que remiten a las empresas. El desafío de avanzar hacia mecanismos de regulación del uso de esos datos, que son incorporados en procesos de minería de datos, es un tema que debe estar en toda agenda digital y en la protección de las garantías constitucionales.
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protección de datos
lunes, 22 de julio de 2013
Columna Protección de la innovación (El Mercurio)
Hoy lunes se ha publicado mi Columna en El Mercurio sobre la protección de la innovación. En ella señalamos que durante los últimos años habla de innovación ha sido una tónica permanente desde el sector público el incentivar las actividades para que los jóvenes comiencen a emprender, por otra parte, las grandes empresas se dan cuenta que para competir en el mundo de hoy es necesario innovar y para ello se generan planes para gestionar la innovación, allí encontramos el valor de la innovación como estrategia empresarial, se crean modelos para estimular la creatividad y la generación de ideas para luego pasar a la gestión de proyectos de innovación asociado a estrategias de marketing y por supuesto el financiamiento de proyectos innovadores, pero un tema que no podemos dejar de lado es la protección de la innovación a través de la propiedad intelectual, bien sea a través del derecho de autor (Ley 17.336) o la propiedad industrial (Ley 19.039). Se debe tener presente que ninguna empresa invertirá recursos, tanto de horas de trabajo de personas como financieros en proyectos de investigación si los resultados de ello no son protegidos de alguna manera impidiendo que terceros puedan utilizarlos sin su consentimiento, son estos resultados los que generan los derechos de propiedad industrial o de derecho de autor que gozan de características que los distingue y que el ordenamiento jurídico es capaz de amparar.
Sin embargo, el gestionar la protección de la innovación requiere de un conjunto de acciones y de especialistas capaces de identificar qué y cómo se protege. Las empresas creen que este es un tema trivial y no destinan los recursos necesarios para hacer frente a estas gestiones y es allí donde se suelen cometer errores que hacen pasar malos momentos. Este tema se ve más agudizado cuando quienes innovan son emprendedores jóvenes que se inician en nuestro país, tienden a no valorizar la protección de sus activos intangibles. Bien sea la innovación que se genera como también la protección de intangibles que se crean como las marcas o de nuevos productos o procesos.
viernes, 19 de julio de 2013
Cuidemos los datos en internet
Generalmente cuando navego por internet me encuentro por las redes sociales que muchas personas publican mucha información personal, incluso desde sus números de oficina, celular, dirección personal y mucha otra información que puede ser utilizada por terceros para la comisión de algún fraude.
El domingo pasado se publicó un artículo en El Mercurio sobre este tema en que se hablaba precisamente sobre los mecanismos de estafa en que se está utilizando la información que se publica en internet. Diversos son los mecanismos que empleados desde programas spyware para levantar la información desde el correspondiente computador hasta engañar con información ofreciendo trabajo y con suculentas comisiones. Hemos conocido a personas que han sido víctima de este tipo de acciones y en que se les ofrece un trabajo en que deben intermediar con un tercero, pero deben tener una cuenta corriente, se les piden los datos, se les deposita una cantidad de dinero y se les requiere que envíen ese dinero a otra cuenta corriente, pensando que están obrando de buena fe proceden a entregar ese dinero y a facilitar toda su información sin considerar los riesgos a que se exponen y los futuros problemas judiciales en que pueden estar involucrados.
Nuestro país necesita adecuar la legislación vigente en materia de delitos informáticos, nuestra ley 19.223 ya tiene un ciclo y debe actualizarse, incluso debiera incorporarse al mismo Código Penal, situación que hoy no ocurre pues está fuera de éste Código, sin embargo, no vemos una voluntad en nuestro Congreso para avanzar en esta materia, si bien se hace mención en la Estrategia Digital actual sobre la necesidad de modernizar la legislación, será el siguiente Gobierno el llamado a actualizarla.
El domingo pasado se publicó un artículo en El Mercurio sobre este tema en que se hablaba precisamente sobre los mecanismos de estafa en que se está utilizando la información que se publica en internet. Diversos son los mecanismos que empleados desde programas spyware para levantar la información desde el correspondiente computador hasta engañar con información ofreciendo trabajo y con suculentas comisiones. Hemos conocido a personas que han sido víctima de este tipo de acciones y en que se les ofrece un trabajo en que deben intermediar con un tercero, pero deben tener una cuenta corriente, se les piden los datos, se les deposita una cantidad de dinero y se les requiere que envíen ese dinero a otra cuenta corriente, pensando que están obrando de buena fe proceden a entregar ese dinero y a facilitar toda su información sin considerar los riesgos a que se exponen y los futuros problemas judiciales en que pueden estar involucrados.
Nuestro país necesita adecuar la legislación vigente en materia de delitos informáticos, nuestra ley 19.223 ya tiene un ciclo y debe actualizarse, incluso debiera incorporarse al mismo Código Penal, situación que hoy no ocurre pues está fuera de éste Código, sin embargo, no vemos una voluntad en nuestro Congreso para avanzar en esta materia, si bien se hace mención en la Estrategia Digital actual sobre la necesidad de modernizar la legislación, será el siguiente Gobierno el llamado a actualizarla.
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jueves, 18 de julio de 2013
Google y pago de impuesto adicional en Chile
Muchos emprendedores se han visto afectados por la fiscalización realizada por el SII a la empresa Google cuando el año pasado solicitó la nómina de sus clientes para fiscalizar. Esto generó que en la operación renta de esta año que muchos emprendedores han debido pagar impuestos, según fuentes de la Asociación Chilena de Emprendedores, quienes llaman a no realizar este pago según publica El Mercurio este domingo 14 de julio . El tema no es menor, porque en un principio se entendía que los avisos que se publicaban no era publicidad y por tanto, se entendían como programas de software, sin embargo, la interpretación del Servicio de Impuestos Internos llevó a que se considerara publicidad. Lo anterior cambió las condiciones y más aún dado que la empresa Google Inc. opera desde Estados Unidos está sujeta al impuesto adicional que corresponde a una tasa de 35%.
Lo que estamos viendo es la entrada con mayor fuerza por parte de los Estados de entender y entrar en el mundo de los negocios de internet, la época de la no regulación comienza a concluir y pronto veremos cómo se cierran los espacios para negocios que antes eran océanos azules para hacer negocios y emprender sin tener pronunciamientos claros por parte de las autoridades tributarias en el mundo de internet.
Los hechos constatan que el sistema tributario de nuestro país y del resto no están preparados para hacer frente a la globalización económica que estamos experimentando, ello ha derivado que la legislación se vea obligada a tomar en cuenta la internacionalización de la economía y sobre todo del derecho tributario internacional.
Esta nueva realidad derivada de la economía de internet, es un fenómeno mundial en la que ningún país queda fuera, donde la jurisdicciones políticas tratan de reconstruir la importancia del derecho positivo, situación poco probable de ocurrir dado el desarrollo de la tecnología en los últimos años.
Si Chile desea adecuarse a esta nueva realidad en la economía mundial, debe modificar su política centrada en la soberanía y estructurar su sistema fiscal en base al mundo y no en relación sólo a su soberanía. Sin embargo, se ha comenzado a modificar la antigua estructura fiscal por una nueva, que es liderada por los diversos tratados internacionales sobre doble tributación que nuestro país ha comenzado a firmar con distintos países ello también se vincula con los nuevos acuerdos comerciales que Chile ha firmado con la Unión Europea, Estados Unidos, Corea del Sur y otros importantes países del mundo.
La mayoría de los Gobiernos del mundo fundamenta su estructura tributaria bajo las bases tradicionales de incidencia, renta, consumo y patrimonio, criterios que el cibercomercio hace difícil de determinar en lo que se refiere a la localización de las personas.
La movilidad de los factores de producción en especial los relacionados con el capital y el trabajo altamente calificado, son elemento perfectos para que los contribuyentes tomen a su favor las diferencias tributarias internacionales situación que aumenta cada vez más en los negocios vinculados al “ciberespacio”.
La llegada a Chile de empresas con un alto grado de internacionalización que tienen un amplio e ilimitado acceso a nuevas técnicas de negocios y que reducen sus obligaciones tributarias globales está produciendo lentamente efectos a nivel nacional. Este tema está presente cada vez más en materia de comercio electrónico, por tal motivo las empresas seleccionan el país en que prefieren que sus operaciones sean localizadas utilizando Internet y los precios de transferencias como plataforma para desarrollar sus negocios.
El cibercomercio pone en evidencia el desajuste que se produce entre la tributación apegada a los principios de territorialidad, por la cual nos debemos preguntar ¿dónde se sitúa la transacción? como ¿donde se encuentra la actividad.?
A través de la Web la información puede estar presente en cualquier red que se encuentre interconectada, en forma independiente de su ubicación física en el mundo. El desarrollo del cibercomercio no puede ignorar la aplicación de las normas impositivas, tanto en los negocios business to consumer (b2c) como en business to business (b2b) debido a que las relaciones comerciales que se generan a través de Internet no son indiferentes al sistema legal tributario que impera en nuestro país.
Sin embargo, si se pretende dar un fuerte impulso al cibercomercio, se hace necesario que nuestro ordenamiento jurídico tributario se adapte a la realidad tecnológica que nos encontramos viviendo, ello lleva a revisar las relaciones interactivas que se presentan entre proveedores, compradores y vendedores.
En los próximos años nuestro sistema tributario estará afectado por una fuerte tensión que se originará por la confusión y complejidad en la aplicación de las normas tributarias ello se derivará de la dificultad en identificar la localización de la actividad productora de la renta. Por tal motivo, será necesario determinar con precisión que negocios confrontan en el ámbito tributario con el mundo virtual.
El problema radica en determinar que cambios se deben considerar en nuestro sistema tributario para salvar los problemas que el cibercomercio originará en los próximos años, como también el establecer las nuevas formas para determinar los benéficos imponibles, y sobre todo, una nueva formulación del concepto de establecimiento permanente y plaza de negocios.
Lo que estamos viendo es la entrada con mayor fuerza por parte de los Estados de entender y entrar en el mundo de los negocios de internet, la época de la no regulación comienza a concluir y pronto veremos cómo se cierran los espacios para negocios que antes eran océanos azules para hacer negocios y emprender sin tener pronunciamientos claros por parte de las autoridades tributarias en el mundo de internet.
Los hechos constatan que el sistema tributario de nuestro país y del resto no están preparados para hacer frente a la globalización económica que estamos experimentando, ello ha derivado que la legislación se vea obligada a tomar en cuenta la internacionalización de la economía y sobre todo del derecho tributario internacional.
Esta nueva realidad derivada de la economía de internet, es un fenómeno mundial en la que ningún país queda fuera, donde la jurisdicciones políticas tratan de reconstruir la importancia del derecho positivo, situación poco probable de ocurrir dado el desarrollo de la tecnología en los últimos años.
Si Chile desea adecuarse a esta nueva realidad en la economía mundial, debe modificar su política centrada en la soberanía y estructurar su sistema fiscal en base al mundo y no en relación sólo a su soberanía. Sin embargo, se ha comenzado a modificar la antigua estructura fiscal por una nueva, que es liderada por los diversos tratados internacionales sobre doble tributación que nuestro país ha comenzado a firmar con distintos países ello también se vincula con los nuevos acuerdos comerciales que Chile ha firmado con la Unión Europea, Estados Unidos, Corea del Sur y otros importantes países del mundo.
La mayoría de los Gobiernos del mundo fundamenta su estructura tributaria bajo las bases tradicionales de incidencia, renta, consumo y patrimonio, criterios que el cibercomercio hace difícil de determinar en lo que se refiere a la localización de las personas.
La movilidad de los factores de producción en especial los relacionados con el capital y el trabajo altamente calificado, son elemento perfectos para que los contribuyentes tomen a su favor las diferencias tributarias internacionales situación que aumenta cada vez más en los negocios vinculados al “ciberespacio”.
La llegada a Chile de empresas con un alto grado de internacionalización que tienen un amplio e ilimitado acceso a nuevas técnicas de negocios y que reducen sus obligaciones tributarias globales está produciendo lentamente efectos a nivel nacional. Este tema está presente cada vez más en materia de comercio electrónico, por tal motivo las empresas seleccionan el país en que prefieren que sus operaciones sean localizadas utilizando Internet y los precios de transferencias como plataforma para desarrollar sus negocios.
El cibercomercio pone en evidencia el desajuste que se produce entre la tributación apegada a los principios de territorialidad, por la cual nos debemos preguntar ¿dónde se sitúa la transacción? como ¿donde se encuentra la actividad.?
A través de la Web la información puede estar presente en cualquier red que se encuentre interconectada, en forma independiente de su ubicación física en el mundo. El desarrollo del cibercomercio no puede ignorar la aplicación de las normas impositivas, tanto en los negocios business to consumer (b2c) como en business to business (b2b) debido a que las relaciones comerciales que se generan a través de Internet no son indiferentes al sistema legal tributario que impera en nuestro país.
Sin embargo, si se pretende dar un fuerte impulso al cibercomercio, se hace necesario que nuestro ordenamiento jurídico tributario se adapte a la realidad tecnológica que nos encontramos viviendo, ello lleva a revisar las relaciones interactivas que se presentan entre proveedores, compradores y vendedores.
En los próximos años nuestro sistema tributario estará afectado por una fuerte tensión que se originará por la confusión y complejidad en la aplicación de las normas tributarias ello se derivará de la dificultad en identificar la localización de la actividad productora de la renta. Por tal motivo, será necesario determinar con precisión que negocios confrontan en el ámbito tributario con el mundo virtual.
El problema radica en determinar que cambios se deben considerar en nuestro sistema tributario para salvar los problemas que el cibercomercio originará en los próximos años, como también el establecer las nuevas formas para determinar los benéficos imponibles, y sobre todo, una nueva formulación del concepto de establecimiento permanente y plaza de negocios.
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miércoles, 17 de julio de 2013
Servicio de telecomunicaciones y calidad
Uno de los problemas con que me he encontrado últimamente es la calidad de los servicios de las telecomunicaciones, si bien en las grandes ciudades se mantiene un estándar aceptable, no podemos desconocer que la penetración de las telecomunicaciones avanza a niveles impresionantes en nuestro país, pero que también impone desafíos a las empresas para mantener esa calidad. Nuestro marco normativo actual nos desafía a actualizarlo para mantener un estándar aceptable y ojalá de mejora continua en la calidad de los servicios que nos proveen las empresas que hoy operan en Chile.
Los desafíos normativos que nos impone el desarrollo de esta industria es un factor que debe ser considerado, tanto, por los Estados como por los inversionistas quienes requieren tener normas claras para poder desarrollar con éxito proyectos de penetración de servicios y por otra parte, el Estado debe exigir a los actores propuestas de servicios de calidad, las que deben ser medidas por las autoridades fiscalizadoras correspondientes con la finalidad de definir estándares de esos servicios, todo lo anterior, debe estar enmarcado en un contexto de seguridad jurídica y certeza que permita conocer claramente qué se exige a las empresas. Como vemos no son menores las exigencias que están presentes pero todo ello apuntará a mejorar la protección de los consumidores y validar a las empresas de telecomunicaciones que están presente en diversos países.
Si nuestro país pretende mantener estándares competitivos debe adecuarse a un contexto normativo más flexible y adaptado a la realidad internacional y no con una legislación que presenta vacíos y que genera cierta indefensión al consumidor de servicios de telecomunicaciones, esperemos que el avance del proyecto de ley que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones sea una opción de solución para estos desafíos.
El proyecto que crea la Superintendencia se aprobó en general en su primer trámite constitucional, pueden ver el primer trámite, el primer informe, y está calificado con urgencia calificada de suma. Boletín N° 8034-15. Proyecto de ley pasa al Senado.
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