La Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó un fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas presentado en contra de una empresa de cobranzas judiciales por el acoso telefónico a un deudor de un crédito.
En fallo unánime (rol 24.014-2014) los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes y los abogados integrantes Luis Bates y Alfredo Prieto ratificaron el fallo del tribunal de alzada de la región de Magallanes que acogió la acción judicial presentada en contra de la empresa Socofin.
En la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas (rol 255-2014) los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic (interino) y el fiscal judicial Fabio Jordán determinaron que la empresa Socofin, dedicada a la cobranza para el Banco de Chile, incurrió en actuar ilegal y que atenta contra la integridad psíquica del recurrente, ya que el proceso de cobranza ya estaba siendo tramitado por las vías judiciales respectivas.
“Que la existencia de la deuda de la recurrente con la recurrida fue planteada en la sede judicial respectiva, bajo el procedimiento que la ley prevé para dichos casos. De allí que la reiterada insistencia en cobrar en forma extrajudicial la misma por la vía telefónica, constituye el ejercicio abusivo de una facultad. En efecto, si el objetivo de los llamados telefónicos es poner en noticias al deudor de su morosidad, ésta se logra con una de dichas comunicaciones, pero insistir reiteradamente en el mismo lenguaje resulta desproporcionado e intimidatorio, máxime si se ha contactado a la hija de la recurrente”, dice el fallo.
“Este ejercicio es el que resulta arbitrario y debe cesar, puesto que afecta la garantía de la integridad psíquica de la recurrente, por lo que el recurso será acogido, en razón de resultar vulnerada la garantía contemplada en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental, tal como lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema en fallo dictado en causa Rol N°4767-2013 de uno de Octubre de dos mil trece”, expresa la sentencia.
La Corte Suprema, entonces, ordena que la empresa de cobranza “se abstenga” de efectuar llamadas telefónicas a la persona deudora y a su grupo familiar, tanto al hogar, como a sus teléfonos personales o a su lugar de trabajo.
Ver en:
Derecho y nuevas tecnologías, seguridad de la información, educación, emprendimiento, innovación. Law and new technologies, information security, education, entrepreneurship, innovation.
martes, 7 de octubre de 2014
jueves, 2 de octubre de 2014
Europa multará a Google por abuso de dominio si no ofrece más concesiones
El vicepresidente de la Comisión y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, ha advertido a Google que, si no ofrece en las próximas semanas nuevas concesiones satisfactorias para acabar con su abuso de posición dominante, el Ejecutivo comunitario avanzará en el procedimiento sancionador con el envío de un pliego de cargos, último paso antes de imponer una fuerte multa.
No obstante, Almunia ha dado a entender que él no podrá concluir este caso, que se abrió formalmente en 2010, antes del fin de su mandato el próximo 31 de octubre. Corresponderá a su sucesora, la danesa Margrethe Vestager, dar los siguientes pasos. Entre ellos podría estar, según ha sugerido, la apertura de un segundo expediente sobre el sistema operativo para móviles Android.
El Ejecutivo comunitario rechazó a principios de septiembre el tercer paquete de concesiones ofrecido por Google tras recibir reacciones muy negativas de los denunciantes en el caso y pidió al gigante informático que mejore sus propuestas.
"Si la respuesta de Google va en la buena dirección", Bruselas seguirá intentando cerrar una solución negociada sin multas, ha explicado Almunia en su última comparecencia ante la comisión de Asuntos Económicos de la Eurocámara antes de dejar el cargo. "Pero si en un momento determinado, antes del 31 de octubre o después del 31 de octubre, el comisario o la comisaria de Competencia, estiman que no hay posibilidad de obtener de Google las modificaciones y las mejoras de sus propuestas que exigimos para eliminar nuestras preocupaciones, entonces habrá que ir a un pliego de cargos", ha explicado el comisario saliente.
Fuente: La Vanguardia
No obstante, Almunia ha dado a entender que él no podrá concluir este caso, que se abrió formalmente en 2010, antes del fin de su mandato el próximo 31 de octubre. Corresponderá a su sucesora, la danesa Margrethe Vestager, dar los siguientes pasos. Entre ellos podría estar, según ha sugerido, la apertura de un segundo expediente sobre el sistema operativo para móviles Android.
El Ejecutivo comunitario rechazó a principios de septiembre el tercer paquete de concesiones ofrecido por Google tras recibir reacciones muy negativas de los denunciantes en el caso y pidió al gigante informático que mejore sus propuestas.
"Si la respuesta de Google va en la buena dirección", Bruselas seguirá intentando cerrar una solución negociada sin multas, ha explicado Almunia en su última comparecencia ante la comisión de Asuntos Económicos de la Eurocámara antes de dejar el cargo. "Pero si en un momento determinado, antes del 31 de octubre o después del 31 de octubre, el comisario o la comisaria de Competencia, estiman que no hay posibilidad de obtener de Google las modificaciones y las mejoras de sus propuestas que exigimos para eliminar nuestras preocupaciones, entonces habrá que ir a un pliego de cargos", ha explicado el comisario saliente.
Fuente: La Vanguardia
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libre competencia
miércoles, 1 de octubre de 2014
Entendiendo sobre el compliance en la empresa
La globalización y la llegada de empresas internacionales a Latinoamerica comienza a exigir a las organizaciones diversas condiciones, incluso comienzan a exigirse normas de otros países, como EE.UU que por solo efecto de la ley local impactan también en las empresas por efecto colateral de estar operando con transacciones bursátiles en ese país. Regulaciones como SOX, ISO 27.001 y otras, comienzan a tener un impacto en las empresas en Latinoamérica que desafía a los diversos profesionales a adecuarse de manera preventiva ante las exigencias externas.
En Latinoamerica el concepto del Compliance o cumplimiento ha estado sujeto más bien a un campo de la auditoría y sólo recientemente comienza a ser abordado por las oficinas legales Además, diversas exigencias y reformas legales en materia de gobierno corporativo nos llevan adecuarnos a un contexto de requerimientos que obligar a las empresas a estar preparadas a diversas contingencias.
Cuando hablamos de compliance o cumplimiento, no es fácil situarnos en el concepto que involucra. El término compliance no dice mucho, es demasiado vago, sólo alcance el concepto al que se refiere, es decir adecuarse a la legalidad. Aquí estamos más en el ámbito de la autorregulación de las empresas. Esta estructura de autorregulación ha comenzado a ser regulado en países tales como EE.UU, Italia, Australia, U.K, Chile). Sin embargo, en este contexto nos encontramos con un gran cantidad de regulación que impactan diversas normas de los ordenamientos jurídicos, hay temas de derecho penal, laboral, comercial, que generan una diversidad de regulaciones.
Buscando una definición de compliances podemos recurrir a la que nos entrega FELEBAN (Federación Latinoamericana de Banco), Compliance significa en español complacencia o condescendencia, sin embargo, en términos gerenciales y de administración, hace referencia a la visión futurista y de control, para proteger a la organización y sus funcionarios de riesgos internos y externos.
Las políticas de COMPLIANCE son sistemas de supervisión y control del cumplimiento normativo que afectan a las empresas que operan en el tráfico mercantil. Las empresas (todas, con independencia de su tamaño) deberían implantar estas políticas a efectos de prevención de una amplia serie de delitos. Su finalidad es que todos los agentes de la empresa asuman los valores que ésta define de modo tal que se instaure entre los mismos una cultura de respeto a la legalidad penal.
En las organizaciones para lograr el objetivo de supervisión está el Oficial de Compliance (oficial de cumplimiento) que tiene como tarea principal implementar los procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo interno y externo en sentido amplio.
Cuando hablamos del modelo de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento en las organizaciones lo que sucede es que se busca dotar a las empresas de un sistema integrador (end-to-end) y en tiempo real para que su Gobierno, su Gestión del Riesgo y el Cumplimiento, tanto normativo como voluntario sean efectivos, inteligentes y eficientes ha originado una nueva disciplina, el GRC.
Este modelo busca dar una protección integral a la organización, es la protección global que debe tener la institución o empresa, es en este contexto que es importante generar mecanismos preventivos y de protección a la organización, para ello se hace necesario realizar acciones que cruzan transversalmente a la organización donde las personas, los procesos y la tecnología toman una importante relevancia desde la perspectiva de la gestión y de la coordinación de la institución para poder tener claridad sobre lo que es lo oportuno y lo bueno para la empresa.
Entre los objetivos que se deben tener presente en el modelo de GRC encontramos el entender y priorizar expectativas; alcanzar objetivos optimizando el riesgo y protegiendo el valor; operar dentro de las fronteras legales, contractuales, internas, sociales y éticas; proveer información relevante y oportuna a interesados internos y externos y permitir la medición del rendimiento y eficacia de los procesos en el cumplimiento de los objetivos propios del programa GRC.
Lo expuesto desafía a las empresas a estar preparadas para hacer frente a los exigencias legales internacionales pero también, la implementación de una cultura de cumplimiento permite acotar los riesgos a los que las empresas puedan estar expuestas en este contexto de una economía global.
En Latinoamerica el concepto del Compliance o cumplimiento ha estado sujeto más bien a un campo de la auditoría y sólo recientemente comienza a ser abordado por las oficinas legales Además, diversas exigencias y reformas legales en materia de gobierno corporativo nos llevan adecuarnos a un contexto de requerimientos que obligar a las empresas a estar preparadas a diversas contingencias.
Cuando hablamos de compliance o cumplimiento, no es fácil situarnos en el concepto que involucra. El término compliance no dice mucho, es demasiado vago, sólo alcance el concepto al que se refiere, es decir adecuarse a la legalidad. Aquí estamos más en el ámbito de la autorregulación de las empresas. Esta estructura de autorregulación ha comenzado a ser regulado en países tales como EE.UU, Italia, Australia, U.K, Chile). Sin embargo, en este contexto nos encontramos con un gran cantidad de regulación que impactan diversas normas de los ordenamientos jurídicos, hay temas de derecho penal, laboral, comercial, que generan una diversidad de regulaciones.
Buscando una definición de compliances podemos recurrir a la que nos entrega FELEBAN (Federación Latinoamericana de Banco), Compliance significa en español complacencia o condescendencia, sin embargo, en términos gerenciales y de administración, hace referencia a la visión futurista y de control, para proteger a la organización y sus funcionarios de riesgos internos y externos.
Las políticas de COMPLIANCE son sistemas de supervisión y control del cumplimiento normativo que afectan a las empresas que operan en el tráfico mercantil. Las empresas (todas, con independencia de su tamaño) deberían implantar estas políticas a efectos de prevención de una amplia serie de delitos. Su finalidad es que todos los agentes de la empresa asuman los valores que ésta define de modo tal que se instaure entre los mismos una cultura de respeto a la legalidad penal.
En las organizaciones para lograr el objetivo de supervisión está el Oficial de Compliance (oficial de cumplimiento) que tiene como tarea principal implementar los procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo interno y externo en sentido amplio.
Cuando hablamos del modelo de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento en las organizaciones lo que sucede es que se busca dotar a las empresas de un sistema integrador (end-to-end) y en tiempo real para que su Gobierno, su Gestión del Riesgo y el Cumplimiento, tanto normativo como voluntario sean efectivos, inteligentes y eficientes ha originado una nueva disciplina, el GRC.
Este modelo busca dar una protección integral a la organización, es la protección global que debe tener la institución o empresa, es en este contexto que es importante generar mecanismos preventivos y de protección a la organización, para ello se hace necesario realizar acciones que cruzan transversalmente a la organización donde las personas, los procesos y la tecnología toman una importante relevancia desde la perspectiva de la gestión y de la coordinación de la institución para poder tener claridad sobre lo que es lo oportuno y lo bueno para la empresa.
Entre los objetivos que se deben tener presente en el modelo de GRC encontramos el entender y priorizar expectativas; alcanzar objetivos optimizando el riesgo y protegiendo el valor; operar dentro de las fronteras legales, contractuales, internas, sociales y éticas; proveer información relevante y oportuna a interesados internos y externos y permitir la medición del rendimiento y eficacia de los procesos en el cumplimiento de los objetivos propios del programa GRC.
Lo expuesto desafía a las empresas a estar preparadas para hacer frente a los exigencias legales internacionales pero también, la implementación de una cultura de cumplimiento permite acotar los riesgos a los que las empresas puedan estar expuestas en este contexto de una economía global.
martes, 30 de septiembre de 2014
Millones de ordenadores vulnerables ante Shellshock, un nuevo agujero de seguridad
El pasado mes de abril el fallo de seguridad Heartbleed se presentó como una de las mayores amenazas de seguridad jamás registradas. Un agujero en las herramientas de cifrado OpenSSL -usado por muchos servicios web- permitía descifrar contraseñas o números de tarjetas de crédito. Pero una nueva vulnerabilidad anunciada ayer podría igualar o superar su alcance. El conocido como Shellshock tiene potencial para convertirse en un enorme quebradero de cabeza para la industria informática.
La vulnerabilidad aprovecha un fallo de la herramienta 'bash', el intérprete de la línea de comandos presente en la mayoría de sistemas Unix y, por extensión, en muchos de los equipos que funcionan con Linux y todos los ordenadores Mac. Un descuido en el diseño permite a un atacante ejecutar código en el ordenador de la víctima y tomar el control de la misma.
La vulnerabilidad, hecha pública por el experto en seguridad Unix Stephane Chazelas, podría llevar activa más de 20 años y afecta a todas las versiones de bash hasta la 4.3. Como Linux es el sistema operativo utilizado en la mayoría de servidores de la red, el fallo puede tener graves consecuencias. El Centro de Alerta Temprana para Emergencias Informáticas de EE.UU. ha elevado la vulnerabilidad al máximo nivel de alerta y recomienda instalar un parche con urgencia.
Fuente: El Mundo
La vulnerabilidad aprovecha un fallo de la herramienta 'bash', el intérprete de la línea de comandos presente en la mayoría de sistemas Unix y, por extensión, en muchos de los equipos que funcionan con Linux y todos los ordenadores Mac. Un descuido en el diseño permite a un atacante ejecutar código en el ordenador de la víctima y tomar el control de la misma.
La vulnerabilidad, hecha pública por el experto en seguridad Unix Stephane Chazelas, podría llevar activa más de 20 años y afecta a todas las versiones de bash hasta la 4.3. Como Linux es el sistema operativo utilizado en la mayoría de servidores de la red, el fallo puede tener graves consecuencias. El Centro de Alerta Temprana para Emergencias Informáticas de EE.UU. ha elevado la vulnerabilidad al máximo nivel de alerta y recomienda instalar un parche con urgencia.
Fuente: El Mundo
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ciberseguridad
lunes, 29 de septiembre de 2014
Expertos en protección de datos advierten de los riesgos para la privacidad de la tecnología 'ponible'
Las autoridades europeas de Protección de Datos han aprobado el primer dictamen conjunto sobre el "internet de las cosas", ese fenómeno creciente de interconexión virtual de todo con todo, donde advierten de los riesgos para la privacidad personal de los dispositivos "ponibles", tipo relojes o gafas "inteligentes".
Según el documento, cuya elaboración ha sido liderada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), junto con la Autoridad francesa (CNIL), esos objetos dotados de sensores y conexión a internet recogen fragmentos de información, que podrían ser analizados por otros y revelar auténticos patrones de vida de las personas.
El dictamen identifica y alerta de los riesgos que estos productos y servicios pueden plantear para la privacidad de las personas, definiendo un marco de responsabilidades y realizando recomendaciones.
El documento plantea tres escenarios: la tecnología para llevar puesta ('wearable computing'), los dispositivos móviles que registran información relacionada con la actividad física de las personas, y la domótica (detectores, termostatos y sensores conectados en oficinas y hogares).
Un ejemplo destacado en el dictamen se refiere a los datos que puede recoger el acelerómetro o el giroscopio de un teléfono "inteligente" y que podrían ser utilizados por otros para obtener información sobre hábitos de conducción del individuo El dictamen está dirigido a fabricantes de dispositivos, desarrolladores de aplicaciones y gestores de redes sociales, y asimismo, a usuarios que van a utilizar estos equipos conectados.
Fuente: El Mundo
Según el documento, cuya elaboración ha sido liderada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), junto con la Autoridad francesa (CNIL), esos objetos dotados de sensores y conexión a internet recogen fragmentos de información, que podrían ser analizados por otros y revelar auténticos patrones de vida de las personas.
El dictamen identifica y alerta de los riesgos que estos productos y servicios pueden plantear para la privacidad de las personas, definiendo un marco de responsabilidades y realizando recomendaciones.
El documento plantea tres escenarios: la tecnología para llevar puesta ('wearable computing'), los dispositivos móviles que registran información relacionada con la actividad física de las personas, y la domótica (detectores, termostatos y sensores conectados en oficinas y hogares).
Un ejemplo destacado en el dictamen se refiere a los datos que puede recoger el acelerómetro o el giroscopio de un teléfono "inteligente" y que podrían ser utilizados por otros para obtener información sobre hábitos de conducción del individuo El dictamen está dirigido a fabricantes de dispositivos, desarrolladores de aplicaciones y gestores de redes sociales, y asimismo, a usuarios que van a utilizar estos equipos conectados.
Fuente: El Mundo
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protección de datos
martes, 16 de septiembre de 2014
¿Porque Finlandia?
El 24 de mayo de 1999, la revista Newsweek publicó en un artículo la siguiente frase, “El futuro es Finlandia”, esta frase se reafirma luego de analizar diferentes estudios que indican, que este país es uno de los más competitivos del mundo. (Ranking del Institute for Management Development -IMD- y el informe del World Economic Forum, Estudio PISA, de la OECD, informe de la Naciones Unidas para el Programa de Desarrollo, etc.)
En una visita a Berlín, y habiendo tenido la oportunidad de conversar con Markku Makkula, Director del Life Long Learning Institute Dipoli, Helsinki University of Tecnology, tuve la fortuna de conocer y comprobar, lo que diversos informes mencionan constantemente, el desarrollo del modelo de implementación de tecnología, y el cambio en el paradigma en el uso de las TIC por parte de Finlandia.
Finlandia es considerado el país número 1 o 2 en diversos informes mundiales sobre tecnología, educación y desarrollo económico ya mencionados, pero ¿Cómo un país con 5 millones de habitantes ha logrado semejante desarrollo? La respuesta, descansa fundamentalmente en una interesante estrategia de desarrollo de TIC y de educación, el cual fue elaborado detalladamente por expertos y por el Gobierno de Finlandia. La política de desarrollo de este país, descansa sobre la Sociedad del Conocimiento y en la necesidad de la educación continua.
El camino del éxito, se basa en reestructurar el sector público del Estado Finlandés, tomando como base la administración y las herramientas que puedan reutilizase. Por otra parte, este desarrollo se sustenta en un plan de acción nacional, elaborado sobre políticas relacionadas a la sociedad del conocimiento, para ello han implementado la estrategia de “Life Long Learning”(Aprendizaje a lo largo de la vida), la implementación de un sistema nacional de innovación, el incremento de la investigación y desarrollo (I+D) y ser considerado un laboratorio de aplicaciones de la sociedad de información. Los pilares de estos planes, descansan en varios factores de éxito definidos por el parlamento Finlandés, que son; la influencia de la globalización, explotar al máximo la información y la tecnología, el desarrollo del aspecto humano, la innovación, y la implementación de ellas en materia de gobierno y vida.
El Gobierno Finlandés, implementó un programa de políticas de la sociedad de información entre 1999-2002, donde se desarrolló la estrategia mencionada anteriormente, la estabilidad política y el acuerdo de los diversos partidos políticos, permitió implementar con éxito el programa antes mencionado. Ese acuerdo se traduce en la actualidad, en la implementación y sustento de la aplicación de los beneficios de la sociedad de información en Finlandia. Se ha producido un cambio en la economía, desde centrarse en factores productivos a desarrollar aplicaciones y servicios basados en la sociedad del conocimiento. Gran parte de la estrategia de Finlandia, se basa en la implementación de la sociedad de la información, y en especial, en el uso de las Tecnología de información, como un factor clave para el desarrollo de este país, junto a una alta inversión en tecnología e investigación.
En 1998, el Parlamento Finlandés, a través del “Comité para el Futuro”, estableció las bases de su actual desarrollo, centrándose fundamentalmente en la educación, al sostener que para lograr el cambio que se requiere era necesario realizar una modificación en el sistema de educación. Para ello sería fundamental centrarse en un aprendizaje más activo. El desarrollo de las comunicaciones y de la sociedad de información están dando la gran oportunidad para realizar ese cambio. La tecnología y la multimedia permitirían el avance a gran velocidad del conocimiento. La llegada de la sociedad del conocimiento originó que las instituciones de educación ofrecieran “educación a distancia”, se generó material institucional, software, hardware que hacen más amistosos los ambientes educativos y se constituirían en un soporte para el proceso de enseñanza. Sin embargo, todo este avance no serviría, si los profesores no contaban con las competencias necesarias, ni con el suficiente liderazgo para implementar estas transformaciones. Otro de los factores de éxito de Finlandia dentro de su estrategia de la sociedad de información, ha sido la producción de gran contenido de material de estudios y el desarrollo de herramientas electrónicas, que han permitido que los profesores de dispongan de importante material, tanto en cantidad como en calidad. Se ha dado mucho énfasis en la responsabilidad del liderazgo pedagógico en las facultades de educación, se considera que es de suma importancia el comprender que este es un proceso de desarrollo que hay que administrar, y los cambios implementados requieren del trabajo de equipos de profesores.
La administración del conocimiento a nivel nacional, ha sido parte del plan estratégico de Finlandia, a través de la creación de una visión y estrategia por posicionar el tema de las competencias, el desarrollo del proceso ha requerido una reforma educacional, la creación de colegios virtuales y la reformulación de servicios. Por otra parte, ha sido necesario del apoyo de cambios legislativos, desarrollo de infraestructura y la administración de información.
Las competencias y habilidades para operar en la sociedad de información, ha sido uno de los factores claves para el desarrollo, para ello han implementado un sistema de aprendizaje en conjunto con las empresas del sector privado que se vinculan al sector de las TIC, las compañías que prestan servicios al sector educacional, las universidades y los politécnicos o institutos tecnológicos, la educación secundaria y la primaria. Para lograr esta interacción han desarrollado una pirámide de competencias básicas requeridas, que según el nivel en que se encuentre la persona, ésta debe poseer para hacer frente a la sociedad de información. Competencias básicas para aprender, un sistema de educación flexible, cursos pequeños de desarrollo, implementación de universidades virtuales, desarrollo y generación de conocimiento, nuevos negocios y servicios de aprendizaje. A todos estos elementos se le suma la investigación, pues los cruza transversalmente. Por otra parte, entienden que la digitalización no es sólo tecnología, es más importante focalizarse en el proceso de creación del conocimiento, se debe reconocer que nos encontramos ante una nueva cultura en el trabajo, sobre los individuos, las organizaciones, las diferentes comunidades y en síntesis la sociedad es la que está cambiando.
Por tal motivo, el foco de atención debe estar en la colaboración para lograr el desarrollo, no en las individualidades. Como vemos, la creación de una estrategia basada en el máximo uso de aplicaciones que la sociedad de la información tiene, ha permitido que un país pequeño como Finlandia se encuentre entre los primeros países competitivos del mundo. Este si que es un interesante caso digno de imitar.
En una visita a Berlín, y habiendo tenido la oportunidad de conversar con Markku Makkula, Director del Life Long Learning Institute Dipoli, Helsinki University of Tecnology, tuve la fortuna de conocer y comprobar, lo que diversos informes mencionan constantemente, el desarrollo del modelo de implementación de tecnología, y el cambio en el paradigma en el uso de las TIC por parte de Finlandia.
Finlandia es considerado el país número 1 o 2 en diversos informes mundiales sobre tecnología, educación y desarrollo económico ya mencionados, pero ¿Cómo un país con 5 millones de habitantes ha logrado semejante desarrollo? La respuesta, descansa fundamentalmente en una interesante estrategia de desarrollo de TIC y de educación, el cual fue elaborado detalladamente por expertos y por el Gobierno de Finlandia. La política de desarrollo de este país, descansa sobre la Sociedad del Conocimiento y en la necesidad de la educación continua.
El camino del éxito, se basa en reestructurar el sector público del Estado Finlandés, tomando como base la administración y las herramientas que puedan reutilizase. Por otra parte, este desarrollo se sustenta en un plan de acción nacional, elaborado sobre políticas relacionadas a la sociedad del conocimiento, para ello han implementado la estrategia de “Life Long Learning”(Aprendizaje a lo largo de la vida), la implementación de un sistema nacional de innovación, el incremento de la investigación y desarrollo (I+D) y ser considerado un laboratorio de aplicaciones de la sociedad de información. Los pilares de estos planes, descansan en varios factores de éxito definidos por el parlamento Finlandés, que son; la influencia de la globalización, explotar al máximo la información y la tecnología, el desarrollo del aspecto humano, la innovación, y la implementación de ellas en materia de gobierno y vida.
El Gobierno Finlandés, implementó un programa de políticas de la sociedad de información entre 1999-2002, donde se desarrolló la estrategia mencionada anteriormente, la estabilidad política y el acuerdo de los diversos partidos políticos, permitió implementar con éxito el programa antes mencionado. Ese acuerdo se traduce en la actualidad, en la implementación y sustento de la aplicación de los beneficios de la sociedad de información en Finlandia. Se ha producido un cambio en la economía, desde centrarse en factores productivos a desarrollar aplicaciones y servicios basados en la sociedad del conocimiento. Gran parte de la estrategia de Finlandia, se basa en la implementación de la sociedad de la información, y en especial, en el uso de las Tecnología de información, como un factor clave para el desarrollo de este país, junto a una alta inversión en tecnología e investigación.
En 1998, el Parlamento Finlandés, a través del “Comité para el Futuro”, estableció las bases de su actual desarrollo, centrándose fundamentalmente en la educación, al sostener que para lograr el cambio que se requiere era necesario realizar una modificación en el sistema de educación. Para ello sería fundamental centrarse en un aprendizaje más activo. El desarrollo de las comunicaciones y de la sociedad de información están dando la gran oportunidad para realizar ese cambio. La tecnología y la multimedia permitirían el avance a gran velocidad del conocimiento. La llegada de la sociedad del conocimiento originó que las instituciones de educación ofrecieran “educación a distancia”, se generó material institucional, software, hardware que hacen más amistosos los ambientes educativos y se constituirían en un soporte para el proceso de enseñanza. Sin embargo, todo este avance no serviría, si los profesores no contaban con las competencias necesarias, ni con el suficiente liderazgo para implementar estas transformaciones. Otro de los factores de éxito de Finlandia dentro de su estrategia de la sociedad de información, ha sido la producción de gran contenido de material de estudios y el desarrollo de herramientas electrónicas, que han permitido que los profesores de dispongan de importante material, tanto en cantidad como en calidad. Se ha dado mucho énfasis en la responsabilidad del liderazgo pedagógico en las facultades de educación, se considera que es de suma importancia el comprender que este es un proceso de desarrollo que hay que administrar, y los cambios implementados requieren del trabajo de equipos de profesores.
La administración del conocimiento a nivel nacional, ha sido parte del plan estratégico de Finlandia, a través de la creación de una visión y estrategia por posicionar el tema de las competencias, el desarrollo del proceso ha requerido una reforma educacional, la creación de colegios virtuales y la reformulación de servicios. Por otra parte, ha sido necesario del apoyo de cambios legislativos, desarrollo de infraestructura y la administración de información.
Las competencias y habilidades para operar en la sociedad de información, ha sido uno de los factores claves para el desarrollo, para ello han implementado un sistema de aprendizaje en conjunto con las empresas del sector privado que se vinculan al sector de las TIC, las compañías que prestan servicios al sector educacional, las universidades y los politécnicos o institutos tecnológicos, la educación secundaria y la primaria. Para lograr esta interacción han desarrollado una pirámide de competencias básicas requeridas, que según el nivel en que se encuentre la persona, ésta debe poseer para hacer frente a la sociedad de información. Competencias básicas para aprender, un sistema de educación flexible, cursos pequeños de desarrollo, implementación de universidades virtuales, desarrollo y generación de conocimiento, nuevos negocios y servicios de aprendizaje. A todos estos elementos se le suma la investigación, pues los cruza transversalmente. Por otra parte, entienden que la digitalización no es sólo tecnología, es más importante focalizarse en el proceso de creación del conocimiento, se debe reconocer que nos encontramos ante una nueva cultura en el trabajo, sobre los individuos, las organizaciones, las diferentes comunidades y en síntesis la sociedad es la que está cambiando.
Por tal motivo, el foco de atención debe estar en la colaboración para lograr el desarrollo, no en las individualidades. Como vemos, la creación de una estrategia basada en el máximo uso de aplicaciones que la sociedad de la información tiene, ha permitido que un país pequeño como Finlandia se encuentre entre los primeros países competitivos del mundo. Este si que es un interesante caso digno de imitar.
viernes, 12 de septiembre de 2014
¿Es segura la nube?
La presentación del servicio iCloud, en junio del 2011 en San Francisco, fue la última que hizo el fundador de Apple, Steve Jobs, pocos meses antes de morir, en octubre de ese mismo año. Pese a que en aquel evento a Jobs le costó participar, con introducciones cortas para que otros directivos desarrollaran los anuncios, cuando llegó el momento de explicar este nuevo producto exhibió aquel mismo semblante de satisfacción que tenía siempre que consideraba que algo era genial.
Era la misma sonrisa socarrona del día del Mac, del iPod, del iPhone, o del iPad. Lo que hace iCloud (cloud es nube en inglés y “nube” en informática, son servidores en los que se almacenan datos) es que todos los aparatos del usuario –dentro del ecosistema de Apple– sincronicen sus archivos de forma automática, sin que el usuario tenga que hacer nada. El sistema trabaja por debajo. Su frase definitiva fue: “simplemente, funciona”.
“Muchos se piensan que la nube es un disco duro en internet”, manifestó Jobs en aquella Conferencia de desarrolladores de Apple (WWDC). Él quería demostrar que había encontrado otro concepto que a la gente le iba a gustar. El líder de la compañía mostró cómo, cuando se cambia algo en un iPhone –por ejemplo un contacto–, el cambio se traslada a ordenadores o tabletas que están asociados a la misma cuenta. Así que cuando uno se hace una foto y tiene activadas determinadas funciones de iCloud, las imágenes suben a la nube.
La nube es uno de los conceptos básicos de cómo funcionan buena parte de los servicios informáticos hoy en día, en especial en el mundo de la empresa. En el caso de Apple, son tres gigantescos centros de datos construidos para este servicio. Uno de ellos, situado en Carolina del Norte (Estados Unidos) costó alrededor de 500 millones de dólares (unos 380 millones de euros). Todas estas enormes instalaciones de la compañía están en territorio norteamericano. Se trata de complejos muy caros que consumen gran cantidad de energía, por lo que las compañías las asocian a sistemas de energías renovables.
iCloud permite que se active el servicio de forma individualizada para correo, contactos, calendario, recordatorios, direcciones de internet, notas, contraseñas, documentos, búsqueda remota del teléfono extraviado y fotos. Si el usuario activa iCloud para fotos, puede decidir en los ajustes si quiere que sus nuevas fotos vayan de un dispositivo al resto de los que están asociados a la misma cuenta y también crear secuencias de imágenes para compartirlas con otras personas. Por supuesto, todo eso se puede consultar desde cualquier ordenador mediante el acceso a una web exclusiva de iCloud, en la que cada usuario puede entrar con una dirección de correo y una clave.
Este tipo de servicio funciona también, aunque de una forma no tan integral, con otros sistemas operativos móviles, como Android, que también almacena datos y archivos de los usuarios en cuestiones como las fotografías, los datos y los contactos. Después de la filtración masiva de imágenes íntimas de celebridades, se plantea la cuestión de si la nube, o el propio iCloud de Apple son seguros frente a los ataques externos.
La compañía de la manzana emitió ayer un comunicado en el que explicaba: “al tener conocimiento del robo nuestra reacción fue de total indignación y movilizamos de inmediato a los ingenieros de Apple para descubrir el origen”. El texto indica que, “después de más de 40 horas de investigación” los expertos descubrieron que “ciertas cuentas de personas famosas se vieron comprometidas por un ataque muy focalizado dirigido a los nombres de usuario, contraseñas y preguntas de seguridad”.
Según la compañía, en “ninguno de los casos” investigados se ha producido “la vulneración de alguno de los sistemas de Apple, incluidos iCloud y Find my phone, el servicio de localización de teléfonos extraviados. Apple aseguró que trabaja con la policía para “ayudar a identificar a los delincuentes involucrados” y añadió que para protegerse de este tipo de ataques aconseja utilizar contraseñas seguras y activar un procedimiento de verificación en dos pasos, pensado para evitar que un teléfono robado pueda ser activado y, por tanto, se convierta en algo sin interés.
¿Qué significa este comunicado? Que según Apple, nadie ha violado sus servidores, por lo que parece sugerir que, de alguna forma, los que perseguían los archivos de las celebridades utilizaron otros sistemas para averiguar claves y contraseñas. Es lo que ya le pasó hace un par de años a Scarlett Johansson y Mila Kunis. El delincuente, en ese caso, se hizo con sus datos mediante correos falsos para reactivar cuentas. Este no parece tan sencillo.
Fuente: La Vanguardia
Era la misma sonrisa socarrona del día del Mac, del iPod, del iPhone, o del iPad. Lo que hace iCloud (cloud es nube en inglés y “nube” en informática, son servidores en los que se almacenan datos) es que todos los aparatos del usuario –dentro del ecosistema de Apple– sincronicen sus archivos de forma automática, sin que el usuario tenga que hacer nada. El sistema trabaja por debajo. Su frase definitiva fue: “simplemente, funciona”.
“Muchos se piensan que la nube es un disco duro en internet”, manifestó Jobs en aquella Conferencia de desarrolladores de Apple (WWDC). Él quería demostrar que había encontrado otro concepto que a la gente le iba a gustar. El líder de la compañía mostró cómo, cuando se cambia algo en un iPhone –por ejemplo un contacto–, el cambio se traslada a ordenadores o tabletas que están asociados a la misma cuenta. Así que cuando uno se hace una foto y tiene activadas determinadas funciones de iCloud, las imágenes suben a la nube.
La nube es uno de los conceptos básicos de cómo funcionan buena parte de los servicios informáticos hoy en día, en especial en el mundo de la empresa. En el caso de Apple, son tres gigantescos centros de datos construidos para este servicio. Uno de ellos, situado en Carolina del Norte (Estados Unidos) costó alrededor de 500 millones de dólares (unos 380 millones de euros). Todas estas enormes instalaciones de la compañía están en territorio norteamericano. Se trata de complejos muy caros que consumen gran cantidad de energía, por lo que las compañías las asocian a sistemas de energías renovables.
iCloud permite que se active el servicio de forma individualizada para correo, contactos, calendario, recordatorios, direcciones de internet, notas, contraseñas, documentos, búsqueda remota del teléfono extraviado y fotos. Si el usuario activa iCloud para fotos, puede decidir en los ajustes si quiere que sus nuevas fotos vayan de un dispositivo al resto de los que están asociados a la misma cuenta y también crear secuencias de imágenes para compartirlas con otras personas. Por supuesto, todo eso se puede consultar desde cualquier ordenador mediante el acceso a una web exclusiva de iCloud, en la que cada usuario puede entrar con una dirección de correo y una clave.
Este tipo de servicio funciona también, aunque de una forma no tan integral, con otros sistemas operativos móviles, como Android, que también almacena datos y archivos de los usuarios en cuestiones como las fotografías, los datos y los contactos. Después de la filtración masiva de imágenes íntimas de celebridades, se plantea la cuestión de si la nube, o el propio iCloud de Apple son seguros frente a los ataques externos.
La compañía de la manzana emitió ayer un comunicado en el que explicaba: “al tener conocimiento del robo nuestra reacción fue de total indignación y movilizamos de inmediato a los ingenieros de Apple para descubrir el origen”. El texto indica que, “después de más de 40 horas de investigación” los expertos descubrieron que “ciertas cuentas de personas famosas se vieron comprometidas por un ataque muy focalizado dirigido a los nombres de usuario, contraseñas y preguntas de seguridad”.
Según la compañía, en “ninguno de los casos” investigados se ha producido “la vulneración de alguno de los sistemas de Apple, incluidos iCloud y Find my phone, el servicio de localización de teléfonos extraviados. Apple aseguró que trabaja con la policía para “ayudar a identificar a los delincuentes involucrados” y añadió que para protegerse de este tipo de ataques aconseja utilizar contraseñas seguras y activar un procedimiento de verificación en dos pasos, pensado para evitar que un teléfono robado pueda ser activado y, por tanto, se convierta en algo sin interés.
¿Qué significa este comunicado? Que según Apple, nadie ha violado sus servidores, por lo que parece sugerir que, de alguna forma, los que perseguían los archivos de las celebridades utilizaron otros sistemas para averiguar claves y contraseñas. Es lo que ya le pasó hace un par de años a Scarlett Johansson y Mila Kunis. El delincuente, en ese caso, se hizo con sus datos mediante correos falsos para reactivar cuentas. Este no parece tan sencillo.
Fuente: La Vanguardia
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aspectos legales del cloud computing
jueves, 11 de septiembre de 2014
Identidad digital
Uno de los aspectos relevantes que un profesional debe considerar al momento de estar en el mercado laboral, es la importancia de saber construir su propia identidad profesional, pero también lo relevante es construirla en el ambiente digital.
Hoy no se puede concebir que un profesional no esté inserto en internet y más aun tenga opinión y la comunique a través de las redes sociales. Se debe ser un referente que comparta opinión para que la transmita y por sobre todo que esté informado de los cambios que se generan en su especialidad. Qué mejor manera de estar informado que estar aprendiendo e informándose a través de internet. Algo que hace 10 años era difícil de lograr hoy está presente en nuestra vida cotidiana.
Sin embargo, debemos aprender a ser cuidadoso como exponemos nuestros puntos de vistas y más aún generamos opinión que sea fundada y con argumentos relevantes.
Estas acciones permitirán que un profesional vaya construyendo de manera ordenada su identidad y sobre todo construyendo sus argumentos y posturas en diversos ámbitos según sus líneas de desarrollo.
miércoles, 10 de septiembre de 2014
Contratos de trabajo y firma electrónica - gestión documental -
Cuántas organizaciones no tienen que lidiar con los plazos para firmar contratos de trabajo bien sea de plazo fijo o indefinidos y más aún tener que guardar, ordenar y gestionar la documentación de cada uno de ellos. Es una tarea compleja si hay que manejar grandes volúmenes.
La dirección del trabajo en un dictámen del año 2008 estima que resulta jurídicamente procedente que conforme al modelo de centralización de documentación electrónico presentado por la empresa E-SIGN S.A., se proceda a suscribir contratos de trabajo haciendo uso de los medios de firma electrónica establecidos en la Ley Nº19.799 (Ley de firma electrónica), en tanto su implementación no impida las labores fiscalizadoras de este Servicio;
En la medida en que el sistema de digitalización electrónica de la documentación que emana de las relaciones laborales propuesto por la empresa ESIGN S.A., cumpla con los requisitos y condiciones de seguridad y operación precedentemente indicados, constituirá un sistema válido en los términos exigidos por el inciso 2º del artículo 31, del D.F.L. Nº2, de 1967, y en consecuencia, resultará jurídicamente procedente su implementación, todo lo cual debe entenderse sin perjuicio de la facultad fiscalizadora que pueda practicar este Servicio una vez que se implemente;
Se reconsidera la doctrina establecida en el Ord. Nº375, de 25.01.05, conforme a la cual no resultaba procedente la digitalización computacional de comprobantes de feriado mediante el procedimiento de la firma electrónica.
Dado este dictámen se permite el uso de la firma electrónica y la gestión documental de estos documentos, el gran desafío que tienen las empresas es lograr implementar proyectos de gestión documental que sean exitosos y sobre todo eficientes y eficaces en la administración de los recursos.
La dirección del trabajo en un dictámen del año 2008 estima que resulta jurídicamente procedente que conforme al modelo de centralización de documentación electrónico presentado por la empresa E-SIGN S.A., se proceda a suscribir contratos de trabajo haciendo uso de los medios de firma electrónica establecidos en la Ley Nº19.799 (Ley de firma electrónica), en tanto su implementación no impida las labores fiscalizadoras de este Servicio;
En la medida en que el sistema de digitalización electrónica de la documentación que emana de las relaciones laborales propuesto por la empresa ESIGN S.A., cumpla con los requisitos y condiciones de seguridad y operación precedentemente indicados, constituirá un sistema válido en los términos exigidos por el inciso 2º del artículo 31, del D.F.L. Nº2, de 1967, y en consecuencia, resultará jurídicamente procedente su implementación, todo lo cual debe entenderse sin perjuicio de la facultad fiscalizadora que pueda practicar este Servicio una vez que se implemente;
Se reconsidera la doctrina establecida en el Ord. Nº375, de 25.01.05, conforme a la cual no resultaba procedente la digitalización computacional de comprobantes de feriado mediante el procedimiento de la firma electrónica.
Dado este dictámen se permite el uso de la firma electrónica y la gestión documental de estos documentos, el gran desafío que tienen las empresas es lograr implementar proyectos de gestión documental que sean exitosos y sobre todo eficientes y eficaces en la administración de los recursos.
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gestión documental
lunes, 8 de septiembre de 2014
Moción parlamentaria busca regular medios digitales en Chile
Se trata de las mociones de diputados de distintas bancadas contenidas en los boletines 9460 y9461, que buscan asimilar los sitios de noticias que se difunden por Internet a las normas de la Ley 19.733, sobre Libertad de Expresión y Ejercicio del Periodismo.
Los proyectos, presentados a tramitación en julio, buscan regular la existencia de estos sitios para que se inscriban y se alojen en el dominio .cl, que corresponde a Chile.
Para ello, se les exige cumplir con algunos de los requisitos que rigen para los diarios en soporte de papel, esto es, que tengan domicilio y un representante legal reconocido, que se inscriban en el Registro de Nombres de Dominio, que informen de sus actualizaciones y remitan copia de sus impresiones a la Biblioteca Nacional.
Este miércoles la comisión recibió a representantes de la Secretaría de Comunicaciones del Gobierno, quienes informaron que el Ejecutivo no patrocinará las mociones, no porque se opongan a ellas sino porque consideran que es una idea que está en el ámbito exclusivo de las potestades parlamentarias.
Por su parte, la Presidenta del Colegio de Periodistas, Javiera Olivares, señaló que la moción no apunta a los problemas de fondo que subsisten en Chile como son la concentración de los medios en un duopolio. Agregó que sin desmerecer la iniciativa, estimaban que debería ser perfeccionada con medidas para promover el financiamiento de medios digitales de carácter local y que no tengan ánimo de lucro.
En tanto, la ONG Derechos Digitales se mostró abiertamente crítica a regular los medios electrónicos bajos las normas de la ley de prensa. Juan Carlos Lara sostuvo que dicha ley fue hecha para otro segmento de medios, en otra época, y que si actualmente hay problemas para hacer cumplir las normas sobre depósito de las publicaciones, más difícil sería regular medios que, por su naturaleza on line, se actualizan permanentemente. Ejemplificó el caso del diario Panoramas News que, al haber enfrentado problemas jurídicos con sus publicaciones, emigró a un servidor en el extranjero, donde se aloja y desde el que continúa existiendo.
Fuente: Microjuris
Detenido un hacker que infectaba ordenadores con el gancho de espiar el WhatsApp
En España se ha detenido en Torrelavega (Cantabria) al creador del virus "WhatsApp PC", que prometía espiar los mensajes de móviles enviados a través de la popular aplicación, pero que lograba infectar ordenadores de forma masiva y robar las contraseñas de las víctimas en redes sociales.
Según informa la Dirección General de la Guardia Civil, el detenido había creado un archivo informático bautizado con los nombres "Win WhatsApp", "WhatsApp PC" y "WhatsApp Espía" con los que supuestamente la persona que se lo instalase en su ordenador podría acceder, según anunciaba su propio creador, al whatsapp de su novio y de sus amigos.
Pero lejos de esta promesa, y una vez instalada la aplicación, el detenido recibía automáticamente las claves de acceso de los perfiles en redes sociales de las víctimas.
Con las contraseñas en su poder conseguía un "efecto en cadena" al seguir publicitando su "milagroso" programa entre los contactos de los que ya habían sido infectados, la mayoría al picar el anzuelo del detenido, que había creado incluso páginas web que simulaban ser la oficial de la empresa estadounidense de mensajería instantánea.
De esta forma, despertaba la curiosidad de millones de usuarios e impulsaba la descarga indiscriminada y la propagación de su creación de forma masiva.
Fuente: La Vanguardia
Según informa la Dirección General de la Guardia Civil, el detenido había creado un archivo informático bautizado con los nombres "Win WhatsApp", "WhatsApp PC" y "WhatsApp Espía" con los que supuestamente la persona que se lo instalase en su ordenador podría acceder, según anunciaba su propio creador, al whatsapp de su novio y de sus amigos.
Pero lejos de esta promesa, y una vez instalada la aplicación, el detenido recibía automáticamente las claves de acceso de los perfiles en redes sociales de las víctimas.
Con las contraseñas en su poder conseguía un "efecto en cadena" al seguir publicitando su "milagroso" programa entre los contactos de los que ya habían sido infectados, la mayoría al picar el anzuelo del detenido, que había creado incluso páginas web que simulaban ser la oficial de la empresa estadounidense de mensajería instantánea.
De esta forma, despertaba la curiosidad de millones de usuarios e impulsaba la descarga indiscriminada y la propagación de su creación de forma masiva.
Fuente: La Vanguardia
domingo, 7 de septiembre de 2014
Los números de internet en tiempo real
Los números de internet en tiempo real son impresionantes.

Click the image to open the interactive version (via PennyStocksLab).
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miércoles, 3 de septiembre de 2014
Reputación en internet
Un tema que cada vez toma relevancia es la discusión y la aplicación del fallo del Tribunal Europeo sobre el derecho al olvido y que empresas como Google han comenzado a implementar formularios para darse de baja de esto buscadores. Sin embargo, esta protección sería aplicable a personas naturales, pero qué ocurre con las personas jurídicas que se vean afectadas.
Los temas relativos a la reputación de las personas jurídicas en internet son algo muy nuevo y complejo a nivel internacional y pueden ser abordados desde varios frentes. En mi experiencia suelen dar buenos resultados los acuerdos, pero son escasos, así como, tratar este problema desde el punto de vista tecnológico, en el caso que sea imposible resolverlo jurídicamente, para ello se requiere un equipos multidisciplinario. Incluso hay empresas que se dedican a través de sistemas de publicaciones positivas a ocultar aquellas noticias, reclamos o malos comentarios que impactan en la empresa. Internet va dejando registros todas esas expresiones y se producen situaciones complejas para poder eliminarlas lo cual es muy difícil.
Los temas relativos a la reputación de las personas jurídicas en internet son algo muy nuevo y complejo a nivel internacional y pueden ser abordados desde varios frentes. En mi experiencia suelen dar buenos resultados los acuerdos, pero son escasos, así como, tratar este problema desde el punto de vista tecnológico, en el caso que sea imposible resolverlo jurídicamente, para ello se requiere un equipos multidisciplinario. Incluso hay empresas que se dedican a través de sistemas de publicaciones positivas a ocultar aquellas noticias, reclamos o malos comentarios que impactan en la empresa. Internet va dejando registros todas esas expresiones y se producen situaciones complejas para poder eliminarlas lo cual es muy difícil.
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derecho al olvido
martes, 2 de septiembre de 2014
Las visitas a webs móviles de 'ecommerce' crecen un 50% anual
Las visitas a webs de comercio en línea se han incrementado en un 50% desde los dispositivos móviles a lo largo del último año. Así se indica en un estudio de ComScore, en el que se añade que este aumento ha llegado al 73% en Italia a pesar de la crisis. Sumando las cantidades de compradores a través de los teléfonos que son residentes en ambos países, en Francia, en Alemania y en Gran Bretaña, la cifra casi llegó a los 32 millones entre junio y agosto de 2013, un crecimiento del 43% con respecto al mismo periodo de 2012.
Fuente: La Vanguardia
Fuente: La Vanguardia
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comercio electrónico
lunes, 1 de septiembre de 2014
JP Morgan y otros grandes bancos, víctimas de un 'sofisticado' ciberataque
El banco JP Morgan Chase y al menos otras cuatro entidades estadounidenses han sido víctimas este mes de una "sofisticada" serie de ciberataques coordinados cuyo fin aún se desconoce, informaron este miércoles fuentes conocedoras de la investigación al diario The New York Times.
Los intrusos informáticos accedieron a grandes cantidades de datos bancarios, incluida información de las cuentas de ahorro de los clientes, relataron las mismas fuentes.
El FBI forma parte de la investigación que busca determinar el origen de este elaborado ciberataque y si la motivación que hay detrás de él es simplemente económica o se enmarca en una operación de Inteligencia o espionaje internacional.
Fuente: El Mundo
Los intrusos informáticos accedieron a grandes cantidades de datos bancarios, incluida información de las cuentas de ahorro de los clientes, relataron las mismas fuentes.
El FBI forma parte de la investigación que busca determinar el origen de este elaborado ciberataque y si la motivación que hay detrás de él es simplemente económica o se enmarca en una operación de Inteligencia o espionaje internacional.
Fuente: El Mundo
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ciberataque
viernes, 29 de agosto de 2014
Agenda digital en Alemania
El gobierno alemán es consciente de lo crucial que resultará para su economía no perder la carrera digital y el primer consejo de ministros tras las vacaciones ha dado a luz un gran programa de impulso al sector. Su primer objetivo es que para 2018 todos los hogares del país puedan descargar de internet al menos a una velocidad de 50 megabits por segundo.
Este nuevo mínimo está significativamente por encima de la media actual, ya que sólo un 5,5% de los alemanes disfruta ahora mismo de un ancho de banda de más de 30 megabits por segundo y la velocidad media se sitúa en torno a los 6 megabits por segundo, por debajo incluso del promedio de la Unión Europea.
Para darle la vuelta a esta situación, el vicecanciller y ministro de Economía Sigmar Gabriel ha presentado la 'Agenda Digital 2014-2017' y ha proclamado con entusiasmo que "la Agenda Digital va a cambiar Alemania de arriba abajo". El documento rubrica el compromiso de Berlín a hacer aportaciones financieras allí donde para el sector privado "no sea rentable" instalar la infraestructura necesaria, según las 38 páginas en las, que por otra parte, no se detallan cifras.
El ministro de Infraestructuras, Alexander Dobrindt, ha adelantado que el Gobierno se dispone a establecer mesas de negociación con todos los actores económicos implicados en el sector para calcular con más exactitud la "suma de inversiones" que debe aportar el Estado. Su intención es valorar cuánto está dispuesto a invertir el sector privado y calcular el "agujero" de diferencia que debería asumir el Estado.
La prensa alemana hace cálculos en torno a los 20.000 millones de euros, una cifra que Dobrindt ha preferido no comentar, pero que está en línea con las inversiones en infraestructuras pactadas entre el Partido Socialdemócrata (SPD) y la Unión Cristianodemócrata (CDU) de Merkel durante las negociaciones para formar la gran coalición de gobierno.
Fuente: El Mundo
Este nuevo mínimo está significativamente por encima de la media actual, ya que sólo un 5,5% de los alemanes disfruta ahora mismo de un ancho de banda de más de 30 megabits por segundo y la velocidad media se sitúa en torno a los 6 megabits por segundo, por debajo incluso del promedio de la Unión Europea.
Para darle la vuelta a esta situación, el vicecanciller y ministro de Economía Sigmar Gabriel ha presentado la 'Agenda Digital 2014-2017' y ha proclamado con entusiasmo que "la Agenda Digital va a cambiar Alemania de arriba abajo". El documento rubrica el compromiso de Berlín a hacer aportaciones financieras allí donde para el sector privado "no sea rentable" instalar la infraestructura necesaria, según las 38 páginas en las, que por otra parte, no se detallan cifras.
El ministro de Infraestructuras, Alexander Dobrindt, ha adelantado que el Gobierno se dispone a establecer mesas de negociación con todos los actores económicos implicados en el sector para calcular con más exactitud la "suma de inversiones" que debe aportar el Estado. Su intención es valorar cuánto está dispuesto a invertir el sector privado y calcular el "agujero" de diferencia que debería asumir el Estado.
La prensa alemana hace cálculos en torno a los 20.000 millones de euros, una cifra que Dobrindt ha preferido no comentar, pero que está en línea con las inversiones en infraestructuras pactadas entre el Partido Socialdemócrata (SPD) y la Unión Cristianodemócrata (CDU) de Merkel durante las negociaciones para formar la gran coalición de gobierno.
Fuente: El Mundo
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agenda digital; políticas publicas TI.
jueves, 28 de agosto de 2014
¿Es delito el 'hacking' ético?
Otra mirada sobre el hacking ético y si es delito o no:
"El acceso no autorizado es intromisión y punto", afirma el abogado Ángel Vallejo. Pero la abogada Ruth Sala lo ve de forma menos expeditiva: "En el hacking ético no se cumplen los requisitos para ser considerado delito". ¿Quién tiene razón? Ambos interpretan a su manera el artículo 197.3 del Código Penal, que pena con prisión a quien entre sin permiso en redes informáticas. Abogados y fiscales llevan 4 años sin ponerse de acuerdo y de momento ganan las tesis más duras.
El artículo 197.3, llamado también 'ley del hacking', no menciona la palabra hacker, pero sí sus actividades: "El que, vulnerando las medidas de seguridad, acceda sin autorización a datos o programas contenidos en un sistema informático (...) será castigado con penas de prisión". El texto engloba tanto al delincuente que roba información de la red de una empresa, como a quien prueba su seguridad, sin intención de hacer daño, y avisa de los fallos al propietario.
Cuenta el abogado Ángel Vallejo que hay dos tendencias en la abogacía y fiscalía: "La corriente benévola considera que el hacker ético o 'de sombrero blanco' debe tener un tratamiento matizado y suavizado, que no puede caerle encima la ley como al desaprensivo y malévolo; la otra tendencia es la que concluye que, dando igual como se llame el actor, lo que no se puede hacer es entrar sin permiso pues están en juego más cosas, como la inviolabilidad del domicilio, el correo, etc. Quien quiera que le hagan un 'pentest' (de 'penetration testing', auditoría de seguridad) ya lo pedirá".
Fuente: El Mundo
Ver artículo completo aqui
"El acceso no autorizado es intromisión y punto", afirma el abogado Ángel Vallejo. Pero la abogada Ruth Sala lo ve de forma menos expeditiva: "En el hacking ético no se cumplen los requisitos para ser considerado delito". ¿Quién tiene razón? Ambos interpretan a su manera el artículo 197.3 del Código Penal, que pena con prisión a quien entre sin permiso en redes informáticas. Abogados y fiscales llevan 4 años sin ponerse de acuerdo y de momento ganan las tesis más duras.
El artículo 197.3, llamado también 'ley del hacking', no menciona la palabra hacker, pero sí sus actividades: "El que, vulnerando las medidas de seguridad, acceda sin autorización a datos o programas contenidos en un sistema informático (...) será castigado con penas de prisión". El texto engloba tanto al delincuente que roba información de la red de una empresa, como a quien prueba su seguridad, sin intención de hacer daño, y avisa de los fallos al propietario.
Cuenta el abogado Ángel Vallejo que hay dos tendencias en la abogacía y fiscalía: "La corriente benévola considera que el hacker ético o 'de sombrero blanco' debe tener un tratamiento matizado y suavizado, que no puede caerle encima la ley como al desaprensivo y malévolo; la otra tendencia es la que concluye que, dando igual como se llame el actor, lo que no se puede hacer es entrar sin permiso pues están en juego más cosas, como la inviolabilidad del domicilio, el correo, etc. Quien quiera que le hagan un 'pentest' (de 'penetration testing', auditoría de seguridad) ya lo pedirá".
Fuente: El Mundo
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hacker etico
martes, 26 de agosto de 2014
Los Modelos de Prevención de Delitos - MPD -
Las Formas de organización de las personas jurídicas apuntan a 2 objetivos:
Por una parte impedir la comisión de delitos y por la otra, blindarse del surgimiento de responsabilidad penal por los hechos cometidos por alguno de sus integrantes
Chile ha optado por un modelo de auto regulación forzada, pues la decisión de implementarla por las empresas es facultativa.
El éxito de funcionamiento depende de la planificación y estrategia utilizada en la organización, ello será vital así como la disposición de recursos coherentes para los fines.
El tratamiento de la organización al área de cumplimiento, el respeto de esta área es una demostración de la cultura de la organización y su apego al derecho.
Hay que tener presente que un MPD será efectivo en la medida que se identifiquen las acciones del negocio corporativo. Conociendo bien el negocio se pueden implementar mecanismos y roles de la organización. Además de identificando claramente los riesgos y características de la organización se pueden identificar los aspectos criminológicos de la organización
NO EXISTE 1 solo MPD, éste se debe adecuar a los procedimiento, contextos y cultura de la organización, y particularmente a su exposición a los riesgos. Tiene que ser un modelo dinámico a la organización y no estático, pues las organizaciones permanentemente van cambiando y ajustando sus estructura así como los servicios que entregan o bienes que producen.
La instalación de un MPD, en relación al diseño y eficacia en la implementación dependerá del éxito del encargado de prevención, por lo tanto, se transforma en un cargo relevante para lograr ese objetivo.
Los pasos definidos en la ley para la instalación de un MPD son:
Por una parte impedir la comisión de delitos y por la otra, blindarse del surgimiento de responsabilidad penal por los hechos cometidos por alguno de sus integrantes
Chile ha optado por un modelo de auto regulación forzada, pues la decisión de implementarla por las empresas es facultativa.
El éxito de funcionamiento depende de la planificación y estrategia utilizada en la organización, ello será vital así como la disposición de recursos coherentes para los fines.
El tratamiento de la organización al área de cumplimiento, el respeto de esta área es una demostración de la cultura de la organización y su apego al derecho.
Hay que tener presente que un MPD será efectivo en la medida que se identifiquen las acciones del negocio corporativo. Conociendo bien el negocio se pueden implementar mecanismos y roles de la organización. Además de identificando claramente los riesgos y características de la organización se pueden identificar los aspectos criminológicos de la organización
NO EXISTE 1 solo MPD, éste se debe adecuar a los procedimiento, contextos y cultura de la organización, y particularmente a su exposición a los riesgos. Tiene que ser un modelo dinámico a la organización y no estático, pues las organizaciones permanentemente van cambiando y ajustando sus estructura así como los servicios que entregan o bienes que producen.
La instalación de un MPD, en relación al diseño y eficacia en la implementación dependerá del éxito del encargado de prevención, por lo tanto, se transforma en un cargo relevante para lograr ese objetivo.
Los pasos definidos en la ley para la instalación de un MPD son:
- Identificar procesos o actividades de la organización (habituales o esporádicos) que generen riesgos en la comisión de delitos (gestión del riesgo)
- Existencia de reglas, protocolos, reglamentos, de manera que los actores puedan prevenir la comisión de delitos
- Existencia de procedimiento de auditoría que impiden uso de recursos de la institución en la comisión de delitos
- Existencia de sanciones administrativas, procedimiento de denuncias o sanciones pecuniarias a quien no respete el reglamento de prevención
Lo anterior debe ir de la mano con un sistema de supervisión. Que contemple mecanismos de control y supervisión adecuados para detectar y corregir fallas. Debemos recordar que es un modelo dinámico y sujeto a la estructura de la organización
Un MPD debe aprender de su propia experiencia y estar atento al entorno jurídico que rodea a la organización
Por lo tanto, un MPD exitosos no sólo debe cumplir con las exigencias legales, sino que debe acoplarse a la estructura real de la organización
lunes, 25 de agosto de 2014
Modelos de Prevención de Delitos - MPD -
Uno de los temas que hoy recaen en el Gobierno Corporativo, entendiéndolo como el conjunto de instancias y prácticas institucionales en el proceso de toma de decisiones de la compañía que contribuyen a la creación sustentable de valor en un marco de transparencia, ética y responsabilidad empresarial, alineando intereses y promoviendo el respeto a los derechos de todos los accionistas y grupos de interés que participen directa o indirectamente en la firma, es el respeto y adecuación a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Esta ley viene establecer la responsabilidad penal aplicable a las personas jurídicas (privadas y estatales empresas del Estado) en relación a los delitos: cohecho de funcionario público (nacional y extranjero); lavado de activos; financiamiento del terrorismo. Establece pautas de autoregulación para las empresas en relación a los delitos a través del Modelo de Prevención de Delitos.
Para que opere se requiere de la existencia de 3 requisitos copulativos, la existencia de un hecho punible cometido por: los dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración o supervisión o por una persona natural que esté bajo la dirección o supervisión de las personas nombradas.
Esta ley viene establecer la responsabilidad penal aplicable a las personas jurídicas (privadas y estatales empresas del Estado) en relación a los delitos: cohecho de funcionario público (nacional y extranjero); lavado de activos; financiamiento del terrorismo. Establece pautas de autoregulación para las empresas en relación a los delitos a través del Modelo de Prevención de Delitos.
Para que opere se requiere de la existencia de 3 requisitos copulativos, la existencia de un hecho punible cometido por: los dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración o supervisión o por una persona natural que esté bajo la dirección o supervisión de las personas nombradas.
Que la comisión del delito fuere cometido directa e inmediatamente en interés o provecho de la persona jurídica y que la persona jurídica incumpla con su deber de dirección y supervisión y que tal conducta haya hecho posible la comisión del delito.
El ámbito de esta ley se limita a los siguientes delitos:
Todas las personas jurídicas de derecho privado (Art. 34) y a las empresas del Estado (art. 2º de la Ley Nº 20.393),35-36 sin distinción de tamaño,37. ¿Qué delitos?
a) Lavado de dinero (art. 27 de la Ley Nº 19.913, ley que crea la Unidad de Análisis Financiero).
b) Financiamiento del terrorismo (art. 8º de la Ley Nº 18.314, ley sobre conductas terroristas).
c) Soborno o cohecho activo tanto de empleados públicos nacionales (art. 250 del Código Penal como de funcionario público extranjero (art. 251 bis CP)
Un tema que está vinculado a esta norma son los Modelos de Prevención de Delitos, MPD, fundamentales para la aplicación de la ley 20.393 dado su carácter facultativo de implementación.
viernes, 22 de agosto de 2014
CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSOS CONTRA LICITACIÓN DE LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DEL REGISTRO CIVIL
La Corte Suprema desestimó una serie de recursos presentados en contra de la licitación de la plataforma tecnológica para pasaportes, realizada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Por unanimidad, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval- rechazó el recurso de reclamación presentado (causa rol 13.972-2013) por la empresa Sonda S.A. por supuestas infracciones a la libre competencia en el proceso; y el recurso de queja (causa rol 2813-2013) contra los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimaron impugnación contra resolución del Tribunal de Contratación Pública (TCP) del proceso de licitación.
En el primer caso, la Tercera Sala no acogió el recurso de reclamación, por considerar que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLDC) no es la instancia pertinente para conocer de los reclamos en contra de las licitaciones de los organismos públicos, función que está entregada al TCP.
"Como surge de la debida inteligencia de las normas citadas, la competencia del Tribunal de Contratación Pública se refiere a la impugnación de los actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, que se hayan verificado con ocasión de los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos, regidos por la Ley N° 19.886; vale decir, de aquellos que deben regirse, en lo fundamental, por los principios de libre concurrencia e igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos reproducidos en la consideración precedente. Esclarecido lo anterior, resulta evidente que la demanda intentada en autos por Sonda S.A., pese a la pretensión de la actora de dotarla de una apariencia propia de la materia que es de competencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, incide en cuestiones que son de exclusivo conocimiento del Tribunal de Contratación Pública (…), no cabe sino concluir que la materia sometida al conocimiento y decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante la demanda de fs. 364, escapa por completo del ámbito de su competencia y se inscribe de lleno en aquel que es propio del Tribunal de Contratación Pública, órgano de la judicatura a quien corresponde exclusivamente decidir en torno a la existencia de actos u omisiones arbitrarios o ilegales verificados con ocasión de procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos", sostiene el fallo.
La resolución agrega: "Dicha conclusión se ve refrendada por la circunstancia de que el Tribunal de Contratación Pública ya conoció y se pronunció acerca de este conflicto en concreto, lo que sucedió a propósito de la demanda intentada ante él por Sonda S.A. en la causa rol N° 162-2011, en la que incide un recurso de queja del que ha conocido esta Corte a la vez que de las reclamaciones deducidas en estos autos. En esos antecedentes los jueces competentes para ello han efectuado el análisis que al efecto les encomienda la ley y han llegado a las conclusiones que allí se leen, sin que en el presente proceso corresponda efectuar declaración alguna sobre el particular, pues ello supondría violentar la competencia que en exclusiva les ha conferido el legislador en esta materia".
Además, se consigna que no hay pruebas suficientes para determinar que produjo alguna irregularidad en el proceso de licitación por parte del Registro Civil e Identificación.
Recurso de queja
Sobre el recurso de queja, la Corte Suprema descartó que exista falta o abuso grave de los magistrados que rechazaron las reclamaciones en contra de la decisión del Tribunal de Contratación Pública.
"Que, en el presente caso, el mérito de los antecedentes no permite concluir que los jueces recurridos -al decidir como lo hicieron- hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba y que sería necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte", afirma el fallo.
Descargar sentencia
Fuente: Poder Judicial
Por unanimidad, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval- rechazó el recurso de reclamación presentado (causa rol 13.972-2013) por la empresa Sonda S.A. por supuestas infracciones a la libre competencia en el proceso; y el recurso de queja (causa rol 2813-2013) contra los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimaron impugnación contra resolución del Tribunal de Contratación Pública (TCP) del proceso de licitación.
En el primer caso, la Tercera Sala no acogió el recurso de reclamación, por considerar que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLDC) no es la instancia pertinente para conocer de los reclamos en contra de las licitaciones de los organismos públicos, función que está entregada al TCP.
"Como surge de la debida inteligencia de las normas citadas, la competencia del Tribunal de Contratación Pública se refiere a la impugnación de los actos u omisiones, ilegales o arbitrarios, que se hayan verificado con ocasión de los procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos, regidos por la Ley N° 19.886; vale decir, de aquellos que deben regirse, en lo fundamental, por los principios de libre concurrencia e igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos reproducidos en la consideración precedente. Esclarecido lo anterior, resulta evidente que la demanda intentada en autos por Sonda S.A., pese a la pretensión de la actora de dotarla de una apariencia propia de la materia que es de competencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, incide en cuestiones que son de exclusivo conocimiento del Tribunal de Contratación Pública (…), no cabe sino concluir que la materia sometida al conocimiento y decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante la demanda de fs. 364, escapa por completo del ámbito de su competencia y se inscribe de lleno en aquel que es propio del Tribunal de Contratación Pública, órgano de la judicatura a quien corresponde exclusivamente decidir en torno a la existencia de actos u omisiones arbitrarios o ilegales verificados con ocasión de procedimientos administrativos de contratación con organismos públicos", sostiene el fallo.
La resolución agrega: "Dicha conclusión se ve refrendada por la circunstancia de que el Tribunal de Contratación Pública ya conoció y se pronunció acerca de este conflicto en concreto, lo que sucedió a propósito de la demanda intentada ante él por Sonda S.A. en la causa rol N° 162-2011, en la que incide un recurso de queja del que ha conocido esta Corte a la vez que de las reclamaciones deducidas en estos autos. En esos antecedentes los jueces competentes para ello han efectuado el análisis que al efecto les encomienda la ley y han llegado a las conclusiones que allí se leen, sin que en el presente proceso corresponda efectuar declaración alguna sobre el particular, pues ello supondría violentar la competencia que en exclusiva les ha conferido el legislador en esta materia".
Además, se consigna que no hay pruebas suficientes para determinar que produjo alguna irregularidad en el proceso de licitación por parte del Registro Civil e Identificación.
Recurso de queja
Sobre el recurso de queja, la Corte Suprema descartó que exista falta o abuso grave de los magistrados que rechazaron las reclamaciones en contra de la decisión del Tribunal de Contratación Pública.
"Que, en el presente caso, el mérito de los antecedentes no permite concluir que los jueces recurridos -al decidir como lo hicieron- hayan realizado alguna de las conductas que la ley reprueba y que sería necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte", afirma el fallo.
Descargar sentencia
Fuente: Poder Judicial
jueves, 21 de agosto de 2014
Ciberseguridad y la preparación en Chile
Hemos visto que recientemente ha aparecido una noticia que señala que el jueves pasado el grupo de hackers Lulz Security Perú (@LulzSecPeru) anunció a través de su cuenta de Twitter que hackeó a la Fuerza Área de Chile (FACH) y “liberó” cientos de correos electrónicos.
El ataque evidenció una debilidad en el sistema de ciberseguridad de la FACH. La información corresponde a dos cuentas de correos electrónicos. La primera es del Departamento de Pasaportes y Visas y contiene datos privados (Rut, fechas de nacimiento, estado civil, entre otras) de funcionarios de la institución y de sus familiares.
La segunda son los correos del Departamento de Administración de Contratos del Comando de Logística y contienen una serie de negociaciones y contratos de la FACH para la adquisición de misiles, sistemas de radares y aviones, entre otros productos.
Consultados por el ataque, desde la FACH dicen que “efectivamente entre mayo y junio de 2013 se detectó que dos casillas de correo institucional fueron vulneradas, para lo cual se adoptaron inmediatamente las medidas de seguridad informática pertinentes”. Además, aseguraron que “este hecho puntual, no significó una vulneración a la seguridad nacional, tras lo cual se han mantenido los máximos estándares en materia de seguridad informática”. Finalmente, agregaron que los sistemas de correos funcionan con total normalidad, “bajo estrictos parámetros de fiscalización y los debidos resguardos de los sistemas de protección informática, que permiten alertarnos sobre acciones de esta naturaleza”.
Este tema no es menor, aun nuestros organismos de públicos no están preparados para hacer frente a las amanezas de otros países o de terceros en la vulneración y acceso a los sistemas de información. Chile debe adecuar su estructura de manera preventiva generando organismos preparados técnicamente para hacer frente al ciber espionaje, pero no será fácil, pues la estructura de nuestro Estado es compleja y requiere de diversas adecuaciones tanto técnicas, como jurídicas para prepararnos al contexto del S. XXI.
Fuente. El Mostrador
El ataque evidenció una debilidad en el sistema de ciberseguridad de la FACH. La información corresponde a dos cuentas de correos electrónicos. La primera es del Departamento de Pasaportes y Visas y contiene datos privados (Rut, fechas de nacimiento, estado civil, entre otras) de funcionarios de la institución y de sus familiares.
La segunda son los correos del Departamento de Administración de Contratos del Comando de Logística y contienen una serie de negociaciones y contratos de la FACH para la adquisición de misiles, sistemas de radares y aviones, entre otros productos.
Consultados por el ataque, desde la FACH dicen que “efectivamente entre mayo y junio de 2013 se detectó que dos casillas de correo institucional fueron vulneradas, para lo cual se adoptaron inmediatamente las medidas de seguridad informática pertinentes”. Además, aseguraron que “este hecho puntual, no significó una vulneración a la seguridad nacional, tras lo cual se han mantenido los máximos estándares en materia de seguridad informática”. Finalmente, agregaron que los sistemas de correos funcionan con total normalidad, “bajo estrictos parámetros de fiscalización y los debidos resguardos de los sistemas de protección informática, que permiten alertarnos sobre acciones de esta naturaleza”.
Este tema no es menor, aun nuestros organismos de públicos no están preparados para hacer frente a las amanezas de otros países o de terceros en la vulneración y acceso a los sistemas de información. Chile debe adecuar su estructura de manera preventiva generando organismos preparados técnicamente para hacer frente al ciber espionaje, pero no será fácil, pues la estructura de nuestro Estado es compleja y requiere de diversas adecuaciones tanto técnicas, como jurídicas para prepararnos al contexto del S. XXI.
Fuente. El Mostrador
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martes, 19 de agosto de 2014
Cuidado con la wifi gratis
Conectar el smartphone a las redes inalámbricas del hotel, cafetería o aeropuerto es muy frecuente. Pero conectarse a estos hotspots puede traer serios problemas de seguridad que pongan en peligro la información de nuestro teléfono, según los expertos de la empresa de seguridad informática Kaspersky Lab.
Los hackers crean puntos de acceso WiFi falsos con el fin de monitorizar las comunicaciones en Internet a través de los denominados ataques man-in-the-middle, robando credenciales de acceso, infectando a los usuarios con malware y realizando otras acciones maliciosas.
Una de las recomendaciones de los expertos pasa por que los usuarios configuren sus dispositivos para que pidan permiso antes de conectarse a una red inalámbrica. Además, se aconseja tener al día toda las actualizaciones disponibles -ya que incorporan las últimas medidas de seguridad-, evitar las redes WiFi públicas -especialmente si no parecen de confianza- e instalar un antivirus.
Fuente: La Vanguardia
Los hackers crean puntos de acceso WiFi falsos con el fin de monitorizar las comunicaciones en Internet a través de los denominados ataques man-in-the-middle, robando credenciales de acceso, infectando a los usuarios con malware y realizando otras acciones maliciosas.
Una de las recomendaciones de los expertos pasa por que los usuarios configuren sus dispositivos para que pidan permiso antes de conectarse a una red inalámbrica. Además, se aconseja tener al día toda las actualizaciones disponibles -ya que incorporan las últimas medidas de seguridad-, evitar las redes WiFi públicas -especialmente si no parecen de confianza- e instalar un antivirus.
Fuente: La Vanguardia
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ciberseguridad
lunes, 18 de agosto de 2014
Berlín, capital europea de las startups
Por diversos motivos laborales me ha tocado estar unas 4 veces en Berlín, realmente la encuentro una ciudad muy interesante, con mucha actividad cultural, espacios por conocer y sobre todo muy amigable al momento de recorrerla. Hoy me encuentro que se ha transformado en una de las capitales del emeprendimiento en Europa. La capital alemana se ha convertido en una eclosión de proyectos realizados por jóvenes emprendedores que diseñan soluciones respondiendo a las demandas y necesidades de la sociedad. Son varias las condiciones que la ciudad reúne para convertirse en el paraíso startup, entre ellas la buena relación precio y calidad de vida en comparación con el resto de las capitales mundiales o la confluencia de multitud de nacionalidades que proporcionan un ambiente abierto de intercambio y aprendizaje. La cultura alternativa se ha filtrado en la cultura empresarial y la presencia de numerosos hubs facilita la interconexión de ideas y la interacción entre un numeroso grupo de emprendedores.
En cuanto a la financiación y desarrollo, proliferan los 'business angels' (inversores particulares), "aceleradoras" e "incubadoras" que proporcionan una inversión inicial y asesoramiento a cambio de poseer cierto porcentaje de la compañía, o los 'Venture Capital' (empresas que se dedican a la inversión de capital de riesgo)
ver en: El Mundo
miércoles, 13 de agosto de 2014
Mis felicitaciones al proyecto de Alejandra Mustakis y Lionel Kaufmann quienes han creado un proyecto ícono y que venían trabajando desde hace un algunos años. Iniciaron así los primeros bosquejos, con la meta de armar un paraguas multifuncional que cobijara a diferentes organizaciones de emprendedores. No un gremio, sino la primera red colaborativa de este tipo de asociaciones. El objetivo era que estuvieran físicamente todas juntas, pero que, además, se apoyaran unas a otras.
Después de haber participado en un focus junto a algunos actores de innovación y una interesante conversación, la idea de crear un proyecto donde se construyera una iniciativa que sea un lugar de encuentro a innovadores y emprendedores daría pago a a la materialización de IF. Es un ecosistema que aglutina a organizaciones ligadas al emprendimiento y la innovación en un mismo espacio físico. El objetivo es que cada una aporte valor en su área y que juntas trabajen cooperativamente en la creación de ideas. IF, a la vez, apoya a los diferentes gestores guiando su proceso creativo.
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lunes, 11 de agosto de 2014
¿Es delito el hacking ético?
En España la próxima reforma del Código Penal mantendrá intacto el artículo 197.3, según han confirmado a EL MUNDO fuentes de la Fiscalía General del Estado. Conocido popularmente como 'Ley del hacking', el artículo 197.3 prevé penas de prisión para quien rompa la seguridad de un sistema informático. El problema, que lleva tiempo generando polémica entre hackers, abogados, fiscales y fuerzas de seguridad, es que la ley no hace distinciones entre las intenciones de un delincuente y del simple curioso con conocimientos de seguridad informática, que busca comprobar la fortaleza del sistema sin aprovecharse de ello.
A Daniel Martínez, 27 años, de Alcorcón, se le conoce como 'dan1t0' en la comunidad hacker española. Trabaja como hacker ético e investigador en seguridad informática y regenta una conocida tienda virtual de camisetas 'frikis' (). Un día, un compañero le comentó que el Metro de una importante ciudad española tenía "cosas mal, y me dio por empezar a mirar a fondo", explica. Empezó descargando todos los documentos que podían cogerse libremente bajo el dominio metroNOMBREDELACIUDAD.es: mapas, planos, información sobre programas informáticos... Lo suficiente para llevarse las manos a la cabeza.
Según dan1t0, un atacante que obtuviese esta información, accesible al público, podría "como mínimo conocer el funcionamiento interno de la red de Metro, mapas de red incluidos, equipos, infraestructura, así como otros detalles, teniendo en cuenta que tenían colgado todo lo que compraban y muchas veces describían cómo lo hacían funcionar, sistemas eléctricos, medidas de seguridad de algunas instalaciones..". Había incluso un documento sobre cómo acceder a la red informática del Metro a través de un 'walkie talkie' vía ondas UHF.
Los pliegos de adjudicación de proyectos, que estaban también abiertos al público, permitieron a dan1t0 saber quiénes eran los principales proveedores del servicio de Metro y, sin tener que atacarlos, mediante un barrido rápido de posibles fallos de seguridad, descubrió que era posible extraer de los mismos información sobre su cliente: "Estos proveedores ofrecían servicios al Metro y otras empresas, como servidores de almacenamiento de video o PDAs de control de estación, desde las que se pueden controlar todas las luces, la megafonía, encender y apagar los extractores de humo o parar las escaleras", afirma el hacker.
Fuente: El Mundo
A Daniel Martínez, 27 años, de Alcorcón, se le conoce como 'dan1t0' en la comunidad hacker española. Trabaja como hacker ético e investigador en seguridad informática y regenta una conocida tienda virtual de camisetas 'frikis' (). Un día, un compañero le comentó que el Metro de una importante ciudad española tenía "cosas mal, y me dio por empezar a mirar a fondo", explica. Empezó descargando todos los documentos que podían cogerse libremente bajo el dominio metroNOMBREDELACIUDAD.es: mapas, planos, información sobre programas informáticos... Lo suficiente para llevarse las manos a la cabeza.
Según dan1t0, un atacante que obtuviese esta información, accesible al público, podría "como mínimo conocer el funcionamiento interno de la red de Metro, mapas de red incluidos, equipos, infraestructura, así como otros detalles, teniendo en cuenta que tenían colgado todo lo que compraban y muchas veces describían cómo lo hacían funcionar, sistemas eléctricos, medidas de seguridad de algunas instalaciones..". Había incluso un documento sobre cómo acceder a la red informática del Metro a través de un 'walkie talkie' vía ondas UHF.
Los pliegos de adjudicación de proyectos, que estaban también abiertos al público, permitieron a dan1t0 saber quiénes eran los principales proveedores del servicio de Metro y, sin tener que atacarlos, mediante un barrido rápido de posibles fallos de seguridad, descubrió que era posible extraer de los mismos información sobre su cliente: "Estos proveedores ofrecían servicios al Metro y otras empresas, como servidores de almacenamiento de video o PDAs de control de estación, desde las que se pueden controlar todas las luces, la megafonía, encender y apagar los extractores de humo o parar las escaleras", afirma el hacker.
Fuente: El Mundo
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hacker etico
viernes, 8 de agosto de 2014
Oficina Europea de Lucha Antifraude investigará el caso Gowex
La Oficina Europa de Lucha Antifraude (OLAF, por sus siglas en inglés) ha abierto un expediente por el caso Gowex para investigar los fondos europeos que la empresa obtuvo para investigaciones y otras subvenciones, según ha informado la Asociación Europea de Inversores Profesionales (Asinver).
Asinver colaborará con la OLAF en la investigación. En una carta remitida al director general de la oficina europea contra el fraude, Giovanni Kessle, la asociación de inversores ha pedido "una mayor investigación" y ha subrayado que el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) debe contar con requisitos de "transparencia y principios reguladores europeos básicos ".
La asociación ha recordado que en el caso Gowex también se han visto afectado inversores -además de España- de Francia, Bélgica, Portugal y Reino Unido. "Instamos a la OLAF para abordar la falta de supervisión", ha indicado Asinver en la misiva.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que investiga el falseamiento de las cuentas de la empresa especializada en redes wifi, tomará declaración mañana como imputados a la mujer de su expresidente, Jenaro García, Florencia Maté, y al exconsejero Ricardo Moreno Warleta, que dejó su cargo en el año 2012.
Fuente: Expansión
Asinver colaborará con la OLAF en la investigación. En una carta remitida al director general de la oficina europea contra el fraude, Giovanni Kessle, la asociación de inversores ha pedido "una mayor investigación" y ha subrayado que el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) debe contar con requisitos de "transparencia y principios reguladores europeos básicos ".
La asociación ha recordado que en el caso Gowex también se han visto afectado inversores -además de España- de Francia, Bélgica, Portugal y Reino Unido. "Instamos a la OLAF para abordar la falta de supervisión", ha indicado Asinver en la misiva.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que investiga el falseamiento de las cuentas de la empresa especializada en redes wifi, tomará declaración mañana como imputados a la mujer de su expresidente, Jenaro García, Florencia Maté, y al exconsejero Ricardo Moreno Warleta, que dejó su cargo en el año 2012.
Fuente: Expansión
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fraudes delitos
jueves, 7 de agosto de 2014
Sustracción de información del Banco Central de Europa
Unas 20.000 direcciones de correo electrónico y datos de contacto de periodistas y participantes en seminarios han sido robados directamente a través del sitio web público del Banco Central Europeo, según informa la propia entidad, que apunta que el robo no afecta a datos encriptados y sensibles para los mercados. La policía alemana ha sido informada del robo y ha comenzado una investigación.
En una nota, el BCE reconoce esta sustracción de datos, sobre todo direcciones de contacto y de correo electrónico, que estaban almacenados en una base de datos "independiente de cualquier sistema interno". Por tanto, asegura la institución, "no hay datos sensibles de mercado comprometidas".
Se trata, según dicha nota, de "una violación de la seguridad que protege una base de datos enlazada a su sitio web público". "Esto condujo al robo de direcciones de correo electrónico y otros datos de contacto que dejan las personas que se registran para eventos en el BCE", asegura el banco, lo que implica que los datos que ingresan algunos usuarios en dicho sitio web no están encriptados.
Esos datos son sobre todo los que recoge el sitio a partir de las inscripciones para eventos y visitas a la sede del BCE, situada en la ciudad alemana de Fráncfort. El banco se está poniendo en contacto con las personas cuyas direcciones de correo electrónico u otros datos pueden estar estado en peligro, y como precaución todas las contraseñas han sido modificadas.
Según relata la propia institución, "el robo salió a la luz después de que fuera recibido un correo electrónico anónimo que buscaba una compensación económica a cambio de los datos".
E BCE reconoce que "mientras que la mayoría de los datos se encriptan, algunas partes de la base de datos [atacada] incluyen direcciones de correo electrónico, algunas direcciones de calles y números de teléfono que no estaban encriptados". Entre los datos que sí están cifrados se incluyen "datos sobre las descargas desde la dirección del BCE".
En una nota, el BCE reconoce esta sustracción de datos, sobre todo direcciones de contacto y de correo electrónico, que estaban almacenados en una base de datos "independiente de cualquier sistema interno". Por tanto, asegura la institución, "no hay datos sensibles de mercado comprometidas".
Se trata, según dicha nota, de "una violación de la seguridad que protege una base de datos enlazada a su sitio web público". "Esto condujo al robo de direcciones de correo electrónico y otros datos de contacto que dejan las personas que se registran para eventos en el BCE", asegura el banco, lo que implica que los datos que ingresan algunos usuarios en dicho sitio web no están encriptados.
Esos datos son sobre todo los que recoge el sitio a partir de las inscripciones para eventos y visitas a la sede del BCE, situada en la ciudad alemana de Fráncfort. El banco se está poniendo en contacto con las personas cuyas direcciones de correo electrónico u otros datos pueden estar estado en peligro, y como precaución todas las contraseñas han sido modificadas.
Según relata la propia institución, "el robo salió a la luz después de que fuera recibido un correo electrónico anónimo que buscaba una compensación económica a cambio de los datos".
E BCE reconoce que "mientras que la mayoría de los datos se encriptan, algunas partes de la base de datos [atacada] incluyen direcciones de correo electrónico, algunas direcciones de calles y números de teléfono que no estaban encriptados". Entre los datos que sí están cifrados se incluyen "datos sobre las descargas desde la dirección del BCE".
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ciberseguridad
miércoles, 6 de agosto de 2014
Contratos Saas, ventajas y desventajas
Muchas empresas en los últimos años deben tomar decisiones estratégicas para poder seguir creciendo en su negocio. Es allí en que se encuentran con situaciones complejas derivadas de la necesidad de toma de decisiones para crecer en su infraestructura TI. Es así como el avance tecnológico ha generado servicios que la misma empresa desarrolla o identificar al Software como un Servicio (SaaS). La ventaja de trabajar con este tipo de contrato es que permite hacer economías en escala con el consiguiente ahorro para la empresa. Técnicamente también permite el que muchos usuarios puedan tener acceso y sin tener que generar gastos técnicos pues la empresa que provee el servicio será la responsable de ello.
Uno de los aspectos claves que hay que tener presente dice relación con la negociación de los contratos y los SLA (Service Level Agreement) pues dependerá de ese documento la calidad del servicio y el trato que reciba la empresa así como el resguardo de sus intereses. Si no se negocia bien, el contrato puede transformarse en algo inflexible y que amarre al cliente por mucho tiempo. Para evitar estas situaciones indeseables, se recomienda firmar contratos que se adapten a los cambiantes requisitos de los usuarios al menos anualmente, así como “alternativas basadas en la capacidad”.
Es importante generar protocolos de servicios, así como también de respaldo de información y mecanismos para el término del servicio en el evento que ello ocurra.
Es relevante que los clientes sepan en detalle qué se está compartiendo, si es hardware, una base de datos o un contenedor. Conocer esto proporciona una idea básica del tipo de arquitectura que se está contratando, puesto que hay muchas implicaciones en cuanto a la gobernanza o seguridad que deben ser examinadas.
Muchas son la variables que pueden estar involucradas en la decisión de implementar un contrato SaaS en una organización, por ello es relevante que se definan claramente las condiciones y se evalúe bien el proyecto al momento de su decisión final pues son muchos los recursos que están involucrados y los impactos en la organización no son menores.
Uno de los aspectos claves que hay que tener presente dice relación con la negociación de los contratos y los SLA (Service Level Agreement) pues dependerá de ese documento la calidad del servicio y el trato que reciba la empresa así como el resguardo de sus intereses. Si no se negocia bien, el contrato puede transformarse en algo inflexible y que amarre al cliente por mucho tiempo. Para evitar estas situaciones indeseables, se recomienda firmar contratos que se adapten a los cambiantes requisitos de los usuarios al menos anualmente, así como “alternativas basadas en la capacidad”.
Es importante generar protocolos de servicios, así como también de respaldo de información y mecanismos para el término del servicio en el evento que ello ocurra.
Es relevante que los clientes sepan en detalle qué se está compartiendo, si es hardware, una base de datos o un contenedor. Conocer esto proporciona una idea básica del tipo de arquitectura que se está contratando, puesto que hay muchas implicaciones en cuanto a la gobernanza o seguridad que deben ser examinadas.
Muchas son la variables que pueden estar involucradas en la decisión de implementar un contrato SaaS en una organización, por ello es relevante que se definan claramente las condiciones y se evalúe bien el proyecto al momento de su decisión final pues son muchos los recursos que están involucrados y los impactos en la organización no son menores.
martes, 5 de agosto de 2014
Acceso a educación superior un desafío para el S. XXI
En el reciente III encuentro de Rectores de Universidades organizado por Universia y realizado en Brasil donde Rectores de 33 países reconocen el valor de estudios on line para democratizar la educación superior y en el que se proyecta que para el 2025 habrá 80 millones de personas más que accederán a la educación superior involucra generar espacios para recibir a todos estos futuros estudiantes, y ello necesitará crear 3 universidades a la semana para 40.000 alumnos durante doce años, cifra impresionante y difícil de desarrollar, se deben buscar caminos donde la universidad no cierre la puerta, sino que ofrezca más opciones, por ejemplo la Universidad de Barcelona abrirá en el mes de septiembre su oferta de títulos oficiales on line y en Chile ¿qué ocurre?.
Nos encontramos en una etapa estancada de desarrollo de la educación on line, si bien hay programas que se imparte en esta modalidad, el apoyo estatal no está presente para becas o créditos. Por lo tanto, las personas deben recurrir a financiamiento privado. El contexto obliga a repensar nuestro modelo de universidad y adecuarnos a un escenario donde el conocimiento es una herramienta relevante, pero no cerrando las puertas para generar programas de formación. Lo importante eso sí, es velar por la calidad de los programas de estudios para acreditar la pertinencia y provisión de recursos necesarios para que las instituciones puedan cumplir su objetivo.
"Es interesante ver las universidades españolas e iberoamericanas empezarán a distribuir cursos abiertos y gratuitos en MiriadaX, la plataforma de Mooc en castellano y portugués que han creado el Banco Santander y Telefónica. En este encuentro se presentaron los primeros datos de la plataforma, puesta en marcha de forma piloto hace un año y medio, con 133 programas académicos que 33 universidades españolas e iberoamericanas ofrecen ya y en los que se han inscrito más de 750.000 alumnos. Y eso que aún no funciona al 100%. "
Nuestro país aún tiene mucho que hacer para avanzar en las líneas que han definido países como EE.UU y varios de Europa y Asia. Incluso ya vemos cómo algunas instituciones de Latinoamerica han asumido el desafío y comienzan a ser pioneras en este nuevo escenario, el tema es que los tomadores de decisiones de nuestras instituciones de educación superior vienen de un contexto de ser analfabetos digitales o inmigrantes digitales básicas y son ellos los que deben entender la cultura de la nueva generación de nativos digitales que buscar otras formas de aprender. Así, porque los Mooc, WhatsApp, Twitter y otras redes sociales los lleva a relacionarse y aprender de otra manera. Pero no sólo los jóvenes son los interesados en poder aprender, el conocimiento también está presente en muchos que deben volver a la Educación Superior para competir y adquirir nuevas competencias que les permita hacer frente a las exigencias del mercado laboral y es allí donde las universidades aún no son capaces de responder en modelos de educación continua adecuados y pertinentes a las necesidades y por sobre todo disponible a cualquier hora y lugar para personas que están trabajando e insertas en el mercado laboral y que no tienen la disponibilidad horaria para ir a clases de manera tradicional.
Fuente: La Vanguardia
Nos encontramos en una etapa estancada de desarrollo de la educación on line, si bien hay programas que se imparte en esta modalidad, el apoyo estatal no está presente para becas o créditos. Por lo tanto, las personas deben recurrir a financiamiento privado. El contexto obliga a repensar nuestro modelo de universidad y adecuarnos a un escenario donde el conocimiento es una herramienta relevante, pero no cerrando las puertas para generar programas de formación. Lo importante eso sí, es velar por la calidad de los programas de estudios para acreditar la pertinencia y provisión de recursos necesarios para que las instituciones puedan cumplir su objetivo.
"Es interesante ver las universidades españolas e iberoamericanas empezarán a distribuir cursos abiertos y gratuitos en MiriadaX, la plataforma de Mooc en castellano y portugués que han creado el Banco Santander y Telefónica. En este encuentro se presentaron los primeros datos de la plataforma, puesta en marcha de forma piloto hace un año y medio, con 133 programas académicos que 33 universidades españolas e iberoamericanas ofrecen ya y en los que se han inscrito más de 750.000 alumnos. Y eso que aún no funciona al 100%. "
Nuestro país aún tiene mucho que hacer para avanzar en las líneas que han definido países como EE.UU y varios de Europa y Asia. Incluso ya vemos cómo algunas instituciones de Latinoamerica han asumido el desafío y comienzan a ser pioneras en este nuevo escenario, el tema es que los tomadores de decisiones de nuestras instituciones de educación superior vienen de un contexto de ser analfabetos digitales o inmigrantes digitales básicas y son ellos los que deben entender la cultura de la nueva generación de nativos digitales que buscar otras formas de aprender. Así, porque los Mooc, WhatsApp, Twitter y otras redes sociales los lleva a relacionarse y aprender de otra manera. Pero no sólo los jóvenes son los interesados en poder aprender, el conocimiento también está presente en muchos que deben volver a la Educación Superior para competir y adquirir nuevas competencias que les permita hacer frente a las exigencias del mercado laboral y es allí donde las universidades aún no son capaces de responder en modelos de educación continua adecuados y pertinentes a las necesidades y por sobre todo disponible a cualquier hora y lugar para personas que están trabajando e insertas en el mercado laboral y que no tienen la disponibilidad horaria para ir a clases de manera tradicional.
Fuente: La Vanguardia
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educación 2.0
lunes, 4 de agosto de 2014
Sitios de enlaces, como intermediarios, no vulneran la propiedad intelectual
En el diario El Mundo se publica un interesante artículo sobre una nueva sentencia de propiedad intelectual.
En este caso la Audiencia Nacional ha delimitado de modo importante el alcance de la llamada 'Ley Sinde', es decir, el procedimiento para eliminar contenidos vulneradores de la propiedad intelectual por vía administrativa y 'restablecer la legalidad'. Los jueces concluyen que no se puede actuar exclusivamente contra un sitio web de enlaces, como intermediario, sino conjuntamente cuando se actúe contra "un responsable del servicio de la sociedad de información", es decir, contra quienes "ponen a disposición del público las obras protegidas, los que las reproducen o copian, etc.".
De este modo, la Sala de los Contencioso-Administrativo de Audiencia (Sección Primera) resuelve por primera vez la impugnación de una decisión de la llamada 'Comisión Sinde' (Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual), en este caso contra una página web de enlaces a descargas no autorizadas, el sitio 'Quedelibros'.
La sentencia, de fecha 22 de julio de 2014 y facilitada por BufetAlmeida Abogados como representantes legales de la responsable del citado sitio web de reseñas de libros, declara la "nulidad de pleno derecho" de las actuaciones de la citada 'Comisión Sinde' contra 'Quedelibros'.
Los jueces razonan que el procedimiento de notificación y retirada de contenidos que prevé la 'Ley Sinde' "no puede dirigirse formalmente contra los intermediarios, sin perjuicio de que se pueda exigir a estos últimos determinados comportamientos a fin de asegurar la eficacia de las medidas que finalmente se adopten".
Es decir, no se puede actuar exclusivamente contra un sitio web que facilita enlaces a descargas, sino que para actuar contra estas páginas web por esta vía administrativa -diseñada, recuerda la sentencia, para el restablecimiento de la legalidad y no con ánimo sancionador en sí-, se ha de actuar principalmente contra aquellos servicios que alojan y distribuyen las obras vulneradoras de los derechos de autor.
Fuente: El Mundo
En este caso la Audiencia Nacional ha delimitado de modo importante el alcance de la llamada 'Ley Sinde', es decir, el procedimiento para eliminar contenidos vulneradores de la propiedad intelectual por vía administrativa y 'restablecer la legalidad'. Los jueces concluyen que no se puede actuar exclusivamente contra un sitio web de enlaces, como intermediario, sino conjuntamente cuando se actúe contra "un responsable del servicio de la sociedad de información", es decir, contra quienes "ponen a disposición del público las obras protegidas, los que las reproducen o copian, etc.".
De este modo, la Sala de los Contencioso-Administrativo de Audiencia (Sección Primera) resuelve por primera vez la impugnación de una decisión de la llamada 'Comisión Sinde' (Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual), en este caso contra una página web de enlaces a descargas no autorizadas, el sitio 'Quedelibros'.
La sentencia, de fecha 22 de julio de 2014 y facilitada por BufetAlmeida Abogados como representantes legales de la responsable del citado sitio web de reseñas de libros, declara la "nulidad de pleno derecho" de las actuaciones de la citada 'Comisión Sinde' contra 'Quedelibros'.
Los jueces razonan que el procedimiento de notificación y retirada de contenidos que prevé la 'Ley Sinde' "no puede dirigirse formalmente contra los intermediarios, sin perjuicio de que se pueda exigir a estos últimos determinados comportamientos a fin de asegurar la eficacia de las medidas que finalmente se adopten".
Es decir, no se puede actuar exclusivamente contra un sitio web que facilita enlaces a descargas, sino que para actuar contra estas páginas web por esta vía administrativa -diseñada, recuerda la sentencia, para el restablecimiento de la legalidad y no con ánimo sancionador en sí-, se ha de actuar principalmente contra aquellos servicios que alojan y distribuyen las obras vulneradoras de los derechos de autor.
Fuente: El Mundo
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propiedad intelecutal
miércoles, 2 de julio de 2014
Capacitación y la necesidad de avanzar
Chile necesita una modificación profunda al sistema de capacitación de trabajadores, a través de una reforma al Estatuto de Capacitación y Empleo (Ley Nº 19.518) que permite a los trabajadores capacitarse con el uso de la franquicia tributara. Esta es una gran oportunidad para más de millones de trabajadores a la vez que una necesidad para las empresas pequeñas y medianas que hoy generan gran parte de la oferta laboral de nuestro país, pero en realidad son las grandes empresas las que utilizan esta herramienta legal.
Una reforma en el sistema de capacitación nacional debe avanzar hacia un modelo en formación por competencias donde se excluyan cursos pequeños que no agregan valor al trabajador ni permite generar la actitud, el conocimiento y la destreza necesarios para cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según los requerimientos del sector productivo.
El mercado laboral chileno demanda trabajadores capacitados. Las empresas chilenas deben hacer un gran esfuerzo por incentivar y motivar a sus trabajadores a seguir perfeccionándose, más aún, cuando las tasas de retorno demuestran cuán conveniente es invertir en educación y perfeccionamiento.
Hoy algunos señalan que los fondos públicos destinados a la franquicia tributaria para capacitación se "malgastan" según las conclusiones del primer informe de la comisión de expertos convocados por el Ministerio del Trabajo para estudiar esta materia. Los especialistas ya proponen reasignar estos fondos a modalidades más efectivas y de impacto real. Al hablar de los fondos públicos destinados a la franquicia tributaria podemos señalar que el gasto público en este instrumento supera los US$ 200 millones. Diversos estudios e informes señalan que 70% de los cursos financiados por esta vía duran menos de 17 horas y se requieren más de 140 horas para que conlleven un alza de sueldos de los trabajadores. A lo anterior se suma los cuestionamientos a los organismos que implementan su utilización.
En pleno siglo XXI la empresa nacional debe prepararse para competir incorporando mayor valor agregado a sus productos y también incorporando tecnología a sus procesos productivos, pero ello no será posible sin trabajadores capacitadores en estas nuevas técnicas y que sean capaces de desarrollar operaciones complejas y que aporten valor al desarrollo de productos. Para focalizar los presupuestos de capacitación a nivel nacional, debemos plantearnos cómo país la necesidad de focalizar directamente los recursos hacia los trabajadores y también hacia las empresas pequeñas y medianas que hoy son las generadores de gran parte de la fuentes laborales, son ellas las más vulnerables pero también las que tienen mayor oportunidades de desarrollo y crecimiento en una economía abierta al mundo.
Una reforma en el sistema de capacitación nacional debe avanzar hacia un modelo en formación por competencias donde se excluyan cursos pequeños que no agregan valor al trabajador ni permite generar la actitud, el conocimiento y la destreza necesarios para cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según los requerimientos del sector productivo.
El mercado laboral chileno demanda trabajadores capacitados. Las empresas chilenas deben hacer un gran esfuerzo por incentivar y motivar a sus trabajadores a seguir perfeccionándose, más aún, cuando las tasas de retorno demuestran cuán conveniente es invertir en educación y perfeccionamiento.
Hoy algunos señalan que los fondos públicos destinados a la franquicia tributaria para capacitación se "malgastan" según las conclusiones del primer informe de la comisión de expertos convocados por el Ministerio del Trabajo para estudiar esta materia. Los especialistas ya proponen reasignar estos fondos a modalidades más efectivas y de impacto real. Al hablar de los fondos públicos destinados a la franquicia tributaria podemos señalar que el gasto público en este instrumento supera los US$ 200 millones. Diversos estudios e informes señalan que 70% de los cursos financiados por esta vía duran menos de 17 horas y se requieren más de 140 horas para que conlleven un alza de sueldos de los trabajadores. A lo anterior se suma los cuestionamientos a los organismos que implementan su utilización.
En pleno siglo XXI la empresa nacional debe prepararse para competir incorporando mayor valor agregado a sus productos y también incorporando tecnología a sus procesos productivos, pero ello no será posible sin trabajadores capacitadores en estas nuevas técnicas y que sean capaces de desarrollar operaciones complejas y que aporten valor al desarrollo de productos. Para focalizar los presupuestos de capacitación a nivel nacional, debemos plantearnos cómo país la necesidad de focalizar directamente los recursos hacia los trabajadores y también hacia las empresas pequeñas y medianas que hoy son las generadores de gran parte de la fuentes laborales, son ellas las más vulnerables pero también las que tienen mayor oportunidades de desarrollo y crecimiento en una economía abierta al mundo.
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capacitación
martes, 1 de julio de 2014
Chile: Ley que regula venta y arriendo de videojuegos
Se publicó la Ley N° 20.756 que “regula la venta y arriendo de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control”. En concreto de la presente ley se pueden destacar lo siguiente: Incorpora en la ley N°19.496 , que Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, el artículo 49 bis que prescribe que los fabricantes e importadores de videojuegos deberán colocar en los envases en que comercialicen dichos productos leyendas que señalen claramente el nivel de violencia contenida en el videojuego respectivo, según lo dispuesto en el presente artículo. Tal advertencia deberá ocupar, a lo menos, el 25% de espacio de ambas caras del envase o envoltorio del videojuego respectivo.
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video juegos
lunes, 30 de junio de 2014
Sernac la reforma que viene
Hace unas semanas se publicitó la presentación del proyecto de reforma del Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC. Entre los aspectos que de este proyecto podemos señalar La argumentación para esta reforma se fundamenta en que el sistema carece de herramientas disuasorias suficientes y de formas eficaces de resolver conflictos que afectan a una gran cantidad de chilenos, especialmente en el ámbito de sus intereses individuales.
El núcleo del proyecto consiste en procurar una protección de los derechos de los consumidores más moderna, ágil y eficiente. De esta manera, se propone la introducción de modificaciones que tienen por objeto generar los incentivos adecuados a fin de que los conflictos que afectan a una gran cantidad de ciudadanos en el tráfico económico se resuelvan dentro de plazos razonables.
Principales alcances del proyecto:
a. Facultad de fiscalizar del Sernac
Se contempla la facultad del SERNAC de ingresar a inmuebles con el auxilio de la fuerza pública en caso que los fiscalizados le nieguen el acceso. Asimismo, la negativa a dar cumplimiento a los requerimientos durante las acciones de fiscalización será castigada con multa de hasta 1.000 unidades tributarias mensuales.
b. Facultad de sancionar del Sernac
Se establece un procedimiento administrativo sancionatorio que es resuelto por el Director Regional del SERNAC respectivo.
En el caso de que se configuren infracciones al interés individual del consumidor, dicho procedimiento podrá culminar con la aplicación de multas y otras medidas que tengan por objeto prevenir o corregir la infracción cometida.
Se propone para que el SERNAC pueda ordenar la devolución de las cantidades pagadas en exceso o el reintegro de los cobros que hubieren tenido lugar con infracción a ley, con reajustes e intereses. La referida facultad de carácter restitutorio constituye una herramienta fundamental a fin de que el SERNAC pueda resolver en forma ágil y eficiente una cantidad relevante de los conflictos que llegarán a su conocimiento.
Cabe precisar que el proyecto establece mecanismos de impugnación a las nuevas atribuciones sancionatorias del SERNAC. En contra de las resoluciones dictadas por el Director Regional del SERNAC en el ámbito de su potestad sancionatoria, se podrá interponer un recurso de reposición ante el mismo, o uno jerárquico ante el Director Nacional del SERNAC.
Con la finalidad de que las reclamaciones que se interpongan sean resueltas de la manera más pronta posible, el proyecto establece una tramitación breve y sumaria y prevé un mecanismo para que el consumidor afectado pueda ejercer ante el mismo Juez de Letras en lo Civil las acciones indemnizatorias que correspondan. En el caso que ello ocurra, el Juez de Letras en lo Civil resolverá en una sola sentencia tanto, la reclamación a la resolución del SERNAC, como los daños sufridos por el consumidor. Aquellas causas en que el monto de la indemnización demandada no supere las 30 UTM, se tramitarán como procedimiento de única instancia. En el resto de los casos, en contra de la sentencia del Juez de Letras en lo Civil que resuelva la reclamación.
c. Facultad para interpretar la ley
Con el fin de otorgar certeza tanto a proveedores como consumidores, el proyecto le confiere al SERNAC la facultad de aplicar e interpretar administrativamente la normativa de protección de los derechos de los consumidores que le corresponde vigilar.
d. Facultad para dictar instrucciones de carácter general
Para los efectos de dictar normas de alcance menor a la ley, que complementen la normativa de protección de los derechos de los consumidores, se le asigna al SERNAC la facultad de dictar normas e instrucciones de carácter general que serán obligatorias para los proveedores.
e. Regulación de mediaciones colectivas
Por otra parte, en el ámbito del interés colectivo o difuso de los consumidores, se preserva y perfecciona la facultad del SERNAC de llevar a cabo mediaciones colectivas con anterioridad al ejercicio de las acciones judiciales destinadas a proteger dichos intereses. El proyecto regula su procedencia, su plazo de duración, su publicidad a fin de que los consumidores afectados o las Asociaciones de Consumidores puedan efectuar observaciones y sugerir ajustes en las soluciones propuestas.
2. Reemplazo de la Competencia de los Juzgados de Policía Local para Resolver los Conflictos en el Ámbito del Interés Individual del Consumidor
En el sistema vigente, les corresponde a los Juzgados de Policía Local resolver las denuncias que se interpongan por consumidores individuales en infracción a la ley. Asimismo, también les corresponde decidir acerca de las demandas de indemnización de perjuicios que se deduzcan por los consumidores afectados.
Los Juzgados de Policía Local no constituyen la sede adecuada para resolver conflictos que involucren la protección de los derechos de los consumidores por cuanto, entre otros aspectos:
3. Fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores
4. Incremento de los Montos Correspondientes a las Multas por Infracción a la Normativa de Protección de los Derechos de los Consumidores
Tomando en consideración la entidad de los bienes jurídicos protegidos en cada caso y la experiencia práctica recogida en las casi dos décadas de aplicación de la ley, se propone un aumento en los montos de las multas contempladas en ella.
El núcleo del proyecto consiste en procurar una protección de los derechos de los consumidores más moderna, ágil y eficiente. De esta manera, se propone la introducción de modificaciones que tienen por objeto generar los incentivos adecuados a fin de que los conflictos que afectan a una gran cantidad de ciudadanos en el tráfico económico se resuelvan dentro de plazos razonables.
Principales alcances del proyecto:
a. Facultad de fiscalizar del Sernac
Se contempla la facultad del SERNAC de ingresar a inmuebles con el auxilio de la fuerza pública en caso que los fiscalizados le nieguen el acceso. Asimismo, la negativa a dar cumplimiento a los requerimientos durante las acciones de fiscalización será castigada con multa de hasta 1.000 unidades tributarias mensuales.
b. Facultad de sancionar del Sernac
Se establece un procedimiento administrativo sancionatorio que es resuelto por el Director Regional del SERNAC respectivo.
En el caso de que se configuren infracciones al interés individual del consumidor, dicho procedimiento podrá culminar con la aplicación de multas y otras medidas que tengan por objeto prevenir o corregir la infracción cometida.
Se propone para que el SERNAC pueda ordenar la devolución de las cantidades pagadas en exceso o el reintegro de los cobros que hubieren tenido lugar con infracción a ley, con reajustes e intereses. La referida facultad de carácter restitutorio constituye una herramienta fundamental a fin de que el SERNAC pueda resolver en forma ágil y eficiente una cantidad relevante de los conflictos que llegarán a su conocimiento.
Cabe precisar que el proyecto establece mecanismos de impugnación a las nuevas atribuciones sancionatorias del SERNAC. En contra de las resoluciones dictadas por el Director Regional del SERNAC en el ámbito de su potestad sancionatoria, se podrá interponer un recurso de reposición ante el mismo, o uno jerárquico ante el Director Nacional del SERNAC.
Con la finalidad de que las reclamaciones que se interpongan sean resueltas de la manera más pronta posible, el proyecto establece una tramitación breve y sumaria y prevé un mecanismo para que el consumidor afectado pueda ejercer ante el mismo Juez de Letras en lo Civil las acciones indemnizatorias que correspondan. En el caso que ello ocurra, el Juez de Letras en lo Civil resolverá en una sola sentencia tanto, la reclamación a la resolución del SERNAC, como los daños sufridos por el consumidor. Aquellas causas en que el monto de la indemnización demandada no supere las 30 UTM, se tramitarán como procedimiento de única instancia. En el resto de los casos, en contra de la sentencia del Juez de Letras en lo Civil que resuelva la reclamación.
c. Facultad para interpretar la ley
Con el fin de otorgar certeza tanto a proveedores como consumidores, el proyecto le confiere al SERNAC la facultad de aplicar e interpretar administrativamente la normativa de protección de los derechos de los consumidores que le corresponde vigilar.
d. Facultad para dictar instrucciones de carácter general
Para los efectos de dictar normas de alcance menor a la ley, que complementen la normativa de protección de los derechos de los consumidores, se le asigna al SERNAC la facultad de dictar normas e instrucciones de carácter general que serán obligatorias para los proveedores.
e. Regulación de mediaciones colectivas
Por otra parte, en el ámbito del interés colectivo o difuso de los consumidores, se preserva y perfecciona la facultad del SERNAC de llevar a cabo mediaciones colectivas con anterioridad al ejercicio de las acciones judiciales destinadas a proteger dichos intereses. El proyecto regula su procedencia, su plazo de duración, su publicidad a fin de que los consumidores afectados o las Asociaciones de Consumidores puedan efectuar observaciones y sugerir ajustes en las soluciones propuestas.
2. Reemplazo de la Competencia de los Juzgados de Policía Local para Resolver los Conflictos en el Ámbito del Interés Individual del Consumidor
En el sistema vigente, les corresponde a los Juzgados de Policía Local resolver las denuncias que se interpongan por consumidores individuales en infracción a la ley. Asimismo, también les corresponde decidir acerca de las demandas de indemnización de perjuicios que se deduzcan por los consumidores afectados.
Los Juzgados de Policía Local no constituyen la sede adecuada para resolver conflictos que involucren la protección de los derechos de los consumidores por cuanto, entre otros aspectos:
3. Fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores
4. Incremento de los Montos Correspondientes a las Multas por Infracción a la Normativa de Protección de los Derechos de los Consumidores
Tomando en consideración la entidad de los bienes jurídicos protegidos en cada caso y la experiencia práctica recogida en las casi dos décadas de aplicación de la ley, se propone un aumento en los montos de las multas contempladas en ella.
miércoles, 25 de junio de 2014
Qué es Gobierno, Riesgo y Cumplimiento
Cuando hablamos del modelo de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento en las organizaciones lo que sucede es que se busca dotar a las empresas de un sistema integrador (end-to-end) y en tiempo real para que su Gobierno, su Gestión del Riesgo y el Cumplimiento, tanto normativo como voluntario sean efectivos, inteligentes y eficientes ha originado una nueva disciplina, el GRC.
Este modelo busca dar una protección integral a la organización, es la protección global que debe tener la institución o empresa, es en este contexto que es importante generar mecanismos preventivos y de protección a la organización, para ello se hace necesario realizar acciones que cruzan transversalmente a la organización donde las personas, los procesos y la tecnología toman una importante relevancia desde la perspectiva de la gestión y de la coordinación de la institución para pode tener claridad sobre lo que es lo oportuno y lo bueno para la empresa.
Entre los objetivos que se deben tener presente en el modelo de GRC encontramos el entender y priorizar expectativas; alcanzar objetivos optimizando el riesgo y protegiendo el valor; operar dentro de las fronteras legales, contractuales, internas, sociales y éticas; proveer información relevante y oportuna a interesados internos y externos y permitir la medición del rendimiento y eficacia de los procesos en el cumplimiento de los objetivos propios del programa GRC.
Este modelo busca dar una protección integral a la organización, es la protección global que debe tener la institución o empresa, es en este contexto que es importante generar mecanismos preventivos y de protección a la organización, para ello se hace necesario realizar acciones que cruzan transversalmente a la organización donde las personas, los procesos y la tecnología toman una importante relevancia desde la perspectiva de la gestión y de la coordinación de la institución para pode tener claridad sobre lo que es lo oportuno y lo bueno para la empresa.
Entre los objetivos que se deben tener presente en el modelo de GRC encontramos el entender y priorizar expectativas; alcanzar objetivos optimizando el riesgo y protegiendo el valor; operar dentro de las fronteras legales, contractuales, internas, sociales y éticas; proveer información relevante y oportuna a interesados internos y externos y permitir la medición del rendimiento y eficacia de los procesos en el cumplimiento de los objetivos propios del programa GRC.
martes, 24 de junio de 2014
Qué es el Compliance
El término compliance no dice mucho, es demasiado vago, sólo alcance el concepto al que se refiere, es decir adecuarse a la legalidad. Aquí estamos más en el ámbito de la autorregulación de las empresas. Esta estructura de autorregulación ha comenzado a ser regulado en países tales como EE.UU, Italia, Australia, U.K, Chile). Sin embargo, en este contexto nos encontramos con un gran cantidad de regulación que impactan diversas normas de los ordenamientos jurídicos, en particular el caso de Chile hay temas de derecho penal, laboral, comercial, que generan una maraña de regulaciones.
Buscando una definición de compliances podemos recurrir a la que nos entrega FELEBAN (Federación Latinoamericana de Bancos), Compliance significa en español complacencia o condescendencia, sin embargo, en términos gerenciales y de administración, hace referencia a la visión futurista y de control, para proteger a la organización y sus funcionarios de riesgos internos y externos.
Las Políticas de compliance son sistemas de supervisión y control del cumplimiento normativo que afectan a las empresas que operan en el tráfico mercantil. Las empresas (todas, con independencia de su tamaño) deberían implantar estas políticas a efectos de prevención de una amplia serie de delitos. Su finalidad es que todos los agentes de la empresa asuman los valores que ésta define de modo tal que se instaure entre los mismos una cultura de respeto a la legalidad penal.
En las organizaciones para lograr el objetivo de supervisión está el Oficial de Compliance (oficial de cumplimiento) que tiene como tarea principal implementar los procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo interno y externo en sentido amplio.
Buscando una definición de compliances podemos recurrir a la que nos entrega FELEBAN (Federación Latinoamericana de Bancos), Compliance significa en español complacencia o condescendencia, sin embargo, en términos gerenciales y de administración, hace referencia a la visión futurista y de control, para proteger a la organización y sus funcionarios de riesgos internos y externos.
Las Políticas de compliance son sistemas de supervisión y control del cumplimiento normativo que afectan a las empresas que operan en el tráfico mercantil. Las empresas (todas, con independencia de su tamaño) deberían implantar estas políticas a efectos de prevención de una amplia serie de delitos. Su finalidad es que todos los agentes de la empresa asuman los valores que ésta define de modo tal que se instaure entre los mismos una cultura de respeto a la legalidad penal.
En las organizaciones para lograr el objetivo de supervisión está el Oficial de Compliance (oficial de cumplimiento) que tiene como tarea principal implementar los procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo interno y externo en sentido amplio.
lunes, 23 de junio de 2014
Riesgos y cumplimiento, caso Siemens
Recientemente me ha tocado participar en una conferencia sobre Fraudes y los mecanismos de control que tiene la empresa Siemens ( es una empresa multinacional de origen alemán dedicada a la electrónica y a la energía eléctrica y que opera en el sector de la industria, la energía, la salud y las infraestructuras) En esta presentación fuimos testigos de los niveles de desarrollo y avance que tienen en esta empresa después de su crisis del año 1996-2007. Entre esos años la empresa alemana dedicó grandes cantidades de dinero al soborno de funcionarios de gobiernos corruptos y de multinacionales para conseguir contratos por todo el mundo. Se llevaron a cabo investigaciones en muchos países que finalmente costaron a la empresa importantes recursos financieros, y lo que es más preocupante, su reputación. El acuerdo al que se llegó entre la defensa y la parte acusadora fue el pago de una multa de 1,6 billones de dólares, la más alta de la historia moderna.
Entre las acciones que empezaron a desarrollarse a raíz del acuerdo con el Banco Mundial, destaca el firmado en 2010 con el Pacto Mundial. El esfuerzo global para la lucha contra la corrupción llevado a cabo por Siemens y el Pacto Mundial se materializó en la financiación de dos proyectos seleccionados que supondrán un desembolso de 4,35 millones de USD por parte de la compañía. El primer proyecto se centra en la Sensibilización de futuros líderes empresariales y el segundo pretende Promover acciones colectivas a través de las redes locales del Pacto Mundial en Brasil, Egipto, Sudáfrica, India y Nigeria.
Algunas de las mejoras emprendidas en materia de corrupción por la compañía directamente en su estructura, queremos destacar dos de ellas: El Código de Conducta en los Negocios y el Sistema de Cumplimiento.
La Compañía ha decidido llevar hasta la excelencia el nivel de cumplimiento de sus normas éticas y legales en todas sus actividades. Para ello, se ha desarrollado un Sistema de Cumplimiento organizado en tres niveles de acción: prevención, detección y respuesta. Estos niveles de acción abarcan todo un ámbito de actividades en las cuales la compañía tiene la intención de asegurar que se realizan completamente conforme a todas las leyes aplicables y regulaciones, así como con los propios principios internos y reglas existentes.
Es interesante ver que entre sus acciones se encuentra una propuesta de cumplimiento legal muy desarrollada que lleva a implementar acciones entre la experiencia del negocio y el staff legal de cumplimiento. Tienen protocolos muy definidos y una organización definida para hacer frente a los riesgos que tienen que enfrentar.
Entre las acciones que empezaron a desarrollarse a raíz del acuerdo con el Banco Mundial, destaca el firmado en 2010 con el Pacto Mundial. El esfuerzo global para la lucha contra la corrupción llevado a cabo por Siemens y el Pacto Mundial se materializó en la financiación de dos proyectos seleccionados que supondrán un desembolso de 4,35 millones de USD por parte de la compañía. El primer proyecto se centra en la Sensibilización de futuros líderes empresariales y el segundo pretende Promover acciones colectivas a través de las redes locales del Pacto Mundial en Brasil, Egipto, Sudáfrica, India y Nigeria.
Algunas de las mejoras emprendidas en materia de corrupción por la compañía directamente en su estructura, queremos destacar dos de ellas: El Código de Conducta en los Negocios y el Sistema de Cumplimiento.
La Compañía ha decidido llevar hasta la excelencia el nivel de cumplimiento de sus normas éticas y legales en todas sus actividades. Para ello, se ha desarrollado un Sistema de Cumplimiento organizado en tres niveles de acción: prevención, detección y respuesta. Estos niveles de acción abarcan todo un ámbito de actividades en las cuales la compañía tiene la intención de asegurar que se realizan completamente conforme a todas las leyes aplicables y regulaciones, así como con los propios principios internos y reglas existentes.
Es interesante ver que entre sus acciones se encuentra una propuesta de cumplimiento legal muy desarrollada que lleva a implementar acciones entre la experiencia del negocio y el staff legal de cumplimiento. Tienen protocolos muy definidos y una organización definida para hacer frente a los riesgos que tienen que enfrentar.
viernes, 20 de junio de 2014
Alemania y Google buscan la paz
Mientras el presidente honorífico de Google, Eric Schmidt, trata de reconciliarse con las autoridades de protección de datos alemanas, en España podría haber problemas con la receta del gigante para facilitar la retirada de datos del buscador, un formulario 'online' que tal y como funciona ahora mismo estaría limitando, de hecho, el ejercicio del derecho de cancelación de los usuarios españoles.
El problema surge fundamentalmente por la relativa tardanza de respuesta del buscador a las peticiones, que puede explicarse debido a la auténtica avalancha que recibió sobre todo en los primeros días de funcionamiento (hasta 12.000 en las primeras ocho horas, afirmaba Google). El plazo de respuesta, que es de 10 días, se está viendo sobrepasado.
Ante la falta de respuesta rápida, se puede acudir como siempre a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), pero es en ese momento cuando empiezan los problemas para el usuario.
Fuente: El Mundo
El problema surge fundamentalmente por la relativa tardanza de respuesta del buscador a las peticiones, que puede explicarse debido a la auténtica avalancha que recibió sobre todo en los primeros días de funcionamiento (hasta 12.000 en las primeras ocho horas, afirmaba Google). El plazo de respuesta, que es de 10 días, se está viendo sobrepasado.
Ante la falta de respuesta rápida, se puede acudir como siempre a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), pero es en ese momento cuando empiezan los problemas para el usuario.
Fuente: El Mundo
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protección de datos
jueves, 19 de junio de 2014
Controversia por el derecho al olvido
La sentencia sobre Google, que ampara el derecho de los internautas a solicitar la no indexación de contenidos, suscita opiniones divergentes entre los expertos del sector, que se debaten entre el respeto a la privacidad y la libertad de publicación
La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que ampara el ‘derecho al olvido’ frente a Google, ha despertado opiniones divergentes sobre sus efectos entre profesionales del sector. Mientras unos la ven como un avance en la defensa de la privacidad de los ciudadanos, otros la consideran un retroceso en cuanto a la generación de una sociedad más transparente.
Fuente: La Vanguardia
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miércoles, 18 de junio de 2014
Gobierno, Riesgos y Cumplimiento
El actual contexto de las empresas hace necesario hacer frente a los nuevos desafíos que se impone a los Gobiernos Corporativos, donde el uso de las tecnologías se transforma en un importante aliado para las organizaciones y también es una herramienta que permite aumentar la productividad de las empresas. Sin embargo, así como el uso de las Tecnologías de la Información es una gran herramienta también se transforma en un factor de riesgos que en la actualidad sólo algunos departamentos de las empresas asumen la tarea de control y protección. Una tendencia que se repite es la ausencia de marcos regulatorios internos que impiden identificar de forma clara cuáles son las tareas, obligaciones, objetivos que tienen que desarrollar dentro de las organizaciones.
El uso de la tecnología en ambientes laborales ha generado diversos beneficios tanto a empleadores como a trabajadores. Ha permitido ahorrar tiempo en la elaboración de informes, bases de datos, etc. Sin embargo, también ha generado conflictos por el correcto uso que se le debe dar.
Con frecuencia me encuentro que las organizaciones viven en una constante pugna entre el lograr sus objetivos empresariales y mantener el equilibrio en el cumplimiento de las diversas exigencias a que están expuestos. Las directrices que define el gobierno corporativo de la organización deben tener presente también la identificación de los riesgos, tema que impacta de manera relevante en el negocio de la organización. Identificados esos riesgos , éstos deben estar acotados o delimitados para poder enfrentarlos de mejor manera y hace cumplir las disposiciones internas de la organización y por lo tanto, que estés acorde al ordenamiento jurídico correspondiente.
Con mayor frecuencia vemos cómo los temas de compliance (cumplimiento) a nivel de países desarrollados comienza a ser utilizado con mayor frecuencia, transformándose en un estándar tanto para las empresas como para las oficinas de abogados. Sin embargo, el desafío no es menor y organizaciones como ISACA o ISSA juegan un rol en la difusión de estos aspectos al educar y formar tanto a empresas como a personas naturales en aspectos de riesgos y también de cumplimiento.
El uso de la tecnología en ambientes laborales ha generado diversos beneficios tanto a empleadores como a trabajadores. Ha permitido ahorrar tiempo en la elaboración de informes, bases de datos, etc. Sin embargo, también ha generado conflictos por el correcto uso que se le debe dar.
Con frecuencia me encuentro que las organizaciones viven en una constante pugna entre el lograr sus objetivos empresariales y mantener el equilibrio en el cumplimiento de las diversas exigencias a que están expuestos. Las directrices que define el gobierno corporativo de la organización deben tener presente también la identificación de los riesgos, tema que impacta de manera relevante en el negocio de la organización. Identificados esos riesgos , éstos deben estar acotados o delimitados para poder enfrentarlos de mejor manera y hace cumplir las disposiciones internas de la organización y por lo tanto, que estés acorde al ordenamiento jurídico correspondiente.
Con mayor frecuencia vemos cómo los temas de compliance (cumplimiento) a nivel de países desarrollados comienza a ser utilizado con mayor frecuencia, transformándose en un estándar tanto para las empresas como para las oficinas de abogados. Sin embargo, el desafío no es menor y organizaciones como ISACA o ISSA juegan un rol en la difusión de estos aspectos al educar y formar tanto a empresas como a personas naturales en aspectos de riesgos y también de cumplimiento.
martes, 17 de junio de 2014
Amenazas en internet y cibersecuestro
Es extraño pero los delitos informáticos están cada vez más presente. Hace unos días he leído en la prensa cómo algunas personas comienzan a capturar las claves de correos electrónicos de las personas para luego iniciar una "cruzada" pidiendo una suma de dinero a los contactos de ese email. La persona que pierde la administración de su cuenta se ve vulnerada y sin posibilidad de tener acceso a su cuenta. Varios factores influyen para exponerse a esta situación. Una de ella es responder a correos que aparentemente solicitan información de actualización de la casilla de correo (phishing), este email con apariencia del correo que se utiliza frecuentemente engaña al titular y proporciona información de su cuenta, como la dirección y la clave correspondiente. Una vez que los remitentes de estos email capturan las claves comienza el proceso de iniciar una pedido de fondos a los contactos de esa cuenta de email. Pues bien, hoy los correos de uso gratuito otorgan mecanismos de protección tales como el envio de clave por SMS a celulares facilitando la recuperación de la clave en corto tiempo.
Otra situación de la que he sido testigo, es como a través de redes de acceso libre, por ejemplo en café o restaurantes, ciertas personas logran ingresar a tu computador, navegar por él y obviamente tener acceso a la información que están en nuestras terminales. Debemos tener presente que internet nos expone, por lo tanto, debemos obrar de la manera más segura en el uso de nuestros equipos y también de nuestra información. De esa manera lograremos disminuir los riesgos, pero nunca eliminarlos pues siempre están presentes en nuestro entorno.
Otra situación de la que he sido testigo, es como a través de redes de acceso libre, por ejemplo en café o restaurantes, ciertas personas logran ingresar a tu computador, navegar por él y obviamente tener acceso a la información que están en nuestras terminales. Debemos tener presente que internet nos expone, por lo tanto, debemos obrar de la manera más segura en el uso de nuestros equipos y también de nuestra información. De esa manera lograremos disminuir los riesgos, pero nunca eliminarlos pues siempre están presentes en nuestro entorno.
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delitos informáticos
lunes, 16 de junio de 2014
En Leitat (Barcelona)

Luego de una semana en Barcelona donde viajamos a exponer en Leitat centro de innovación ubicado en Terressa volvemos nuevamente a nuestro blog.
La experiencia fue muy interesante, ver cómo diversas empresas exponían sobre mecanismos de incentivo y desarrollo para invertir en temas de innovación y desarrollo (I + D) pero sobre todo el interés mostrado para explorar mercados extranjeros en materia de inversión. Por mi parte expuse en relación a las oportunidades que existen en Chile para invertir, sobre el marco regulatorio necesario para iniciar actividades en Chile y en especial aspectos relativos a la protección de la propiedad intelectual analizando tanto la ley de propiedad industrial como la ley de derecho de autor y también la ley de I+D que con sus diversas ventajas definen mecanismos interesantes para realizar inversiones
Hace unos meses Corfo realizó un proceso de llamado para atraer a Chile nuevos centro de I+D donde postularon varias instituciones ello con el fin de convertir a Chile en un polo regional de innovación y emprendimiento, el Ministerio de Economía y Corfo dieron a conocer los nombres de las cuatro instituciones que se instalarán en el gracias al segundo llamado del Programa de Atracción de Centros de Excelencia Internacional.
La instalación de estas nuevas entidades expertas en investigación y desarrollo (I+D) representa una inversión de US$ 124,7 millones en 8 años, de los cuales 40% aproximadamente es aporte público. Cabe destacar que tanto el Ministerio de Agricultura, como el de Energía, aportarán recursos a este programa de Corfo para cofinanciar a dos de las instituciones seleccionadas.
Se trata del centro de la Universidad de California Davis, que realizará investigaciones enfocadas en la industria agrícola y alimentaria; Leitat Chile, Centro de Excelencia en Nanofibras, para el desarrollo de materiales avanzados, sostenibilidad y energías renovables; Sustainable Minerals Institute (SMI) de la Universidad de Queensland, que se abocará a la reducción del uso del agua en la cadena productiva minera, así como también a incrementar la producción en faenas de cobre; y el proyecto del Instituto Fraunhofer para Energía Solar (ISE) cuyo objetivo será el de asegurar una provisión de energía sustentable, económica, segura y socialmente balanceada, tanto para el país como para la región latinoamericana. (Fuente: Corfo)
ones.
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innovación y empresa
lunes, 26 de mayo de 2014
La operación de compra de Facebook
Un interesante análisis hace el profesor de IE Enrique Dans sobre la operación de compra de Facebook a Whatsapp. Les invito a verla.
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