Algunos de los desafíos que se presentan en materia de regulación de las telecomunicaciones dice relación el con el tema de la responsabilidad civil por los contenidos en internet, no es posible desconocer que el avance de las tecnologías exige por parte de las autoridades la revisión de la responsabilidad por daños ocasionados por los ISP, este tema debe ser considerado con atención dado los diversos proyectos de ley y reformas impulsadas en la región con la finalidad de amparar a la industria creativa y de contenidos. Cada vez más se avanza hacia un nivel de exigencia de responsabilidades de los ISP, pero la presión social predomina, no podemos ser ajenos al exigirle a los ISP exigencias de control que llevará a aumentar sus costos afectando directamente a los usuarios y a la penetración de internet en nuestro continente. Si bien, la finalidad básica de las reglas de la responsabilidad es resarcir o reparar el daño causado, los objetivos y las incidencias del derecho de daño va mucho más allá. El legislador debe decir entre los extremos o redefinir con mayor claridad la responsabilidad por daños. Para alguno especialistas debiera introducirse reglas de responsabilidad objetiva o bien decidiendo que el criterio de imputación no sea el de la culpa sino el del riesgo o precisa cuál es el nivel de diligencia exigible o considerar con mayor detalle.
En la región también tenemos materias que están en desarrollo tales como, el comercio electrónico, la llegada de los operadores móviles virtuales cuyos servicios se pueden llevar a cabo mediante varias configuraciones técnicas que, en ocasiones, pueden depender incluso del acuerdo alcanzado con el operado móvil y los elementos de red ofrecidos o compartidos entre ambos. Aun así, podríamos diferenciar dos modalidades de Operador móvil virtual: el “Full” y el “Light”. El primero es un operador que dispone de elementos de conmutación propios y de todos los subsistemas necesarios para interconectarse físicamente con el operador móvil. Este operador exclusivamente requiere de la red de acceso del operado móvil para poder prestar sus servicios y así cursar llamadas mediante sus propios equipos de conmutación y su propia numeración. En el caso del segundo utilizará la red del operador móvil íntegramente para la prestación de sus servicios, limitándose entonces a la comercialización de los servicios entre sus clientes siendo el operado móvil quien aporta la infraestructura técnica que soporta las comunicaciones. Las diferencias regulatorias entre ambas partes son notables puesto que cada uno de ellos dispondrá de distintos derechos y obligaciones que se deben cumplir, también nos encontremos con la regulación de la televisión digital terrestre que hoy abarca los desafíos de regulación en varios países de Latinoamérica donde se están discutiendo reformas legales orientadas a regularla.
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