lunes, 17 de marzo de 2008

El arbitraje digital


Entendemos por arbitraje, un juicio de conocimiento en donde el papel de jueces lo realizan particulares, en vez de los jueces ordinarios de la administración de justicia, con toda la amplitud de validez intrínseca y extrínseca que le da el reconocimiento de las legislaciones de la mayor parte de países y estados del mundo. Estos jueces particulares reciben el nombre de árbitros, teniendo su veredicto, denominado laudo, toda la validez de una sentencia judicial aceptada universalmente.El arbitraje, desde su regulación en el derecho romano, ha estado contemplado en la mayor parte de las legislaciones del mundo, pero ha sido poco utilizado, ya que, a medida que el poder estatal ganaba espacios, el arbitraje reducía su campo de acción.

Es a finales del siglo XX, producto de un nuevo orden económico internacional caracterizado por la disminución del poder estatal y la privatización de los medios de producción, que se ve en la figura del arbitraje el proceso ideal, en donde los particulares son protagonistas de la dirección y administración del proceso.El nuevo arbitraje —que resurge como una figura restaurada del derecho romano en donde permaneció en estado inerte durante siglos— mediante el pragmatismo y la oralidad, busca la verdad real, despojándose de las ataduras de la justicia tradicional configurada por trámites engorrosos y formalistas. Así, el arbitraje se ha caracterizado por ser un proceso expedito y efectivo que ha ido evolucionado, producto de una serie de tratados y convenciones internacionales que le dan viabilidad.

Comenzando el siglo XXI, ha existido un desarrollo exponencial de la tecnología en los últimos años del siglo XX, caracterizándose esta era por el auge en la obtención, manejo, distribución y procesamiento de información. El siglo pasado dejó como legado al presente, una nueva era: la era de la comunicación instantánea.

Con el advenimiento del Internet como medio global de comunicación y los inevitables conflictos que de allí se derivan, cierto número de organizaciones de solución de disputas del "mundo real", han dirigido sus pasos hacia el internet. Esto ha provocado una rápida evolución de los sistemas de solución de disputas del Espacio Cibernético, y la presencia de autoridades arbitrales dentro del mismo. Por ejemplo, la ICC ( Cámara Internacional de Comercio) tiene dirección dentro de la red (web site) donde los usuarios pueden investigar en relación con la ICC, sus procedimientos, y cómo contactar a dicha institución. La Asociación Americana de Arbitraje tiene también una dirección dentro de la red ( web site) que contiene información sobre la AAA, sus prácticas, y una versión en formato digital de las reglas y códigos de la AAA. Adicionalmente al establecimiento de las organizaciones convencionales de arbitraje dentro del Espacio Cibernético, algunas nuevas organizaciones y proyectos modelos han surgido también cuya funcionabilidad está en si misma entrelazada con la tecnología de Internet. Estas organizaciones están tratando de desarrollar nuevas formas de resolver tanto las disputas convencionales del "mundo real", como las que surgen en el Espacio Cibernético. Un ejemplo de estas nuevas organizaciones es la "LA FIRMA LEGAL VIRTUAL"( THE VIRTUAL LAW FIRM), que comprende una red de árbitros altamente especializados tanto en áreas especiales como generales, que puede ser accesada vía el Internet para fines de solución de disputas. Otros proyectos, sin embargo, están desarrollando mecanismos para resolver disputas directamente dentro de la red. Tres de estos proyectos, auspiciados en gran parte por el CENTRO NACIONAL PARA LA INVESTIGACION AUTOMATICA DE INFORMACION (NCAIR, por sus siglas en inglés) se mencionan a continuación: EL JUEZ VIRTUAL ( THE VIRTUAL MAGISTRATE) localizable en la siguiente dirección electrónica: http://www.law.vill.edu:8080/.); LA OFICINA MEDIADORA DE LA RED ( THE ONLINE OMBUDS OFFICE o "OOO" localizable en la siguiente dirección electrónica: http://www.ombuds.org/) y el PROYECTO DE MEDIACION CIBERNETICA ( THE ONLINE MEDIATION PROJECT ).Estas instituciones representan proyectos en proceso de evolución y desarrollo, con múltiples inconvenientes prácticos y teóricos para resolver; sin embargo, su futuro es bastante promisorio, una vez que las naciones formalicen su existencia y regulen sus operaciones mediante tratados Internacionales.
(Fuente: Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Descargar Documento. )

Tenemos el caso del Perú que ha desarrollado el Cibertribunal Peruano que es un órgano de resolución de conflictos y controversias ocurridas en y por el uso de Internet que fomenta la Conciliacion entre la partes. el Arbitraje como medio de resolucion de conflictos y es competente en temas de Derecho Informatico. Es un Centro de Conciliacion acreditado por el Ministerio de Justicia y Centro de Resolucion de Controversias entre nombres de dominio y marcas acreditado por el administrador del ccTLD.PE

1 comentario:

Anónimo dijo...

Quisiera saber quien ha sido la persona responsable de redactar el post anterior, ya que ha resultado de enorme interes para m